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- rdf:value = " 50.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TIERRAS Y COLONIZACION.
"Nº 4010.- Santiago, 4 de septiembre de 1968.
En atención al Oficio Nº 14592, de 12 de junio del año en curso, de esa H. Cámara de Diputados, dirigido a esta Secretaría de Estado, a pedido del H. Diputadodon Hernán Olave Verdugo, y que se refiere a diversas peticiones de pobladores de la localidad de Niebla, provincia de Valdivia, tengo el honor de informar a V. S. lo siguiente:
Consta de lo manifestado por el Jefe Zonal de Tierras y Bienes Nacionales de Valdivia, en oficio Nº 825, de 15 de julio de 1968, que:
1.Es efectivo que los ocupantes en su gran mayoría están radicados allí desde hace más de 30 años; todos creían se trataba de terrenos fiscales, pero la verdad es que existen títulos de dominio particular, primero a nombre de don Carlos Prochelle y luego a favor de sus hijos Oscar y Erik Prochelle Anwandter. Hasta el Servicio creyó en eso y procedió a conceder título gratuito de dominio a doña Rosario Loncomilla, por un lote de 1 Há. y fracción, según D. S. Nº 5302, de 1931, el que se redujo a escritura pública y al practicarse las publicaciones para inscribir, se opuso el señor Prochelle. Este asunto llegó hasta la I. Corte de Apelaciones, y la señora Loncomilla pudo inscribir, por haberse abandonado la instancia, es decir, no por razones jurídicas, sino por dejación de una de las partes.
Posteriormente, don Oscar Prochelle no había insistido sobre este asunto, hasta hace unos años en que formalmente pidió que CORVI expropiara los terrenos, por los que en esa época cobrada Eº 50.000.
2.- Existe en la Oficina de Valdivia un plano de la Población de Niebla, pero no está firmado por ningún funcionario del Servicio; en cuanto a la Dirección de Obras Municipales, no esté este Servicio en condiciones de informar.
3.- Para informar el Expediente Nº 247.648, que contiene la historia del problema de Niebla, se hizo un censo de ocupantes, a fin de apreciar la verdadera dimensión del mismo, por esa razón la Oficina de Valdivia, a la fecha del certificado acompañado, estaba en situación de hacerlo. Por lo demás, las gestiones del señor Prochelle, se iniciaron posteriormente.
4.- No está la Oficina de Tierras de Valdivia, en condiciones de informar sobre esto.
5.- Es efectivo que existen solicitudes sobre sitios en "Niebla" en la Oficina, pero es falso que no se les diera el trámite correspondiente, por las razones dadas anteriormente.
Confirma esto el hecho de que el Ministerio, agotados los medios a su alcance, determinó que carecía de la herramienta legal para dar solución al problema, remitiendo los antecedentes a la Corporación de la. Vivienda, para que efectúe la expropiación. Es más, cooperó en la mensura de los lotes a expropiar cuando ese Organismo dijo no tener personal técnico para tales trabajos, destacando tres Topógrafos en el lugar para una más rápida y expedita información.
6.- El Oficio Nº 69, de 1968, citado por el H. Diputado, señor Hernán Olave, no corresponde a la numeración de esa Oficina, pero en todo caso estoy en condiciones de informar que existen títulos de dominio particular, sobre la población Niebla, y el hecho de que paguen o no contribuciones, creo no es problema que afecte al fondo del asunto ni que corresponda al Servicio controlar o verificar.
7.- No existen contradicciones, lo que existe es diversidad de criterio para apreciar el problema; en efecto, el Servicio nada ha concedido a los señores Prochelle dentro de los actuales límites urbanos de la Población de Niebla; se trata simplemente de compraventas hechas hace más de 50 años, debidamente inscritas. Las aseveraciones hechas por el H. Diputado señor Olave, denotan que no tiene conocimiento a fondo del problema ni se ha documentado convenientemente para plantearlo.
En cuanto a la investigación que sobre la materia solicita, podría disponerse por la Superioridad que se practique.
Sobre este punto, se hará tal como lo manifiesta la Oficina de Tierras de Valdivia.
8.- Ampliando lo anteriormente expuesto y ser de interés, me referiré a las siguientes letras del punto 7 de la nota enviada por el H. Diputado señor Olave:
"c) Al señor Prochelle no se le ha otorgado ningún beneficio de las leyes de colonización en terrenos de la Población da Niebla; tal como he manifestado su dominio inscrito de los terrenos, deriva de compras hechas hace años; tal es así que a doña Olga Mallbrich de León, se le tramita actualmente en el Servicio un saneamiento de títulos por un retazo de terreno que ocupa en "Niebla", afecto a esos títulos de dominio y a otros colindantes, fuera del radio urbano y afectos a un título reconocido en la parte rural."
"e) Como tantas veces lo he manifestado se trata de terrenos de dominio particular, y si el H. Diputadodon Hernán Olave ha querido referirse al reconocimiento de validez de esos títulos con respecto al Fisco, debo informar que para la aplicación de la ley de Propiedad Austral se fijó límites urbanos a la Población de Niebla, que comprende todos los terrenos ocupados y que el artículo 59, de la citada ley, elimina de esta obligación a las poblaciones.
"En cuanto a la parte final de esta letra, ignoro las razones que se tuvo para reclamar tardíamente sus derechos sobre estos terrenos. Creo, personalmente, que esto se ha debido a que hasta no hace mucho, el pueblo de Niebla carecía de importancia y, posteriormente, con las inversiones hechas por el Fisco en la restauración del "Fuerte Histórico" y la construcción de un camino público que bordea el "Río Valdivia", que colocará a ese Balneario a 20 minutos de la ciudad de Valdivia, en auto, lógicamente, se ha valorizado la propiedad".
De lo anteriormente expuesto se desprende que el problema es de difícil solución, y que el Ministerio a mi cargo no dispone de herramientas legales para solucionar, por el momento, el problema.
Por este motivo recientemente se ha presentado en la Comisión de Agricultura y Colonización, de la H. Cámara de Diputados, una indicación que faculta a S. E. el Presidente de la República para resolver en definitiva el problema planteado en el oficio a que doy respuesta y otros de la misma índole que pudieren presentarse.
Dios guarde a V. S.
(Fdo.) : Víctor González Maertens".
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