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En el Diario Oficial de hoy aparece una publicación de la Dirección General de Servicios Eléctricos y Gas, en que da a conocer que la Compañía de Gas de Santiago ha solicitado autorización para alzar las tarifas del gas licuado.
Informaciones de prensa han anunciado en estos días un alza inminente del gas licuado. Es posible que como el Gobierno ha declarado que no aceptaría alzas en este rubro en el presente año, este nuevo atentado a la economía familiar se autorice a partir del l' .de enero próximo.
Esto constituye un verdadero escándalo.
Anualmente se consumen en el país unos 120 millones de kilos de gas licuado, en especial en el uso doméstico de decenas de miles de hogares.
Esta cifra permite apreciar la importancia que ha adquirido ese producto en la vida diaria de muchísimas familias chilenas y la significación apreciable que para ellas tienen su precio y su abastecimiento. Sin embargo, y a pesar de que este combustible es producido por ENAP, empresa estatal patrimonio de todos los chilenos, su distribución y comercialización se encuentra en manos de unas pocas firmas distribuidoras que en menos de 10 años han podido acumular fabulosas utilidades.
Esta situación merece un atento examen y la adopción de medidas urgentes, a fin de terminar con el lucro excesivo e implantar la distribución por la ENAP, entidad a la cual corresponde, por mandato de su ley orgánica, la búsqueda o prospección petrolera, la extracción del petróleo, su refinación, la distribución y la explotación de sus subproductos.
Un primer vistazo a este problema nos permite apreciar que la distribución del gas licuado ha sido entregada por ENAP a empresas particulares, no mediante el sistema de propuestas públicas, sino por medio de la simple confrontación de antecedentes, por la vía administrativa.
En un principio se habló mucho de otorgar las concesiones de distribución a dos o tres firmas por provincias, a fin de evitar la formación de monopolios. En la práctica, sin embargo, estos monopolios zonales existen. Las concesiones de las provincias de Tarapacá, Atacama y Coquimbo fueron entregadas a la firma Montalbetti y Cía., de Valparaíso, la que actúa también en la provincia de Antofagasta junto a la Compañía de Gas de Antofagasta, y en las provincias de Valparaíso y Aconcagua, junto a la Compañía de Valparaíso. En el centro del país, la compañía ABASTIBLE, dependiente de la COPEC, a pesar de no ser concesionaria en la zona, ha ido comprando derechos a los distribuidores provinciales, transformándose por ese camino en otra de las grandes firmas que controla este proceso. Y de hecho, en las provincias de Valdivia, Osorno, Llanquihue, Chiloé y Aisén, donde ENAP no ha solicitado antecedentes desde hace tres años, pese a haber numerosos interesados, es ABASTIBLE la compañía que controla el mercado, por su mayor poder económico, con el visto bueno de la Dirección de Servicios Eléctricos.
En otras palabras, de todos los distribuidores de gas, son dos o tres grandes firmas las principales dueñas del pingüe negocio en el cual se mueven miles de millones de pesos.
Esto se traduce, como es natural, en los precios. El control de la distribución del gas licuado por los grandes monopolios nacionales repercute en los niveles de precios y significa una desenfrenada especulación y un zarpazo a los bolsillos de los consumidores.
Entre 1962 y 1965, en Santiago el precio del kilo de gas licuado subió de 290 pesos a un poco más de 600, en cilindros de 11 kilos; de 260 pesos a 593, en balones de 45 kilos y, en precio medio, de 257 a 584 pesos.
Con relación a los precios, hay una serie de extraños aspectos. En efecto, es notable la anarquía que existe en los precios del gas licuado en las distintas provincias del país que son abastecidas por una misma fuente productora. Así, por ejemplo, tenemos el caso de provincias que, como Coquimbo, a pesar de estar más alejadas del centro de abastecimiento, tienen precios más bajos que otras que están más cercanas. En la mayor parte' del país, la Dirección de Servicios Eléctricos ha fijado precios, y quedan muy pocas zonas donde estos precios son libres. En Santiago encontramos tres niveles diferentes de precios: el cobrado por ABASTIBLE, el de GASCO y el de CODIGAS, ligeramente inferior.
Algo parecido sucede en las provincias de Valdivia a Aisén, donde ABASTIBLE cobra un precio superior al de SERVI- GAS, la compañía distribuidora de Punta Arenas, no obstante tener ésta un estado del gas, puesto en la zona, más alto que su competidora. En efecto, SERVIGAS debe transportar el combustible desde Magallanes, en tanto que ABASTIBLE recibe el producto puesto en Quintero, por ENAP, que niega esta posibilidad al distribuidor sureño.
Evidentemente, el aspecto fundamental relativo a los precios es el que se relaciona con los gastos de comercialización de las diversas compañías distribuidoras.
El precio del kilo puesto en Quintero por ENAP es, exactamente, de $ 193,40, incluido el impuesto de la ley Nº 14.572, y el precio de venta en Santiago es de $ 602 por kilo, lo que arroja una diferencia, por concepto de flete a Santiago, impuestos, sueldos y leyes sociales, jornales, depreciaciones, gastos de distribución, seguros y gastos generales, de $ 408,60, es decir, $ 409 por kilo. O sea, en cada kilo que se vende en Santiago existe, respecto del precio del producto puesto en Concón o en el terminal marítimo de Quintero, una diferencia de cuatrocientos nueve pesos, más de dos veces el precio de compra por los distribuido- re«
Esta diferencia inaudita, increíble en cualquier parte del mundo, no tiene justificación alguna y representa una fuente de ganancias cuantiosas para las firmas distribuidoras.
No es posible argumentar que la diferencia de precios se debería al transporte, a lo elevado de los sueldos y jornales pagados por las compañías, ni a supuestos crecidos gastos de distribución -en suma al costo de la comercialización-, porque hay un hecho concreto que derrumba este tipo de justificaciones.
En la provincia de Magallanes, la firma SERVIGAS vende el kilo a $ 150, en circunstancias de que el precio del kilo en Tierra del Fuego es de $ 25. Quiere decir, entonces, que la diferencia entre el precio a que compra el gas la compañía distribuidora en Magallanes y el precio a que lo vende, es de $ 125.
O sea, es necesario entrar a comparar el margen de comercialización existente entre uno y otro distribuidor. Mientras el distribuidor de Magallanes tiene una diferencia de 125 pesos por cada kilo de gas, a título de utilidades, impuestos, jornales y sueldos, leyes sociales, gastos de transporte, etcétera, el distribuidor de Santiago, y en términos generales, del resto del país, tiene una diferencia de cuatrocientos nueve pesos por los mismos conceptos.
Quedan entonces dos posibilidades: o los gastos de comercialización en Santiago son mucho más de dos veces los existentes en Magallanes o, simplemente, las compañías distribuidoras están obteniendo utilidades especulativas.
Si se analizan con un poco de detalle los gastos de comercialización comparados de Santiago y Magallanes, se llega a la conclusión irrefutable de que el margen destinado a utilidades es varias veces superior, por kilo de gas licuado vendido, en Santiago que en Punta Arenas, pese a la cantidad inmensamente mayor de gas que se vende en Santiago y que, como la lógica indica, debería hacer disminuir los gastos por cada kilo de gas vendido en la capital.
Veamos los principales rubros de la comercialización:
Transporte: los gastos por kilo de gas licuado son similares, equivalentes, por el transporte desde Puerto Percy, en Isla de Tierra del Fuego, a Punta Arenas, que desde Concón o Quintero hasta Santiago.
Amortización: tiene que ser obligadamente igual en Santiago que en Punta Arenas, ya que la amortización de cada balón o cada válvula debe ser idéntica por cada kilo vendido en Magallanes o en Santiago.
Gastos de distribución: podrían ser in feriores en Magallanes, debido a la menor cantidad de consumidores.
Gastos generales; son sustancialmente inferiores por kilogramos en Santiago, debido a que tienen que ser repartidos entre una cantidad de kilos muchas veces superior. De todas maneras, para los efectos de esta exposición, podría aceptarse que la suma de los gastos de distribución y los gastos generales son iguales en ambas ciudades. .
O sea, puede decirse, sin ninguna duda, que la suma de los gastos correspondientes al transporte, amortización, gastos de distribución y gastos generales son iguales en Santiago que en Punta Arenas, y que las diferencias que hay entre algunos rubros se compensan por el hecho de que en la capital el consumo es muy superior y los costos deben repartirse entre muchos kilos de gas.
Si los costos de comercialización son iguales entre las compañías de Santiago y la de Punta Arenas -no superiores a S 125 por kilo-, ¿adónde va a parar la diferencia de precios?
Repito: el kilo de gas puesto en Quintero o Concón cuesta 193 pesos, a los que habría que sumar los 125 pesos por concepto de costos de comercialización -en los que se incluyen, evidentemente, las utilidades-, con lo cual tendríamos un precio de 318 pesos por kilo de gas que se vendiera a los consumidores de Santiago. Pero -y ahí está lo grave- el precio es, como sabemos, de 602. pesos por kilo. Eso significa, en buen romance, que quedan 284 pesos por kilo que van a incrementar las utilidades de cada distribuidor.
Es claro, por lo tanto, que perfectamente podría rebajarse en cerca de 300 pesos el precio de cada kilo de gas licuado y las compañías continuarían haciendo un buen negocio.
No hay duda de que la distribución de gas licuado constituye excelente negocio para SERVIGAS de Punta Arenas -vende el kilo a 150 pesos-, ya que incluso ha extendido sus actividades a las provincias al norte de Magallanes, y en poco tiempo ha obtenido cientos de millones de pesos en- utilidades.
Me parece que mi exposición ha sido lo suficientemente clara como para dejar demostrado que las compañías distribuidoras de gas licuado obtienen utilidades exorbitantes mediante la simple distribución de un subproducto del petróleo, que ha sido descubierto y explotado mediante el esfuerzo y sacrificio de todos los chilenos. ENAP entrega sus productos para que los particulares hagan pingües negocios a costa de los consumidores.
Pero esto no es todo. No es sólo por intermedio de los precios del gas licuado que las empresas distribuidoras hacen sus ganancias. También mantienen deliberada anarquía en lo referente a las medidas y especificaciones de los artefactos indispensables: balones y válvulas.
Cada distribuidor importante mantiene una línea de artefactos de características diferentes y que no pueden ser intercambiados con los utilizados por otra compañía. Los consumidores van quedando "encadenados" a la compañía a la cual compran el gas, pues deben pagar, como garantía, el valor de uno y, generalmente, el de dos balones, y comprar la válvula adecuada para este tipo de envases.
Esto imposibilita a los consumidores para cambiar de distribuidor. Y si lo hacen, recibirán luego de un tiempo más o menos largo, especialmente en provincias, "de vuelta" la garantía que entregaron y que ha servido, entretanto, de capital para ser trabajado por el distribuidor y que, al cabo de unos pocos meses, representa sólo una parte de su valor inicial, como consecuencia de la desvalorización monetaria. El distribuidor ha lucrado con la desvalorización, se ha beneficiado con la inflación, ya que devuelve. una fracción de lo que el consumidor le entregó por garantía, cuando en justicia debería devolver el valor actualizado de la misma.
Esta garantía, que en buenas cuentas viene a ser un préstamo forzado de los consumidores a los distribuidores, es magnífica fuente de capitalización para éstos últimos, pues en caso de devolución sólo reembolsan el monto percibido sin reajuste alguno. Sin embargo, en sus balances, los distribuidores revalorizan sus balones, que en la práctica son de propiedad de los consumidores, quienes tuvieron que pagarlos mediante las garantías. De esta suerte, las revalorizaciones pasan a engrosar el activo de los distribuidores, como si hubieran hecho inversiones, sin aumentar el pasivo como debiera ser, ya que deberán devolver su valor a los consumidores.
Por otra parte, la Dirección de Servicios Eléctricos fija la utilidad de los distribuidores sobre la base del activo inmovilizado de su balance, que en este caso es, en gran parte, de los consumidores, pues ellos son los dueños de los balones declarados en el activo.
Los abusos de los concesionarios no se limitan a estos aspectos que pudiéramos calificar de directos. También son expresiones de ellos la venta condicionada de artefactos e implementos; la distribución por sectores, que significa múltiples molestias a quienes se cambian de domicilio y se trasladan a otro barrio; y actualmente la aplicación del sistema de ventas a domicilio, que a menudo va acompañado de un trato descortés y vejatorio para los consumidores.
Por otra parte, las compañías distribuidoras funcionan con escaso margen de seguridad para su personal y la población circundante. A pesar de que ENAP se reservó el derecho de inspeccionar este aspecto en los contratos de suministro, de hecho ha delegado tal facultad en la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas. Sin embargo, el 19 de abril del presente año, se declaró un incendio en las instalaciones de la firma Montalbetti y Compañía, en Concón, que sólo pudo ser sofocado gracias a los elementos de que dispone ENAP, según se reconoce en los antecedentes proporcionados a la Oficina de Informaciones del Senado, que obran en mi poder.
Cabe preguntarse qué condiciones de seguridad ofrecen las demás instalaciones de las compañías de gas licuado; qué sistema de inspección utiliza la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas, si la firma Montalbetti no contaba con medios propios para sofocar un incendio que pudo afectar a la vecina refinería de Concón.
¿Cómo se ha llegado a esta situación? ¿Cómo ha sido posible que ENAP haya permitido el desmedido enriquecimiento .de unos pocos, sacrificando para ello a miles y miles de familias? ¿Cómo se puede poner término a este estado de cosas?
En primer lugar, la entrega de la distribución del gas licuado a empresas particulares ha sido consecuencia de la política que se ha impuesto por los Gobiernos y círculos reaccionarios a la Empresa Nacional del Petróleo, obligándola a abandonar funciones específicas que debió asumir de acuerdo a su ley orgánica. La presión de los monopolios ha ido ahogando poco a poco importantes empresas estatales. Los grandes clanes nacionales se han apoderado de CAP, han frenado el desarrollo de lANSA, han impedido jugar su papel a ENDESA, y han intentado, por todos los medios, la desnacionalización del petróleo chileno.
En el artículo 29 de la ley 9.618, que creó la Empresa Nacional de Ptróleo, se dice textualmente que "las funciones y derechos que corresponden al Estado res pecto a la exploración y explotación de los yacimientos petrolíferos y respecto a la refinación y venta del petróleo obtenido de ellos, como asimismo de los subproductos, serán ejercidos por dicha Empresa."
Veamos si ENAP está cumpliendo en la práctica con el espíritu y la letra de la ley que la originó. Para ello, basta analizar muy someramente la política general que se ha visto obligada a seguir la empresa, bajo la presión de los grandes intereses.
Como se sabe, ENAP, en sus quince años de existencia, se ha dedicado: 1) a la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos; 2) a la refinación en el país del petróleo necesario para el abastecimiento de gasolina, kerosene y diesel, y 3) a la producción de gas licuado que demanda el mercado nacional.
Estas actividades han sido emprendidas por ENAP con singular eficiencia y la han llevado a ser un ejemplo de la capacidad de los obreros, empleados y técnicos chilenos. La producción aumenta de año en año y constituye uno de los principales rubros de la economía nacional. De un millón de dólares de aporte inicial del Estado, con que comenzó sus actividades en 1950, su capital se ha elevado a 200 millones de dólares, incluidos el valor de los yacimientos, campamentos, instalaciones, propiedades, maquinarias, etcétera.
En quince años, ENAP ha demostrado estar perfectamente capacitada para tener en sus manos la totalidad de la industria petrólera nacional, trabajarla eficientemente y transformarla en un negocio excelente al servicio de todos los chilenos. Sin embargo, dos actividades han sido celosamente mantenidas fuera de su competencia. Y, precisamente, quizás las dos actividades petroleras más rentables; la distribución de hidrocarburos, entre los que se incluye el gas licuado, y el desarrollo de las industrias de utilización del gas natural.
Se ha pretendido, ante la imposibilidad de apoderarse del petróleo chileno, controlar, por lo menos, las actividades más seguras y que producen mayor ganancia. Que el Estado se encargue de la exploración y explotación de los yacimientos, que tienda oleoductos, instale refinerías. Magnífico. Pero que luego entregue su producción refinada a los particulares para que ellos la comercien. Es así como debe entenderse la intervención del Estado, a juicio dé los monopolios.
Los resultados los tenemos a la vista. La Esso, la Shell y la Copec controlan el mercado nacional de combustibles y obtienen fabulosas utilidades. El gas licuado -indispensable para miles y miles de familias- ahora sirve de fuente de enriquecimiento sin límite a los grandes distribuidores.
Un hecho que muestra a las claras las presiones a que se encuentra sometida ENAP, ha sido la instalación de oleoductos. Luego de estudiarse y proyectarse por la Empresa Nacional del Petróleo el transporte de hidrocarburos desde Concón a Maipú, a través de poliductos, debió entregarse la construcción 'de los mismos a la Sociedad Nacional de Oleoductos (SONACOL), integrada por COPEC, ESSO y la propia ENAP, la que participa en 26%.
En el hecho, una vez más, los conocimientos y capitales de ENAP han sido puestos al servicio de empresas particulares.
Otros ejemplos. ENAP ha entregado funciones de prospección y perforación a empresas extranjeras como la United Geophysicial Co., Delta Corporation, Santa Fe Drilling Co., Leffhland Brothers, etcétera.
El transporte marítimo del petróleo crudo y de los {¡roductos refinados está íntegramente en manos de las empresas privadas SONAP e Interocean Gas.
La especulación con el gas licuado debe entenderse, entonces, como parte integrante del proceso de debilitamiento de la Empresa Nacional del Petróleo, y su terminación debe enfocarse con relación al acentuamiento del control del Estado sobre nuestra riqueza petrolífera y la ampliación de sus actividades al campo de la distribución de gasolina, kerosene, gas licuado y otros subproductos del petróleo.
Es evidente que ENAP está perfectamente capacitada para tomar a su cargo la distribución "del gas licuado. En todo caso, es una labor menos complicada que la que ha significado la exploración y explotación de la riqueza petrolífera.
En ese sentido hay consenso en la opinión mayoritaria del país, como tuvo ocasión de demostrarse durante el debate del veto del Ejecutivo al proyecto que modificaba la planta de los servicios dependientes del Ministerio del Interior, en agosto de 1963. En la sesión 30 de la legislatura ordinaria de la Cámara, el Diputado democratacristiano señor Papic, junto con anunciar los votos de su partido a favor de un artículo destinado a limitar el precio del gas licuado, expresó; "Estimamos que el problema creado en torno al precio de distribución del gas licuado deriva del hecho de que ENAP no ha cumplido con la ley, la cual le ha encargado la distribución del petróleo y sus derivados". Y agregó; "Todo esto quiere decir que si la Empresa Nacional del Petróleo cumpliera con la ley y distribuyera directamente al público no sólo el gas licuado sino también el petróleo, la bencina y todos los demás productos derivados, indudablemente que bajarían el costo de la producción y, en consecuencia, el precio que se está cobrando actualmente a los consumidores y que como se ha manifestado, es vergonzoso."
Ahora que la Democracia Cristiana está en el Gobierno esperamos que cumpla su palabra; que adopte las medidas necesarias para entregar, en un plazo breve, la distribución de los combustibles a ENAP.
Esperamos, en suma, que realice una política consecuente con la posición que mantuvo como partido hasta antes del 4 de noviembre de 1964.
Entretanto, es indispensable la adopción de medidas rápidas y eficaces para abaratar el gas licuado, a fin de contribuir al alivio de la penuria económica en que se hallan millares de familias modestas.
De poco sirve dar facilidades para la adquisición de cocinas, cuando se mantiene la carestía del combustible.
Los comunistas llamamos al Gobierno del señor Freí a poner atajo a la especulación con el gas licuado; a meter mano en este escándalo; terminar con las utilidades fabulosas de los distribuidores, obtenidas a costa de la especulación y el esquilmamiento de los consumidores.
A este respecto, queremos citar la opinión del otro Diputado democratacristiano, el señor Alberto Jerez, quien, en la sesión 32, de 7 de agosto de 1963, refiriéndose a la entrega de la distribución del gas licuado a los particulares, dijo:
"Pero en aquel otro aspecto, que también está directamente ligado con el interés general del país, el de la comercialización de los derivados del petróleo y fundamentalmente, también, por último, con que ella se realice en términos honestos -no deshonestas como lo están haciendo hoy día empresas particulares que comercian con el gas licuado-, conside- ram.os que en estos instantes existe una crisis, desde todo punto de vista moral, que se ha hecho sentir en la opinión pública."
Es claro que esta crisis moral de que hablaba el Diputado Jerez continúa en forma más seria que antes. Las dueñas de casa pueden confirmarlo. Se han acentuado la comercialización deshonesta y la especulación sin freno con el gas licuado.
Es necesario poner término a esta situación. Y es posible lograrlo en forma in mediata. Bastaría con fijar precio máximo al gas licuado en términos que no pudiera exceder el ciento por ciento del precio a que ENAP vende el producto a los distribuidores. Con esta medida elemental, justa y progresista, que daría un margen de ganancia más que suficiente a los distribuidores, el kilogramo de gas licuado bajaría de inmediato en 216 pesos.
Termino, señor Presidente, expresando que nuestro Partido presentará próximamente un proyecto sobre esta materia, encaminado a limitar el precio del gas licuado. Esperamos contar con el respaldo y el apoyo de todos los sectores progresistas.
Solicito insertar los informes N s 1.250 y 1.260, de la Oficina de Informaciones del Senado, relacionados con los costos del gas licuado y con los distribuidores de este producto en el país.
Asimismo, pido oficiar al señor Ministro del Interior solicitándole que se oponga al alza del gas de cañería y del licuado pedido por la Compañía de Consumidores de Gas de Santiago, aumento que, de ser aceptado, gravará fuertemente los ingresos de las familias modestas.
El se��or GARCIA (Vicepresidente).-
Se harán las inserciones solicitadas por Su Señoría y, de conformidad con el Reglamento, se dirigirá el oficio que ha pedido.
-La inserción acordada es del tenor siguiente:
"Nf 1.250.
"Santiago, 6 de septiembre de 1965. "Honorable Senador:
"Con fecha 17 de agosto ppdo., Su Señoría formuló consulta a esta Oficina acerca de los siguientes puntos relacionados con el gas licuado:
"19-Textos legales que estatuyen la facultad de la Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas, para intervenir en la fijación y control del precio de venta del gas licuado;
"2 -Rubros que inciden en el precio de venta de dicho producto;
"3C-Impuestos que están considerados en el precio;
"4*?-Precio de venta por kilogramo de gas licuado envasado en cilindros, puesto a domicilio del consumidor e instalado para su empleo, cobrado en las diferentes zonas del país, y
"5"?-Monto y factores que incidirían en la diferencia de precios de venta al público, entre el kilogramo de gas licuado proveniente de la refinería de Concón y que se consume en la provincia de Santiago, y aquél que se entrega a los distribuidores en Punta Arenas, para ser colocado entre los usuarios de la zona.
"Sobre el particular, me permito informarle lo que a continuación se indica, de conformidad con los antecedentes que obran en poder de esta Oficina y a los que, a requerimiento de este Servicio, ha remitido la Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas;
"lí"-La Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas está facultada para intervenir en la fijación y control del precio de venta del gas licuado, en virtud de las atribuciones que se le confieren en el Título V, Párrafos I y II del D. F. L. Ní> 323, de 1931, Ley de Ser- cios de Gas, y en el Título VIII del decreto supremo N 3.707, de 18 de agosto de 1955, del Ministerio del Interior, que aprueba el Reglamento de Explotación de Servicios de Gas, modificado por el decreto supremo N 585, de 10 de abril de 1965.
"2 "-Los rubros que inciden en la fijación del precio de venta de gas licuado a! público, son los siguientes:
"1) Costo del gas licuado que vende ENAP;
"2) Costo del envasado del combustible, cuando ENAP lo entrega en estas condiciones a empresas que no cuentan con plantas de almacenamiento y llenado de cilindros;
"3) Transporte por camiones estanques o barcos estanques del gas que entrega la ENAP a granel;
"4) Transporte por camiones de cilindros con gas licuado;
"5) Sueldos de jefes y empleados;
"6) Leyes sociales de jefes y empleados;
"7) Salarios de obreros;
"8) Leyes sociales de obreros;
"9) Depreciaciones (provisionales para renovación) : cilindros, válvulas, estanques de almacenamiento y suministro; vehículos de transporte y distribución del gas licuado; planta de almacenamiento de gas y de cilindros; máquinas, equipos, herramientas, muebles, máquinas de oficina y útiles, etc.
"10) Fletes de reparto de gas licuado a usuarios y a agentes en comunas y ciudades vecinas (aceite, bencina, neumáticos y cámaras; repuestos y mantenimiento de vehículos).
"En el caso de las empresas que carecen de medios propios o reparto o ellos son insuficientes, es necesario considerar el pago de arriendo de vehículos o del flete respectivo.
"11) Comisiones a agentes por venta y reparto de gas licuado;
"12) Comisiones por contratación de nuevos consumidores y entrega de la primera carga de gas licuado;
"13) Patentes e impuestos de timbres y estampillas;
"14) Seguros de vehículos, edificios e instalaciones, gas en transporte y almacenado y accidentes del trabajo;
"15) Materiales de consumo;
"16) Arriendo de máquinas I. B. M. de contabilidad y control;
"17) Arriendo de avisos luminosos y propaganda;
"18) Utiles de escritorio y material de imprenta;
"19) Movilización y viáticos del personal de inspección y control;
"20) Gastos varios (arriendo de locales, etc.) ;
"21) Conservación de cilindros y válvulas. Los cilindros deben pintarse por lo menos una vez al año y las válvulas deben someterse a revisión total cada dos años. Además, los cilindros se reinspec- cionan cada cinco años, incluyendo ensayos de presión a 30 kilos/cm2., con el objeto de eliminar a aquellos que muestren deficiencias;
"22) Pérdida de gas licuado en estanques, cilindros, pruebas, etc.) ; "23) Teléfono, franqueo, etc.; "24) Energía eléctrica de alumbrado y fuerza motriz;
"25) Utilidad. Esta calcula, en general, en 10% y 12% del capital inmovilizado de las empresas. La ley y el reglamento de Explotación de los Servicios de Gas, aceptan hasta un 15% de utilidad.
"39-Los impuestos que se encuentran incluidos en el precio de venta del gas licuado, son los que se señalan:
"a) Impuesto establecido en el artículo 99 de la ley Nº 14.572, de 20 de mayo de 1961. Este gravamen alcanza a un 14,4% , que se aplica sobre el precio medio vigente en Santiago, que es de Eº 0,475 por kilogramo. En consecuencia, el tributo asciende a la cantidad de Eº 0,0684 por kilogramo;
"b) Impuesto a la compraventa, equivalente a un 6%, y
"c) Impuesto municipal de 3,85%. "49-Con respecto al precio de venta por kilogramo de gas licuado que se cobra al público, la Dirección de los Servicios Eléctricos y de Gas informa que "los precios que autoriza el Ministerio del Interior, con informe de la Dirección, son los máximos que se pueden cobrar en cada zona de concesión. En las zonas donde existen dos o más distribuidores, hay pequeñas diferencias de precios entre una y otra Empresa, sin que esto signifique una rebaja apreciable respecto al precio máximo fijado."
"Los precios fijados en 1964, vigentes en la actualidad, en cada capital de provincia, para el gas licuado envasado en ciiindros de 45 kilos, puesto en el domicilio del cliente y conectado para el uso, son los que se señalan a continuación:
(PRECIO DEL GAS LICUADO. )
"Las diferencias que se observan en los gastos propios de las Empresas, se explican por el hecho de que en la provincia de Magallanes el consumo de gas por usuario es muy elevado y alcanza a 200 kilos al año, o sea, diez veces superior a lo qué se consume en Santiago.
"La Empresa distribuidora de Magallanes, "Servigas", de acuerdo con las cifras entregadas a la Dirección para el cálculo de las tarifas, no está pagando lo que debiera en lo que se refiere a sueldos y salarios. Se puede observar la baja incidencia que tienen ambos rubros, respecto al precio total.
"Dios guarde a US."
"Ní> 1.270.
"Santiago, 20 de septiembre de 1965.
•V
"Honorable Senador :
"Con fecha 19 del mes ppdo.. Su Señoría formuló a esta Oficina diversas consultas relacionadas con el gas licuado, que, de conformidad con los antecedentes proporcionados por la Empresa Nacional del Petróleo, a requerimiento de este Servicio, me permito contestar a US., en ia forma que a continuación se indica:
(NOMINAS DE COMPAÑIAS DE GAS.)
-2°.- Cantidad de kilos de gas licuado que ENAP ha entregado a cada una de las compañias distribuidoras durante el año 1964 y primer semestre del año 1965
"3®-Precio de venta del gas licuado.
"El precio de venta que ENAP cobra a las compañías distribuidoras que se proveen en la Refinería de Concón es de E'í' 0,1250/Kg., valor que debe aumentarse en lo que corresponde al impuesto, según ley N 14.752, totalizando para las zonas que se indican, las siguientes cantidades :
Tarapacá a Coquimbo: E° 0,12785/Kg.
Aconcagua a Cautín: E"? 0,1934/Kg.
"El precio de venta que ENAP cobra a la compañía distribuidora que se provee de Magallanes es de E° 0,0240/Kg., valor que debe aumentarse en el impuesto de la ley N||AMPERSAND||quot;? 14.752, precio que con este gravamen alcanza a la suma de E"? 0,02685/Kg.
"Por último, el precio de venta de ENAP en Magallanes para los distribuidores que la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas ha autorizado para que atiendan servicios en las provincias de Valdivia a Aisén, es de Eº 0,0700/Kg., el cual, al incluírsele el impuesto a la citada ley 14.752, llega a un monto de Eº 0,1384/Kg.
"4°-Tipo y monto de los impuesto incluidos en el precio de venta del gas licuado.
"El impuesto incluido en el precio de venta que ENAP cobra a las compañías distribuidoras es el correspondiente a la ley N 14.752 antes mencionada, con un monto por kilogramo de 0,084. Se exceptúan las provincias de Tarapacá u Coquimbo y la de Magallanes, en que el gravamen se rebajó a E 0,00285/Kg.
"5P-Razón que ha tenido ENAP p'aj-a no entregar la distribución de gas licuado entre Valdivia y Aisén y en zona norte, a excepción de Antofagasta.
"En relación con este punto, cabe señalar, en primer lugar, que el gas licuado se distribuye en todas las provincias del norte del país desde 1958, por lo que sólo se considerará la situación de la zona Val- divia-Aisén.
"En dos ocasiones, noviembre de 1960 y enero de 1963, se ha llamado a concurso de antecedentes para designar distribuidores en la zona Valdivia-Aisén. En el primer caso, tal concurso se declaró desierto por falta de interesados, debido a los efectos ocasionados por el terremoto de ese año; en la segunda oportunidad, la decisión se prorrogó indefinidamente por diversas razones: inicialmente, por la incertidumbre sobre la reglamentación del artículo 50 de la ley Nº 15.386, y luego, por la necesidad de revisar la política de distribución vigente.
"Por otra parte, la extensión de la zona de distribución produciría aumentos de consumo que deberían atenderse, en el momento, con gas traído desde Magallanes, lo que implica un alto costo y una disminución de las disponibilidades de exportación que hacen que tal decisión parezca inconveniente a los intereses nacionales. En el primer semestre del año próximo, debe iniciar sus operaciones la Refinería de Concepción, cuya producción permitirá abastecer estos consumos. En ese entonces, se podrá enfrentar tal extensión del área de distribución en forma económica.
"6"-Control que ejerce ENAP sobre las condiciofies de seguridad de las compañíatt distf'ibuidoras.
"Si bien en los contratos de suministro, ENAP se reservó el derecho de inspeccionar en sus aspectos técnicos y de seguridad la distribución de gases licuados y sus instalaciones, el control que efectivamente ha ejercido se ha limitado a re querir que cumplan las condiciones de seguridad sólo en lo que atañe a su establecimiento, es decir, en los camiones y cilindros que se cargan en los recintos de ENAP.
"Tal actitud se ha mantenido teniendo en vista que la ley confiere esta atribución de controlar, a la Dirección General de los Servicios Eléctricos y de Gas. Además, ENAP ha asesorado y prestado ayuda para resolver estos problemas, tanto a dicha Dirección, como a los distribuidores que lo han solicitado.
'"JO-Informar si el incendio de Montal- betti y Cía. afectó a la Refinería de Concón.
"El incendio ocurrido el día 19 de abril del año en curso en las instalaciones de la firma antes señalada, no afectó a la Refinería de Concón. Ese siniestro fue combatido con prontitud con los elementos de que ENAP dispone."
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