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- rdf:value = " AUMENTO DE REMUNERACIONES DE LOS SECTORES PUBLICO Y PRIVADO. VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde discutir el informe de las Comisiones unidas de Gobierno y de Hacienda recaído en el veto del Ejecutivo al proyecto que reajusta las remuneraciones de los sectores público y privado y establece una política de precios.
-Las observaciones del Ejecutivo figuran en los Anexos de la sesión 98ª, en
19 de abril de 1966, documento N° 1, página 6426.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Senado acordó dar por aprobadas en una sola votación todas las observaciones que las Comisiones unidas recomiendan aprobar o rechazar por unanimidad.
Ellas son las signadas con los números 1, 2, 3, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 24, 26, 27, 28, 31, 32, 33, 34, 35, 46, 47, 49, 51, 52, 53, 54, 59, 60, 64, 67, 69, 71, 72, 74, 79, 83, 86, 89, 90, 91, 97, 98, 100 y 104.
El señor PABLO.-
Se podría adoptar igual procedimiento respecto de las observaciones en que la decisión del Senado no surte efecto.
El señor MIRANDA.-
No hay acuerdo.
El señor CONTRERAS LABARCA.-
Me opongo, señor Presidente.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Se hizo igual proposición denantes, señor Senador, pero no hubo acuerdo.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Corresponde tratar la observación número 4, consistente en suprimir, en el artículo 10, el inciso segundo, que dice: "El pago de estos reajustes no podrá demorarse más de 60 días desde la promulgación de la presente ley".
La Cámara de Diputados aprobó la observación. Las Comisiones, no obstante que el pronunciamiento del Senado no produce efecto, recomiendan rechazarla, por 6 votos contra 2.
El señor CONTRERAS LABARCA.-
Los partidos populares nos oponemos a este veto.
El señor GUMUCIO.-
Que quede constancia de que los Senadores democratacristianos aprobamos esta observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Respecto de cada veto, el Senado debe comunicar a la Cámara si insiste o no.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Podría tomarse una sola votación para determinar la aprobación o rechazo del veto y, en este caso, la insistencia o no insistencia.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Si se insiste, quiere decir que tiene algún efecto el pronunciamiento del Senado.
El señor BULNES SANFUENTES.-
No, señor Senador.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Me parece que debemos intervenir sólo cuando nos interese dejar constancia de nuestra opinión y evitar todo lo que no sea absolutamente necesario.
Concretamente, quiero preguntar si en este instante tiene algún efecto la insistencia del Senado.
El señor BULNES SANFUENTES.-
No, Honorable colega.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Con el acuerdo de la Cámara, de todas maneras queda suprimida la disposición.
El señor CORBALAN (don Salomón), -
Entonces, rechacemos el veto, simplemente.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En la tramitación ordinaria de los proyectos, es necesario comunicar a la Cámara si el Senado aprueba o rechaza un veto y, cuando lo rechaza, si insiste o no.
Con una sola votación se podría resolver sobre ambos aspectos.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Atinada sugerencia.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Así se procederá.
En votación la insistencia.
-(Durante la votación).
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Nuestra resolución es puramente declamatoria.
-El Senado no insiste (19 votos por la insistencia, 12 por la no insistencia y 3 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación número 5 consiste en suprimir el artículo 13.
La Cámara aprobó la observación. Las Comisiones, por 6 votos contra 2, proponen rechazarla.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Que se rechace con la misma votación anterior.
El señor ENRIQUEZ.-
Soy del mismo parecer, señor Presidente.
-Se acuerda rechazar la observación y no insistir, con la misma votación anterior.
El señor GONTRERAS (don Víctor).-
Quiero dejar sentado que el Ejecutivo no ha procedido con el mismo criterio en cuanto al otorgamiento de personalidad jurídica a diversas organizaciones. A algunas entidades dirigidas por elementos adictos al Gobierno les ha concedido personería jurídica; no así a otras.
El señor CURTI.-
Por decreto; no por ley.
El señor PALMA.-
Es distinto conceder personalidad jurídica por decreto que hacerlo por ley.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
El procedimiento justo habría sido dar esa autorización a todas las instituciones, o no dársela a ninguna.
El señor PABLO.-
Me extraña. . .
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¿De qué se extraña Su Señoría?
El señor BULNES SANFUENTES.-
¿No había acuerdo para no abrir debate, señor Presidente?
El señor CONTRERAS (don Víctor) .-
Lo que me extraña es que el Honorable señor Pablo nunca nos dé la razón, a diferencia dé lo que hacía cuando estaba en la Oposición.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Las cosas tienen que cambiar.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación número 10 suprime la letra a) del Nº 18 del artículo 30. Dice esa letra: "a)
Artículo...- Los profesionales funcionarios que fueren titulares de un grado. 1º y tengan 30 años de imposiciones, conservarán los derechos previsionales que les correspondan de acuerdo con la legislación actualmente vigente".
-Se acuerda rechazar el veto y no insistir, con la misma votación anterior.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación número 13 sustituye el artículo 38.
El señor BULNES SANFUENTES.-
¿Podría darle lectura, señor Secretario?
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El artículo 38 aprobado por el Congreso dice:
"Supleméntanse los ítem que se indican del Presupuesto Corriente en Moneda Nacional del Ministerio de Agricultura para 1966 en las cantidades que se señalan:
PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA
El Ejecutivo propone reemplazarlo por el siguiente:
"En la Ley Nº 16.406 en el Presupuesto Corriente en moneda nacional del Ministerio de Agricultura, anteponer la letra a) a la glosa del ítem 13-01/1-28.1, y créase la letra b) en este mismo ítem, con la siguiente glosa:
"Al Instituto de Desarrollo Agropecuario, para transferir al Instituto de Investigaciones Agropecuarias, para la realización del Programa de Extensión y Asistencia Técnica Eº 4.500.000".
La Cámara de Diputados aprobó el reemplazo. Las Comisiones, por mayoría, también proponen aprobarlo.
El señor NOEMI.-
Hay unanimidad.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En caso de no aprobarse la observación, no habría ley en esta parte.
-Se aprueba la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación número 14 elimina, en el artículo 42, la frase: "para que den cumplimiento a la presente ley".
La Cámara aprobó el veto. Las Comisiones recomiendan rechazarlo. En consecuencia, el acuerdo del Senado no influye.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En votación.
- (Durante la votación).
El señor ALTAMIRANO.-
Nosotros votamos en contra de la supresión de esta frase, porque el artículo 42 otorga subvenciones por valor de Eº 14.307.000 a las universidades particulares.
Cuando se planteó ese artículo, se entendió -así, por lo demás, quedó establecido- que el objeto de las subvenciones era solventar los mayores gastos que acarrearía el reajuste.
La eliminación de la frase significa que la subvención no es para financiar el pago del aumento, sino para que las universidades la inviertan de acuerdo con sus necesidades y a su entero arbitrio.
Hace pocos días, me tocó conocer el caso concreto de la Universidad Católica de Valparaíso. Ese establecimiento importará equipos audiovisuales, liberados de los derechos e impuestos aduaneros, por valor de cuatrocientos mil dólares. Tal importación, traducida a moneda corriente, ascenderá a un millón 257 mil escudos, cantidad equivalente a la subvención que se pretende otorgar al plantel en referencia.
En buenas cuentas, con dinero fiscal se subvencionaría a la Universidad Católica para comprar un equipo audiovisual y hacer propaganda exclusivamente de tipo confesional y sectáreo, como la que realiza ya esa institución.
Por eso hemos estado, en general, en contra de todas estas subvenciones. Consideramos, en forma muy sucinta, que no es posible continuar entregando aportes a la enseñanza particular mientras la Universidad de Chile carezca de recursos indispensables, como lo ha demostrado días atrás, en una larga declaración, su Rector, don Eugenio González, y mientras en los colegios del Estado falten los elementos más imprescindibles para la enseñanza. Hemos demostrado que el Estado contribuye aproximadamente con cuarenta mil millones de pesos -cuarenta millones de escudos-, mediante estas subvenciones, a universidades particulares, iglesias y parroquias. A nuestro juicio, ni aun cuando el Estado y la Iglesia Católica no estaban separados en nuestro país, contribuía el fisco con una suma tan extraordinaria a la mantención de aquélla. Nada tenemos en su contra; estimamos que debe desarrollarse, pero no es posible que sea con dinero de todos los contribuyentes, muchos de los cuales no profesan tal fe religiosa, mientras se niega a los jubilados los recursos necesarios para subsistir.
Por estas razones, somos contrarios a esta modificación específica, como estuvimos en contra del artículo, en su oportunidad.
El señor CURTI.-
Esa Universidad no imparte enseñanza religiosa.
El señor GUMUCIO.-
No todas las universidades incluidas en estas subvenciones son confesionales. En seguida, debo hacer presente que a la Universidad de Chile se otorga un aporte para pagar el reajuste y otra clase de obligaciones, inmensamente superior al concedido a los planteles particulares, que desempeñan una acción docente indiscutible.
Respecto de la imputación de que la Universidad Católica de Valparaíso utilizaría los fondos para comprar elementos de televisión, estimo que el Honorable colega está prejuzgando, pues no hay ningún antecedente para sostenerlo. Cuando esa entidad pidió autorización para internar dichos materiales, se hizo presente que ya tenía los fondos para adquirirlos.
Por lo demás, toda esta discusión terminará, a mi juicio, con la indicación formulada por el Honorable señor Ibáñez -no recuerdo en qué proyecto- para realizar una especie de estudio de costos por alumno en todas las universidades. Ahí veremos, entonces, si es justa o injusta la subvención y cómo se distribuyen las cifras. Por estos motivos, quería levantar el cargo formulado.
En seguida, en la Comisión también se hizo presente que no sólo se trata de pagar el reajuste al personal que trabajaba en diciembre de 1965, sino también al contratado durante 1966, el cual no fue considerado en las partidas primitivas destinadas a aumentar las remuneraciones y que se fijaron conjuntamente con las del resto de la Administración Pública. Por esta razón se eliminan las palabras "para que den cumplimiento a la presente ley". De lo contrario el reajuste alcanzaría sólo al personal que estaba en ejercicio el año pasado, y se excluiría de él al contratado durante 1966.
El señor BULNES SANFUENTES.-
No me parece que sea ésta la oportunidad de tratar a fondo el problema de las subvenciones a las universidades particulares. Por ello, sólo deseo limitarme a señalar que, si no se otorgara este tipo de aporte, esos planteles no podrían subsistir, y el porcentaje ya ínfimo de estudiantes chilenos que logran llegar a la educación universitaria, sería todavía mucho más reducido. Tal hecho es más notorio si se considera que las universidades particulares tienen gastos bastante más bajos que los de la Universidad de Chile, a la cual guardo el mayor respeto.
En realidad, con el sistema de las subvenciones el Estado logra dar educación universitaria mucho menos onerosa para él que si lo hiciera mediante planteles propios.
Respecto de la disposición misma, la entiendo en este sentido: el Congreso ha aprobado subvenciones correspondientes a gastos que deberán afrontar estas universidades una vez que sea ley el proyecto en debate; pero no es razonable destinar los fondos respectivos específicamente a atender tales gastos. No se puede estar parcelando los recursos de las universidades, pues ellas deben atender a sus obligaciones a medida que se presenten. Si se mantuviera la disposición aprobada por el Congreso, esas entidades deberían tener en una caja aparte los fondos provenientes de esta ley. Al eliminar la frase, se permite que esos recursos se consideren ingresos generales y se vayan cubriendo los gastos cuando corresponda.
Por otra parte, no considero razonable la sospecha del Honorable señor Altamira-no en orden a que estos dineros permitirán a la Universidad Católica de Valparaíso la importación de equipos audiovisuales por un valor igual, pues todo el mundo sabe que esa clase de elementos no se paga al contado, sino con grandes facilidades. Si el costo de tales equipos es similar al monto de la subvención, se trata sólo de una coincidencia, pues podemos tener la seguridad de que aquéllos se pagarán en muchos años de plazo.
El señor PRADO.-
En diez años, señor Senador.
El señor JULIET.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Puede fundar su voto el señor Senador.
El señor JULIET.-
No deseo fundar mi voto, sino plantear una pregunta.
¿ Cómo estima la Mesa esta observación? ¿Supresiva o sustitutiva?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
La Mesa la considera supresiva.
El señor JULIET.-
Al respecto, hago presente que, de conformidad con acuerdos del Congreso, basados en informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia...
El señor BULNES SANFUENTES.-
De la Cámara de Diputados.
El señor JULIET.-
..., corresponde al Parlamento calificar las observaciones del Presidente de la República. No porque el Ejecutivo haya expresado la idea de suprimir una frase, debemos considerar el veto supresivo. En el fondo, lo que se persigue en el caso particular en debate, es simplemente sustituir un objeto, un propósito,....
El señor LUENGO.-
Una idea.
El señor JULIET.-
... una idea formulada por el Congreso Nacional, por otra.
Por eso, pido a la Mesa abrir debate acerca de la consulta que han motivado mis palabras: la opinión que nos merezca el significado de este veto, es decir, si es supresivo o sustitutivo.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Es sustitutivo.
El señor JULIET.-
No se puede estimar supresivo como ha contestado la Mesa, cuando a juicio del Senado se considera sustitutivo. Ante esta duda, planteo a la Mesa resolver el problema. Abrir debate sobre él es cuestión de orden, previa a cualquier otro pronunciamiento.
-
El señor BULNES SANFUENTES.-
Señor Presidente, deseo referirme a la cuestión planteada por el Honorable señor Juliet, porque precisamente me tocó abordarla en la mañana de hoy en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, donde nos encontramos con el veto sobre la disposición relativa a protección de menores, redactado con extrema habilidad. En realidad, se formulaba una serie de observaciones sustitutivas bajo la forma de vetos supresivos; inclusive, se llegaba al extremo de dejar dos palabras de un artículo, suprimiendo todo el resto de él, y se "enchufaban" con parte del precepto siguiente, lo cual conducía a una idea totalmente diferente de la contenida en el proyecto, y en forma de eliminatoria.
Recordé, entonces, la existencia de un pronunciamiento de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados, adoptado por unanimidad, con representantes de todos los colores políticos -yo era uno de ellos; por eso lo recordaba muy bien, a pesar de que ocurrió hace más de veinte años, en 1945-, en el sentido de que el carácter de supresivo, aditivo o sustitutivo, de un veto, no depende de la forma que le dé el mensaje correspondiente, sino de lo que es en esencia. El informe aprobado por la Comisión de Constitución, motivó una enmienda de Reglamento.
En el Senado debemos pronunciarnos sobre esta cuestión, porque ya me tocó ver en la mañana de hoy el abuso del veto aparentemente supresivo, que conducía, como saben todos los señores Senadores que estaban presentes, a establecer ideas en absoluto diferentes de las del proyecto.
El caso planteado por el Honorable señor Juliet es bastante dudoso. A mi juicio, la eliminación de un requisito, como es el destino de los fondos, tiene más de modificación que de supresión,...
El señor VON MÜHLENBROCK-
Altera la idea.
El señor BULNES SANFUENTES.-
... porque se están dando los recursos en condiciones distintas, diferentes. No se limita la idea, sino que se cambian las condiciones en las cuales se otorgan los dineros.
El señor PRADO.-
A mi juicio, no deberíamos, por varias razones, abocarnos en forma previa a la consulta sugerida por el Honorable señor Juliet, entre otras, porque, según entiendo, estamos tratando las observaciones al proyecto de reajuste, de acuerdo con lo resuelto por los Comités del Senado, y ateniéndonos a determinado procedimiento, que debemos cumplir. Ninguno de nosotros, ni el propio señor Senador, sabe qué ha de ocurrir con el proyecto si previamente entra el Senado a estudiar el carácter de los vetos, si son supresivos o no lo son, atendiendo a su forma, fondo o contenido.
Se ha mencionado un precedente de la Cámara de Diputados, que, por supuesto, no puede ser válido o no válido para nosotros. Es un informe de su Comisión de Constitución, que ha servido como norma de conducta a esa rama del Congreso. En todo caso, parecería que fuera la Cámara de origen la que debiera proceder a tal calificación. De lo contrario, podríamos vernos enfrentados a una situación sin salida, fuente de conflictos permanentes, por la posibilidad de que la Cámara de Diputados dé una calificación determinada, y otra diferente el Senado.
En mi concepto, en este instante, cuando estamos despachando las observaciones del Ejecutivo al proyecto de reajustes, un hecho debería pesar en el animo de los señores Senadores: que hasta el momento el Senado no se na preocupado de esta cuestión, y simplemente aceptaba considerar los vetos por su sentido formal: si este es de supresión, el veto es supresivo.
Entiendo que hasta la fecha ése ha sido el predicamento...
El señor BULNES SANFUENTES.-
¿Me permite una interrupción?
El señor JULIET.-
Si no me equivoco, las palabras del Honorable señor Prado no corresponden a fundamento de voto, sino a la consulta que formule...
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Exactamente.
El señor JULIET.-
En consecuencia, pido una interrupción al señor ¡senador.
El Honorable señor Prado nos ha hecho presente que, a esta altura del debate, debemos atenernos a lo expresado, informado o solicitado por la Comisión respectiva o por los Comités. Pero ni por acuerdo de éstos puede pasarse sobre un principio constitucional, ni siquiera sobre disposiciones reglamentarias.
En consecuencia, mi proposición es perfectamente atinente al momento en que se encuentra el debate.
Por otra parte, Honorable señor Prado -y perdóneme, señor Presidente, que me dirija directamente al señor Senador, pues él fue quien formuló la observación-, quiero presentar el problema a la propia Mesa. Producido el resultado de la votación, ¿qué proclamará el señor Presidente? ¿Qué la observación se desecha? Si entiende que el veto es sustitutivo, le diré inmediatamente que no. Si es supresivo, estará en la razón, de acuerdo con nuestros argumentos.
Por lo tanto, de no resolverse el problema previamente, la Mesa caería en inconsecuencia respecto de lo que estoy consultando.
Como las mayorías se modifican, también varia el pronunciamiento del Congreso.
Por ultimo, Honorable señor Prado, el informe de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, hecho suyo por la ¡sala de esa Corporación, fue tácitamente aceptado por el Senado al dar a la observación el mismo tratamiento acordado por aquella otra rama legislativa, de modo que hubo consonancia en materia de interpretacion constitucional.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Debo decir al Honorable señor Prado que no recuerdo que, antes de ahora, se haya planteado en el ¡senado un problema similar.
El señor CHADWICK.-
Sí, señor Senador.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Es posible, aunque no lo recuerdo; pero si no ha sido planteado, se debe a aquel informe de la Cámara de Diputados que incidió en una materia de mucha importancia, de ahí que lo recuerde no obstante haber transcurrido veintiún años.
Dicho informe determinó que los sucesivos Gobiernos fueran extremadamente cuidadosos al plantear vetos. Cuando formulaban observaciones de carácter supresivo, era porque deseaban eliminar ideas; cuando querían modificarlas, planteaban vetos sustitutivos.
Lo que hoy vimos en la Comisión de Constitución me dejó alarmado. Si tal procedimiento no se elimina de inmediato, el Ejecutivo podrá introducir cualquiera idea nueva en los proyectos y legislar, en consecuencia, sobre cualquiera materia mediante el quórum de un tercio más uno de la votación de una de las ramas del Congreso, aun cuando tenga en contrario la voluntad del resto de la Cámara, por ejemplo, y la unanimidad del Senado.
Tal situación la consideré grave y creo que idéntica apreciación mereció al Honorable señor Prado.
Siempre se pueden eliminar palabras en un inciso y mantener otras, para elaborar ideas distintas de las que el Congreso aprobó.
El señor LUENGO.-
La palabra "no", por ejemplo.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Y si se concede a tales observaciones el carácter de sustitutivas", bastará un tercio más uno de la votación de la Cámara para consumar el propósito perseguido por el Ejecutivo.
Solicito pedir informe a la Comisión de Constitución acerca del problema general que esta situación plantea. Tendremos que hacer lo mismo que hizo la Cámara en su oportunidad: aprobar lo que resuelva nuestra Comisión y, en seguida, modificar el Reglamento.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Enríquez.
El señor PRADO.-
He concedido una interrupción al Honorable señor Juliet.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
No corresponde a Su Señoría dirigir el debate.
El señor PRADO.-
Pero sí puedo conceder interrupciones.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Reglamentariamente, sólo se puede conceder una interrupción.
El señor PRADO.-
¿Me permite, entonces, terminar, señor Presidente?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Puede hacerlo Su Señoría.
El señor PRADO.-
Comparto la idea de encomendar a la Comisión de Constitución el estudio de esta materia y, asimismo, de modificar el Reglamento si así procediere. Sin embargo, estimo perjudicial para el despacho del proyecto preocuparnos en el caso específico que plantea el artículo en debate.
Considero que la observación, en cuanto a su contenido, tiene carácter supresivo, pues elimina una frase que tiene relación con el cumplimiento de la finalidad del precepto; por lo tanto, el Senado necesita dos tercios para insistir.
El señor ENRIQUEZ.-
Concuerdo en todas sus parles con lo expresado por los Honorables señores Juliet y Bulnes Sanfuentes. Estimo que la consulta formulada a la Mesa debió ser absuelta por la Sala, a fin de establecer un criterio, porque un veto que se presenta como supresivo, puede alterar totalmente el sentido de la disposición y ser, en el fondo, sustitutivo. Sin embargo, tengo una duda respecto de esta disposición: qué alcance puede tener en el caso concreto del veto al inciso final, que dispone: "El personal de las Universidades reconocidas por el Estado tendrá el mismo reajuste en sus sueldos y salarios que el señalado para el sector publico". O sea, como esta parte final no fue observada, las universidades tendrían que destinar los recursos que se les otorgan a conceder el reajuste en los términos que dispone el proyecto.
Ahora bien, si la subvención asignada es superior al reajuste de 25%, ¿a qué otros efectos deberían destinarse esos fondos, ya que esta iniciativa no solo se refiere a reajuste de remuneraciones, sino también a otra serie de materias?
Indudablemente, es posible que en este caso concreto la supresión de la frase no tenga efecto en el destino de los fondos. Sin embargo, la cuestión planteada, que es de carácter constitucional, debe ser absuelta por el Senado.
Repito que concuerdo con las opiniones de los Honorables señores Bulnes San-fuentes y Juliet sobre la materia.
El señor PABLO.-
La cuestión suscitada es de extraordinaria gravedad por las consecuencias a que nos podemos ver abocados: un conflicto directo con el Ejecutivo y también con la otra rama del Congreso.
No dudo de la conveniencia de solicitar informe sobre el particular a la Comisión de Constitución, pero creo también que cualquiera que sea la resolución que de aquélla emane, deberemos ver manera de marchar de acuerdo con la Cámara, pues de lo contrario, lo que es sustitutivo para ésta puede ser supresivo para el Senado, o viceversa. Por lo tanto, en esas condiciones los quórum de votación serán diferentes en una rama legislativa y en otra, con lo cual estaremos vulnerando el artículo 54 de la Constitución.
Asimismo, quedaría en pie la posibilidad de que una mayoría ocasional -no deseo prejuzgar-, con la mejor intención en una oportunidad, o guiada por propósitos torcidos, en otra, califique de supresivo o de sustitutivo un veto, en circunstancias de que ello tiene influencia en los quorum de votación estatuidos en la propia Carta Fundamental. En consecuencia, ello significaría entregar exclusivamente a la calificación de las mayorías del Congreso -de cualquiera de sus ramas- la posibilidad de alterar los quórum constitucionales de votación.
En el caso específico en debate, la Comisión estudió el veto, lo calificó de supresivo y dejó constancia de ello. Tal es la calificación que emana del informe, cuando expresa que "Siendo un veto supresivo, aprobado por la Honorable Cámara, la resolución del Senado no produce efectos".
Por otra parte, es posible, a mi juicio, que en este artículo se hayan propuesto dos ideas distintas: una, otorgar determinadas subvenciones a las universidades que se indican y, otra, señalarles que esos recursos deben ser exclusivamente destinados al cumplimiento de las finalidades del proyecto. O sea, si se elimina la frase ". . . para que den cumplimiento a la presente ley", quiere decir que el Ejecutivo sólo deja en pie la primera idea, pues se trata de dos distintas: el otorgamiento de subvenciones y el destino de éstas. El Ejecutivo no aprueba el destino, pero sí las subvenciones.
Por lo tanto, en el caso que debatimos no hay malabarismos de ninguna especie, porque el Ejecutivo, al decir que elimina la frase tal o cual, está suprimiendo concretamente la idea. Por eso, considero que en este caso concreto la situación es clara.
Por otra parte, estimo de extraordinaria gravedad que una rama del Congreso siente jurisprudencia distinta, entregada exclusivamente a una mayoría ocasional. Reitero que al fijar criterio sobre el particular, debemos hacerlo de acuerdo con la Cámara de Diputados.
Durante el debate se ha atribuido al actual Gobierno la utilización de este sistema de vetos. Por mi parte, puedo decir que estuve en el Senado durante la pasada Administración y pude comprobar que ella recurrió muchas veces al mismo procedimiento. Por lo tanto, este sistema lo he observado desde hace tiempo en nuestra legislación. Por eso, soy contrario a que el Senado adopte resolución en este caso particular, sin perjuicio de que se pida informe a la Comisión de Legislación, previo acuerdo con la Cámara para adoptar un procedimiento similar sobre el problema en general. Por ahora, debemos atenernos al informe de la Comisión y ceñirnos a la calificación que ésta ha hecho de los vetos.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Someto a la consideración de la Sala el planteamiento hecho por el Honorable señor Juliet, en el sentido de enviar esta materia a la Comisión de Constitución. . .
El señor BULNES SANFUENTES.-
No sólo lo relativo a este artículo, sino el problema general.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
La votación continuaría en la forma planteada.
El señor CHADWICK.-
No. Me opongo.
El señor JULIET.-
¿Y qué va a resolver la Mesa en el momento de proclamar la votación?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
La Mesa plantea de inmediato la consulta a la Sala.
El señor ENRIQUEZ.-
Indudable.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Chadwick; a continuación, el Honorable señor Bulnes Sanfuentes.
El señor CHADWICK.-
Debo recordar que, con motivo de la discusión de los vetos a los convenios del cobre, el Senador que habla solicitó y obtuvo el acuerdo del Senado para requerir informe de la Comisión de Legislación sobre la aplicación de las normas constitucionales que rigen las observaciones del Ejecutivo. En consecuencia, ese informe ya fue solicitado. Ahora, el problema que debemos resolver radica en qué debe hacerse mientras se emite dicho informe.
No me cabe duda de que cada vez que se suscite una cuestión sobre el alcance de un veto, la Mesa debe consultar a la Corporación. Estimo que las' ideas no son tan difíciles de esclarecer, porque, por ser la ley una declaración de voluntad, lo que se requiere, en último término, es la concurrencia de los distintos órganos colegisladores en una determinada disposición y, a falta de esa concurrencia, que rijan las normas sobre insistencias consignadas en la propia Constitución.
Si es una declaración de voluntad, el Ejecutivo puede formular una observación para suprimir una idea, una disposición, no para eliminar una palabra. Al respecto, hay un vacío que se está acentuando en el último tiempo y que desde todo punto de vista resulta inadmisible: la de confundir lo que es la observación a las ideas o preceptos aprobados por el Congreso y lo que podría ser el procedimiento tortuoso de referirse a las palabras para calificar la observación.
Si lo que el Presidente de la República propone es suprimir una disposición contenida en el proyecto, el veto debe calificarse de supresivo. Si, por lo contrario, el Jefe del Estado propone modificar una idea por otra, no sólo debe calificarse esa observación de sustitutiva, sino que debe entenderse que comprende dos aspectos: el primero, que rechaza la idea original, no la acepta el Presidente de la República, y, el segundo, que éste toma la iniciativa de una idea distinta, nueva. En ese caso hay sustitución.
El señor PABLO.-
¿Pero cuando hay varias ideas implícitas?
El señor CHADWICK.-
Por último, si el Primer Mandatario acepta lo despacha-do por el Congreso, pero agrega o adiciona el precepto con otro nuevo, entonces se trata de un veto aditivo.
Algunos señores Senadores me preguntan que ocurre cuando hay varias ideas en un artículo.
Pues bien, el problema, en ese caso, tiene que resolverse en los mismos términos en que se decide la cuestión en el derecho privado respecto de la formación del consentimiento o voluntad de las partes que concurren a dar nacimiento a un contrato. En ese caso tiene que haber coincidencia. Y sí mediante el cambio de las palacras se hace decir a la ley lo que el Congreso no quería, no previo o no estuvo en su mente, entonces se trata de un veto sustitutivo. Me parece que no es la ocasión para votar en este debate improvisado los problemas que se puedan presentar. Por eso, concurro en la necesidad de que de una vez por todas la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento evacue un informe que ya había pedido la Sala. Pero en este caso concreto, a mi juicio, la Mesa tendrá que oír el parecer del Senado para resolver sobre la naturaleza que la Corporación atribuya a la observación del Presidente de la República.
Para terminar, me debo hacer cargo de las afirmaciones del Honorable señor Pablo.
No creo que el Senado deba ajustar sus resoluciones en cuanto a interpretar los límites de la potestad del Presidente de la República, a lo que diga o resuelva la Cámara de Diputados. En este sentido somos absolutamente soberanos y no tenemos otra obligación que atenernos a la Constitución Política que nos rige.
Por eso, insisto en que deberá oírse a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y, mientras ese orga-
nismo no dé su pronunciamiento, cada caso dudoso deberá someterse al parecer de la Sala.
El señor CURTI.-
Mientras tanto, no habrá ley de reajuste.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Reitero mi solicitud de que el asunto sea sometido al estudio de la Comisión de Constitución. No me refiero a esta observación en particular, sino al problema en general, y en el entendido de que si esa Comisión lo estima conveniente, proponga una reforma del Reglamento.
A mi juicio, no se puede adoptar como sistema el de que, frente a cada observación, a pedido de un señor Senador, comience la Sala por pronunciarse respecto del carácter de aquélla, porque si ya es bastante lenta la marcha de los proyectos en el Congreso, esa práctica los demoraría mucho más todavía.
Tendremos que llegar a un sistema parecido al que existe en materia de inconstitucionalidad o de improcedencia de una indicación, respecto de la cual se pronuncia la Mesa, a menos que ésta considere el caso dudoso, situación en la cual debe someterla a la consideración de la Sala.
Para calificar la observación tendremos que establecer, en mi concepto, el mismo sistema que rige para la inconstitucionalidad o improcedencia de otras materias.
En lo referente al artículo en debate, no hay una disposición reglamentaria, ni siquiera dictamen de Comisión ni acuerdo del Senado, que establezca la calificación previa. En el caso de que se trata ahora, me convence el razonamiento del Honorable señor Pablo.
En este inciso hay dos ideas: una, la de otorgar las subvenciones; otra, la de aplicarlas a un destino determinado. Reconozco que la cuestión no es absolutamente clara. Por lo demás, nunca es posible deslindar con absoluta nitidez la naturaleza supresiva o sustitutiva de una observación.
A mi juicio, para abreviar la tramitación del proyecto, en este caso deberíamos acoger el veto como observación supresiva.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Usaré de la palabra sólo para buscar salida a esta situación reglamentaria, porque, respecto de la consulta, me parece lógico y natural que lo haga la Comisión de Constitución.
El señor CHADWICK.-
Evidente.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Pero el informe que aquélla emita tiene para largo, de modo que se aplicará en el futuro comportamiento que la Sala deba adoptar en el debate de otros proyectos.
Ahora bien, el Honorable señor Juliet sostiene que la Mesa ha declarado que el veto es supresivo. Así lo entendí yo. Y como estamos tratando un proyecto cuyo objeto es aumentar las remuneraciones de los sectores público y privado, quiere decir que la redacción del artículo, complementado con el inciso segundo, determina que los fondos sean destinados al pago del reajuste de sueldos y salarios del personal. Tiene esa finalidad. Como la frase que se pretende suprimir no altera el sentido de la disposición, para la historia de la ley, para que tomen conocimiento los organismos contralores, debe saberse que ningún recurso de los previstos en la iniciativa en debate, puede ser invertido en otras finalidades que las previstas por ella.
En consecuencia, incurrirían en delito y deberían ser perseguidas las autoridades, que haciendo caso omiso de la finalidad perseguida por el Congreso, dieran a esos fondos destino distinto del reajuste de remuneraciones. Me parece que el Senado debe despachar este artículo en esa inteligencia, y no pienso que quepa otra interpretación, porque la Corporación no puede detener el despacho del proyecto a la altura en que nos encontramos de su tramitación.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Tengo entendido que el señor Presidente resolvió que la Sala se pronuncie al respecto. Pido que se recoja la votación para determinar si la observación será considerada como supresiva o sustitutiva.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
La Mesa considera que el Reglamento en ninguna de sus disposiciones autoriza al Presidente del Senado para decidir en esta materia. Por eso, consulta a la Sala.
El señor DURAN.-
Deseo expresar una opinión para aclarar algunas de las observaciones vertidas con relación a este problema .
Se pierde uno en la argumentación, a causa de un error que he escuchado a algunos señores Senadores respecto de la última parte del artículo 42, en orden, a que el personal de las universidades reconocidas por el Estado tendría el mismo reajuste en sus sueldos que el acordado a los funcionarios del Estado. De aquí parecería desprenderse que las subvenciones están destinadas en forma exclusiva al pago de ese reajuste; pero la verdad es que el inciso final es mucho más amplio.
Se pretende, en realidad, que el aumento de sueldos y salarios de los empleados de las universidades sea igual al del sector público. Al efecto, esta disposición, en la parte final, agrega: "En consecuencia, este personal no disfrutará del aumento de remuneraciones del sector privado establecido en el artículo 131, ni de los reajustes señalados para los empleados particulares en la ley Nº 7.295||AMPERSAND||quot;. Este es el objetivo, y no otro. Por lo tanto, de todas maneras estamos abocados a tener que resolver si el veto es sustitutivo o, por lo contrario, si es de reemplazo, de eliminación.
En mi opinión, la Mesa hará bien, sin perjuicio de lo que en definitiva informe la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, al someter el fondo del problema a la consideración del Senado, porque, como ha expresado el Honorable señor Juliet, tendrá el respaldo del resultado de la votación. ¿Qué resolverá la Mesa? ¿Decidirá que el Senado ha aceptado el veto? Ello dependerá de la interpretación que le dé el propio Senado.
Si, producida simple mayoría y aceptado que se trata de un veto sustitutivo, que reemplaza una idea por otra, el Presidente
declara que no hay dos tercios y, en consecuencia, que el Senado no insiste, la Mesa no estaría interpretando el pensamiento de la Corporación. El Honorable señor Pablo argumentaba que un simple cambio de quórum en un instante determinado modificaría la mayoría de la Corporación; pero eso pasa siempre: las mayorías son las que interpretan, y ni siquiera el Presidente de la República puede dar carácter de sustitutivo o de modificatorio al veto que plantea.
Por estas razones, deseo hacer una consulta a los señores Senadores que integraron la Comisión de Hacienda. Para mí, el problema es claro en la medida que lo sea para ellos. ¿Se entendió, cuando se votó el artículo, que los fondos tenían por única finalidad aumentar sueldos y salarios? En ese caso me parece que la supresión propuesta por el Ejecutivo debe estimarse sus-titutiva. Si por lo contrario, los señores Senadores nos dicen que al votar el artículo estimaron que la destinación global de los fondos tenía por finalidad atender al reajuste de sueldos y salarios y a otros gastos, en ese caso, simplemente, el veto del Ejecutivo que elimina la frase no tendría ninguna importancia: pero no creo que el Gobierno esté suprimiendo una frase sólo por eliminarla, sino a sabiendas de que el total de los fondos asignados a cada una de estas universidades les permite pagar el total del reajuste de acuerdo con el último inciso, es decir, otorgándolo a los funcionarios en igual forma que a los empleados públicos. En consecuencia, en virtud del excedente, esas universidades recibirán una subvención que el Congreso, en el fondo, no ha discutido. Los señores Senadores no saben si ese excedente tiene un objetivo determinado y, por lo tanto, el Congreso aparece dando una subvención sin saber la finalidad.
En esto se envuelve también un problema moral, y como la Corporación está integrada por representantes de todos los partidos, conocedores del espíritu que animó a la Comisión al votar estas sumas globales, deseo conocer de sus labios si ellas fueron otorgadas con la finalidad exclusiva y excluyente de aumentar sueldos y salarios en igual forma que a los empleados públicos, de conformidad con el último inciso, o si, por lo contrario, incluían la posibilidad de invertir cualquier excedente en finalidades distintas.
El señor ALTAMIRANO.-
¿Me permite una interrupción, señor Senador?
No pretendo absolver la consulta del Honorable señor Durán en mi calidad de presidente de la Comisión de Hacienda, porque puedo haber interpretado el precepto en un sentido determinado, y otros señores Senadores, en otro.
En cuanto a la pregunta que formula el Honorable señor Senador, no me cabe la menor duda -y así lo dijo expresamente el señor Ministro de Hacienda- de que esas cantidades tenían por objeto solventar los reajustes. Por lo demás, basta leer el artículo en su contexto general para llegar a la conclusión de que no se está suprimiendo la frase por que sí.
Es evidente que las universidades han formulado una petición al Gobierno en orden a que les dé libertad para destinar esos fondos a pagar reajustes u otras inversiones, según su conveniencia.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Que venga el señor Ministro de Hacienda.
El señor LUENGO.-
Deseo hacer presente, en mi calidad de miembro de las Comisiones de Gobierno y Hacienda, unidas, que, a mi juicio, el veto es sustitutivo, porque en el proyecto original enviado por el Gobierno la disposición venía con la frase que ahora se pretende eliminar. En consecuencia, el Gobierno entendía que esas cantidades estaban destinadas exclusivamente al pago de los reajustes de esas universidades. Si ahora, por medio del veto, se pretende suprimir esa frase, queda en claro que la idea es otra y que se persigue que los fondos no sirvan sólo para pagar los reajustes, sino también para otros fines.
En la observación del Presidente de la
República respecto del artículo 42, dice: "Para eliminar la frase: "para que den cumplimiento a la presente ley", dentro de las sumas otorgadas a las universidades, cuya finalidad no es cumplir estrictamente el pago de los reajustes, sino atender también otros pagos, como, por ejemplo, el de la asignación de zona, en el caso de la Universidad Austral."
De manera que está claro, a nuestro juicio, que el veto es sustitutivo. Y quiero decir todavía algo más: el Honorable señor Pablo argumenta que, a juicio de la Comisión, el veto es supresivo, porque así lo dice el informe.
En ningún instante las Comisiones entraron a calificar si el veto relativo a algún artículo determinado era supresivo o sustitutivo. La Comisión no se pronunció sobre el particular.
El señor MIRANDA.-
Salvo en el caso del artículo 121, problema que también deberá conocer el Senado.
El señor LUENGO.-
Exacto. Respecto de ese artículo, estuvimos discutiendo el asunto. Pero en cuanto a los demás, no hubo pronunciamiento de la Comisión.
La afirmación contenida en el informe, de que se trata de un veto supresivo, fue hecha por la Secretaría. Ello no significa que ésta haya cometido un error o se haya excedido en sus atribuciones, pues, a mi juicio, actuó de acuerdo con la norma general aplicada en el Senado, según la cual el veto es supresivo. Sin embargo, como digo, este punto no fue discutido, de modo que no es la opinión de la Comisión la consignada en el informe.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Debo advertir a la Sala que está por llegar el término de la hora, pues la sesión está citada hasta las ocho de la noche.
Propongo despachar esta materia y votar el artículo antes de levantar la sesión, para lo cual habría que prorrogar el tiempo.
El señor FONCEA.-
No hay acuerdo.
El señor DURAN.-
Deseo terminar diciendo lo siguiente: a mi juicio, el problema no está planteado hoy con carácter de extrema gravedad, pues, como yo creo, en el supuesto de que el veto es sustitutivo, simplemente hemos deseado dejar clara constancia de que, mediante el sistema de formular observaciones con apariencia de vetos supresivos, se están planteando vetos de sustitución. El problema no tiene mayor importancia, pues el Senado, en mi concepto, puede rechazar la observación e insistir por simple mayoría. La Cámara acordó, con cualquier quórum, aceptarla. En consecuencia, no habrá ley respecto de la frase en referencia. Cualquiera que sea el acuerdo definitivo del Senado, de hecho la frase quedará suprimida, por existir disparidad entre ambas ramas del Congreso. Por lo expuesto, en el fondo el problema no incide en el planteamiento de este instante, sino en la fijación de una conducta futura.
En mi concepto, no estamos abocados a un problema urgente respecto de este informe de Comisión. Pero creo sí que, en homenaje a las buenas prácticas del Senado, debe insistirse, previa consulta a los señores Senadores, en que el veto es sustitutivo y que puede rechazarse por simple mayoría. Naturalmente, no prevalecerá el criterio del Senado, porque la Cámara, a su vez, ha aceptado el veto sustituto, de modo que no hay ley en esta frase.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Señor Presidente, ¿por qué no pide el asentimiento de la Sala para despachar hoy el veto?
El señor GARCIA (Vicepresidente) .-
Lo pedí, señor Senador, pero no hubo acuerdo.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Solicito de la Mesa recabar el asentimiento del Senado para prorrogar la hora por el tiempo necesario para despachar las observaciones del Ejecutivo.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Hay oposición, señor Senador,
El señor CORBALAN (don Salomón).-
¿Quién se opone?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
La Mesa no tiene obligación de decirlo, señor Senador.
En votación la indicación para prorrogar la sesión.
El señor LUENGO.-
Hasta despachar todas las observaciones.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
El tiempo sólo puede prorrogarse hasta una hora.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
¿Cómo que hasta por una hora?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Lo dice el Reglamento.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Reglamento dispone que para prorrogar el tiempo hasta por una hora se requiere el asentimiento de los dos tercios de los Senadores presentes; y para un plazo mayor, el acuerdo unánime.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Sugiero pedir el asentimiento unánime de la Sala para prorrogar la sesión hasta terminar el despacho del veto.
El señor AYLWIN -
Sin debate ni fundamento de voto.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Podría fijarse un tiempo mínimo.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Puede prorrogarse por una hora, con el acuerdo de los dos tercios.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Y después de la hora, ¿ no podría prorrogarse nuevamente el tiempo ? ¿Ni por unanimidad?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Por unanimidad, sí.
Si le parece a la Sala, pondríamos en votación la prórroga del tiempo por una hora, para lo cual se requieren los dos tercios.
El señor AYLWIN.-
Estamos de acuerdo en despachar todas las observaciones.
El señor GUMUCIO.-
Indefinidamente.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
¿Solicita votación, Honorable señor Corbalán?
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Pido prorrogar por una hora la sesión.
El señor BULNES SANFUENTES.-
Por una hora.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
¿Se prorroga o no el tiempo hasta por una hora?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
¿Hay acuerdo?
El señor FONCEA.-
¿Para despachar todas las observaciones?
El señor LUENGO.-
Hay acuerdo para prorrogar la sesión hasta por una hora, señor Presidente.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se prorrogará la sesión por una hora.
Acordado.
El señor CURTI.-
No voy a opinar sobre la necesidad, ya establecida por todos los sectores del Senado, de que la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia emita informe sobre la conducta que debe adoptarse respecto de los vetos del Ejecutivo a los proyectos despachados por el Congreso.
Sólo deseo referirme al artículo 42, en debate, y hacer presente que las bonificaciones establecidas en él no son fortuitas ni globales. No nacieron de indicaciones presentadas por los parlamentarios, sin ningún antecedente, sino de las necesidades acreditadas por las universidades para hacer frente a los gastos que les han irrogado o irroguen este proyecto y otras actividades que también deban desarrollar.
Ya el Honorable señor Luengo expresó, hace pocos instantes, que el veto del Ejecutivo hace presente que la Universidad Austral no destinará estos fondos al pago de reajustes, sino de asignación de zona, no comprendida dentro de esta iniciativa. Por otra parte, el artículo en debate destina cinco millones cien mil escudos para la
Universidad de Concepción, incluido el Centro Universitario de Bío Bío. Esa bonificación no está destinada al pago de sueldos y salarios, pues son centros que se están estableciendo a partir del año de instrucción iniciado en marzo de este año.
En consecuencia, estas bonificaciones, contrariamente a lo expresado por el Senado, no sólo están destinadas a absorber gastos justificados por las universidades, como los necesarios para la instrucción que éstas están impartiendo y para financiar los reajustes, sino, además, otros gastos a que ellas se ven abocadas, que no consisten sólo en sueldos y salarios, sino que derivan de la instrucción que va a impartir o que está impartiendo en la actualidad.
Por eso, limitar el uso de las bonificaciones al cumplimiento del proyecto en debate, es privar a las universidades de recursos que el Gobierno les ha asignado mediante este precepto, para desarrollar este año los diferentes ramos de la educación que están impartiendo.
Lo expuesto justifica suprimir la frase "para que den cumplimiento a la presente ley", pues, como digo, las bonificaciones del artículo 42, no sólo han considerado el pago de reajustes de sueldos y salarios, sino también otros gastos derivados de la instrucción que están impartiendo, como la creación del Centro Universitario de Bío Bío de la Universidad de Concepción, la gratificación de zona de la Universidad Austral y otros.
El señor AYLWIN.-
¿Me permite, señor Presidente?
Había pedido la palabra.
Deseo agregar algo más a lo expresado por el Honorable señor Curti y a las observaciones del Honorable señor Durán.
Creo importante destacar una reflexión.
El artículo 42, tal como fue despachado por el Congreso, destina diversas sumas de dinero a las diferentes universidades. Esas cantidades no fueron fijadas en forma caprichosa. El Congreso las aprobó luego de conocer los antecedentes que justificaban esas subvenciones. Pero sucede que el objetivo principal de ellas es pagar los aumentos de remuneraciones. El inciso final establece que los reajustes del personal de las universidades reconocidas por el Estado se pagará de acuerdo con las reglas aplicables al sector público, y no a las del sector privado.
¿Qué pasa si, de las sumas asignadas a la Universidad de Concepción, por ejemplo, ascendentes a cinco millones cien mil escudos, una vez reajustados los sueldos y salarios según las normas del sector público, quedan disponibles trescientos mil escudos? De acuerdo con el texto aprobado...
El señor DURAN.-
Tiene que devolverlas.
El señor AYLWIN.-
..., esas sumas son para dar cumplimiento "a la presente ley"; es decir, para pagar los reajustes. Sin embargo, no se ha establecido que deba devolverse el exceso.
De acuerdo con los antecedentes proporcionados y que las Comisiones estudiaron en su oportunidad, estas cifras fueron fijadas teniendo en cuenta los reajustes y otras necesidades propias de las universidades; no para que destinen el dinero a cualquier cosa, pues una universidad, en virtud del principio de la especialidad de la persona jurídica, no puede emplear sus fondos en fines ajenos a los universitarios. Los recursos han sido otorgados para que dichos planteles paguen los reajustes y asignaciones de zona, que no son reajustes, y se establezcan centros universitarios, que tampoco son reajustes; es decir, para que cumplan sus fines. . .
El señor ENRIQUEZ.-
¿Me permite, señor Senador?
Deseo insistir en que, a mi juicio, este veto es sustitutivo, porque trata de precaver ciertos efectos que se pueden producir.
En el caso de la Universidad de Concepción, que el Honorable señor Aylwin ha querido poner como ejemplo, las sumas asignadas en el artículo 42 corresponden exactamente, según planillas, al reajuste legal similar al otorgado al sector público. Sin embargo, pueden producirse excedentes, como en cualquier otro servicio, por fallecimiento, renuncia o retiro del personal en servicio; y como la persona que ocupe el cargo puede no tener, por ejemplo, el mismo número de trienios que el anterior funcionario, por ingresar por primera vez a la universidad como profesor, ayudante, etcétera, puede producirse un excedente que, de acuerdo con la frase "para que den cumplimiento a la presente ley", no podría ser devuelto ni destinado a nada, pues el inciso final es imperativo : dispone que "el personal de las universidades reconocidas por el Estado tendrá el mismo reajuste de sus sueldos y salarios ..." No puede ser más, pero tampoco puede ser menos.
El señor AYLWIN.-
Exactamente.
El señor ENRIQUEZ.-
Algunas universidades, han sido facultadas en otras ocasiones para otorgar reajustes menores a un personal y mayores a otros. Ahora el proyecto establece una regla de igualdad, pues dice: "tendrá el mismo reajuste de sus sueldos y salarios que el señalado para el sector público."
Sin embargo -repito-, pueden producirse excedentes.
Por lo expuesto, sin restar en absoluto la importancia que tiene la materia en debate, y reiterando que, a mi juicio, el veto es sustitutivo, explico la situación de hecho que puede producirse, que haría procedente la observación tendiente a eliminar la frase en referencia, por las circunstancias señaladas.
El señor AYLWIN.-
Deseo terminar mis observaciones, pues lo que acabamos de oír al Honorable señor Enríquez confirma, a mi juicio, el razonamiento que yo estaba haciendo y adelantan parte de él.
Según ha dicho muy claramente el señor Senador...
El señor CORBALAN (don Salomón).-
¿Qué dijo?
El señor AYLWIN.-
Me gustaría ser escuchado del mismo modo como escuché a Sus Señorías.
El Honorable señor Enríquez ha dicho muy claramente que, al mantenerse esta frase, si hay excedentes, en la hipótesis planteada por él, tales excedentes se encontrarían en una situación absurda: no podrían ser devueltos al fisco ni empleados en objeto alguno. Es decir, quedarían bloqueados, esterilizados.
Pero ¿qué persigue el veto? Impedir que eso ocurra; suprimir un requisito innecesario e inconveniente. En consecuencia, la observación no modifica el texto, porque jamás fue ésa la intención del legislador. Ninguno de los Senadores que aprobamos la indicación -todos la votamos favorablemente- hemos tenido el propósito o la intención, en ese momento, de dejar bloqueados esos fondos. O sea, si de los Eº 5.100.000 que recibiría la Universidad de Concepción, ésta invierte sólo Eº 5.000.000 en pagar reajustes, los cien mil escudos restantes no quedarían bloqueados, sin servir para nada, porque no fue esa la intención del Congreso.
Acudiendo al razonamiento que expuso el Honorable señor Chadwick sobre la formación de la voluntad y la coincidencia de la intención de cada una de las partes -en este caso, el Senado, la Cámara de Diputados y el Presidente de la República-, no podría sostenerse que el Ejecutivo, mediante la supresión por él propuesta, haya pretendido modificar la intención o voluntad del Senado. A mi juicio, la intención del precepto, sin esta frase, es claramente, según lo dispuesto en el inciso final, destinar esos fondos al pago de reajustes, pero no limitarlos a eso, si hay excedentes. Nosotros no tuvimos la intención en contrario, y el Ejecutivo, al suprimir esta frase, sencillamente ha querido permitir que la ley sea aplicable, tal como lo quiso el Congreso. En consecuencia, el veto es supresivo y no sustitutivo.
El señor TEITELBOIM.-
En realidad, la discusión ha sido muy lata y ha versado sobre dos temas distintos: naturaleza misma del veto y contenido propio del artículo en debate. Además, ha habido evidente contrapeso entre los sostenedores de una y otra posición, a lo menos en los últimos minutos.
Quisiera volver a lo que entiendo por el espíritu y la letra misma de la ley. Estamos tratando un proyecto sobre reajustes, y el articulo 42 dice que la Tesorería General de la República entregará cantidades anuales a las universidades que se mencionan, "para que den cumplimiento a la presente ley". Por lo tanto, el espíritu y la letra de la disposición son muy claros. El veto, que es supresivo en la forma, porque elimina una parte de una frase, destruyendo su sentido, es sustitutivo en su contenido y espíritu, debido a que no pueden considerarse en forma separada una y otra parte de la disposición, esto es, aquella por la cual la Tesorería General entregará las cantidades indicadas, y la otra, según la cual lo recibido será para dar cumplimiento a la presente ley. Luego, si se suprime la parte final de la frase "para dar cumplimiento a la presente ley", se está desnaturalizando el precepto, sé lo está convirtiendo simplemente en una disposición que ordena la entrega a las universidades de una cantidad de dinero para obligaciones indeterminadas, por lo menos en parte.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Suprime la obligación.
El señor TEITELBOIM.-
El último inciso establece que las universidades reconocidas por el Estado pagarán a su personal el mismo reajuste señalado por el proyecto para el sector público. Pero se ha planteado un problema: ¿y si hay excedentes? Aquí está, también, la diferencia. Si hay sobrantes, al aprobarse el precepto con la frase de que con los fondos debe darse cumplimiento a la presente ley, quiere decir que esos sobrantes habrán de ser devueltos.
El señor PABLO.-
Nunca se hizo eso con la Universidad de Concepción.
El señor TEITELBOIM.-
Por lo tanto,
no es éste un asunto secundario. En el fondo, se trata de subvenciones disfrazadas, enmascaradas. Si se desea dar subvenciones, llámeselas por su nombre, presénteselas como tales a la consideración del Congreso, para que éste decida si las concede, pero no recurramos a subterfugios y artimañas.
A mi modo de ver, el veto no cautela debidamente los fondos fiscales, pues permite entregar cantidades determinadas para fines indeterminados. Ello es particularmente grave y sentaría un precedente de muy peligrosa significación.
Por estas razones, estimo que debe ser rechazada la observación del Gobierno y debe entenderse que ésta no constituye un veto simplemente supresivo, sino sustitutivo.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si a la Sala le parece, se pondrá en votación el veto.
El señor ENRIQUEZ.-
Son dos las votaciones que deberán hacerse. Una de ellas incidirá en la consulta formulada por el Honorable señor Juliet.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Votaremos en primer término la consulta.
En votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El señor Presidente consulta si la observación es sustitutiva o supresiva.
Los señores Senadores que la estimen sustitutiva deberán votar afirmativamente.
-(Durante la votación).
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Quisiera decir algo más.
Lo que me interesa es la experiencia. Es inaceptable que, mediante subterfugios, como se ha dicho aquí, se estén sacando subvenciones que la ley de Presupuestos no consagró. Esto es, a mitad de camino, se otorgan por vía indirecta nuevas subvenciones. En adelante, cuando se presenten problemas de esta naturaleza, la Comisión de Hacienda deberá hacerse enviar por los respectivos organismos favorecidos el correspondiente cálculo de gastos. Más aún, la redacción de los preceptos referentes a estas materias no debe ser global, sino disponer que se podrá girar hasta determinada cantidad; hasta lo que se necesite para la satisfacción de las necesidades que el legislador quiso atender.
A mi juicio, el veto es sustitutivo.
El señor CHADWICK.-
Fundaré el voto, que emito afirmativamente. _
Sólo hago presente que la razón del inciso que el Ejecutivo procura modificar, es el reconocimiento de que las universidades se verían enfrentadas a gastos mayores que aquellos que podrían atender con sus recursos ordinarios. Mediante el precepto en análisis, se quiso darles los fondos necesarios para solventar las obligaciones que derivarían de la ley en proyecto.
De modo que la voluntad del legislador se precisó y tiene un carácter del todo inequívoco, determinado tanto por la causa que lo llevó a aprobar la disposición que nos ocupa, como por el objeto a que se destinaba la erogación fiscal a favor de las instituciones universitarias. Si tal objeto se altera, aunque no se modifiquen las cantidades a que se refiere el artículo, debemos concluir que se ha cambiado la disposición original por otra que corresponde a la voluntad del Ejecutivo.
Por estas consideraciones, estimo que c¡ veto es sustitutivo y no meramente sorpresivo.
Voto que sí.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 20 votos por la, afirmativa, 13 por la negativa y 2 pareos.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En consecuencia, el Senado considera que el veto es sustitutivo.
-(Durante la votación).
En votación si se aprueba el veto.
El señor BARROS.-
Quiero adherir a lo manifestado denantes por el Honorable señor Altamirano, pues se trata de un asunto de cierta gravedad.
La Universidad Católica de Valparaíso posee equipos televisores.
El señor CURTI.-
¡Le ha dado con la televisión!
El señor BARROS.-
Mejorar tales equipos cuando la Universidad de Chile no tiene igual trato, es irritante. La asignación de Eº 1.257.000 que se le otorga equivale casi exactamente a los 400 mil dólares que, según anunció la Universidad Católica de Valparaíso, fe costará la compra de nuevos equipos. Esta no es mera coincidencia.
Por su parte, la Universidad Técnica Federico Santa María gozará de garantías similares. Dicho plantel universitario está regido por un consejo omnímodo, integrado por los multimillonarios señores Agustín Edwards, Jorge Ross y Gustavo Olivares. La disposición en debate entrega a la Universidad Técnica Federico Santa María Eº 1.381.000. Este artículo fue rechazado por la Comisión en el primer informe.
En el plantel a que me estoy refiriendo, el profesorado no cuenta por ningún motivo.
Los cesares, que son los albaceas reemplazantes de los que dejó el señor Federico Santa María, han debido soportar una huelga muy justa del alumnado, el cual no desea vivir en un campo de concentración. Ni los alumnos ni el profesorado cuentan para nada en el Consejo,
¿Es posible que los recursos de la nación se estén entregando, en el caso de la Universidad Federico Santa María, a la voluntad omnímoda del clan Edwards-Ross?
No creo, como lo han expresado otros señores Senadores, que esos dineros vayan a servir exclusivamente para los reajustes.
Lo válido para la Universidad Católica de Valparaíso, confesional, lo es también para la Universidad Santa María, con esa Santísima Trinidad que la está explotando al margen de lo que debiera ser un verdadero consejo universitario.
Por eso, al eliminar la frase '"para que den cumplimiento a esta ley", que en este caso es la de reajustes, se podrá dar otro destino a esos dineros.
Voto, entonces, por la mantención de la frase.
El señor GOMEZ.-
El pareo que tenia con el Honorable señor Reyes fue cambiado al Honorable señor Miranda.
Voto que sí.
-¡Se aprueba la observación (20 votos por la afirmativa, 11 por tu negativa y 4 pareos).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, el Ejecutivo propone suprimir el artículo 70. Las Comisiones unidas, por mayoría de votos, recomiendan rechazar la observación.
El señor GARCÍA (Vicepresidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor PABLO.-
Con la misma votación.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará con la misma votación.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
¿La Cámara lo rechazó?
El señor MAURAS.-
La Cámara de Diputados aprobó el veto.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Lo aprobó, Honorable Senador.
El señor PRADO.-
La Cámara aceptó el veto.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En todo caso, la resolución del Senado no produce efecto.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Pido la palabra, señor Presidente.
Nosotros esperábamos esa resolución de la Cámara, porque todo lo que tiende a beneficiar a los trabajadores...
El señor FUENTEALBA.-
Solamente lo hacen Sus Señorías.
El señor TEITELBOIM.-
Efectivamente, nosotros hacemos lo que no hacen los
Senadores de Gobierno. Por eso, estamos a favor de la disposición.
El señor GUMUCIO.-
Daremos las razones que justifican nuestra actitud.
El señor FUENTEALBA.-
¡Por eso Sus Señorías hicieron la reforma agraria...!
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
-El Honorable señor Fuentealba nos dice que...
El señor TEITELBOIM.-
La masacre de El Salvador es culpa de Sus Señorías.
El señor FUENTEALBA.-
Ustedes pusieron a las mujeres delante.
La señora CAMPUSANO.-
Las mujeres estaban allí porque pertenecen a la clase trabajadora.
El señor LUENGO.-
Y si había mujeres, ¿por qué dispararon?
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Señor Presidente, si no se respeta mi derecho, no podré continuar.
El Honorable señor Fuentealba ha dicho que solamente nosotros defendemos a los obreros. Efectivamente, Su Señoría dice la verdad: defendemos a los trabajadores, porque nos han entregado sus votos y por voluntad de ellos estamos en este recinto para preservar sus intereses.
Es sabido que, a comienzos del año pasado, se produjo un conflicto en la oficina Victoria, originado por demandas de aumento de salarios. Esos trabajadores estuvieron más de 30 días esperando solución al conflicto. Inclusive, los Diputados democratacristianos de esa época nos acompañaron en las gestiones que realizamos ante la Corporación de Fomento.
La solución que se dio al problema no fue en modo alguno satisfactoria, pues esos asalariados siguen ganando actualmente -¡entiéndase bien!- 4.120 pesos diarios.
Con el propósito de ser escuchados y buscar un modo de paliar su miseria, su pobreza, su angustia, sus dolores, los obreros mencionados realizaron una marcha a Iquique, para lo cual recorrieron más de 80 kilómetros.
El señor CURTI-
¡La huelga la hizo el señor Barra...!
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Como solución final, aparte el aumento acordado en virtud del alza del costo de la vida, se concedieron 200 escudos por obrero, en calidad de préstamo -suma insignificante, pues se trata de dos mil asalariados-, de los cuales hasta la fecha han cancelado 75 escudos y quedan por pagar 125.
En las Comisiones unidas se explicó que la oficina Victoria no depende directamente del Estado, lo que es cierto. Pero los Senadores de Gobierno saben perfectamente que aquélla está bajo la dirección de la CORFO, organismo cuyos consejeros, en su mayoría, son representantes del Ejecutivo.
Por lo tanto, si en el Consejo de la Corporación de Fomento hubiera existido el propósito de reconocer la justicia que asiste a esos trabajadores, a causa de los exiguos salarios que perciben, dicha entidad debería haberse anticipado a con-donar esa deuda, como se ha procedido respecto de los empleados de muchas instituciones semifiscales, y para lo cual nosotros hemos concurrido con nuestros votos favorables.
Con los obreros, en cambio, no se procede de igual modo, no obstante que todos conocemos las angustias económicas que la ciudadanía soporta en estos instantes.
Incluso, sabemos que señores Parlamentarios que tienen cuentas corrientes en los bancos corren todos los días a solicitar anticipos a esas instituciones, porque la dieta no les alcanza para vivir. Entonces, yo pregunto: ¿podrá subsistir un obrero que gana sólo cuatro mil pesos diarios y con ellos debe mantener a su familia, vestir a sus hijos y mandarlos a estudiar a Iquique, por ejemplo, o a cualquier otro rincón del país donde haya un liceo, una escuela técnica o profesional?
Por eso, en esta oportunidad protesto por la actitud indolente que se observa n contra de los obreros.
Votaremos afirmativamente, aun cuando sabemos que la decisión del Senado no influirá en el resultado final. En todo caso, que los obreros sepan cuál es y seguirá siendo nuestra actitud.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, me permití interrumpir al Honorable señor Contreras Tapia, porque, cuando el señor Senador comenzó su intervención, aludió directamente a la preocupación que nosotros tenemos por la clase obrera.
Sinceramente, creo que el partido al cual pertenecemos y el Gobierno en el cual estamos participando tienen preocupación muy fundamental por mejorar la situación de vida de todos los trabajadores chilenos.
Respecto del artículo en discusión, quiero recordar que durante el Gobierno anterior, del señor Alessandri, la oficina Victoria estaba a punto de ser clausurada, y que, gracias a una gestión realizada por el Senador que habla, que entonces era Diputado, los dirigentes del Partido Demócrata Cristiano señores Carmona y Leighton y el Ministro del Trabajo de esa época, señor Gomien, se propuso una fórmula para que dicha oficina continuara trabajando y no se produjera cesantía de cientos de obreros.
Con motivo de esa intervención que tuvimos junto al ex Ministro del Trabajo señor Gomien, se encomendó la administración definitiva de la oficina Victoria a la Corporación de Fomento.
Puedo agregar más: en aquella oportunidad, luego de la entrevista con el señor Gomien, fuimos citados por el ex Ministro del Interior señor Sótero del Rio a una reunión más amplia, en la que participaron los señores Gomien, Sótero del Río y Julio Philippi, en la cual se acordó un procedimiento definitivo para poner en marcha esas faenas e impedir la cesantía de muchos trabajadores.
Votaremos favorablemente el veto, no por ser enemigos de los trabajadores, sino porque ésa es una oficina de una empresa privada y no podemos estar condonando por ley un anticipo otorgado por una entidad de carácter particular.
Sin embargo, en la propia Comisión, entiendo que el Ministro del ramo y el Subsecretario, como me acaba de informar el Honorable señor Gumucio, dejaron constancia de que ellos harán las gestiones del caso ante la CORFO para que esa suma sea condonada a los obreros.
Repito: no podemos hacerlo por ley, porque se trata de una empresa privada, y no fiscal.
Eso es todo.
El señor AMPUERO.-
Quiero recoger algunas de las observaciones formuladas por el Honorable señor Fuentealba, porque a mí también me tocó participar, en forma bastante directa, en la agonía de la Compañía Salitrera de Tarapacá y Antofagasta, cuya dirigente máximo era Osvaldo De Castro y de quien resultaron aprovechados discípulos políticos muchos de los correligionarios del señor Senador. Más de una vez, la CORFO tuvo que reanimar esta oficina moribunda, desde el punto de vista financiero, para permitirle seguir subsistiendo y proporcionando trabajo a un número importante de obreros y empleados.
Digo que tuve ingerencia directa, porque durante breve tiempo fui consejero parlamentario en la CORFO, en representación de la Cámara de Diputados, precisamente en la época de declinación del imperio del señor De Castro y de auxilio por parte de la Corporación de Fomento, que terminó en la forma de administración que se ha recordado.
Por lo tanto, la solución misma, no obstante haber sido de emergencia y haber permitido el funcionamiento de la planta, me da cierta base para sostener que no es buena. Así lo afirmé también en la Sala en su oportunidad.
El fisco chileno y las instituciones públicas acreedoras de De Castro pudieron haberse hecho cargo, casi sin pagar un solo centavo, de la totalidad del activo de esa sociedad con sólo hacer aplicar las disposiciones legales relativas a la prenda bancaria. Sin embargo, los gobernantes de entonces no pudieron, no quisieron o no se atrevieron a utilizar ese procedimiento tan expedito y barato, y prefirieron negociar con De Castro una operación sumamente complicada desde el punto de vista legal y financiero, hasta que la CORFO debió cargar con una compañía mal administrada y, hasta hace muy poco, con altos costos de producción y, naturalmente, las pérdidas consiguientes.
Por eso, las glorias que en este momento recuerda el Honorable señor Fuentealba creo que, modestamente, pueden ser compartidas por los partidos de Izquierda, ...
El señor GUMUCIO.-
No pretendemos el monopolio.
El señor AMPUERO.-
...que han tenido viejas preocupaciones por la situación de los asalariados y, muy en particular, por los de la oficina Victoria.
El señor GUMUCIO.-
No pretendemos usurpar las conquistas del FRAP.
El señor AMPUERO.-
En esa fase del desarrollo de la industria salitrera, también tuvimos ocasión de dar una batalla, por intermedio de los sindicatos y de la CORFO, en la cual participaron los militantes y parlamentarios del FRAP, para impedir lo que casi llegó a constituir un atentado, con serios perjuicios para los asalariados de la oficina, por cuanto se podía volver al punto cero en materia de convenios y contratos de trabajo. Se logró salvar esa crítica situación, imponiendo a cualquiera nueva empresa que se constituyera -en el entendido de que sería predominante la influencia fiscal- la obligación de reconocer y respetar la totalidad de las conquistas logradas hasta ese momento.
De manera que también en esta parte del problema hemos tenido una participación que ha redundado en positivos beneficios para los obreros y empleados de esa oficina.
Reconocemos la participación de los parlamentarios democratacristianos en uno u otro momento de la difícil vida de ese centro de producción, pero no creo que ello sea suficiente para justificar la aprobación del veto, que rechaza la idea propuesta por el Congreso de condonar el saldo de la deuda contraída con la empresa por parte de los obreros.
El señor FUENTEALBA.-
También somos partidarios de hacerlo.
El señor AMPUERO.-
La verdad estricta es que no quedo constancia escrita, en el momento de la solución del pliego de peticiones, en el sentido de que ese préstamo sería posteriormente condonado, pero todos los que participamos en esa gestión tuvimos plena conciencia de que ello se lograría a corto plazo. Además, ese era el espíritu de los ejecutivos de la Corporación de Fomento y de los representantes de las instituciones fiscales en la empresa explotadora. Ahora, al procurar por la vía legislativa que se perdone el saldo, porque ya los obreros han pagado una parte importante de la deuda, tratamos simplemente de conseguir lo que fue un compromiso implícito en las difíciles negociaciones encaminadas a solucionar la huelga.
Las reservas o las argumentaciones jurídicas en cuanto a que el Parlamento estaría impedido de intervenir en la administración de una empresa particular, me parecen un fundamento puramente formal, porque en el hecho es una ficción. Lo saben los señores Senadores: la totalidad del capital que actualmente constituye el patrimonio de la empresa explotadora de la oficina Victoria es público, pertenece a instituciones públicas o, directamente, al fisco o la CORFO. Si aparentemente el argumento pudiera tener cierta eficacia, ateniéndonos a los hechos, es, en realidad, un argumento ocasional, de valor puramente simbólico.
Es cuanto quería decir para ratificar la enorme justicia que encierran las palabras pronunciadas por el Honorable señor Víctor Contreras en cuanto a que si se aceptara el veto, se cometería un serio atentado en contra de los obreros y, con-secuencialmente, de sus condiciones de vida.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
La resolución de este problema se pudo haber entregado a la CORFO.
El señor AMPUERO.-
He estado hace muy pocos días en la oficina Victoria y he comprobado que siguen siendo precarias, miserables casi, las condiciones de existencia de ese centro minero, no obstante estar administrado en la actualidad por una empresa respaldada por la solvencia y el prestigio del Estado.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazara el veto con la misma votación anterior y no se insistirá.
El señor GOMEZ.-
No, señor Presidente.
Los Senadores radicales compartimos plenamente las observaciones formuladas por los Honorables señores Víctor Contreras y Ampuero. Es de toda justicia la condonación propuesta. Las penurias sufridas por los servidores de esa empresa son incontables, pero ellas han permitido mantener en funcionamiento aquel cantón salitrero, actividad que redunda en la obtención de divisas para el país.
El señor CURTI.-
Trabaja a pérdida.
El señor GOMEZ.-
He escuchado la observación de que esa oficina produce pérdidas, cuando, en realidad, la causa de ellas es la contabilidad que hace el Estado, al no considerar las utilidades obtenidas por el fisco, generadas por las divisas de la oficina Victoria y, también, en el Banco Central por los depósitos de importaciones afectos a impuestos adicionales. Estos son beneficios producidos con los esfuerzos de los trabajadores de ese centro minero. De manera que la tal pérdida de que se habla no existe. La oficina Victoria deja beneficios al país y no pérdidas, y aquéllos se obtienen con el sacrificio de los trabajadores.
Por lo tanto, es de toda justicia lo propuesto por el Senado y espero que haya votación necesaria para rechazar el veto e insistir en la disposición primitiva.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Por lo demás, existía el propósito de llevar a cabo la condonación, sobre la cual se han dado tantas razones por todos los partidos, incluso por los del FRAP y la Democracia Cristiana.
Bien se pudo hacer la entrega de los recursos a la Corporación de Fomento para que esta institución hubiera resuelto el problema del personal. Con esa medida quedaba a salvo el principio de que el Congreso no intervenga en una empresa particular.
Por otra parte, las organizaciones particulares son colaboradoras del Estado, y esta empresa lo es de la economía chilena.
Rechazo el veto.
El señor GUMUCIO.-
Quiero insistir en un hecho: aparte el aspecto jurídico discutido aquí sólo como fundamento formal, debo recordar que en las Comisiones hicimos presente al señor Ministro y al Subsecretario de Hacienda la conveniencia de que la CORFO, como administradora: de esa oficina, procediera a buscar una solución en lo relativo a la condonación del préstamo.
Por lo tanto, rechazo la imputación mediante la cual se nos hace aparecer a quienes aceptamos el veto en actitud de insensibilidad social.
Aclaro este punto, porque tenemos plena confianza en que el problema se resolverá en la forma señalada.
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
Que se acuerde el envió de un oficio, entonces.
-Se rechaza el veto (15 votos contra 12 y 4 pareos) y se acuerda no insistir, con La misma votación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone suprimir el artículo 72. La Cámara aceptó la supresión. Las Comisiones, a pesar de que el acuerdo del Senado no influye, recomienda rechazarla.
-Se rechaza y se acuerda no insistir, con la misma votación anterior.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
' La siguiente observación consiste en suprimir el artículo 74. La Cámara la aceptó. Las Comisiones recomiendan rechazarla, en el mismo predicamento anterior.
-Se rechaza y se acuerda no insistir, con la misma votación anterior.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación número 29 propone agregar un artículo nuevo que permite incorporar a la planta de Tesorerías al número de funcionarios que indica. La Cámara aprobó la observación y las Comisiones recomiendan rechazarla.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En votación.
- {Durante la votación).
El señor CONTRERAS (don Víctor).-
La mayoría de las Comisiones unidas acordó rechazar el veto aditivo por no tener mayores antecedentes de los funcionarios de Tesorerías.
Con motivo de las observaciones formuladas por el Subsecretario de Hacienda, en las Comisiones, en el sentido de que el personal de Tesorerías estaba conforme con esta disposición, el Senador que habla hizo presente que, como manera de asegurar la anuencia de los empleados respecto de este precepto, era necesario dejar constancia de que, si ellos estaban de acuerdo, nosotros modificaríamos nuestro criterio. Manifestamos nuestra reticencia, fundados en el conocimiento que tenemos respecto de las autorizaciones relativas a personal dadas a la Empresa Portuaria de Chile y a otras instituciones semifiscales.
En conversaciones sostenidas con funcionarios y dirigentes de la Asociación de Empleados de Tesorerías, nos solicitaron, por intermedio de una comunicación suscrita por el señor Jorge Valdivia, presidente, y Miguel Ortega, secretario general, aceptar la disposición.
Entre otras cosas, ellos dicen en su nota:
"'La Directiva Nacional de la Asociación de Empleados de Tesorerías de la República, frente al rechazo del veto del Ejecutivo al artículo 84 por parte de las Hs. Comisiones de Hacienda y Gobierno Interior Unidas del H. Senado, situacion que afecta directamente al servicio y a nuestros compañeros, se permite solicitar respetuosamente a US. lo siguiente:
"1°.- Que si es posible se vote separadamente cada uno de los números que forman dicho veto, rechazando solamente el Nº 1, y dejando vigente los Nºs. 2 al 7, y
'2º.- En caso de no ser posible esta votación fraccionada del citado veto del Ejecutivo al artículo 84, se le otorgue su total aprobación, modificando el acuerdo de las Hs. Comisiones Unidas de Hacienda y Gobierno Interior.
"Esta petición que hacemos a US. corresponde al hecho de que en el Nº 1, se limita la facultad para modificar una parte de los cargos de la Planta Directiva, Profesional y Técnica de nuestro Servicio, lo que significará una modificación parcial, y se producirá una desjerarquización de la planta en un servicio que, como el nuestro, es de estricta carrera funcionaría.
"En consecuencia, eliminando el Nº 1 del artículo 84 del veto, se otorga al Ejecutivo la autorización para dar solución definitiva a los problemas que se han ve-nido produciendo últimamente y de esta manera no podrán hacerse valer inconvenientes ante el gremio para; estructurar una planta acorde a las responsables tareas de los funcionarios del Servicio de Tesorerias de la Republica, donde los empleados de meritos de mayor antigüedad y mas alta graduación no continúen percibiendo remuneraciones interiores a otros de menor grado."
Declaramos que el camino seguido no es la mejor solución para el problema planteado por el personal de Tesorerías, Pero queremos dejar a salvo nuestra responsabilidad. Confiamos en que los dirigentes de la Asociacion se Empleados de Tesorerías sabrán hacer valer sus derechos ante la Dirección de los servicios y las autoridades respectivas.
En consecuencia, a petición expresa de esos funcionarios, modificamos el criterio que sostuvimos en las Comisiones y votamos favorablemente la observación.
El señor PALMA.-
Hay unanimidad para aprobarla.
El señor BOSSAY.-
Señor Presidente, en las comisiones planteamos nuestro rechazo categórico al sistema empleado por el Ejecutivo para modificar la planta de un servicio.
La disposición propuesta en el veto viola principios básicos del Estatuto Administrativo. Por ejemplo, en el numero 3 del articulo del Gobierno, se dispone que los cargos que queden vacantes se proveerán preferentemente con el personal que se desempeñe a contrata en el mismo servicio, sin necesidad de concurso. O sea, los 176 contratados, que son parte de los 20 mil que se contrataron el año pasado, ...
El señor ALLENDE.-
Son 21.210.
El señor BOSSAY.-
... ó 21 mil y tantos, ahora quieren colarse...
El señor GUMUCIO.-
No es así, señor Senador.
El señor BOSSAY.-
...dentro del escalafón, sin concurso, o sea, barrenando una norma administrativa fundamental!.
Comprendo el predicamento del Honorable señor Contreras y no estoy lejos de aceptarlo. Pero sí debo expresar la formal protesta de los Senadores radicales por la falta; de respeto del Ejecutivo hacia el Poder Legislativo, al enviar en un veto la modificación de la planta de una repartición pública sin dar ninguna posibilidad al Senado y a la Cámara, así cómo a las distintas Comisiones, de escuchar al jefe del servicio y a los representantes gremiales, ni de imponerse cabalmente de la significación del precepto que se propone agregar. Es un sistema de lograr por sorpresa), con apoyo en la necesidad de 176 funcionarios, la aprobación de un artículo, frente a la actitud permanente de los distintos partidos de defender el Estatuto Administrativo.
Estampamos nuestra formal protesta por tal procedimiento y declaramos que ésta es la última vez que aceptaremos la modificación de una planta por la vía del veto, cualesquiera que sean las circunstancias.
Tampoco aceptamos, como lo sugieren los dirigentes gremiales, el rechazo del número 1 del artículo propuesto, que expresa que "no se aumentará el número de cargos de las categorías de la planta directiva, profesional y técnica". Si desecháramos este precepto, podría incrementarse la cantidad de plazas en esa planta.
Votaremos el artículo tal como está. Deseamos buena suerte a esos dirigentes, que se hallan en tribunas escuchando nuestras palabras, para que no les suceda lo mismo que ocurrió a los portuarios con el director de la Empresa. En ese caso se llegó a un acuerdo -ahora se dice que se tomó-, pero no se cumplió jamás.
Nos parece que toda modificación de planta requiere un proyecto de ley separado, que dé tiempo para debatir. Si así se hubiera procedido, nosotros habríamos votado favorablemente desde un principio, después de discutir detenidamente cada una de las disposiciones.
Por eso, junto con formular nuestra enérgica y formal protesta, votamos afirmativamente, dadas las necesidades del personal de Tesorerías.
El señor ALTAMIRANO.-
Concordamos plenamente con lo dicho por el Honorable señor Bossay. No es posible que el Ejecutivo, que tuvo largo tiempo para presentar el proyecto, que sólo lo envió a fines de enero, y que posteriormente nos ha estado urgiendo para despacharlo cuanto antes, pretenda, a la hora undécima, por medio de un veto aditivo, modificar toda la planta de uno de los servicios más importantes y fundamentales del país y crear mecanismos y procedimientos que no se avienen con las normas que rigen en esta materia.
Por eso, aun cuando para nosotros son muy justificadas las peticiones de los representantes de los funcionarios de Tesorerías, y se trata, según se nos ha informado, de hacer innovaciones que mejoran la condición de ese personal, por un problema de principios, por una cuestión moral, vamos a votar en contrario. No podemos, porque se nos presiona en virtud de que el artículo significará una ventaja para ese sector de empleados, vulnerar un principio. Si lo hiciéramos, mañana no tendríamos autoridad moral para introducir enmiendas en un proyecto sobre modificación de plantas lesivo para el personal, ni para rechazarlo, porque quedaríamos por entero entregados a la voluntad y decisión del Ejecutivo.
Lamentamos nuestra decisión, pero, como dije, por un problema de principios, por un problema moral, no podemos permitir que, mediante un veto aditivo, se modifique la planta de uno de los servicios más importantes de Chile.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Deploro que el Gobierno se empeñe en introducir enmiendas a todas luces inconvenientes en el régimen administrativo del país.
Como lo señaló el Honorable señor Bossay, aquí se expresa que las vacantes que se produzcan serán ocupadas por el personal a contrata, sin necesidad de concurso, en circunstancias de que éste comprueba la competencia o idoneidad de una persona y es una exigencia tradicional en la administración chilena.
¿Cómo se proveerán los cargos? ¿Bastará una recomendación de orden político? Sería mal camino requerir recomendaciones políticas para llenar las vacantes.
Hace poco tiempo, me cupo intervenir en el Senado con relación al personal de la Empresa Portuaria, a raíz de haberse suspendido la aplicación del Estatuto Administrativo para confeccionar el escalafón. Ese proceder me pareció horrendo, señor Presidente.
Ahora se vuelve por el mismo camino, después de haberse formado opinión en el sentido de que hay favoritismo político para la provisión de los cargos administrativos. Cuando se efectúe un estudio pausado y tranquilo, se podrá demostrar lo que esto ha significado en el poco tiempo transcurrido desde que asumió el actual Gobierno.
Tampoco entiendo el número 5, que dice: "Los funcionarios que ocupen cargos para cuyo desempeño se requiera título profesional o estudios universitarios formarán un escalafón separado del resto del personal, dentro del cual sus ascensos se sujetarán a las normas generales".
¿Qué significa eso? Es explicable exigir el título de abogado, contador o ingeniero para llenar determinados cargos; pero quienes lo poseen deben formar parte del departamento jurídico, de tasación o de recaudación, pero no de un servicio especial. En Chile no hay clases privilegiadas...
El señor GUMUCIO.-
El artículo se refiere a los cargos para cuyo desempeño se requiera título universitario.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Basta que la ley exija un título, pero, satisfecho ese requisito, el interesado debe formar parte de los escalafones existentes en la repartición. Quienes conocemos el proceso administrativo y tenemos alguna experiencia, sabemos que siempre ha sido así.
En Chile no hay clases privilegiadas, señores Senadores.
Por desgracia, las universidades del país están preparando burócratas. En vez de formar profesionales y elementos capaces de estimular la producción, desarrollar la economía y fomentar la explotación de nuevas riquezas, están entregando burócratas que reciben gratificaciones, asignaciones de título, derechos previsionales, desahucio y jubilación. Es decir, todos son impactos dirigidos contra el Presupuesto del Estado.
Habrá oportunidad de ahondar sobre el tema...
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Senador?
Ha terminado el tiempo de que disponía Su Señoría.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Bien, señor Presidente.
Me limito a lo dicho y rechazo el veto.
El señor AYLWIN.-
-Al fundar nuestro voto afirmativo, deseo contestar algunas observaciones que aquí se han formulado.
El Honorable señor Bossay estampó una protesta vehemente y denunció este artículo como una especie de atropello a todas las normas de buena administración.
El número 3 dice que "el encasillamiento a que den lugar las modificaciones se efectuará con personal del Servicio de Tesorerías, por orden estricto de escalafón". Luego, el temor a la arbitrariedad y a la tropelía de que aquí se ha hablado, no pasa de ser una suposición. Sin lugar a dudas, la asociación representativa del personal no estaría patrocinando una disposición si creyera que ella se prestará a abusos.
Por lo demás, creo necesario tener alguna autoridad moral para protestar en este orden de cosas. Es sabido que, durante la pasada Administración, el mecanismo habitual que se usó por los partidos integrantes de la combinación de Gobierno fue hacerse autorizar por el legislador para hacer reencasillamientos del personal, con el fin de ubicar a sus partidarios, burlando a su antojo todas las normas de jerarquía y escalafón. Ese es un hecho cierto, conocido por el país y por los funcionarios de la Administración Pública, que más de una vez protestaron contra ese procedimiento.
El hecho de. que las vacantes que se originen con motivo de las promociones se provean preferentemente con los funcionarios a contrata, no es sino un acto de justicia, el reconocimiento de los servicios prestados por gente que ya está trabajando, tiene experiencia y ha hecho méritos.
En seguida, con relación a las palabras del Honorable señor González Madariaga, si Su Señoría se hubiera detenido a examinar los fundamentos del veto, habría advertido que esta disposición sólo tiene por objeto evitar el absurdo de que, por no estar el personal con título profesional en escalafón separado del resto de los funcionarios, se puedan producir ascensos de personas que no tienen los conocimientos técnicos necesarios para desempeñar los respectivos cargos.
Esa, y no otra, es la finalidad de este procedimiento, que, por lo demás, se consigna en el Estatuto Administrativo y es empleado en diversas reparticiones públicas del país.
Voto que sí.
El señor LUENGO.-
Votaré a favor de la observación exclusivamente porque los funcionarios de Tesorerías nos lo han solicitado, y por reconocer en ellos un personal sacrificado, que trabaja bastante más de ocho horas diarias. Pero quiero dejar constancia de que emito mi voto con graves aprensiones, a raíz de las observaciones formuladas en la Sala, en especial, por parte del Honorable señor Bossay.
En la ley de Presupuestos vigente se consignan partidas que permiten a Tesorerías tener personal a contrata y a honorarios. El hecho de que en este artículo se autorice la contratación de nuevo personal no significará -entiendo- que quienes trabajaban a contrata pasarán a la planta, pues el número tres dice expresamente que los cargos se llenarán "de preferencia" con quienes trabajen a contrata. De manera que es perfectamente posible que ingrese al Servicio personal ajeno a él y que sigan trabajando a contrata quienes ya están en esa condición.
El señor NOEMI.-
No, señor Senador.
El señor LUENGO.-
Eso dice con toda claridad el número tres.
Si todo el personal a contrata ingresara al Servicio y quedara en la planta, éste tendría aún los otros fondos asignados por la ley de Presupuestos y quedaría en situación de contratar en aquellas condiciones a más funcionarios y de continuar por ese camino.
Estimo que la disposición es altamente peligrosa, aun para los propios funcionarios de Tesorería.
Repito: voto favorablemente en atención a la solicitud del gremio de empleados de Tesorerías, pero con las salvedades que he formulado.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Votaré favorablemente la observación del Ejecutivo, pero también lo hago con serias aprensiones.
Al mismo tiempo, deseo contestar muy de pasada y con mucha simpatía, a nuestro estimado colega el Honorable señor Aylwin, quien siempre nos da clases de diverso orden. En días pasados, nos decía: "Ustedes, que han gobernado durante cuarenta años...". Recorrí el pasado y encontré que hace cuarenta años era Presidente de la Repúblicadon Emiliano Figueroa Larraín, de quien jamás supe que hubiera sido miembro del Partido Radical.
El señor PABLO.-
¡Se les escapó!
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
No se nos escapó.
Continúo, señor Presidente.
El señor Senador habla del Servicio, de respeto al escalafón. El Tesorero General de la República fue llevado, de un servicio cualquiera, a ese cargo máximo, sin respetar al escalafón.
El señor GUMUCIO.-
¿Y cómo se hacía antes?
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
No se ascendió a quien correspondía, a quien ocupaba el cargo anterior, en donde se encontraba algún funcionario democratacristiano.
Por otra parte, estaba en el cargo de secretario general del Servicio, durante un año -asumió sus funciones pocos días antes de que se entregara el Poder al Presidente de la República Excelentísimo señor Eduardo Frei-, un funcionario que se desempeñaba como tesorero provincial de Chillán, quien fue colocado en forma interina. Nunca se lo nombró de planta, pero se dejó en el cargo -repito- durante un año, con el objeto de que transitoriamente fueran ocupándolo en propiedad uno, dos o tres funcionarios, por el tiempo necesario para jubilar en tal calidad.
En consecuencia, ha habido atropellos al escalafón en Tesorerías, a altos funcionarios que cumplieron toda una vida en el servicio y durante varias Administraciones, porque quien ha estado durante treinta años en una repartición pública ha trabajado en muchos Gobiernos.
El señor GUMUCIO.-
¿Y qué pasaba antes?
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Su Señoría debe saberlo, pues fue Subsecretario de Hacienda de Gabriel González Vi-dela.
El señor GUMUCIO.-
Por eso puedo decirlo.
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
Fue funcionario nuestro.
No quiero, a esta altura, festinar el debate, sino precisar algunos hechos que es necesario decir, porque continuamente se hacen observaciones por parte de los Senadores de las bancas democratacristianas que alardean de pureza inmaculada, que desgraciadamente no tienen.
Voto que sí, por las razones expuestas por el Honorable señor Bossay.
El señor PABLO.-
Seré muy breve, señor Presidente, luego de escuchar estas expresiones de simpatía. . .
Recuerdo que hubo ocasiones en que se llegó a computar hasta el tiempo que tuvieron como tesoreros de asambleas a los postulantes a empleados de Tesorerías. Esos son mis recuerdos...
El señor AGUIRRE DOOLAN.-
A Su Señoría sí que le computaron el tiempo, y también le dieron un premio de consuelo cuando llegó a integrar la Falange Nacional siendo Diputado conservador: le entregaron una consejería en la LAN.
-Se aprueba la observación (24 votos por la afirmativa, 6 por la negativa y 1 pareo).
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Se levanta la sesión.
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