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El señor HURTADO (don Patricio).-
Señor Presidente, en realidad, lamento que el Honorable señor Rodríguez, no obstante ser abogado, colega nuestro...
Un DIPUTADO.- ¡Muy buen abogado!
El señor HURTADO (don Patricio).-
...y buen abogado, haya confundido lo que significa la esencia del proyecto.
Si las cosas fueran como mi Honorable colega las plantea, querría decir que todo lo que dice el proyecto estaría de más. La verdad es que su objeto es cambiar fundamentalmente la función del contrato de trabajo, a fin de que no rija más la autonomía de la voluntad del patrón para ponerle término. De acuerdo con la actual legislación, al patrón le basta con aplicar los términos del desahucio, los que, como lo saben los Honorables colegas, están establecidos en el artículo 10 del Código del Trabajo.
El señor ISLA (Vicepresidente).-
¿Me permite Honorable Diputado? Para la debida inteligencia del procedimiento del debate, la Mesa quiere advertir que las interrupciones que soliciten los señores Diputados se imputarán al tiempo de sus respectivos Comités. En ese sentido se tomó el acuerdo al conceder veinte minutos por Comité, pues se dejó en claro que se adoptaba esta resolución sin perjuicio de las demás modalidades acordadas en la reunión de Comités para tratar otros asuntos, como, por ejemplo, la modificación de la ley sobre abusos de publicidad.
El señor HURTADO (don Patricio).-
No tengo ningún inconveniente en que se impute mi intervención al tiempo de nuestro Comité.
La verdad de las cosas es que estas expresiones nuestras tienen por objeto aclarar conceptos para cuando se trate de buscar la interpretación de la ley, porque algún valor tendrán las palabras que el parlamentario haya dicho en la discusión. Por eso no quisiera que respecto de esta materia tan importante, quedara flotando en el ambiente o en el texto de la versión de la Cámara lo dicho por e! Honorable señor Juan Rodríguez, en el sentido de que esta iniciativa no significa un avance notable en el derecho positivo social chileno. No creo, con honestidad, que sea la última palabra. En mi Memoria de Prueba, para recibirme de abogado que hice sobre esta materia, consigné un proyecto de ley, que, creo, es más avanzado que el que estamos discutiendo; pero una institución como ésta, que incide fundamentalmente en la economía del país, necesita un proceso de maduración y de prueba. Por eso, el paso que ha dado el Gobierno es positivo, porque termina con la naturaleza del contrato de trabajo y con el desahucio.
El artículo 10 del Código del Trabajo establece un desahucio de 30 días para el obrero, 15 días para la empleada doméstica y 6 días para el trabajador agrícola, de manera que es absurdo pensar en la forma que lo ha hecho mi Honorable colega, porque también las leyes tienen su filosofía. Algo quiere decir el hecho de que en el artículo que estamos analizando, se establezca que se incorpora al patrimonio del trabajador la propiedad de su empleo, y que para que el natrón pueda quitársela al trabajador, deberá invocar ante el Tribunal del Trabajo competente alguna de las causales que taxativamente se señalan en el artículo 2º.
De tal manera que no es así como así lo que decía el Honorable señor Juan Rodríguez, de que el empleador puede suprimir el derecho de esta propiedad.
Ahora que está tan de moda la discusión sobre el derecho de propiedad, traigo también a colación que deseamos incorporar al patrimonio del trabajador un bien que la ley no le reconocía: la propiedad de su trabajo, la propiedad de su empleo; que deseamos integrar al trabajador a la industria, a la empresa, ya que el surgimiento de éstas se debe, en gran parte, al aporte físico y espiritual de los que han colaborado en ellas por espacio de 30 ó 40 años.
De acuerdo con la actual legislación, cuando el trabajador es despedido, la empresa no le devuelve nada; se queda con todo lo que él ha aportado. En cambio, la iniciativa en estudio, obliga a justificar la causa del despido y establece que un tribunal competente calificará si tal causa es o no justificada. Al mismo tiempo, se otorga derecho al trabajador a percibir la indemnización correspondiente.
Por lo tanto, estimo que honestamente, mi Honorable colega debe coincidir conmigo en que, desde el punto de vista del avance social, éste es un paso positivo dado por el Gobierno.
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