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- rdf:value = " 1.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR MAURAS, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ARICA PARA EFECTUAR URBANIZACIONES EN LAS CONDICIONES QUE INDICA.
Proyecto de ley:
Considerando:
1) Que a la fecha numerosas poblaciones de Arica se encuentran sin su total urbanización, lo que ha impedido a sus pobladores mejorar, desarrollar o dar término a sus construcciones;
2) Que esta ley que se propone viene a mejorar las posibilidades de radicación de centenares de familias modestas que han laborado en el desarrollo y engrandecimiento de Arica, y contribuyendo así al ejercicio de la soberanía en el territorio patrio;
3) Que las finalidades que la ley 13.039 impone a la Junta de Adelanto de Arica, es velar por el bienestar de sus habitantes;
4) Que la misma ley 13.039 autoriza a la Junta de Adelanto de Arica para invertir fondos en la urbanización de poblaciones;
5) Que es de urgente necesidad para los pobladores mismos poder emprender la iniciación de la construcción de sus viviendas definitivas y para lo cual deberá aportarse el máximo de facilidades en los trámites oficiales, financiamiento y ayuda técnica;
6) Que es de urgente necesidad emprender cuanto antes la iniciación de construcción de viviendas para evitar así el alza de los materiales, debido a que las entradas de los pobladores son modestas y que la tardanza en poder emprender sus construcciones, los aleja cada día más de poder cumplir este anhelo; que a su vez daría así un mayor grado de índice ocupacional y un mayor movimiento comercial de materiales de construcción, vengo en proponer el siguiente
Proyecto de ley:
1) Facúltase a la I. Municipalidad de Arica, para que por el mero hecho de figurar en el Presupuesto de la Junta de Adelanto para el año siguiente, los fondos necesarios para la urbanización, pueda con dicha garantía dar la línea definitiva de la o las construcciones que se solicite y se pueda hacer entrega de los títulos definitivos del terreno;
2) Que se cree en la Junta de Adelanto de Arica un departamento especial y con presupuesto permanente, para prestar ayuda técnica de todo orden al poblador que lo solicite, hasta la total terminación de su obra.
(Fdo.): Juan Luis Mauras.
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