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"Nº 1878.- Santiago, 10 de septiembre de 1969.
En relación con su oficio Nº 17. 424 que se refiere a observaciones formuladas por el Honorable Diputado señor Fuentealba Caamaño, insertas en la versión oficial de la sesión 33ª de la Cámara de Diputados, del 29 de abril de 1969, me es grato informar a U S. lo siguiente:
1º.- La ejecución de las obras de alcantarillado de la Avda. Francisco de Aguirre, de La Serena, según el proyecto 6. 450, fue contratada con el señor Viviano Durán Asencio por Resolución DSS. Nº 6, del 7 de agosto de 1967;
2°.- Por Resolución DSS. Nº 154, del 26 de julio de 1968 y totalmente tramitada el 6 de agosto, se autorizó la liquidación anticipada del contrato con el señor Durán sin cargos para las partes. Esta liquidación fue solicitada por el Contratista en atención a la excesiva demora en estudiar una modificación del proyecto 6. 450, modificación que fue pedida por las autoridades de La Serena; por demora de los FF. CC. en la autorización y refuerzo de la línea férrea, y por desfinanciamiento que se le produjo al señor Durán;
3º.- El 3 de septiembre de 1968 la División de Servicios Sanitarios y el Contratista Ingeniero señor William Abusleme Manzur, firmaron el Convenio adreferendum para ejecutar el resto de las obras del proyecto 6. 450 y su modificatorio DSS. 532. Dos Resoluciones que se relacionaron con el citado Convenio debieron anularse por motivos de imputación de fondos: la C. O. U. Nº 308, del 19 de noviembre de 1968, y la C. O. U. Nº 16, del 17 de enero de 1969. Ante estas inesperada demora, y pocos días antes de que llegara totalmente tramitada la resolución C. O. U. Nº 131, del 28 de febrero de 1969, el señor Abusleme se desistió del Convenio para la ejecución de las obras de alcantarillado de la Avda. Francisco de Aguirre, acogiéndose al artículo 31 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas. Mediante la Resolución C. O. U. Nº 490, del 30 de abril de 1969, se ordenó anular la Resolución C. O. U. Nº 131 y proceder nuevamente a la recontratación de la costrucción de las citadas obras, y
4º.- Por Resolución C. O. U. Nº 697, del 20 de junio de 1969, se aprobó el Convenio adreferendum entre la División de Servicios Sanitarios y el Contratista Ingeniero señor José Barias Vásquez, Convenio que fue firmado el 20 de mayo del presente año. Bajo la responsabilidad del señor José Barias Vásquez las obras se encuentran actualmente en normal desarrollo. Las inspecciona el Constructor Civil señor Mario Vanni, con residencia en La Serena.
Del encadenamiento cronológico de las Resoluciones y Convenios se deduce que la División de Servicios Sanitarios de esta Corporación mantuvo permanente preocupación sobre el problema, y que actuó oportunamente en la parte de las tramitaciones que le correspondía. Factores adversos e imponderables hicieron gran parte de este prolongado proceso. Podría resumirse como mala suerte.
Respecto a la información del señor Fuentealba, contenida en el texto de la sesión 33ª, de que el señor Gerente de Servicios Sanitarios señor Mario Riquelme Godoy "ni siquiera se había dignado contestarle", es suficiente citar el oficio DSS. Nº 2. 158, del 13 de agosto de 1968, dirigido al Diputado señor Clemente Fuentealba. Del señor Pontigo, hasta el 13 de mayo del presente año, no se había recibido comunicación alguna sobre el particular.
Hubo, además, otras comunicaciones sobre esta materia:
a) Oficio DSS. Nº 1. 859, del 26 de julio de 1968, dirigido al señor Intendente de Coquimbo;
b) Oficio DSS. Nº 2. 183, del 19 de agosto de 1968, dirigido al Diputado señor Arturo Valdés Phillips;
c) Oficio C. O. U. Nº 3. 235, del 6 de noviembre de 1968, dirigido al señor Intendente de Coquimbo;
d) Oficio C. O. U. Nº 3. 497, del 8 de noviembre de 1968, también dirigido al señor Intendente;
e) Oficio C. O. U. Nº 6. 560, del 23 de abril de 1969, dirigido al señor Presidente de la Junta de Vecinos de Avda. Francisco de Aguirre, y
f) Oficio DSS. Nº 1. 036, del 6 de mayo de 1969, dirigido al señor Intendente de Coquimbo.
Además, el Constructor Civil señor Mario Vanni Sandoval, funcionario del Departamento de Construcción de la División de Servicios Sanitarios con residencia en La Serena, ha mantenido permanentemente informadas a las autoridades y vecinas del sector que se beneficiará con estas obras.
Finalmente, deseo informar a U. S. que el caso del proyecto 6. 450 y su modificatorio DSS532 (Alcantarillado en Av. Francisco de Aguirre) ha sido único entre todas las obras contratadas por la División de Servicios Sanitarios de esta Corporación. Es interesante hacer notar que para la provincia de Coquimbo, en lo corrido del presente año, se han llamado a propuestas y contratado cinco proyectos de alcantarillado (DSS1. 047, DSS790 y DSS316 de La Serena; DSS849, de Coquimbo y DSS1. 015 de Ovalle) y dos proyectos de agua potable (DSS544, de La Serena y DSS1. 242, de Vicuña). Lo anterior confirma la preocupación de esta Corporación por dar cumplimiento a los programas de ejecución de obras de agua potable y alcantarillado a lo largo del país.
Dios guarde a U. S. (Fdo. ): Andrés Donoso Larraín. "
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