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"Nº 1362.- Santiago, 20 de septiembre de 1966.
Sé recibió el oficio Nº 6960 del 20 de: agosto pasado, en el que 'a solicitud de los Honorables Diputados señores Galvarino Melo y Mariano Ruiz-Esquide, se pide la-fijación de precios para artículos de primera necesidad que se expenden en la zona del carbón.
Al respecto cúmpleme expresar que dichos artículos están en el régimen de control de precios, mediante la fijación directa o a través del sistema de fijación de: márgenes de comercialización.
La leche, pan, té, café, azúcar, carne, etc., tienen un precio oficialmente establecido, y otros productos están sujetos a un margen preciso de comercialización, que se determina tomándose como base el costo o precio mayorista.
DIRINCO ha dado especial importancia al abastecimiento y control de precios en la zona industrial-minera. Una comisión especial del Servicio estuvo trabajando en dicha zona y posteriormente lo hizo el propio Director en la Compañía de funcionarios técnicos en las materias ya mencionadas.
En la actualidad DIRINCO se mantiene en contacto con la Oficina Provincial de Concepción, con el fin de resolver en forma inmediata los problemas que puedan presentarse en relación con abastecimiento o precios.
Dios guarde a V. E.- (Fdo. ): Domingo Santa María Santa Cruz. "
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