rdf:value = " 80.-MOCION DE LOS SEÑORES GAJARDO Y CLAVEL
"Proyecto de ley:
"Artículo único.- Reconócese por gracia y para todos los efectos legales, tres años y once meses comprendidos entre el 29 de abril de 1941 y el 1º de marzo de 1945, lapso durante el cual el señor Hugo Acuña Matus desempeñó el cargo de Inspector ad honorem en el Internado Nacional Barros Arana, de Santiago.
Será de cargo de] beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse en la Caja de Empleados Públicos y Periodistas durante el tiempo de su desafiliación. Para determinar el monto de las imposiciones, se tomará como renta imponible, el primer sueldo mensual de que haya disfrutado el beneficiario, después del período de desafiliación.
(Fdo.) : Santiago Gajardo P.- Eduardo Clavel A."
"