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- rdf:value = " 3.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
"Nº 368.Santiago, 14 de abril de 1966.
Por oficio de Hacienda Nº 362 de 13 de abril de 1966, se observaron diversos artículos del proyecto que reajusta las remuneraciones de los sectores públicos y privado para el año en curso.
En conformidad a las atribuciones que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en modificar el oficio citado en los siguientes términos :
Reemplazar la observación al artículo 131, que consiste en suprimirlo, por la siguiente: eliminar en el inciso final del artículo 131 las palabras "las pensiones y".
Reemplazar la observación al artículo 250, que consiste en suprimirlo, por "Sustituir este artículo por el siguiente: Grávase, a beneficio del Servicio de Seguro Social, con un 2% los premios mayores de la Lotería de Concepción y de la Polla Chilena de Beneficencia. Con estos recursos el Servicio de Seguro Social creará un fondo de asistencia con el objeto de otorgar pensiones de vejez a aquellas personas mayores de 65 años no afectas a ninguna previsión y carentes de recursos. La forma y modalidades, en que se otorgará este beneficio, se determinarán en un Reglamento que para este efecto dictará el Presidente de la República."
Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Eduardo Frei Montalva. Sergio Molina Sil
"
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