-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601262/seccion/akn601262-ds2-ds21
- bcnres:numero = "19.-"^^xsd:string
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Oficio
- rdf:type = bcnses:SeccionDocumentoCuenta
- dc:title = "OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA."^^xsd:string
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- rdfs:label = http://datos.bcn.cl/recurso/nulo
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601262/seccion/akn601262-ds2
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/601262
- rdf:value = " 19.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA.
"Nº 800. Santiago, 22 de abril de 1966.
Ampliando el oficio Nº 1433, de 28 de julio de 1965, con que este Ministerio tuvo a bien dar respuesta al oficio Nº 490, de 6 de julio último de esa Honorable CAMARA, que dice relación con las observaciones que formulara el Honorable Diputado, don Héctor Téllez Schwerter en el sentido de obtener la creación de una Oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación en la localidad de Carelmapu, departamento de Maullín, cúmpleme expresar a V. E. que informando sobre el particular el Servicio de Registro Civil e Identificación ha comunicado a esta Secretaría de Estado lo siguiente:
"Obra en poder de esta Dirección General el oficio Nº 1312 del 26 del mes ppdo. por el cual la Dirección de Estadística y Censos en su carácter de Organismo Técnico, emite un informe relacionado con la creación de la Oficina de Carelmapu y que para su mejor conocimiento, a continuación se transcribe la parte pertinente.
"Dada la proximidad de Carelmapu con Maullín, esta última sede de la Oficina del Registro Civil de igual nombre y la moderada población existente, esta Dirección no considera atendible la petición en el sentido de crear una Oficina del Registro Civil en Carelmapu, sin embargo estimamos que en Carelmapu podría crearse una Sub
Oficina del Registro Civil, la que quedaría integrada con el territorio jurisdiccional del distrito 8º Carelmapu. En consecuencia, esta Dirección es de parecer, salvo mejor resolución del señor Director, que en Carelmapu debe crearse una SubOficina con el territorio ya indicado".
"En consecuencia, y en atención a lo expresado por el Servicio de Estadística y Censos y considerando por otra parte la escasez de personal de que este Servicio dispone en la actualidad, el suscrito manifiesta a US. que no será posible acceder a la creación de la suboficina en la localidad antes citada, mientras no se solucione el problema representado".
Dios guarde a V. E., (Fdo. ): Pedro J. Rodríguez González".
"