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- rdf:value = " 9.-OFICIO DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
"Nº 2863.- Santiago, 16 de septiembre de 1966.
Por oficio Nº 899, de 8 de septiembre del año en curso, V. E. se sirve poner en conocimiento del Gobierno que el Honorable Congreso Nacional ha tenido a bien dar su aprobación al proyecto de ley por el cual se autoriza la erección, en la ciudad de Santiago, de un monumento a la memoria del Teniente de Carabineros don Hernán Merino Correa, por suscripción popular.
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a V. S. que el Ejecutivo ha estimado necesario representar a esa Honorable Cámara de Diputados, la observación que le merece el artículo 2º del referido proyecto de ley.
En efecto, la Comisión integrada por los representantes del Ministerio de Educación Pública y de la Comisión de Monumentos Nacionales, que deberá determinar la ubicación y características del monumento mencionado, contará con la colaboración ad-honorem del. Comité Patria y Pueblo, organismo que no posee representación legal o personalidad jurídica.
Por la consideración expuesta y de acuerdo con lo prescrito en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado, desapruebo el proyecto adjunto y lo devuelvo a esa Honorable Cámara de Diputados, a fin de que se le introduzca la siguiente modificación:
Reemplazar el artículo 2º por el siguiente:
"Artículo 2º.- Una Comisión formada por un representante del Ministerio de Educación Pública, un representante de la Comisión de Monumentos Nacionales y un representante del Ministerio del Interior, designados por el Presidente de la República, deberá determinar la ubicación y características del monumento y su recepción definitiva. "
Dios guarde a V. E.-
(Fdo. ): Eduardo Frei Montalva.- Bernardo Leighton Guzmán. "
"
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