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- rdf:value = " El señor ENRIQUEZ.-
¿Me permite la palabra, señor Presidente?
Me parece que en esta disposición también se plantea un problema de orden constitucional: lo relativo al financiamiento.
De conformidad con el inciso segundo, "el gasto que demande este artículo se imputará al mayor ingreso que se produzca en la Cuenta A-1 Impuesto a la Renta de las Empresas 1ª Categoría del Cálculo de Entradas de la Ley de Presupuestos de la Nación para el año 1967",
Esa manera de otorgar financiamiento es incorrecta, porque los Presupuestos de la Nación, en sus cálculos de ingresos, resultan un todo indisoluble. El financiamiento no puede acordarse sobre la base de excedentes que se pueden calcular en cuentas determinadas, cuando en otras cuentas -ya es notorio, y fluye de la propia exposición del Ministro de Hacienda- hay déficit.
Decir que con el excedente de esta cuenta se financia un mayor gasto significa, en realidad, atentar contra las disposiciones constitucionales y la ley orgánica de Presupuestos.
Por esta razón, mi voto es contrario al veto.
"
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