logo
  • http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595579/seccion/akn595579-ds2-ds85
    • dc:title = "MOCION DE LOS SEÑORES JEREZ, SILVA SOLAR Y SOTA"^^xsd:string
    • bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/derecho-a-sufragio
    • bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595579/seccion/akn595579-ds2
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595579
    • bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/595579/seccion/entityWZLEJ8QR
    • bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:IngresoProyectoDeLey
    • rdf:value = " MOCION DE LOS SEÑORES JEREZ, SILVA SOLAR Y SOTA "Honorable Cámara: La determinación de corregir algunas de las características formales de nuestro sistema democrático representativo constituía uno de los más importantes propósitos del programa presidencial del actual Presidente de la República. Por ello fue que en 1964, los entonces Diputados Democratacristianos Rafael Agustín Gumucio, Patricio Hurtado y Alberto Jerez, con autorización de la Directiva de su Partido, propusieron en la Comisión de Legislación y Justicia de la Honorable Cámara el derecho a voto de los analfabetos y mayores de 18 años de edad. Dicha proposición fue aceptada por la Comisión y posteriormente por la Honorable Cámara pero lamentablemente, junto con el proyecto de Reforma Constitucional, se encuentra, desde hace mucho tiempo, pendiente de la consideración del Honorable Senado. Con posterioridad, algunos señores Diputados, desglosando parte de esa iniciativa, iniciaron la tramitación de una moción otorgando el derecho a sufragio a los analfabetos. El proyecto que hoy presentamos concede igual derecho a los jóvenes mayores de 18 años de edad, quienes en la actualidad constituyen un importante y valioso contingente de fuerzas humanas y sociales, cuya incorporación a las responsabilidades políticas y cívicas estimamos altamente necesaria. Sería una torpe ceguera negar la presencia vital de la juventud en la tarea de transformar los viejos esquemas en todo orden de cosas. Los más dramáticos y recientes testimonios de protesta, prácticamente en todo el orbe, en contra de los errores e injusticias de los sistemas políticos y sociales vigentes, han tenido como principales promotores a los jóvenes. A ellos les debemos que, en nuestra propia patria, las viejas estructuras de las universidades se hayan estremecido y, en varios casos, hayan sido reemplazadas por las que se conforman a una realidad social y política más humana y progresista. Puede que la protesta de los estudiantes franceses y alemanes haya tenido mayor repercusión internacional pero lo cierto es que, por ejemplo, los resultados de la responsable, inteligente y resuelta lucha librada por nuestros jóvenes estudiantes de las Universidades Católicas, ha conseguido resultados de gran trascendencia para el cambio de los sistemas y de las conciencias. Nadie puede engañarse respecto a la voluntad de nuestra juventud de permanecer en el lugar que ha escogido para impulsar la renovación de las estructuras vigentes. Esta es la realidad sobre la cual se debe reflexionar y proceder. No nos mueve el ánimo de halagar y rendir pleitesía al llamado "poder joven", fenómeno sujeto a transitoriedad, como transitorio es el ciclo humano y docente del estudiantado ni menos dejamos de considerar que el primero y más vigoroso elemento de dinámica revolucionaria es la clase trabajadora. Pero sería irresponsable menospreciar la nobleza y amplitud de una lucha que los jóvenes han sabido mantener, primeramente en el ámbito de su mundo universitario, pero a la vez, proyectada y vinculada a una amplia visión renovadora y a la necesidad de insertar la cultura y la técnica en el conjunto de los elementos que han de transformar a la sociedad entera. En todo el mundo la juventud reclama el derecho de participar en las decisiones que gravitarán en el ordenamiento de una sociedad en la cual deberán desarrollarse y vivir. Uno de los más importantes campos de decisiones es el de la Política. Por otra parte, la política necesita ser purificada y enriquecida por la presencia de los jóvenes que hoy se expresan con autenticidad y sin histrionismo. La participación de los jóvenes es cada día más indispensable y determinante en el proceso de cambios y revisión de valores que agita al mundo entero, no solamente porque su lugar está entre quienes impulsan la sociedad a niveles superiores, sino principalmente porque ellos están aportando nuevos elementos y reivindicaciones -señalando incluso las insuficiencias de esquemas progresistas pero afectados de mecanicismo o en vías de tradicionalizarse que buscan poner a la orden del día valores humanos, culturales y sociales que ninguna ideología o sistema ha podido implantar. Dentro de la Juventud existe un sector que reclama su derecho a participar orgánicamente en el proceso de transformación social. Es el de los jóvenes trabajadores. Sometidos a la condición de productores de bienes y marginados del acceso a los medios de producción y a los beneficios que de ellos se derivan, cargan sin embargo, con obligaciones tales como mantener una familia, pagar impuestos, cumplir con sus deberes militares o tienen responsabilidades activas y directivas en sus organizaciones sindicales o comunitarias. Todo ello sin que, pese a su madurez, puedan participar en las decisiones políticas que afectan tan decisivamente a sus propias vidas. Por otra parte algunos Códigos en nuestra legislación común establecen ya la mayor edad a los 18 años. En efecto, el Código del Trabajo vigente desde 1925 establece en el artículo 46 que serán considerados mayores de edad aquellos que hubieren cumplido 18 años y nuestro Código Penal establece la plena responsabilidad penal a los 18 años y a los menores de 18 y mayores de 16 se les exime siempre que hubieren obrado sin discernimiento. Además, es preciso hacer constar que si bien la mayor edad civil es en la actualidad a los 21 años, ésta sólo se rebajó de los 25 en virtud de la ley Nº 7.612, de 21 de octubre de 1943 de tal manera que en nuestro país durante 55 años rigió siempre una menor edad para los efectos de la ciudadanía que respecto de la plena capacidad para los derechos civiles. La tendencia universal en esta materia es rebajar el límite de edad que permite el ejercicio del derecho a sufragio e incorporar a las juventudes de las naciones al pleno goce de los derechos políticos obligando a un mayor número de compatriotas a pronunciarse sobre la decisión de los asuntos públicos, como una manera de robustecer el régimen democrático. La legislación comparada contribuye a reafirmar el aserto anterior. En efecto, algunos países europeos como Francia e Italia, si bien no fijan la doctrina a seguir en esta materia en el texto de sus Constituciones, ellas establecen los requisitos de la edad en las leyes electorales. Otros países como Turquía, Yugoslavia y Rusia, por ejemplo, por el contrario establecen el derecho a voto en la Carta Fundamental y para quienes tengan 18 años de edad. En cuanto a los países latinoamericanos hay que dejar constancia que extienden el derecho a sufragio a los 18 años de edad: Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay, Ecuador. Venezuela, México, Guatemala y El Salvador. Se hace pues, necesario legislar en forma separada sobre este fundamental asunto. En mérito de las consideraciones expuestas es que tenemos el honor de someter a la consideración de la Cámara de Diputados el siguiente Proyecto de Reforma Constitucional: "Artículo único.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 7º de la Constitución Política del Estado, la palabra "veintiún" por "dieciocho". (Fdo.): Alberto Jerez H.- Julio Silva S.- Vicente Sota B." "
    • rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/12
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1865
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3851
    • bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/sistema-democratico
    • bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/edad-para-votar
    • bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/democracia
    • frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/12
    • frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3851
    • frbr:creator = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1865
    • rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
    • rdf:type = bcnres:MocionParlamentaria
    • rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta

Other representations

  • Notation 3
  • RDF/XML
  • CSV
  • JSON
  • HTML+RDFa
  • N Triples
W3C Semantic Web Technology This material is Open Knowledge Valid XHTML + RDFa Valid CSS! WESO Research Group