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- rdf:value = " El señor ZEPEDA COLL.-
Señor Presidente, nuestro Honorable colega se ha referido, primeramente, y los ha repetido en forma reiterada, después, a los datos que dio a conocer ante la Honorable Cámara, tanto el señor Ministro de Agricultura como el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda, relativos a los porcentajes de dueños de predios agrícolas, relacionándolos con el área de tierras cultivadas.
Nuestro Honorable colega ha sido más explícito que las personas mencionadas y ha aludido a las áreas regadas.
Por mi parte, quisiera que el Honorable señor Garcés nos precisara, en primer
lugar, qué entiende por "grandes propietarios", porque el Honorable señor Maira, cuando empleó este término, señaló en forma clara y terminante que se estaba refiriendo a quienes poseían más de dos mil hectáreas de terrenos.
Por eso, desearía que se nos indicara en forma más precisa qué debe comprenderse por "grandes propietarios".
En seguida dio lectura a determinados acápites de la Encíclica "Quadragesimo Anno", del Papa Pío XI. Pero cabe recordar que ella versa también sobre otros aspectos. Voy a citar algunos párrafos de la referida Encíclica: "Y, sin embargo, queda en la filosofía social, fijo y permanente, aquel principio fundamental, que ni puede ser suprimido ni alterado: como es ilícito quitar a los particulares lo que con su propia iniciativa y propia industria pueden realizar para encomendarlo a una comunidad, así también es injusto y, al mismo tiempo, de grave perjuicio y perturbación del recto orden social, avocar a una sociedad mayor y más elevada lo que pueden hacer y procurar comunidades menores e inferiores. Todo influjo social debe por su naturaleza prestar auxilio a los miembros del cuerpo social, nunca absorberlos y destrutirlos.
"Por tanto, tengan bien entendido esto los que gobiernan: cuanto más vigorosamente reine el orden jerárquico entre las diversas asociaciones, quedando en pie este principio de la función supletiva del Estado, tanto más firme será la autoridad y el poder social, y tanto más próspera y feliz la condición del Estado".
Señor Presidente, si nosotros hemos objetado en muchas ocasiones las afirmaciones sobre la inspiración cristiana de este proyecto de ley, es porque se puede demostrar, en forma clara y terminante, que esta iniciativa hace posible la colectivización de las granjas, en circunstancias que en el programa del actual Presidente de la República y en concentraciones de campesinos en que han participado personeros del Gobierno, se ha manifestado que se trata de establecer la propiedad individual.
En cuanto al clima de agitación a que Su Señoría se refería...
"
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