rdf:value = " 86.-MOCION DEL SEÑOR MILLAS
"Honorable Cámara:
La Corporación de Servicios Habitacionales es el organismo al que la legislación vigente entrega la construcción de servicios y edificios comunitarios, para lo cual debe regirse por las normas generales.
En la comuna de San Miguel de Santiago es una sentida aspiración de todos los sectores ciudadanos contar con un cuartel adecuado del Cuerpo de Bomberos, indispensable dada la extensión y densidad de habitantes de dicha Comuna.
A fin de que la Corporación de Servicios Habitacionales pueda atender una necesidad tan evidente con flexibilidad, llegando a un acuerdo con el Cuerpo de Bomberos en condiciones extraordinarias, conviene dotarla de atribuciones especiales, que por lo demás corresponden plenamente a sus funciones ordinarias.
En mérito de lo expuesto, vengo en someter a la consideración de la Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- Autorízase a la Corporación de Servicios Habitacionales para construir el Cuartel de la Comandancia del Cuerpo de Bomberos de San Miguel en los terrenos que ésta posee en Gran Avenida José Miguel Carrera Nº 4707, Paradero 10.
Artículo 2º.- Para efectuar dicha obra y la demolición previa del Cuartel, la Corporación de Servicios Habitacionales destinará los fondos necesarios con cargo a su presupuesto de obras de los años 1969 y 1970.
(Fdo.): Orlando Millas".
"