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"Nº 698.- Santiago, 11 de agosto de 1967.
Ha recibido esta Secretaría de Estado su oficio Nº 10353, de 27 de junio del presente año, por el que solicita se informe acerca de las causas que han motivado el menor ingreso de recursos provenientes de los impuestos establecidos en la Ley Nº 16.419, que destina fondos para que la Universidad de Chile establezca en la provincia de Ñuble los recursos sistemáticos y demás actividades educacionales que estime conveniente.
Al respecto, y de acuerdo a lo informado por el Servicio de Impuestos Internos, cúmpleme manifestar lo siguiente:
l9-Los ingresos derivados de la Ley en referencia no fueron proyectados en la Ley de Presupuestos de 1966, en razón de que la Ley Nº 16.419 fue promulgada el 29/1/1966, es decir, con fecha posterior a la de aquella. Los ingresos en dicho año ascendieron a Eº 864.498, según el siguiente desglose:
Cta. A-67-e-l Eº 351.149 " A-67-e-2 128.930 " A-67-e-3 384.419 Eº 864.498
2°.- La Ley de Presupuestos proyectó para 1967 la suma de ... . Eº 1.000.000
Los ingresos hasta abril han ascendido a 496.268 escudos según el siguiente detalle:
Cta. A-67-e-l Eº 239.098 " A-67-e-2 80.020
" A-67-e-3 177.150 Eº 496.268
Las cifras que anteceden corresponden a 1/3 de la recaudación anual (enero- abril) y en ellas está incidiendo sólo el pago de la primera cuota del impuesto a la renta de la 1° categoría y 2ª categoría, artículo 36, Nº 2 (Profesionales) que forman parte de los gravámenes en comentario. Por consiguiente, falta por ingresar en arcas fiscales, la segunda y tercera cuotas de estos tributos, en los cuales recae la mayor proporción de los impuestos a que se refiere la Ley Nº 16.419.
En tales circunstancias, se estima que al término del año los ingresos de que se trata, excederán el monto proyectado en la Ley de Presupuestos de 1967.
Es cuanto puedo informar a V. E. sobre el particular.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Sergio Molina Silva,"
"
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