rdf:value = " 12.-OFICIO DEL SEÑOR CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA
"Nº 61250.- Santiago, 17 de agosto de 1966.
La letra B), artículo 1º, inciso 2º de la Ley Nº 14.832, que introdujo diversas mo-
diíícaciones a la Ley de Organización y Atribuciones de la Contrataría General de la República, Nº 10.336, establece que todos los decretos o Resoluciones que eximan del trámite de toma de razón a materias que no se consideran esenciales, se dará cuenta a la Cámara de Diputados para los efectos que dicha disposición señala.
En cumplimiento a lo previsto en el inciso 3º del precepto legal antes indicado, me permito remitir a US. transcripción de las Resoluciones Nºs. 373 y 374 ambas del 9 de agosto del presente año.
Dios guarde a US., (Fdo.): Enrique. Silva Cimma."
"