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"Nº 70.-Santiago, 25 de enero de 1968.
Por oficio Nº 12.795, de 26 de diciembre del año ppdo., recibido el 18 del mes en curso, V. E. se ha servido solicitar, a petición del Honorable Diputadodon José Cademártori Invernizzi, que este Ministerio adopte las medidas necesarias para que, a la brevedad posible, se reglamente la ley Nº 16.634, en virtud de la cual se abona un año por cada cinco de servicios a quienes desempeñan sus labores en ambientes tóxicos.
Sobre el particular, debo expresarle que la Superintendencia de Seguridad Social, que está encargada del estudio y reglamentación del indicado reglamento, ha informado lo siguiente en nota N° 19, de 3 del mes en curso:
"Por oficio Nº 1.448 de fecha 28 de diciembre pasado US. me hace presente la necesidad de acelerar los estudios que practica esta Superintendencia para la dictación del reglamento a que se refiere la materia de la suma.
Sobre el particular, cúmpleme informar a US. que esta Oficina está practicando dichos estudios. A la fecha, la Comisión Técnica que se designó para que estudiara un anteproyecto de reglamento, en la que participaron representantes del Servicio Nacional de Salud, ha evacuado su informe. En este documento se consignan diversos antecedentes de orden técnico y jurídico que, prácticamente, conducirán a la imposibilidad de reglamentar la ley como consecuencia de defectos sustantivos de que ella adolece los que, por lo mismo, no pueden ser suplidos por un reglamento.
No obstante lo anterior y con el objeto de informar a US. con la totalidad de los antecedentes a la vista, he solicitado del Departamento Actuarial de esta Superintendencia un estudio sobre costos y si ello no fuera posible, una estimación de los mismos en relación con las Instituciones de Previsión. Una vez que se haya practicado este estudio, el Superintendente estará en condiciones de informar definitivamente a US. sobre la materia, ya sea proponiendo un reglamento para la aplicación de la ley, si ello resultara compatible con sus propias disposiciones y con las técnicas de seguridad social, o ya sea la sugerencia para que se modifique este texto legal de acuerdo con el mérito de los antecedentes que arrojen los estudios técnicos respectivos."
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Wüliam Thayer Arteaga."
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