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"Honorable Cámara:
Catorce familias ocupan otras tantas viviendas en Arica, ubicadas en calle Vicuña Mackenna Nºs 653 al 671. Pagan sus arriendos a terceras personas que dicen representar a los dueños o dueño de esas propiedades. En los pagos de arriendo incluyen también el de contribuciones de bienes raíces, no obstante que la persona encargada de estos cobros generalmente no cancela estas contribuciones.
Se ha tratado de ubicar al dueño o dueños de estas viviendas sin resultado positivo.
Las familias afectadas constituyeron un Comité y expusieron su problema al representante de la Corporación de Mejoramiento Urbano en Arica y a la Junta de Adelanto, a fin de buscar la manera de adquirir, por cuenta de las familias interesadas, estos departamentos, uno por familia.
La CORMU estuvo de acuerdo en buscar una solución al problema y se planteó una expropiación por parte de la Junta de Adelanto de Arica, la que vendería estos departamentos o viviendas a sus actuales ocupantes.
Para perfeccionar esta expropiación es menester la dictación de una ley, situación que nos permitimos proponer a la Honorable Cámara, por intermedio del siguiente
Proyecto de ley:
Artículo lº.- La Junta de Adelanto de Arica expropiará el inmueble ubicado en esa ciudad, calle Vicuña Mackenna Nºs 653 al 671, compuesto de catorce departamentos y pasillos de acceso.
La Junta de Adelanto pagará esta expropiación en sesenta mensualidades, mediante cuotas semestrales. El monto de la expropiación será equivalente al avalúo que estas propiedades tenían al 31 de diciembre de 1967.
Artículo 2°.- La Junta de Adelanto transferirá estas viviendas a sus actuales ocupantes, otorgándoles escrituras de dominio individuales. Las personas beneficiadas pagarán el valor de su vivienda en sesenta mensualidades iguales.
No tendrán derecho a adquirir estas viviendas aquellas personas que sean dueñas de otro bien raíz ubicado dentro del territorio nacional.
(Fdo.) : Luís Valente Rossi.- Arturo Carvajal Acuña."
"