-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/597285/seccion/akn597285-ds79-ds84
- bcnres:numero = "5.-"^^xsd:string
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- dc:title = "OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR A LA CAJA DE RETIRO Y PREVISION DE LOS EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA REPÚBLICA LOS TERRENOS QUE SEÑALA, UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE SAN ANTONIO."^^xsd:string
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoAnexo
- rdf:type = bcnres:Oficio
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdf:value = " 5.- OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR A LA CAJA DE RETIRO Y PREVISION DE LOS EMPLEADOS MUNICIPALES DE LA REPÚBLICA LOS TERRENOS QUE SEÑALA, UBICADOS EN EL DEPARTAMENTO DE SAN ANTONIO.
Santiago, 22 de noviembre de 1966.
La Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar la observación formulada por S. E. el Presidente de la República al proyecto de ley que desafecta de su calidad de bien nacional de uso público determinados terrenos en San Antonio para transferirlos a la Caja de Empleados Municipales de la República, con el objeto de que construya viviendas para los empleados municipales de San Antonio.
La observación en referencia consiste en la desaprobación total del proyecto.
Acompaño los antecedentes respectivos.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Eugenio Ballesteros R.- Eduardo Cañas I.
Texto, de las observaciones del Ejecutivo.
Nº 4490.- Santiago, 28 de septiembre de 1966.
Con Oficio Nº 1038, de 20 de septiembre del año en curso, se ha servido V. E. comunicar un Proyecto de ley aprobado por el H. Congreso Nacional, por el cual, en su artículo 1° se desafecta de su calidad de bienes nacionales de uso público los terrenos ubicados en el departamento de San Antonio que figuran en el Plano Nº 505 de esa localidad; y, en el artículo 2º se autoriza al Presidente de la República para transferir, en las condiciones que se señala, el dominio de dichos terrenos a la Caja de Retiro y Previsión de Empleados Municipales de la República.
Después de estudiarlo, es posible anotar que en el artículo 1°, inciso tercero, del citado Proyecto, figura en los deslindes de los terrenos del Sector "B", dos veces el deslinde Norte, con distintas dimensiones y especificación.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo a lo prescrito en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en observar el Proyecto de Ley que me ha sido transcrito con el oficio de V. E. ya citado.
Acompaño los antecedentes respectivos.
(Fdo.) : Eduardo Freí M.- Jaime Castillo.
Nº 4700.- Santiago, 10 de octubre de 1966.
El Ministerio de Tierras y Colonización, mediante oficio Nº 4490, de 28 de septiembre de 1966, observó el proyecto de ley aprobado por el H. Congreso Nacional que V. E. comunicó con oficio Nº 1038, de 20 de septiembre de último, por el cual en su artículo 1° se desafecta de su calidad de bien nacional de uso público los terrenos ubicados en el Departamento de San Antonio, comuna del mismo nombre, que figuran en el Plano Nº 505 de terrenos fiscales del Puerto de San Antonio, Manzana Nº 68. En el artículo 2º del mismo proyecto se autoriza al Presidente de la República para transferir a la Caja de Retiro y Previsión de Empleados Municipales de la República, los terrenos signados como Sectores "A" y "B" de la citada Manzana Nº 68.
Dicho proyecto de ley fue observado en razón de que en el artículo 1°, inciso tercero, al precisarse los deslindes del Sector "B" se consigna dos veces el deslinde Norte, no existiendo en el Ministerio del ramo, en el momento de recibirse la ley, antecedentes que le permitieran determinar cuál de estos deslindes es el correcto.
Con postrioridad al envío de esta observación a la ley citada, el Ministerio de Tierras y Colonización ha reunido antecedentes que me permiten solicitar de la H. Cámara de Diputados que en definitiva rechace en su totalidad dicho proyecto de ley.
En efecto, al examinarse el Plano Nº 505 de Terrenos Fiscales del Puerto de San Antonio, se observa que no obstante de que el proyecto menciona solamente la Manzana Nº 68, los Sectores indicados en él comprenden también la Manzana Nº 67. Además ambas Manzanas están comprendidas en una transferencia que el Fisco hizo a la ex Caja de la Habitación Popular, hoy CORVI, por Ley Nº 7783, de 1944.
Conforme a la citada ley, la CORVI inscribió a su nombre los terrenos que se le transfirieron y construyó una población, quedando sobrantes y sin edificar precisamente los terrenos que mediante el proyecto se desea transferir a la Caja de Retiro y Previsión de Empleados Municipales de la República. Por otra parte, el Plano Regulador de San Antonio confeccionado en el año 1960 clasifica como "áreas verdes" estos mismos terrenos.
De lo anterior se desprende que es previo a la dictación de la ley que se determine, en forma clara y precisa, la extensión y verdaderos deslindes de los Sectores a transferirse, como asimismo, que se compruebe si ellos están o no comprendidos en la inscripción que a su nombre hiciera la CORVI de los terrenos que le fueron transferidos por la Ley Nº 7783. Por último, será también necesario que la I. Municipalidad de San Antonio se pronuncie sobre la calidad de áreas verdes que el Plano Regulador, aprobado por ella, confiere a los Sectores "A" y "B", a objeto de que incluso, si fuere procedente, se modificara.
Por las razones expuestas, me permito solicitar del señor Presidente se sirva considerar el presente oficio complementario al ya enviado con fecha 28 de septiembre ppdo., haciéndole presente a la H. Cámara que el Ejecutivo rechaza el proyecto de ley en referencia.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.) : Eduardo Frei M.- Jaime Castillo.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/597285
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/597285/seccion/akn597285-ds79