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- rdf:value = " El señor ESCORZA.-
Señor Presidente, quiero aclarar algunas apreciaciones, especialmente de colegas socialistas y comunistas, que han surgido a raíz del debate de este veto y que, a mi juicio, son erradas.
El veto ha clarificado la forma como debe aplicarse la ley N9 16.386, aprobada con los votos de la Democracia Cristiana.
En segundo lugar, deben tener presente Sus Señorías que el trabajo extraordinario consiste en labores de tipo circunstancial o fortuito. La ejecución de estas faenas muchas veces altera en forma ostensible las remuneraciones, pero al mes siguiente éstas se reducen sensiblemente. De tal manera que el trabajo extraordinario no puede ser considerado como factor de remuneración permanente, porque los salarios no se calculan sobre la base de estas faenas. Esto lo saben mejor que nadie los trabajadores municipales que deben hacer estos trabajos extraordinarios. Luego, se produce una injusticia entre ellos mismos, porque no todos trabajan en forma extraordinaria, sino que sólo un cierto grupo, de acuerdo a las circunstancias y exigencias del momento.
En tales condiciones, me da la impresión de que mis Honorables colegas parten de una apreciación errada.
"
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