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- rdf:value = " 214.-OFICIO DEL SEÑOR MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL.
"Nº 1. 104.- Santiago, 23 de septiembre de 1966.
Por oficio Nº 6. 569 de 1º de agosto último, V. E., solicita a petición de los Honorables señores Diputados que en él se mencionan se adopten las medidas necesarias tendientes a obtener que la Superintendencia de Seguridad Social investigue la adquisición del inmueble ubicado en la esquina de las calles Huérfanos y Teatinos, de Santiago, proyectada por la Caja de Previsión de Empleados Particulares, monto de la tasación realizada por el Departamento Técnico de dicha Caja, avalúo fiscal de la propiedad, precio total del inmueble y asistencia del Delegado de la Superintendencia a la sesión del Consejo en la que se aprobó la compraventa
indicada, con mención expresa de la forma en que el referido personero concurrió a la votación respectiva.
En respuesta, me permito transcribirle, lo informado a esta Secretaría de Estado por la Superintendencia de Seguridad Social en oficio Nº 1. 759 de 30 de agosto del presente año:
"I.- El Consejo Directivo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares, en sesión de 17 de enero de 1966, adoptó bajo el número 244-2-66, el siguiente acuerdo:
"Facultar al Vicepresidente Ejecutivo para adquirir, la propiedad ubicada en calle Teatinos Nº 307, de esta ciudad, la que es ofrecida en venta por la Oficina de Propiedades "J. Cabrera y R. Herrera", con una superficie útil de 957, 90 m2. y en el precio de tasación fijado por el Arquitecto Jefe de Asesoría Técnica Caja Empart de la Corporación de la Vivienda.
"El Vicepresidente deberá dar cuenta al Consejo de las resoluciones que adopte en uso de estas facultades.
"Se deja constancia que el presente acuerdo se adopta con el quórum de los ' dos tercios de los miembros del Consejo de conformidad con lo establecido por la letra n) del artículo 2º del D. F. L. Nº 278, de 1960".
"II.- A la sesión del Consejo Directivo del día 17 de enero de 1966, en que se adoptó el acuerdo precedentemente transcrito, no asistió el Superintendente de Seguridad Social.
"III.- Para adoptar el indicado acuerdo, el Consejo Directivo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares se basó en la tasación del inmueble de calle Teatinos Nº 307 practicada por la Corporación de la Vivienda en Oficio Nº 426, de Asesoría Técnica Caja Empart, de fecha 21 de diciembre de 1965, en el que se expresa, en síntesis:
"I.- La Oficina de propiedades "J. Cabrera y R. Herrera", ofrecieron dicho inmueble a la Caja en el precio de Eº 620. 000.- al contado;
"2.- El terreno es de forma rectangular; la superficie ofrecida es de 1. 195, 50 Mts. 2.;
"3.- Según el Plano Regulador y previa consulta extraoficial formulada a la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Santiago, de la superficie indicada estaría afecta a expropiación un paño de 237, 70 Mts. 2;
"4.- La urbanización es completa: agua, luz, gas y pavimentación definitiva;
"5.- El edificio es muy antiguo y en pésimo estado de conservación y solidez; ante tal emergencia, se tasa el terreno en un valor máximo de mercado y el edificio corrió valor de demolición;
"6.- La superficie útil del terreno, deduciendo la franja afecta a expropiación, sería de 957, 90 Mts. 2;
"7.- La tasación valorizada del predio, a base de 957, 90 Mts. 2, y a un valor de Eº 520.- el Mt. 2, ascendió a Eº 498. 108,
"8.- El valor comercial fue estimado en la suma de Eº 500. 000.- "IV.- En el informe-tasación resumido en el párrafo anterior no se expresa el avalúo fiscal de la propiedad; materia sobre la cual esta Superintendencia no tiene antecedentes.
"V.- Por Providencia Nº 601, de 1º de abril del año en curso, ese Ministerio solicitó informe a la Superintendencia acerca de la petición que la. Caja de Previsión de Empleados Particulares le había hecho para que se dictara un decreto autorizando la compra de la propiedad ya señalada.
"La Superintendencia de Seguridad Social, en Oficio Nº 811, de 6 de abril, expresó:
""1º-Que, atendido que el inmueble será destinado a la construcción de oficinas para la institución;
""2-Que la compraventa se efectuará en la suma de Eº 498, 108.- , que corresponde a la tasación valorizada practicada por la Corporación, de la Vivienda, la que, en su mismo informe señala que
el valor comercial del inmueble es de Eº 500. 000.- ;
""3º-Que las especificaciones técnicas contenidas en el oficio Nº 426, de 21 de diciembre de 1965, de la Corporación de la Vivienda, agregado por esta Superintendencia a los antecedentes, se adecúan al propósito perseguido; y,
""4º-Que procedería, en conformidad al artículo 80 del D. F. L. Nº 2, la dicta-ción del decreto que se solicita, salvo la superior consideración del señor Ministro".
"VI.- En sesión del Consejo Directivo de la Caja, de 25 de abril de 1966, se adoptó el siguiente acuerdo:
""1482-5-66. Modificar el acuerdo 244-2-66, por el cual se facultó al Vicepresidente Ejecutivo para adquirir la propiedad ubicada en la calle Teatinos Nº 307, de esta ciudad, con el objeto de dejar establecido que el precio de compra será la suma de Eº 500. 000.- , que corresponde al valor comercial fijado al inmueble por el arquitecto jefe de la Asesoría Técnica Caja Empart de la Corporación de la Vivienda y no el del valor de tasación fijado por el mismo funcionario, como equivocadamente se dijo en el acuerdo que se rectifica.
""Se hace constar que el presente acuerdo se adopta con el quórum de los dos tercios de los miembros del Consejo.
""Se faculta al Secretario para tramitar el presente acuerdo sin esperar la aprobación del acta".
"A esta Sesión de Consejo asistió el' Superintendente de Seguridad; y, si bien no votó por carecer de este derecho con arreglo a lo establecido en el artículo 36 de la Ley Nº 16. 395, intervino en los siguientes términos.
""Señor Briones.- Señor Vicepresidente, yo le pedí que agregara este punto a la tabla, porque he hecho reparos a la negociación que derivan del siguiente hecho; es un asunto muy sencillo.
""En sesión de 17 de enero, el Consejo
acordó facultar al señor Vicepresidente para adquirir la propiedad ubicada en calle Teatinos 307 de esta ciudad; la que es ofrecida; en venta por la Oficina de Propiedades "J. Cabrera y R. Herrera", con una superficie útil de 957, 90 Mts. 2; y en el precio de tasación fijado por el Arquitecto Jefe de Asesoría Técnica Caja Empart de la Corporación de la Vivienda.
""La tasación de la Corvi es de Eº 498. 108.- Yo informé en este sentido el decreto para proceder a autorizar la compra; pero el señor Subsecretario del Ministerio me informó que el interesado no vende sino en 500 mil escudos.
""Como el acuerdo del Consejo está tomado por 498 mil, que es el valor de tasación, habría que resolver el problema en este Consejo y rectificar el acuerdo".
"VII.- Adoptado el acuerdo indicado en el párrafo anterior, el Ejecutivo preparó con fecha 6 de mayo el Decreto Nº 111, por el que se aprobaba la adquisición, por la Caja de Previsión, de Empleados Particulares, del inmueble de calle Teatinos Nº 307 en la suma de Eº 500. 000. En él se expresaba, además, que "el inmueble en referencia se destinará a la construcción de un edificio para ampliar las Oficinas de la Caja de Previsión de Empleados Particulares en la ciudad de Santiago".
"VIII.- La Superintendencia, a su vez, ofició con fecha 11 de mayo al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social, para darle cuenta de los términos del nuevo acuerdo adoptado bajo el Nº 1482-5-66, por el Consejo Directivo de la Caja de Previsión de Empleados Particulares.
"El indicado oficio, que lleva el Número 1. 030, es del siguiente tenor:
""En relación con el oficio Nº 811, de esta Superintendencia, de fecha 6 de abril de 1966, referente a compra por la Caja de Empleados Particulares del inmueble ubicado en calle Teatinos Nº 307, de esta ciudad, cumplo con expresar a US.:
""a) Que con fecha 25 de abril de 1966
el Consejo de la Caja de Empleados Particulares adoptó el acuerdo Nº 1482-5-66, por el que se modificó el acuerdo 244-2-66, en el cual se facultó al Vicepresidente Ejecutivo para adquirir la propiedad ubicada en la calle Teatinos Nº 307, de esta ciudad, con el objeto de dejar establecido que el precio de compra será la suma de Eº 500. 000, que corresponde al valor comercial fijado al inmueble por el Arquitecto Jefe de la Asesoría Técnica Empart de la Corporación de la Vivienda, y no el del valor de tasación fijado por el mismo funcionario, como equivocadamente se dijo en el acuerdo que se rectifica;
""b) Que, en consecuencia, y según las razones ya consignadas en el Oficio Nº 811, de 6 de abril de 1966, procedería, en conformidad al artículo 80 del D. F. L. 2, la dictación del Decreto que se solicita, salvo la superior consideración del señor Ministro.
""Acompaño Oficio Nº 811; Oficio Nº 445, de 31 de marzo de 1966, de la Caja de Empleados Particulares y la tasación del inmueble practicada por la Corporación de la Vivienda, por Oficio Nº 426, en el que consta el. valor comercial de Eº 500. 000.- ".
"IX.- El artículo 80 del D. F. L. Nº 2, exige el trámite de propuestas públicas en dos casos: cuando se trata de la adquisición de sitios urbanos que se destinarán a la construcción de edificios para los servicios de la Institución de Previsión, y cuando se trata de la adquisición de inmuebles ya construidos para el mismo fin. En casos calificados el Presidente de la República, por decreto fundado, puede autorizar la compra directa de un inmueble ya construido.
" "En atención al carácter del artículo 80 del D. F. L. Nº 2, y a la circunstancia de que, en la especie, se trataba la adquisición de un inmueble ya construido para ser demolido y edificar en él nuevas ofi-finas para la Caja, la Superintendencia estimó que el Presidente de la República se hallaba legalmente facultado para au-
torizar la compra directa del inmueble de calle Teatinos Nº 307.
"No obstante, este criterio interpretativo no fue compartido por la Contraloría General de la República, la que, al tomar razón del Decreto Nº 111, de 6 de mayo, lo devolvió con 'Oficio Nº 40. 374, de 30 del mismo mes, expresando:
""A juicio de esta Contraloría General la última frase del inciso final del artículo 80 transcrito, debe entenderse en el sentido de que dicho inmueble debe reunir, a la época de su adquisición, las condiciones o requisitos necesarios para ser destinados de inmediato al funcionamiento de los servicios de la Institución respectiva".
"En mérito de lo anterior, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por Oficio Nº 601, de lº de junio, hizo saber a la Caja de Previsión de Empleados Particulares su criterio en orden a que se procediera a la adquisición de un inmueble para el fin ya especificado previo llamado de propuesta pública. Consecuente con ello, el Consejo Directivo de la Caja, en sesión de 20 de junio, acordó solicitar propuestas públicas con tal finalidad.
"X.- En el Diario "El Mercurio" de los días lº, 2, 3, 4 y 5 de julio se publicó el llamado a propuesta pública hecho por la Caja de Previsión de Empleados Particulares, en aviso del siguiente tenor:
"Propuesta Pública para adquisición de Edificios o terreno".
""Se solicitan propuestas públicas para la adquisición de un inmueble o terreno en que pueda construirse un edificio destinado a los Servicios de la Caja; cuya superficie útil no sea inferior a 800 Mts. 2; ni superior a 1. 200 Mts. 2; y cuya ubicación quede comprendida en el perímetro formado por las calles Compañía, Agustinas, Morandé y Teatinos.
""Estas propuestas deberán presentarse en la Sala de la Vicepresidencia de la Caja, Huérfanos Nº 1270, 3er. piso, el día
martes 5 de julio en curso, a las 12M., donde se abrirán en presencia de los proponentes".
"XI.- El 5 de Julio se procedió a la apertura de las propuestas, que en número de 17, se presentaron a la Caja. De ello se levantó un acta, firmada por el Fiscal y el Abogado Jefe de la Sección Bienes Raíces.
"En nota de 25 de julio de 1966 el señor Julio Machicao Fuentes, Arquitecto Jefe de la Sección Técnica de la Caja, informó sobre las propuestas presentadas, señalándolas en orden de importancia y luego de desestimar aquellas que correspondían a propiedades ubicadas fuera del sector solicitado. En primer lugar figuró la del inmueble de calle Huérfanos esquina N. O. con Teatinos, presentada por la firma Montalva Quindos en que dio un valor de más o menos Eº 522.- Eº 500. 000.- por los 957, 90 Mts. 2., lo por metro cuadrado.
"En segundo lugar figuró la presentada por don Ramón Maturana Fairlie, por el inmueble ubicado en calle Huérfanos Nº 1223; con un precio de Eº 1. 500. 000, y de una superficie de 1. 249 m2.; resultando, en ella a Eº 1. 200 el m2. y, en tercer lugar, figuró la formulada por don JavierHurtado Salas, por un terreno ubicado frente a la Caja y al lado Oriente de Los Serenos. El precio de este inmueble fue de Eº 530. 000 por 675 m2.; resultando a Eº 885.- el m2.
"XII.- Con tales antecedentes, el Consejo de la Caja adoptó • el acuerdo Nº 2666-5-66, del siguiente tenor:
""Adquirir la propiedad ubicada en la calle Teatinos Nº 307 esquina Nor-Orien-te con Huérfanos de esta ciudad, que ha sido ofrecida en venta a la Caja, por intermedio de los señores Montalva Quindos, en las propuestas solicitadas por la Institución para adquirir un inmueble destinado a construir un edificio para ampliar sus oficinas.
""La propiedad que se adquiere tiene una superficie útil de 957, 90 Mts. 2., y su
precio de oferta es de Eº 500. 000.- , que corresponde exactamente al valor de tasación que al mismo inmueble le había asignado la Asesoría Técnica Caja Em-part, de la Corporación de la Vivienda.
""Solicitar de S. E. el Presidente de la República por intermedio del señor Ministrodel Trabajo y Previsión Social, que se sirva prestar la aprobación requerida por el artículo 80 del D. F. L. Nº 2 de 1960 a la adquisición a que este acuerdo se refiere.
"Se deja especialmente constancia:
""a) Que la adquisición se acuerda previa petición de propuestas públicas solicitadas al efecto;
""b) que el inmueble que se resuelve adquirir es el más conveniente para la Institución tanto por su precio como por su ubicación cercana a la Oficina Central de la Caja; y,
""c) Que la Caja no paga comisiones por la compra aunque la oferta haya sido hecha a través de una oficina de Corretaje de Propiedades".
"El debate habido con motivo de este acuerdo, adoptado en sesión de 25 de julio de 1966, consta en el Acta respectiva y es del tenor siguiente:
""Señor Vicepresidente.- Corresponde conocer de la resolución de compra de un terreno para lo cual se pidió propuesta pública. Este asunto se pone en tabla a petición del señor Ministro del Trabajo y Previsión Social. El señor Secretario dará lectura al informe que pasó el Departamento de Propiedades.
""Señor Secretario.- Dice el informe:
" (Informe extratado en párrafo XI).
""Señor Briones.- ¿Estos valores de tasación son los de CORVI?
""Señor Fiscal.- De las ofertas.
""Señor Briones.- Coincide con la propiedad de Huérfanos con Teatinos en cuanto a la tasación de CORVI. En seguida, conviene especificar cuál es la fi-nalidad de la oferta: comprar un terreno
para edificar una dependencia de la Caja. ¿Cuánto vale el metro cuadrado?
""Señor Vicepresidente.- Eº 522.- y la otra sale a Eº 855.
"Es de conocimiento del Consejo que nosotros sacamos el acuerdo de compra en forma directa del sitio de la esquina. La Contraloría devolvió el decreto sin tramitar, porque no era legal, razón por la cual se llamó a propuestas públicas con la intención de comprar este sitio. Afortunadamente, el precio es conveniente, ya que otros sitios se ofrecen a un millón doscientos pesos el metro. El de Los Serenos se ofrece en Eº 855.- y el que nosotros queremos en Eº 522.- Este está dentro de la tasación de CORVI, porque el estudio se hizo antes para solicitar la dictación del decreto.
""Señor Briones.- De modo que está dentro de la tasación que hizo CORVI.
'"Señor Vicepresidente.- Exacto.
""Señor Lennon.- Estamos por reiterar nuestro citerio anterior en orden a comprar la esquina de Teatinos con Huérfanos, en la parte nor-oriente, porque es la más conveniente y porque sirve a nuestro objetivo.
""Señor Briones.- Yo quiero que corresponda a los valores de tasación de la CORVI, para no hacer reparos después. ¿Está claro?
""Señor Vicepresidente.- Clarísimo, porque en esas condiciones se había he-cho anteriormente.
"" Señor Fiscal.- Creo que, paralelamente, la Comisión de Plan Habitacional, podría enviar otras proposiciones para otros objetivos, que son los del plan ordinario.
""Señor Vicepresidente.- Habría acuerdo para aprobar el acuerdo sin esperar la aprobación del Acta.
""Aprobado".
"XIII.- El acuerdo 266-5-66, fue transcrito al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social por Oficio Nº 1. 110, de 28 de julio de 1966, de la Caja de Previsión de Empleados Particulares; y en su
virtud el Ejecutivo dictó el Decreto Supremo Nº 174, de 29 de julio, por el que luego de derogarse el Decreto Nº 111, sin tramitar, se aprobó la adquisición por la Caja de Previsión de Empleados Particulares del inmueble ubicado en calle Teati-nos Nº 307 de esta ciudad en la suma de Eº 500. 000.-
"La Contraloría General de la República tomó razón de dicho decreto y lo devolvió, totalmente tramitado con fecha-11 de agosto, al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Dios guarde a V. E.
(Fdo. ): William Thayer Arteaga".
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