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"Nº 2.101.- Santiago, 27 de septiembre de 1967.
Por oficio Nº 1.645, de 25 de agosto último y remitido con fecha 29 del mismo mes, V. E. ha tenido a bien comunicar al Gobierno que el Honorable Congreso Nacional ha dado su aprobación al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Olmué para contratar empréstitos con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito por un total de 400.000 escudos, para destinar su producto a adquisiciones y mejoramiento de servicios ele utilidad pública. El financiamiento consiste en utilizar el rendimiento de ias tasas parciales establecidas en las letras c),
d) y e) del decreto de Hacienda Nº 2.047, de 29 de julio de 1965, que se aplican al avalúo de los bienes raíces de la comuna del territorio de dicha Corporación.
De las disposiciones que consulta el proyecto de ley merecen ser observadas las que corresponden al monto del referido empréstito y lo que se consulta para cubrir el servicio de la deuda. En efecto se considera sólo un uno por mil ele la letra
e), el que puede destinarse al empréstito, lo que produce un rendimiento de Eº 7.989 anuales, lo que sólo alcanza a cubrir un monto de Eº 40.000, conforme a los datos proporcionados por el Ministerio de Hacienda, lo que haría reducir a esta suma el empréstito. Ahora bien, si se produjera un mayor aumento en lo que se percibe en las letras c) y d) éste aumentaría a Eº 100.000, tal como se dispone más adelante, pues el porcentaje proveniente de las citadas letras es para destinarlo a alumbrado y pavimentación, conforme lo establece el mencionado decreto de Hacienda Nº 2.047, de 1965, por lo que se deja el excedente de ellas para su financiamiento.
Con lo anterior se modifica el plan deinversión eliminando dos de las letras que en él se contemplan.
En mérito de lo expuesto y conforme a lo dispuesto en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el proyecto de ley en referencia y lo remito a V. E. con el objeto de que tengáis a bien introducirle las modificaciones que a continuación se anotan:
1) En el artículo 1"? reemplázase la suma de "Eº 400.000" por esta otra "100.000 escudos".
2) El texto del artículo 29 reemplázase por el siguiente:
"El producto del o los empréstitos autorizados por esta ley se invertirán en obras o adquisiciones en los siguientes fines:
a) Adquisición de vehículos
de uso municipal Eº 330.000
b) Adquisición o construcción y alhaj amiento de la Casa Consistorial 70.000
TOTAL Eº 100.000
3) En el artículo 39 agrégase a continuación del "punto" (.) como "punto seguido" (.), lo siguiente: No obstante el producto de las letras c) y d) regirá para servir el empréstito de esta ley si hubiere excedente después de cumplidos los servicios de alumbrado y pavimentación eo~ irespondiente al porcentaje de las citadas letras".
Saluda atentamente a V. E.- (Fdo.): Eduardo Frei Montalva. - Bernardo Leighton Guzmán."
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