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- rdf:value = " El señor NOEMI.-
Es efectivo que el proyecto prorroga, en parte, la vigencia de ciertas franquicias. ¿Dónde está, pues, el error? Está en no reconocer que, contrariamente a lo que aquí se ha dicho, las liberaciones no se otorgan por diez años. A los diez años de dictada esta nueva ley, si resulta aprobado el proyecto, caducarán todas las franquicias.
El señor CORBALAN (don Salomón).-
No, porque las prorrogarán por diez años más en alguna otra ley.
El señor NOEMI.-
Porque la liberación del impuesto a la renta rige todavía hasta 1971; de modo que la prórroga de esta franquicia es por solamente cinco años. Otro tanto ocurre con el impuesto a las compraventas.
El señor GOMEZ.-
Desearía que el Honorable señor Noemi me concediera una breve interrupción.
El señor NOEMI.-
¡ Por favor! ¡ No me permiten siquiera terminar una frase!
Considero que estos impuestos -aquí viene el fundamento de mi voto favorable al otorgamiento de las franquicias- repercutirán en el de las compraventas, en general. Lo sostengo, porque ¿no son, acaso, consumidores de acero el pequeño industrial y el pequeño artesano?
El señor CHADWICK.-
Eso vale respecto de todos los impuestos a las compraventas.
El señor NOEMI.-
Todos los demás. Las liberaciones aduaneras influirán únicamente en la medida en que se importen más elementos para aumentar el desarrollo.
El señor TARUD.-
Hay que revisar las demás industrias.
El señor NOEMI.-
Si esta iniciativa de ley no es aprobada, si no se hacen las ampliaciones requeridas en la industria siderúrgica, no habrá liberaciones aduaneras. Tales franquicias vendrán en la medida en que crezcamos, en que importemos maquinarias, en que haya desarrollo. De lo contrario, ¿qué se libera? Nada.
El señor CHADWICK.-
Sin excepción, en la medida en que sea aceptado por la CORFO.
El señor NOEMI.-
El único impuesto directo de que se exime a la empresa es el de la renta. Al respecto, debo exponer mi criterio. Como en la Comisión, nadie ha podido convencerme de lo contrario. . .
El señor CORBALAN (don Salomón).-
Su Señoría es porfiado.
El señor NOEMI.-
No es porfía. Me agradaría que me demostraran lo contrario de lo que sostendré.
El impuesto a la renta no se aplicaría a CAP hasta el año 1971; de manera que haga lo que haga en este momento, siempre estará liberada de pagar el impuesto de categorías hasta 1971. ¿Qué ocurre? En este momento se pide ampliar estas franquicias por cinco años más, o sea, hasta los años 1975 y 1976, pero se forma, en cambio, lo que se ha llamado. . .
El señor TARUD.-
Se pedían liberaciones hasta el año 1981. Al menos, así venía el proyecto de la Cámara.
El señor NOEMI.-
No, señor Senador. Parece que Su Señoría no ha leído el proyecto.
El señor TARUD.-
¡Cómo no! Lo leí, señor Senador.
El señor NOEMI.-
Le ruego prestarme un poco de atención, porque quiero que me convenzan si estoy equivocado. Si en este momento hay liberación hasta 1971, vale decir, cinco años durante los cuales CAP no pagará los respectivos tributos. Dicha franquicia se prorrogaría por cinco años más. ¿Qué significa eso, respecto de las cifras consignadas en el gráfico ya señalado?
El señor GOMEZ.-
Diez años de liberaciones, desde la expiración de las actualmente en vigencia.
El señor NOEMI.-
Se hizo un cuadro, que tengo a la vista, con las liberaciones correspondientes a los años 1965 hasta 1971. En dicho lapso, el Estado no percibirá nada por concepto de los impuestos por categorías, pero se formará un fondo siderúrgico en el cual la CAP tendrá que aportar 15.115.000 dólares, que hoy no paga. En otros términos, en virtud de este convenio, se dice a CAP: Empiecen a pagar desde ahora, por medio de este fondo siderúrgico, 30% de sus utilidades, menos el 6% -como lo han dicho- de capital y de las reservas. Durante los otros cinco años, en que le correspondería pagar 17.991.000 por impuestos de categorías, también aportaría igual suma al fondo siderúrgico. De tal modo que, en vez de pagar, de acuerdo con el cálculo estimativo, 17.991.000 dólares en diez años, CAP integrará en el fondo siderúrgico 31.930.000 dólares. A mi juicio, esto es favorable al interés nacional.
Escuché a señores Senadores decir que estos fondos pasan permanentemente a la CAP. No es así: pasan a poder de la CORFO. Es cierto que ésta los presta en 90% a CAP, pero después de 1971, esta empresa empieza a resarcirse y con ellos destinará el fondo siderúrgico para el resto del país, fundamentalmente en las provincias productoras de hierro.
"
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