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- rdf:value = " AUTORIZACION AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR GRATUITAMENTE A LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION LAS EMPRESAS ELECTRICAS FISCALESEl señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión el proyecto que autoriza al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Corporación de Fomento de la Producción las empresas eléctricas fiscales.
Diputado informante de la Comisión de Economía y Comercio es el Honorable señor Iglesias.
El proyecto, impreso en el boletín Nº 10.632, dice así:
"Artículo lº.- Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente, sin perjuicio de lo que se establece en el artículo 59, a la Corporación de Fomento de la Producción las Empresas Eléctricas Fiscales, tanto productoras como distribuidoras de energía, con el objeto de ser aportadas a la Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA), con el fin de que ésta se haga cargo de la explotación, ampliación y conservación general de los respectivos servicios.
Artículo 2º.- Las Empresas Eléctricas Fiscales, actualmente explotadas por la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, serán traspasadas con todo su activo y pasivo a la Corporación de Fomento de la Producción.
Artículo 3º.- La transferencia se hará mediante un decreto del Presidente de la República, el que deberá reducirse a escritura pública. El Ingeniero Director de Servicios Eléctricos y de Gas suscribirá, en representación del Fisco, la correspondiente escritura.
Artículo 4º.- En el mismo registro notarial, y con la misma fecha, se protocolizará un inventario del activo y pasivo de cada Empresa, que deberá estar suscrito por las mismas partes de la escritura pública.
Artículo 5º.- La Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas pondrá término a los contratos de trabajo del personal de empleados y obreros de las Empresas Eléctricas Fiscales. La Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA) contratará a este personal, reconociéndole los años de servicios prestados en la Dirección. Este personal se desempeñará, en lo posible, en los mismos lugares en que trabajaba o en otros próximos.
En ningún caso, el ingreso de este personal a ENDESA podrá significar disminución de sus remuneraciones ni de los beneficios que hayan obtenido, sea que provengan del cumplimiento de disposiciones legales, obligaciones contractuales o convenios colectivos.
En caso de que este personal no desee ingresar a la Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA), no sea recibido por ésta; o sea, despedido o trasladado a localidades alejadas de su lugar habitual de trabajo sin su consentimiento, tendrá derecho a una indemnización que se calculará en la siguiente forma y expresada en meses de sueldo o salario:
El personal con 10 años o menos de servicios percibirá dos meses por cada año;
El personal con más de 10 años de servicios percibirá, la indemnización de la letra anterior, y por el exceso sobre los 10 años, un mes por cada año.
La indemnización calculada en conformidad a lo establecido en las letras a) y b) no podrá exceder de 30 meses del último sueldo o salario del empleado u obrero.
Para el pago de esta indemnización, la Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA) pondrá los fondos necesarios a disposición de la Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas, por intermedio de la Corporación de Fomento de la Producción, en el caso que proceda que la Dirección pague la indemnización antes mencionada.
Artículo 6ºEl sistema establecido en las disposiciones anteriores se aplicará también a todas aquellas empresas eléctricas de servicio público, particulares o municipales, que por cualquier causa, razón o título, lleguen en el futuro a ser fiscales.
Las empresas eléctricas de particulares que, por falencia, liquidación forzosa u otra causa no puedan seguir atendiendo la generación o venta de energía al pueblo o localidad respectiva, podrán ser adquiridas, también, por la Corporación de Fomento de la Producción para los fines establecidos en el artículo 1º de esta ley.
Artículo transitorio.- Facúltase a la Corporación de Fomento de la Producción para adquirir las empresas eléctricas de Putaendo, provincia de Aconcagua, y de Lautaro, provincia de Cautín, de propiedad de "Grob y Compañía Limitada", en el plazo de un año contado desde la publicación de la presente ley, y con el objeto de dar cumplimiento a los fines consultados en el artículo 1° de esta ley."
El señor LORCA, don Alfredo (Presidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el Honorable señor Iglesias.
El señor IGLESIAS.-
Señor Presidente, en realidad éste es un proyecto que hace bastante tiempo fue informado por la Comisión de Economía y Comercio y no se había podido tratar.
En el tiempo transcurrido se han producido varias novedades y hemos celebrado otras reuniones, nuevamente, con representantes de la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas.
Por este motivo, solicito a mis Honorables colegas que acepten que este proyecto vuelva a Comisión para un segundo informe. Además, hemos presentado algunas indicaciones que podríamos estudiar allí con más tiempo y con más calma, hasta la próxima semana para su discusión en la Sala.
El señor ACEVEDO.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ACEVEDO.-
Señor Presidente, el proyecto en discusión faculta al Presidente de la República para transferir, gratuitamente, a través de la CORFO, y sin las limitaciones que dispone la ley orgánica de esta institución, a la Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA), aquellas plantas generadoras de energía eléctrica que se han instalado a lo largo de todo el país por la Dirección de Servicios Eléctricos. Como bien comprenderán los Honorables Diputados, esta iniciativa encierra cierta gravedad. Entiendo que la Dirección de Servicios Eléctricos ha sido de opinión contraria a este proyecto de ley, y la razón aducida es que en los pueblos que estas pequeñas empresas están sirviendo se encarecería el kilovatio hora de consumo. Sin embargo, tenemos que reconocer un hecho: la ENDESA está construyendo grandes plantas hidroeléctricas a lo largo del país, cuyas líneas conductoras piensa extender de modo que lleguen a todos los centros poblados. Sin duda, estas grandes plantas ofrecerán un mejor servicio, con mayor potencia eléctrica, lo que es importante sobre todo desde el punto de vista industrial. De este modo, se obtendrá con mucha mayor facilidad corriente de alta tensión, sobre los quinientos vatios, para los servicios trifásicos, por ejemplo, como, asimismo, para las faenas agrícolas mecanizadas, especialmente para aquéllas en que se requiere enfardar pasto. En consecuencia, la no entrega de estas pequeñas plastas a la ENDESA sólo podrá durar muy poco tiempo.
Nada podrá detener la extensión de la energía eléctrica de mayor potencias de las plantas que actualmente construye la ENDESA; de suerte que estas pequeñas plantas, cuya única finalidad ha sido la de generar y entregar una reducida producción de kilovatios destinada sólo al alumbrado público y domiciliario de algunos villorrios, tendrán, naturalmente, que ser entregadas algún día a la ENDESA; o, en su defecto, cuando las líneas de trasmisión de esta empresa pasen por esos pequeños pueblos, las redes de distribución de éstos tendrán invariablemente que conectarse a las plantas de la ENDESA, porque ellas son más potentes y mantienen el servicio con mayor normalidad.
Por este motivo, no tendríamos inconveniente en acceder a la petición hecha por el Diputado informante Honorable señor Iglesias, en el sentido de que esta iniciativa sea enviada a Comisión para un mejor estudio, salvo que haya alguna indicación presentada, porque, en tal caso, no necesitaría contar con nuestro apoyo, ya que el proyecto debe enviarse de todas maneras a Comisión, por encontrarse en el trámite de su primer informe.
El señor CAMUS.-
Efectivamente, hay una indicación presentada.
El señor ACEVEDO.-
Entonces, como bien lo anota el Honorable colega señor Camus, por haber una indicación presentada, el proyecto tiene que ser enviado a Comisión; en caso contrario, podría haber sido despachado en este mismo instante. Sin embargo, queremos expresar que, si prospera la idea de la cual somos partidarios en principio, de facultar al Presidente de la República para transferir estas pequeñas plantas eléctricas a la ENDESA, tenemos interés en que se mantenga y no se alcen las actuales tarifas aplicadas a los consumos domiciliarios, y asimismo que no opere el sistema cooperativo, porque resulta inmensamente caro a los consumidores de los pequeños villorrios. Además, nos interesa que la mantención de las líneas de alta tensión, de los transformadores y de las líneas de distribución a bajo voltaje, sea de responsabilidad de la ENDESA y no de las Municipalidades o de las cooperativas que habría que formar para mantener estos servicios en forma adecuada, porque, como es lógico, ello crea innumerables problemas.
Por esta razón, la Dirección de Servicios Eléctricos se encarga de mantener estas plantas, como también el servicio de distribución a baja tensión, junto con la revisión permanente de los transformadores, en cuanto a su grado de humedad, y mantiene también, naturalmente, las propias maquinarias generadoras de energía eléctrica.
Ese organismo estatal debe tener presentes estos problemas; de suerte que pueblos muy pequeños, como es el caso de El Tambo 'y Rivadavia, Los Vilos, San Isidro y Peralillo, y de algunos pequeñísimos como el de Teodoro Schmidt, donde existen estas empresas generadoras de energía eléctrica, no tengan que sufrir las consecuencias de una disposición legal, que está naturalmente inspirada en una idea de progreso, pero que puede significar para ellos un retroceso.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor CAMUS.-
Pido la palabra.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CAMUS.-
Señor Presidente, en primer término, quiero hacer una acotación a las palabras del Honorable Diputado señor Acevedo, en cuanto a que, si bien es efectivo que, en algunos casos, se trata de empresas generadoras, en muchos otros me parece que es la mayoría de ellos no son tales, sino empresas de distribución de la; energía eléctrica que produce la ENDESA, como ocurre con las que están en las comunas de San Carlos y Quirihue, en los departamentos de San Carlos e Itata, respectivamente, de la provincia de Ñuble, las cuales aprovechan la energía generada por la ENDESA y se limitan a redistribuirla.
En segundo término, quiero hacer presente que he formulado algunas indicaciones a este proyecto de ley; y deseo aprovechar esta oportunidad para explicar el alcance de ellas en este primer trámite, porque no pertenezco a la Comisión que tratará esta iniciativa en su segundo informe.
En consecuencia, deseo también expresar mi deseo en el sentido de que no se deje de mano, cuando se discuta este proyecto en definitiva, un aspecto que me parece muy importante y que se refiere a la situación de algunos funcionarios de estas empresas, que no tienen propiamente la calidad de obreros o empleados; me refiero a los recaudadores de ellas. La situación de este personal entre los demás funcionarios no aparece determinada en forma clara, para poder exigir su contratación por la ENDESA. De manera que, a causa de la forma como está redactado el proyecto, esos modestos servidores, que muchas veces no tienen más renta que la comisión o el porcentaje que reciben por sus cobranzas, van a quedar en la calle y no van a poder ser contratados posteriormente por la ENDESA.
Por eso, he formulado algunas indicaciones tendientes a que estos servidores de las empresas que he señalado, que colaboran, en calidad de comisionistas, en el cobro de los consumos, sean incluidos entre los que contratará posteriormente la ENDESA, puesto que por la forma como está redactado el proyecto, parece que no quedarán incluidos.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor PHILLIPS.-
Que el proyecto vaya a Comisión.
El señor FUENTEALBA.-
Pido la palabra.
El señor IGLESIAS.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Iglesias que, por ser Diputado informante, tiene preferencia.
El señor IGLESIAS.-
Señor Presidente, es efectivo que una serie de pequeñas fallas que se han puesto de manifiesto en el proyecto últimamente podrían ser corregidas en su segundo informe, siempre que él fuera enviado nuevamente a Comisión.
Quiero informar que, como dice el Honorable colega señor Camus, las empresas a las cuales el se ha referido, más que generadoras, son distribuidoras de energía eléctrica que, a su vez, adquieren a la ENDESA.
La situación que se ha presentado al respecto es la siguiente: estas empresas fiscales no han podido pagar sus consumos a la ENDESA y, en este instante, la deuda que tienen con ella es cercana a tres millones de escudos. A su vez, las Municipalidades adeudan a las citadas empresas fiscales cerca de un millón de escudos, todo lo cual crea una situación que no podrá, en ningún caso, seguir manteniéndose.
Por eso, creo que durante el estudio del segundo informe en la Comisión, tendremos oportunidad de ahondar en la discusión del proyecto y mejorarlo bastante.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Fuentealba.
El señor FUENTEALBA.-
Señor Presidente, los Diputados radicales pensamos que este proyecto merece, desde luego, la atención de la Honorable Cámara, en razón de que, si existe una institución como la Empresa Nacional de Electricidad, con funcionarios, técnicos y los correspondientes Departamentos de Producción, de Distribución, de Construcción de Líneas y de otras obras, debe ser esta empresa la encargada de toda la distribución de energía eléctrica a través del país.
Debe ocurrir esto, sobre todo en aquellas localidades donde la distribución de la energía eléctrica que las empresas locales reciben de la ENDESA, no se hace en forma adecuada, en razón de que no cuentan con el personal suficiente para la atención de los consumidores y para darles un buen servicio.
Como expresó el Honorable señor Acevedo, es cierto que en algunos pueblos pequeños existen empresas generadoras si se les puede llamar empresas, por estar en localidades tan chicas que proporcionan energía al lugar donde están instaladas, con un generador de sólo 15 ó 20 caballos de vapor de potencia, y es evidente que la ENDESA, al tener a su cargo la distribución, tratará de hacer llegar sus líneas de trasmisión a aquellos puntos.
Es indudable que el proyecto en debate merece la atención de la Cámara, porque permitirá solucionar los graves problemas de generación y distribución de energía eléctrica que afectan, en general, a las localidades pequeñas y, sobre todo, a las de la provincia de Coquimbo, al establecer que estos servicios estén a cargo de la ENDESA.
Nada más, señor Presidente.
El señor CLAVEL.-
Que se envíe a Comisión el proyecto.
El señor PHILLIPS.-
Exacto.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a los Honorables señores Diputados, se votará en general el proyecto y se enviará a Comisión para su segundo informe.
El señor JARPA.-
Pido la palabra.
El señor IGLESIAS.-
Deseo hacer una consulta, señor Presidente.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara, se omitirá el trámite de votación secreta que procede para la votación general.
Además, como se han formulado tres indicaciones, que la Comisión tendrá que conocer en el segundo informe del proyecto, pido el asentimiento de la Sala para omitir su lectura, con el objeto de que quede tiempo para hacer algunas peticiones formuladas por diversos señores Diputados.
El señor ACEVEDO.-
¿Cómo?
El señor PARETO (Vicepresidente).
Señor Diputado, en primer lugar, para proceder a votar en general el proyecto, en la forma reglamentaria, pedí el asentimiento de la Sala a fin de omitir la votación secreta. Luego, lo recabé nuevamente con el objeto de enviar a Comisión la iniciativa, para su segundo informe.
El señor ACEVEDO.-
¿Qué proyecto requiere votación secreta?
El señor PARETO (Vicepresidente).-
El mismo proyecto que estaba en debate hace un momento.
Pido el asentimiento unánime de la Sala para omitir la votación secreta y para enviarlo a Comisión, en segundo informe.
El señor FUENTEALBA.-
Deseo decir una cosa, primero.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Recabo el asentimiento unánime de la Sala para omitir la votación secreta.
Acordado.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general.
Aprobado.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir la lectura de las tres indicaciones formuladas al proyecto, por cuanto serán conocidas por la Comisión, en su segundo informe.
El señor CAMUS.-
No, señor Presidente.
El señor PARETO (Vicepresidente).-
Se va a dar lectura a las indicaciones.
El señor CLAVEL.-
Que se inserten en la versión, señor Presidente.
El señor PARETO (Vicepresidente.-
Eso es lo que estoy solicitando, Honorable Diputado, por cuanto se van a conocer en la Comisión, durante el trámite de segundo informe del proyecto.
Si le parece a la Sala, se omitirá la lectura de las indicaciones a que he hecho mención y se insertarán en la versión oficial.
Acordado.
El proyecto pasará a Comisión para su segundo informe.
Las indicaciones a que se refiere el acuerdo anterior son las siguientes:
Del señor Camus
"La Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas pondrá término a los contratos de trabajo del personal de las Empresas Eléctricas Fiscales".
En la frase siguiente, agrégase, después de "contratará a este personal", la frase: "sea que se desempeñara en calidad de empleado u obrero, de planta o contratado que tuviera sueldo, salario, comisión o porcentaje, o remunerado en cualquiera otra forma".
En consecuencia, el inciso primero del artículo 5º quedará en la siguiente forma:
"La Dirección de Servicios Eléctricos y de Gas pondrá término a los contratos de trabajo del personal de los Servicios Eléctricos Fiscales.
La Empresa Nacional de Electricidad S. A. (ENDESA) contratará a este personal, sea que se desempeñara en calidad de empleado u obrero, de planta o contratado y que tuviera sueldo, salario., comisión o porcentaje o remunerado en cualquier forma".
De los señores Ansieta e Iglesias, para agregar el siguiente artículo nuevo:
"Artículo….- Facúltase al Presidente de la República para fijar por una sola vez y en relación con el sueldo vital del departamento de Santiago (escala A) el monto de los derechos, gravámenes, primas, depósito de garantía, tarifas por revisión o aprobación, multas, impuestos especiales y otros contemplados en la Ley General de Servicios Eléctricos.
Facúltase al Presidente de la República para que, en un plazo no mayor de 120 días, a contar de la publicación de la presente ley, proceda a reorganizar la Dirección de Servicios Eléctricos, para adecuarla a las exigencias de mayor control de las Empresas fiscalizadoras, pudiendo. en consecuencia, estructurar, crear, descentralizar, fusionar, reducir, dividir, ampliar y aumentar Departamentos, Delegaciones, Provinciales, Secciones, unidades y cargos."
"
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