-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/600854/seccion/akn600854-ds67-po1-ds79-ds4
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3896
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/1
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1648
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3896
- rdf:value = " La señora LAZO.-
Señor Presidente, en realidad, los caracteres de las personas se van conociendo a medida que actúan en la Honorable Cámara. Varios Honorables colegas de buena memoria saben perfectamente bien cuáles son las reacciones de los distintos parlamentarios.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
La señora LAZO.-
En resumen, señor Presidente, nosotros no hemos concurrido con nuestros votos a dar aprobación unánime a este proyecto, pues, como lo hemos repetido muchas veces, no lo consideramos regresivo, pero tampoco, de ninguna manera, progresivo ni beneficioso para los trabajadores.
Y más todavía. Algunos Diputados, no sé si todos, visitamos la Central Unica de Trabajadores de Chile, que para nosotros es el máximo organismo representativo de los asalariados, y allí escuchamos a sus dirigentes opinar que esta legislación no era buena. Asimismo, nos dieron a conocer su pensamiento y acotaron, precisamente, varias de las indicaciones que nosotros formulamos en la Comisión do Trabajo y Legislación Social, y que fueron desestimadas .
Por último, en las disposiciones transitorias de este proyecto.- como en todas las leyes que caracterizan al actual Gobierno ya que éste pasará a la historia como el "Gobierno de las facultades"- se piden atribuciones extraordinarias para el Ejecutivo. Por ejemplo, el artículo 2° transitorio dice: Facúltase al presidente de la República para adecuar los casos de inamovilidad...". El 3º transitorio dice: "Facúltase al Presidente de la República para refundir este texto con las disposiciones del Código del Trabajo...". El 4º transitorio dice: "El Presidente de la República deberá dictar el reglamento de la presente ley...". Bueno, esto es normal. Después, el 5º transitorio dice: "Se faculta al Presidente de la República para que. por una sola vez. dentro del año 1966, pueda mejorar las bases sobre las cuales se determina el subsidio de cesantía...".
Señor Presidente, cuando se habló de mejorar las bases sobre las cuales se determina el subsidio de cesantía, nosotros vislumbramos la posibilidad de aprovecho este resquicio que ofrecía el proyecto y corregir la legislación actual. Y, en compañía de los colegas del FRAP y del Partido Radical, miembros de esa Comisión, formulamos indicación para hacer lo único justo que se debe realizar rápidamente: rebajar la edad de jubilación de los obreros. Porque en este país, aunque diariamente algunos colegas se "enjuaguan la boca" diciendo que están realizando una revolución, resulta que el hombre empieza a trabajar a los 9 ó 12 años de edad y debe hacerlo basta los 65; tiene que caerse muerto al laclo del tajo abierto en que trabaja o sembrando la tierra para poder jubilar. Por eso, los "malos" de la Oposición formulamos indicación a este proyecto rara rebajar de 65 a 60 años de edad el tiempo de jubilación de los obreros. Después de haber discutido una hora la indicación que presentamos, el Presidente de la Comisión de Trabajo y Legislación Social la declaró improcedente y, si no me equivoco, inconstitucional
Si el gobierno fuera realmente revolucionario, debería haber empezado por mejorar la legislación...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, el Honorable colega ? Ha terminado el tiempo del Comité de Su Señoría.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/600854
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/600854/seccion/akn600854-ds67-po1-ds79