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"N’ 3295.- Santiago, 14 de agosto; de 1967.
Por Oficio Nº 1345 de 26 de julio de 1967, V. E. se ha servido comunicar que el Honorable Congreso Nacional ha prestado su aprobación a un Proyecto de Ley mediante el cual se obliga al Fisco a transferir a la Ilustre Municipalidad de Pica el producto que obtenga de la enajenación de la herencia yaciente quedada al fallecimiento de doña Filomena Palacios.
De acuerdo a los antecedentes que obran en poder de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales -Departamento de Bienes Nacionales-, entre los bienes quedados al fallecimiento de la señora Palacios. se encuentran los inmuebles ubicados en calle Baquedano Nº 888 de la ciudad de Iquique y en calle Balmaceda, antigua sin número, hoy Nº 371 de la ciudad de Pica. Los inmuebles antes mencionados se encuentran en la actualidad destinados a la Oficina de Tierras y Bienes Nacionales de Iquique y a los Servicios Públicos de Pica, respectivamente.
El destino dado por el Ministerio de Tierras y Colonización a estos inmuebles lo ha sido en virtud de poderosas razones de orden administrativo que indicaban la necesidad de dotar a esas reparticiones de los inmuebles referidos para beneficio de la comunidad toda, lo que en definitiva ha redundado en un mejor servicio.
Por estas razones y en virtud de la atribución que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, el Gobierno se ve en la necesidad de vetar el Proyecto de Ley ya referido, rechazándolo en su totalidad, pero me permito hacer presente a V. E. que no habrá inconveniente gubernativo para prestar su aprobación a un proyecto que legislando sobre la misma materia, excluya expresamente los inmuebles pertenecientes a la Sucesión de doña Filomena Palacios que actualmente se encuentran destinados a Servicios Públicos.
Dios guarde a V. E.- (Fdo.) : Eduardo Freí Montalva.- Hugo Trivelli."
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