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- rdf:value = " 6 INFORME DE LA COMISION DE OBRAS PÚBLICAS, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES, EN PRIMER TRAMITE. AL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA BENEFICIOS EN FAVOR DE LOS FAMILIARES DE GABRIEL VELIZ Y MARIA ELENA PEÑALOZA.
Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Obras Públicas ha estudiado, en primer trámite constitucional, las observaciones formuladas por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que beneficia a familiares de Gabriel Véliz y María Elena Peñaloza.
Las dos primeras observaciones tienen por objeto suprimir los artículos 1º y 2º del proyecto, que ordenan a la Caja de Previsión de Empleados Particulares y a la Corporación de Servicios Habitacionales transferir gratuitamente una casa a los padres del donante y donataria del primer transplante de corazón efectuado en nuestro país, respectivamente.
Estas observaciones se fundamentan en que la sola circunstancia de que Gabriel Véliz y María Elena Peñaloza hayan sido los protagonistas de tan delicada intervención quirúrgica no justifica la donación de casas a sus respectivos padres, especialmente si se tiene en consideración que no se ha acreditado que el señor Peñaloza o el señor Veliz vivieran a expensas de sus respectivos hijos o estuvieran imposibilitados para el trabajo.
Se funda - además- en que ambas disposiciones serían inconstitucionales, pues privarían a las instituciones a quienes se ordena la transferencia de bienes incorporados a sus patrimonios, sin indemnización alguna.
Vuestra Comisión discrepó del criterio del Ejecutivo, por estimar que ei transplante efectuado a la señorita Peñaloza con ei corazón donado por el padre de Gabriel Vélia constituyó un acontecimiento que conmovió a todos los chilenos, que justifica plenamente -como un gesto mínimo de justicia- que se transfiera gratuitamente una casa a los respectivos padres.
En consecuencia, por unanimidad, os recomienda que rechacéis las observaciones a los artículos 1º y 2° e insistíais en la aprobación de los textos despachados por el Congreso.
La tercera observación tiene por finalidad agregar a la lista de Colegios Profesionales que crea el artículo 3º, los de Administradores Públicos y Químicos Farmacéuticos.
Vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores señores Aguirre Doolan y Chadwick, y la abstención del señor Curti, la aprobó.
Finalmente, la cuarta observación -al artículo 4º- tiene por objeto conceder 180 días al Presidente de la República para la dictación de los estatutos correspondientes a los colegios que se crean en el artículo 3º, en vez de los 120 días que le otorgaba la disposición original.
Vuestra Comisión, con los votos de los señores Aguirre Doolan y Chadwick, y la abstención del señor Curti, aprobó la observación.
Sala de la Comisión, a 29 de noviembre de 1968.
Aprobado en sesión de día 27 del presente, con asistencia de sus miembros, Honorables Senadores señores Curtí (Presidente), Aguirre Doolan y Chadwíck.
(Fdo.) : Iván Auger Labarca, Secretario.
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