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"Honorable Cámara:
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar el proyecto, de origen en una moción del señor Cardemil, sobre la materia indicada.
Debido al escaso tiempo que ha tenido la Secretaría de Comisión para redactar este informe sólo se transcribe el proyecto de ley aprobado por la Comisión informante:
Proyecto de ley:
Artículo 1°.- Las cajas de previsión que tengan establecidos regímenes de indemnización por años de servicios, con cuentas unipersonales, podrán conceder giros a sus imponentes con cargo a los mismos, para aplicarlos a convenios con la Corporación de la Vivienda y Corporación de Servicios Habitacionales destinados a la adquisición de terrenos, construcción o al pago del precio de viviendas económicas, por cualquiera de los sistemas reglamentarios establecidos por dichos organismos.
Estos giros se otorgarán por una sola vez y hasta un monto equivalente al 80% de la indemnización que pueda corresponderle al solicitante a la fecha del otorgamiento del beneficio y serán entregados directamente a la Corporación que corresponda, la cual deberá reintegrarlos a la institución previsional respectiva si el imponente se desistiera de la operación.
Artículo 2º.- El Servicio de Seguro Social estará facultado para vender madera a sus imponentes con cargo a los fondos a que se refiere esta ley.
Artículo 3º.- Los Consejos de las instituciones de previsión determinarán en sus presupuestos anuales, las sumas que puedan otorgarse para estos giros, sin que afecte a los beneficios y pagos normales que deben otorgarse o efectuarse con cargo a estos fondos.
En caso de jubilación o fallecimiento del imponente, el monto del giro será descontado por la institución respectiva, del monto correspondiente a percibir por concepto de indemnización por años de servicios al imponente o beneficiario.
Sala de la Comisión, a 16 de septiembre de 1969.
Acordado en sesión de igual fecha, con asistencia de los señores Olivares (Presidente), Ureta, Arnello, Cardemil, Leighton, Mosquera, Hurtado, Salvo, Insunza, Figueroa y señora Lazo, doña Carmen.
Se designó Diputado informante al señor Cardemil.
(Fdo.): Fernando Errázuriz Guzmán, Secretario de Comisiones. "
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