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- rdf:value = " 7.-MODIFICACIÓN DEL ARTICULO 86 DEL CODIGO DEL TRABAJO, EN LO RELATIVO AL DESPIDO COLECTIVO DE EMPLEADOS Y OBREROS.- TERCER TRAMITE CONSTITUCIONALEl señor BALLESTEROS (Presidente).-
Corresponde discutir el rechazo del Honorable Senado del proyecto que modifica el artículo 86 del Código del Trabajo, en lo relativo al despido colectivo de empleados y obreros y paralización de faenas.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Señor Presidente, en primer lugar, debo manifestar que ya anteriormente tratamos y nos pronunciamos sobre un asunto referente a esta materia. En consecuencia, lo que ahora se plantea en este proyecto, está ya en cierta importante medida, despachado por esta Honorable Cámara.
Debo agregar, además, que esta iniciativa legal tuvo su origen en un Mensaje del Ejecutivo enviado al Parlamento en 1954, por lo cual, una vez más, advierto que estamos sacando del baúl de los recuerdos una serie de asuntos totalmente ajenos a la realidad que está viviendo el país hoy día.
Han pasado doce años desde que este proyecto fue presentado a la consideración del Congreso Nacional, y, desde entonces, han pasado muchas cosas y se han modificado muchas situaciones sobre las cuales, realmente, no tiene sentido volver.
El señor TEJEDA.-
Por eso el Senado rechazó el proyecto.
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
Han cambiado las circunstancias de hecho porque, vuelvo a repetir, todas las situaciones referentes a esta materia ya están regidas por la ley Nº 16.445, que las establece expresamente entre sus disposiciones.
Por esto, y considerando que no tiene mucho sentido estar despachando proyectos de ley presentados doce años atrás, aprobaremos el criterio del Honorable Senado en el sentido de rechazar esta iniciativa.
El señor ROBLES.-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ROBLES.-
La verdad de las cosas es que en el primer proyecto de la Tabla de los devueltos por el Honorable Senado, que modifica el artículo 86 del Código del Trabajo, ya están consideradas las ideas en favor del fuero parlamentario ...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite, señor Diputado? Su Señoría está refiriéndose a una materia que no está en debate.
El señor ROBLES.-
Rectifico, señor Presidente, son ideas relativas al fuero sindical.
Un señor DIPUTADO.-
Fue un "lapsus".
El señor ROBLES.-
No obstante los hechos señalados por el Honorable señor Valenzuela ...
El señor PHILLIPS.-
¿Cuál de los señores Valenzuela?
El señor ROBLES.-
.. .don Héctor, Presidente de la Comisión de Trabajo y Legislación Social, nosotros queremos manifestar que, aun cuando esta materia ya fue discutida, las modificaciones al artículo 86 del Código del Trabajo nos han merecido una profunda atención, ya que siguen los despidos, incluso de dirigentes sindicales, por parte de las empresas.
A veces, sin haber motivo, los patrones despiden a los dirigentes sindicales y los llevan obligatoriamente a discutir sus derechos en los respectivos Juzgados del Trabajo. Muchas veces el dirigente gana el pleito y con ello su reincorporación al trabajo, pero los patrones no lo aceptan, porque encuentran en él a un representante que defiende los derechos de los trabajadores. Es decir, como ese hombre no está al servicio de las empresas ni de los patrones, éstos no desean tenerlo en sus faenas e imponen finalmente la salida del dirigente mediante un acuerdo de pago de una especie de indemnización por el fuero sindical; o sea, el fuero se transforma, en este caso, en una mercancía, en un negocio. Nosotros estamos en contra de esta situación.
Por este motivo, debemos legislar concretamente, para dar al dirigente el derecho a defenderse.
Actualmente, son muchos los dirigentes sindicales y gremiales que están despedidos. Así, por ejemplo, los dirigentes de los empleados y obreros de la mina Canadian, ubicada en el departamento de Taltal, fueron despedidos. Y al Honorable colega señor Clavel, Diputado de esa zona, le tocó intervenir frente a este problema, porque en realidad, son muchos los despedidos. De todas maneras, concuerdo con lo planteado por el Honorable colega señor Valenzuela Valderrama respecto de que esto ya fue discutido en el primer proyecto sobre modificación del artículo 86 del Código del Trabajo que trató hoy la Honorable Cámara. Nada más, señor Presidente.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Pido la palabra.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor RODRIGUEZ (don Juan).-
Señor Presidente, los Diputados radicales apoyaremos el criterio del Honorable Senado, porque, efectivamente, se ha legislado sobre esta materia. Sin embargo, conviene destacar el apremio que establece el artículo 2º del proyecto de la Honorable
Cámara, al decir: "El patrón, empleador o empresario que no pague oportunamente, y en la proporción debida, los gastos requeridos para el traslado de los trabajadores cesantes y sus familias, incurrirá en las mismas sanciones señaladas en el inciso anterior."
Aquí había obligación que, al parecer, no está establecida en la legislación vigente ni en las disposiciones del proyecto, a medida despachamos. De todas maneras, a medida que se vayan tratando otras reformas al Código del Trabajo iremos puliendo nuestra legislación a fin de incorporar otras ideas. Por ahora, aprobamos el criterio del Honorable Senado, sin perjuicio de que, en su oportunidad, hagamos valer nuestra opinión para aprobar algunas normas más favorables a los trabajadores.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la. Honorable Cámara, se acordará no insistir en el proyecto primitivo.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
"
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