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El señor CORBALAN (don Salomón).-
Señor Presidente, en el octavo lugar de la tabla de esta sesión se encuentra un proyecto de fácil despacho. Se trata de eximir de los impuestos establecidos en el artículo 30 de la ley 14.171 a determinados espectáculos públicos.
Hace una semana el Senado acordó tratar rápidamente esta iniciativa. Incluso, se había fijado el miércoles de la semana pasada -si no me equivoco- para despacharla. Por desgracia, la Comisión de Hacienda estimó que el proyecto adolecía de varios defectos, y fue preciso darle una nueva redacción. En consecuencia, no se alcanzó a tratar en la sesión del miércoles.
Ahora se ha terminado el estudio de la iniciativa, que fue perfeccionada, y el informe está evacuado.
Por eso, a fin de que despachemos rápidamente este asunto, solicito tratarlo en esta sesión.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
La proposición de Su Señoría debe ser aprobada por los Comités, o bien solicitada por escrito por los dos tercios de ellos.
El señor BARROS.-
Hay cuatro Comités presentes en la Sala.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En realidad, se requiere acuerdo de Comités para acceder a la solicitud del Honorable señor Corbalán. Pero ha llegado a la Mesa tal acuerdo, firmado por los Comités Comunista, Socialista, Radical, Nacional, Demócrata Cristiano y por el Honorable señor Luengo, por el PADENA.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Se accede a lo solicitado por el señor Senador.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El proyecto a que se refiere el Honorable señor Corbalán está informado por la Comisión de Hacienda y dice relación a exención de impuestos establecidos en el artículo 30 de la ley 14.171 a determinados espectáculos públicos.
La Comisión, con la firma de los Honorables señores Corbalán (presidente), Gumucio, Miranda y Sepúlveda, recomienda aprobar el proyecto con las modificaciones contenidas en el informe.
Se han presentado tres indicaciones a esta iniciativa.
- El proyecto y el informe aparecen en los Anexos de las sesiones 18ª y 28ª, en 2 de noviembre y 6 de diciembre de 1966, documentos Nºs. 12 y 3, respectivamente.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En discusión general el proyecto.
Ofrezco la palabra.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Si el informe no es demasiado largo, podría leerse. Nos pilla tan en ayunas este acuerdo.
El señor JARAMILLO LYON.-
Es preciso abreviar el tiempo para despachar rápidamente la iniciativa.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Se han presentado cuatro indicaciones, señor Senador. Por lo tanto, debe volver a Comisión. Pero, mientras, podemos saber algo de ella. ¿Qué significa?
El señor JARAMILLO LYON.-
Es tan simple, Honorable colega.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
No me agrada esto de despachar los proyectos a ciegas.
-El señor Secretario da lectura al informe.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Señor Presidente, no quiero entrar a analizar el fondo del proyecto, porque en realidad, el informe de la Comisión es bastante claro.
Sin embargo, deseo hacer la siguiente observación: los sectores de profesionales del teatro están vivamente interesados en el despacho de esta iniciativa, fundamentalmente por la eliminación del gravamen de 10%.
Por desgracia, se han presentado cuatro indicaciones, lo que significa que el proyecto deberá volver a la Comisión, con lo cual se dilatará aún más su tramitación. Por eso, solicito de los señores Senadores que las han presentado, que en caso de ser posible, las retiren.
¿Con cuántas indicaciones puede tratarse el proyecto directamente en la Sala?
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Con una, señor Senador.
El señor RODRIGUEZ.-
En caso de ser retiradas las indicaciones, podríamos despachar el proyecto ahora mismo.
El señor GUMUCIO.-
Adhiero en forma entusiasta a la indicación del Honorable señor Corbalán.
Hace algún tiempo, se presentó un proyecto similar a la iniciativa en debate, que fue aprobado por la Cámara y vetado posteriormente por el Ejecutivo. El que ahora discutimos se ajusta más o menos a los fundamentos del veto; y, si demoramos su tramitación con la presentación de muchas indicaciones, burlaremos las esperanzas de los beneficiados con él, que vienen luchando desde hace mucho tiempo por su pronto despacho.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Sólo quería señalar lo expresado.
Además, haciendo hincapié en lo que acaba de manifestar el Honorable señor Gumucio, diré que en verdad esta materia había sido incorporada en otro proyecto, que fue vetado. Ahora es muy posible que si de nuevo se agregan a éste muchas ideas, nuevamente será vetado y, se postergará un asunto en el cual han depositado muchas esperanzas los sectores que serán directamente beneficiados.
El proyecto, en la forma contenida en el informe, amplía sus beneficios más allá de lo acordado por la Cámara de Diputados. Evidentemente, si se amplía aún más y se agregan nuevas ideas, corremos el riesgo de que sea vetado y se dilate su despacho. Ya sabemos que el Gobierno cuenta en la Cámara de Diputados con los votos suficientes para aprobar el veto.
El señor FONCEA.-
¿Por qué no se leen las indicaciones?
El señor CASTRO.-
Deseo decir algo muy breve.
En primer lugar, concurrí a la Comisión de Hacienda, sabedor de que el proyecto original hacía cierta discriminación con el teatro de revistas y el cine, y dejaba al margen de la exención a estas dos actividades artísticas tan importantes. La Comisión estimó justas mis apreciaciones, respaldadas por el punto de vista del jefe del Departamento de Teatro de la Universidad de Chile, señor Roberto Siré, y posteriormente refrendadas por el Honorable señor Gumucio, quien dio validez reglamentaria a mi indicación relativa al cine.
La verdad es que cuando el Ejecutivo vetó el antiguo proyecto referente a estas -exenciones, lo hizo porque en aquella iniciativa original se incluían también los espectáculos deportivos, lo que evidentemente desfinanciaba el rubro correspondiente del presupuesto nacional. Pero tanto el cine como el teatro de revistas, y así lo corroboró el señor Siré, influyen en parte insignificante en los ingresos por concepto de este tipo de impuestos. La Comisión aprobó esta idea, y espero que el Honorable Senado la confirme.
En seguida, he presentado una indicación que no la retiraré esta tarde. Y explicaré el porqué: ella obedece a una idea que se viene barajando desde hace mucho tiempo, y ésta es la oportunidad para que la cristalicemos.
La indicación establece que los cinematógrafos del primer distrito de Santiago igual que los de las capitales de provincias, destinarán los veinte minutos iniciales, a lo menos, de cada función, para presentar al público números vivos. También declara que el Ministerio de Educación, dentro del plazo de 90 días a contar de la publicación de la ley, dictará un reglamento que fijará las modalidades a que se atendrá esta actividad de los artistas en las salas de los cinematógrafos.
A mi juicio, con esta disposición daremos trabajo a la mayor parte de los artistas de Chile; no a aquellos del teatro independiente, para el cual ya hemos legislado, ni del teatro con respaldo oficial, sino a ese artista que deambula por el país, muchas veces sometido al arbitrio de empresarios que no se interesan por el bienestar ni por la actividad artística de estos trabajadores de la escena.
Espero que el Honorable Senado comprenda el alcance de esta disposición.
En otros países, sin ir más lejos en Argentina, existen disposiciones similares que dan cierta seguridad de trabajo a los artistas criollos.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Estoy vivamente interesado en el despacho de este simpatiquísimo proyecto. Pero he sido informado de que si algunas de sus disposiciones se mantienen, él será vetado. En tal caso, todas las esperanzas que el mundo artístico y el propio Parlamento se han hecho para favorecer la expansión espiritual de nuestro país, nuevamente serán frustradas. Por eso, no quisiera retirar la indicación que he presentado, por tratarse de un precepto que resolvería un conflicto serio y evitaría un veto. Sin embargo, como concuerdo plenamente con el señor presidente de la Comisión de Hacienda, Honorable señor Salomón Corbalán, en el sentido de que no debemos perder tiempo, creo que el Senado podría fijarnos plazo para que mañana conociéramos de las indicaciones en la Comisión de Hacienda, y en la tarde despachar el proyecto en la Sala. A mi juicio, veinticuatro horas más no significan nada, y permiten resolver el problema con mayor estudio.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si hubiera unanimidad, podríamos tratarlas tres indicaciones en esta sesión.
El señor FONCEA.-
¿Cuáles son las indicaciones?
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Me permite, señor Presidente?
No hablaré a favor de los artistas, que merecen todo el respeto nacional. Me refiero al circo, a los músicos, a las revistas, etcétera. Más de una vez me he empeñado aquí en su causa. Pero noto una contradicción en el proyecto. Ojalá que los señores Senadores que han intervenido tengan la bondad de aclararla.
Dice el artículo 1º:
"Los billetes o entradas a representaciones de circo y obras teatrales... estarán exentas del impuesto establecido por el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 14.171, de 1060."
Muy bien. Se establece una exención de impuesto. Pero veamos qué dice el artículo 2°:
"Las entradas o billetes... podrán ser declarados exentas de los tributos que les afectan por el Servicio de Impuestos Internos, siempre que correspondan a un propósito artístico o cultural, previo informe favorable del Instituto de Teatro de la Universidad de Chile, pero deberán pagar el gravamen establecido por el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 14.171" del que el artículo 1º exime.
No sé si mi criterio se confunde; pero creo que en el artículo 1º damos un paso adelante, y en el segundo volvemos un paso atrás. A mi juicio, hay una confusión. Ruego al señor Secretario hacer la aclaración del caso.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Me parece, a simple vista, que el artículo 1º se refiere a las representaciones nacionales, y el 2º, a las extranjeras.
Dice el artículo 1º:
"Los billetes o entradas a representaciones de circos y a obras teatrales, entendiéndose por éstas únicamente aquellas creaciones artísticas habladas, musicadas, cantadas, mimadas o danzadas, estarán exentas del impuesto establecido por el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 14.171, de 1960". Es de carácter general.
El artículo 2º dispone:
"Las entradas o billetes referidos en el artículo anterior a espectáculos extranjeros, podrán ser declaradas exentas de los tributos que les afectan por el Servicio de Impuestos Internos,..."
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Tiene razón el señor Secretario; pero en el informe se hace excepción también respecto del teatro extranjero, y deja la impresión de que se trata de abrir el campo a todo lo que es cultura.
El señor GUMUCIO.-
Se establece una diferencia entre la obra declarada nacional y la extranjera. En efecto, los espectáculos extranjeros podrán quedar exentos del impuesto de 10%, pero no del de cifra de negocios. En cambio, los espectáculos declarados nacionales quedarán exentos del impuesto de 10% y de cifra de negocios.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se dará lectura a las indicaciones presentadas, de acuerdo con lo solicitado por el Honorable señor Foncea.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La primera indicación, formulada por el Honorable señor Von Mühlenbrock, es para agregar el siguiente inciso segundo, nuevo, al artículo 1º:
"Las revistas musicales gozarán del beneficio de este artículo sólo si tienen unidad en su estructura argumental".
O sea, concede los mismos beneficios del artículo 1º, cuando tengan unidad en su estructura argumental.
La segunda indicación, formulada por el Honorable señor Luengo, incluye entre los espectáculos exentos del impuesto del artículo 30 de la ley 14.171, a las películas nacionales.
Finalmente, la indicación del Honorable señor Castro, sobre la cual dio explicaciones el señor Senador, dispone que los cinematógrafos ubicados en el primer distrito de Santiago y en las capitales de provincias deberán destinar, por lo menos, los veinte primeros minutos de cada una de sus funciones a la representación de números vivos.
El señor FONCEA.-
Deseo consultar, antes que nada, hasta cuándo hay plazo para presentar indicaciones a este proyecto, pues contrariamente a lo expresado por algunos señores Senadores, estimo que es una injusticia muy grande no liberar de este impuesto de 10% a los espectáculos deportivos, ni siquiera a los de aficionados. Los que somos amantes del deporte y dirigentes deportivos, sabemos del estado de crisis que sufren todas estas instituciones, que se mantienen principalmente por el quijotismo de un grupo de dirigentes. Me habría gustado traer aquí los balances de todos los clubes profesionales. El que debe menos, adeuda sumas superiores a doscientos mil escudos. Sin embargo, los espectáculos deportivos son gravados. Mientras en todos los países del mundo el estado bonifica el deporte, resulta que en Chile se lo grava.
Comparto la idea de que hay que eximir de impuestos al teatro, al circo, pero creo que también ocupan lugar preferente y es de justicia liberarlos del pago de tributos, los espectáculos deportivos, si no a todos, al menos a los de aficionados.
Por eso, deseo formular indicación sobre el particular y saber hasta cuándo hay plazo para hacerla llegar a la Mesa.
El señor GUMUCIO.-
En primer Jugar, quiero referirme a las observaciones del Honorable señor Foncea.
Naturalmente, lo ideal sería que todos los espectáculos deportivos estuvieran exentos de impuestos. Pero, en verdad, ciada la situación de crisis de la caja fiscal, el monto de los ingresos por concepto de impuesto a los espectáculos deportivos fue tal vez la razón que movió al Ejecutivo a vetar el primer proyecto, el cual eximía, precisamente, a este tipo de actividades.
Vale decir, si se formula indicación para eximir los espectáculos deportivos, será lo mismo que hacer que este proyecto no prospere.
El señor FONCEA.-
Me referí a los espectáculos de clubes de aficionados.
El señor GUMUCIO.-
Pero ya complicaríamos el proyecto, pues habría que establecer la forma de calificar.
En cuanto a la indicación del Honorable señor Castro, la considero muy interesante, pues daría un impulso a la formación de teatros y artistas nacionales. Sin embargo, la verdad es que el proyecto legisla sobre exención de impuestos, y no sobre otras materias. Si incorporamos a él materias nuevas, lo haremos más complejo. Al respecto, basta recordar el debate producido con motivo del precio de las entradas a los cines. Toda la opinión pública conoció las dificultades que se presentaron hace dos meses. Si se establece la obligación de destinar veinte minutos a la presentación de números vivos, crearemos un nuevo gasto cuyo monto desconocemos, que complicará el problema. No debemos ser tan ambiciosos ni tratar de obtener, mediante un solo proyecto, todo lo que deseamos con relación al teatro o al cine. Debemos ser un poco más modestos, y no agravar el problema que ahora tienen los empresarios teatrales. Por esto, aun cuando considero interesante la indicación del Honorable señor Castro, veo que originará una dificultad gravísima y producirá trastornos en los precios de los cines, que también dan espectáculos populares. En efecto, no se hace ninguna discriminación en cuanto a si el pequeño cine de barrio o de provincia también deberá destinar un mínimo de veinte minutos a la presentación de números vivos.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
¿Me permite, señor Senador?
Va a llegar el término de la hora.
Sí le parece a la Sala, se prorrogará el tiempo.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Veamos primero si se van a tratar las indicaciones.
El señor GUMUCIO.-
Como digo, aunque encuentro muy interesantes las indicaciones de los Honorables señores Castro y Foncea, pienso que con ellas sólo se obtendrá que el Ejecutivo vete el proyecto.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si no hay oposición, se acordará prorrogar la hora, discutir las indicaciones presentadas y despachar hoy el proyecto.
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobaría en general el proyecto.
Aprobado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Las dos primeras indicaciones recaen en el artículo 1º del proyecto.
La formulada por el Honorable señor Von Mühlenbrock consiste en agregar un inciso nuevo, que dice "Las revistas musicales gozarán del beneficio de este artículo sólo si tienen unidad en su estructura argumental".
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
¿Quién va a calificar ese proceso?
El señor JARAMILLO LYON.-
El autor de la indicación puede explicarlo.
El señor CASTRO.-
El Honorable señor González Madariaga se adelantó a mis intenciones cuando preguntó quién calificará lo que el Honorable señor Von Mühlenbrock llama "estructura argumental", sobre todo teniendo en cuenta que, precisamente, el género de la revista finca su éxito en la espectacularidad, en la cosa imprevista. En la misma medida en que se puede sorprender al espectador con golpes de luces, de argumentos, en cierto aspecto, la revista tendría éxito.
El señor GUMUCIO.-
En realidad, a primera vista pudieran tener algún valor las objeciones formuladas. Pedro, en verdad, la indicación del Honorable señor Von Mühlenbrock trata de evitar los espectáculos de baja calidad: el bataclán, el "streap-tease", que no tienen coordinación alguna. Tal es el objeto de la indicación del Honorable señor Von Mühlenbrock.
Por ejemplo, la "Opera de tres centavos" es una especie de obra musical con argumento, que tiene real valor.
No se quiere beneficiar a cualquier clase de espectáculo, sino al que tiene categoría. Como es natural, Impuestos Internos tendrá la facultad de calificar ese aspecto.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Indudablemente.
El señor CASTRO.-
Lamento que el Honorable señor Gumucio califique de espectáculo de baja calidad el bataclán. Si bien soy de una generación...
El señor GUMUCIO.-
No es por falso moralismo.
El señor CASTRO.-
... que no alcanzó a ver a las hermanas Arosemena ni a otras artistas de esa época,...
El señor VON MÜHLENBROCK.-
Se perdió algo muy hermoso: eran bonitas.
El señor CASTRO.-
...sé que gran parte del teatro nacional se edificó sobre este tipo de revistas y logró impulso cuando esas compañías de bataclán llegaron a nuestro país, y, junto a ellas, grandes figuras de nuestro teatro como Bürhle, Elena Puelma, Sienna, Barrenechea, Pepe Vila, Italo Martínez.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
¡Pero Pepe Vila es muy antiguo! Anterior al bataclán.
El señor CASTRO.-
¡Cuántas cosas ha realizado el bataclán!
En Chile, sabemos ahora cuáles son las compañías de revistas con una labor continuada. En Santiago, me parece que son tres o cuatro. Doscientas o trescientas personas viven alrededor de esa clase de espectáculos. No podemos llegar a discriminar en ese sentido. ¿Cómo puede Su Señoría calificar la unidad argumental de una revista, cuando a ese tipo de espectáculo no se le puede pedir tal requisito?
Por último, quiero contestar las observaciones hechas en cuanto a la posibilidad de veto por incluir en el proyecto a las revistas u otra clase de espectáculos. Tal posibilidad no existe, como se ha hecho saber a casi todos los señores Senadores, pues el Frente de Unidad Artística consultó con Impuestos Internos, y este organismo informó que incluir al circo y la revista no significa una sangría tan importante como para que gravite otra vez la posibilidad de un veto. No hay peligro alguno.
El señor VON MÜHLENBROCK.-
No deseo alargar el debate.
Como dijo con todo acierto el Honorable señor Gumucio, no quiero caer en moralismo extremo; pero debemos ser prácticos. El objetivo fundamental de proteger al teatro significa también amparar el nivel cultural de una nación; favorecer a los hombres dedicados a la práctica de los distintos caminos del arte; alentar la espiritualidad del país y propender a un mejor nivel cultural de todos sus habitantes. Pero hay otras clases de espectáculos frente a los cuales, lisa y llanamente, se debe discriminar.
Mi indicación, tendiente a eliminar la posibilidad de un veto, pretende proteger el género de la revista musical, que puede ser hermosísimo, que puede constituir un factor de cultura y abrir la oportunidad para que centenares de personas se ganen la vida en la forma como siempre lo hacen los hombres y mujeres dedicados al arte. Pero hay espectáculos, que no es necesario recordar en esta Sala, que, a mi juicio, no tienen derecho a beneficios de ninguna especie. Velemos por que haya coordinación, estructura argumental; por que exista la creación mental y que no se trate, simplemente, de la explotación de la belleza de la forma humana. O sea, he deseado impulsar una legislación que entregue la calificación de este requisito a Impuestos Internos y realmente proteja al artista. El interés por tal género de espectáculo es alto en todos los países del mundo, y sólo tienen acceso a él los elementos de mayores recursos de nuestra sociedad.
No quiero extenderme sobre la materia, por estimar que la indicación es clara y positiva. Está destinada a lograr que las revistas musicales tengan contenido; que no se trate simplemente de "golpear" -como dijo mi Honorable colega señor Castro- a base de iluminación, de las bellas figuras femeninas, del compás del baile. Ese tipo de revistas no merece ni necesita una exención tributaria; en cambio la otra, aquella que revela creación artística, trabajo, pensamiento y esfuerzo de hombres que están creando belleza, debe ser protegida.
El señor CASTRO.-
Quiero agregar al Honorable señor Von Mühlenbrock que en el tiempo de Toulouse-Lautrec el can-can también era considerado inmoral por la sociedad.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación la indicación.
- (Durante la votación).
El señor GONZALEZ MADARIAGA.-
Dentro de la cultura, lo referente a la moral es muy relativo. Los tiempos cambian; la evolución es constante. Los trajes de baño llegaban antaño hasta las rodillas; hoy, en cambio, hasta las señoras usan "minifalda". De manera que lo importante es el arte, en sus diversas manifestaciones. ¿Quién es el juez? El público y el consenso de la sociedad en que el artista actúa.
Voto que no.
-Se rechaza la indicación (8 votos por la negativa, 4 por la afirmativa y un pareo).
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Indicación del Honorable señor Foncea para incluir dentro de las exenciones a los espectáculos deportivos de aficionados.
El señor BARROS.-
Hay acuerdo.
El señor JARAMILLO LYON.-
Por unanimidad, señor Presidente.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Indicación del Honorable señor Luengo para incluir dentro de las exenciones a las películas nacionales.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Como no hay películas nacionales, la indicación no tiene objeto.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Finalmente, una indicación del Honorable señor Castro para que en todas las funciones teatrales del primer distrito de Santiago y capitales de provincias se destinen los veinte minutos iniciales a la presentación de números vivos.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
En votación la indicación.
- (Durante la votación).
El señor CASTRO.-
Deseo contestar las observaciones del Honorable señor Gumucio, en forma muy breve.
Legislar sobre esta materia no significa desfinanciar estas importantes salas de espectáculos, pues tanto las del primer distrito como las de capitales de provincia pertenecen a empresas de gran solvencia económica. Una sala llena perfectamente los primeros veinte minutos con dos conjuntos de arte folklórico, por ejemplo, o dos conjuntos de guitarristas. ¿Cuánto significa ello? Una pitijaña. En cambio, se da trabajo a un sector muy importante de nuestro gremio artístico.
El señor BARROS.-
Estoy de acuerdo con la indicación. Sólo quisiera que quedara en la historia de la ley que los primeros veinte minutos no se ocupen totalmente con números vivos, porque podría ir en desmedro de cortos cinematográficos y noticiarios que también desea ver el público. Concuerdo con la idea de los números vivos, como se hizo antiguamente en un teatro de la calle Compañía, donde aparecían algunos muy interesantes.
El señor GUMUCIO.-
Voto negativamente, porque dentro de los teatros del primer distritos hay algunos que apenas sobreviven con las pequeñas entradas que obtienen. Si se les aplica la obligación de programar números vivos, cuyo financiamiento no se ha calculado, muchos de ellos se verán en la necesidad de cerrar sus puertas, y se privará al público del espectáculo que ellos proporcionan.
Creo que la idea es buena, pero debe ser más meditada.
Por otra parte, considero precipitado hacer obligatorio su cumplimiento.
Por eso, voto que no.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Resultado de la votación: 8 votos por la afirmativa, 2 por la negativa y 2 abstenciones.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Corresponde repetir la votación.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Que se dé por repetida.
El señor GARCIA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por repetida la votación, para aprobar la indicación.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
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