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"Honorable Cámara:
La práctica ha demostrado que las Empresas Autónomas del Estado, no obstante su carácter de tales, tienen dificultades para cumplir con sus objetivos y contribuir con ello al progreso del país.
Por estas razones se hace necesario que se dicten algunas disposiciones legales de carácter general y permanentes que les permitan cumplir en forma adecuada y útil las funciones que les corresponden como parte integrante del Estado.
Por lo anteriormente expuesto es que vengo en someter a la consideración de la Honorable Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo primero.- Autorízase a las Empresas Autónomas del Estado para vender, transferir o donar los terrenos o inmuebles que no estén destinados al uso de los servicios que prestan para el solo objeto de construir o reacondicionar establecimientos educacionales, instalación de parques infantiles y deportivos, postas de auxilios y sedes sociales de las organizaciones de su personal.
Asimismo, quedarán autorizadas para vender, transferir o donar a las municipalidades respectivas los terrenos que sean necesarios para destinarlos, solamente, a la prolongación de calles, ampliación de veredas y plazas.
Artículo segundo.- Las Empresas Autónomas del Estado deberán vender los terrenos o inmuebles que no usen a sus servidores activos o pasivos, actuales ocupantes y personas de escasos recursos a un precio no inferior al avalúo fiscal. Del mismo modo quedarán autorizadas para proceder a la venta de los materiales de construcción en desuso, la que podrá hacerse en cuotas y descontada mensualmente por planilla.
Artículo tercero.- Autorízase a las municipalidades y al Servicio Nacional de Salud para vender o ceder a sus actuales ocupantes o a su personal activo o pasivo los terrenos que no usen en el desempeño de sus funciones.
Artículos transitorios.
Artículo primero.- Autorízase a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para ceder a la Municipalidad de Coquimbo, dos puentes en desuso, con el objeto de que sirvan para unir la Población San Juan con la Población Porvenir en la comuna de Coquimbo. Dichos puentes serán instalados como paso a nivel sobre la línea férrea misma.
Artículo segundo.-La Empresa de los Ferrocarriles del Estado cederá a la Municipalidad de Coquimbo la faja de terreno, que actualmente no usa, con el objeto de prolongar la calle Aldunate de la comuna de Coquimbo ubicada entre las calles Vicuña y Regimiento Coquimbo'.
(Fdo.): Luis Aguilera Báez.- Laura Allende Gossens."
"