rdf:value = " El señor CONTRERAS LABARCA.-
El artículo aprobado por el Senado dispone que si el trabajador es separado de su cargo ilegalmente, podrá recurrir al juzgado del trabajo para solicitar su reincorporación ó el pago de la indemnización respectiva. Esto quiere decir que corresponde al asalariado decidir si vuelve o sus labores habituales o reclama la indemnización. Parece lógico que este derecho pertenezca al trabajador, pues se trata del caso en que éste es víctima de una ilegalidad o abuso de parte del patrón. En cambio, la disposición de la Cámara concede al patrón, o sea, a quien cometió el abuso o violó la ley, el derecho a elegir entre reincorporarlo o pagarle la indemnización. A mi juicio, esto es sencillamente absurdo, y por tal razón votamos por la insistencia.
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