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- rdf:value = " 6.- MOCION DEL SEÑOR AHUMADA SOBRE CALIDAD DE EMPLEADOS PARTICULARES PARA LOS HUINCHEROS.
Honorable Senado.
Diversas leyes especiales le han dado la calidad de empleados particulares a grupos de trabajadores calificados tradicionalmente de obreros.
Todas estas leyes tienen como fundamento la larga tramitación a que está sometida la calificación de obreros o empleados en nuestra legislación.
Este cambio, en la calificación de algunos grupos de asalariados se debe a que la tecnificación de las faenas ha tenido como efecto la transformación del trabajo desempeñado por ellos, pasando el esfuerzo intelectual a predominar sobre el físico.
Tal es el caso de los huincheros. En efecto, estos trabajadores están a cargo del manejo de complicados mecanismos electromecánicos en las minas, desarrollando las siguientes funciones:
a) Manejo de los huinches, que son máquinas que movilizan a los mineros en el interior de la faena y se dirigen por medio de un tablero de control destinado a responder por medio de un complicado circuito eléctrico de control remoto, con señales de morse, las indicaciones claves de los jauleros, que son obreros que se encuentran en el ascensor;
b) Control del abastecimiento de agua de la mina;
c) Control de la ventilación de la mina, y
d) Control del mecanismo de seguridad de la mina en caso de incendio.
Las labores anteriores requieren un gran esfuerzo intelectual, porque durante ocho horas deben estar atentos al funcionamiento de las maquinarias descritas, ya que el menor descuido puede provocar pérdidas humanas y de material inavaluables.
Para poder desempeñar adecuadamente sus funciones deben tener conocimientos de electricidad y de mecánica y un período de entrenamiento mínimo de seis meses al término del cual deben rendir prueba de eficiencia.
Asimismo, deben hacerse un examen médico completo todos los años, porque requieren de plena capacidad física y mental para poder desempeñarse adecuadamente.
Por los motivos anteriores estimamos de plena justicia calificar a este grupo de trabajadores de empleados particulares y, en consecuencia, tenemos el honor do presentar a vuestra consideración el siguiente
Proyecto de ley:
"Articulo único.- Declárase que los huincheros tienen, para todos los efectos legales, la calidad jurídica de empleados particulares."
Santiago, 6 de julio de 1965.
(Fdo.) ; Hermes Ahumada.
0|T. 1537 - Instituto Geográfico Militar - 1965
"