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- rdf:value = " 5.-EXENCION DE LOS IMPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 30 DE LA LEY Nº 14.171 A DETERMINADOS ESPECTACULOS PUBLICOS.- MODIFICACIONES DEL SENADOEl señor SIVORI (Vicepresidente).-
En cumplimiento del acuerdo adoptado por la Honorable Cámara, corresponde tratar las modificaciones introducidas por el Honorable Senado al proyecto que exime de los impuestos establecidos en el artículo 30 de la ley Nº 14.171 a determinados espectáculos públicos.
-Las modificaciones del Senado, impresas en el boletín Nº 10.653-S, son las siguientes:
Artículo 1º
Ha sido sustituido por el siguiente: Artículo 1°- Los billetes o entradas a representaciones de películas nacionales, a circos, a espectáculos deportivos de aficionados y a obras teatrales, entendiéndose por éstas únicamente aquellas creaciones artísticas habladas, musicadas, cantadas, mimadas o danzadas, estarán exentos del impuesto establecido por el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 14.171, de 1960."
Artículo 2º
Ha sido reemplazado por el siguiente:
"Artículo 2°.- Las entradas o billetes referidos en el artículo anterior a espectáculos extranjeros, podrán ser declarados exentos de los tributos que les afectan por el Servicio de Impuestos Internos, siempre que correspondan a un propósito artístico o cultural, previo informe favorable del Instituto del Teatro de la Universidad de Chile, pero deberán pagar el gravamen establecido por el inciso segundo del artículo 30 de la ley Nº 14.171. En este caso, no regirán las exigencias establecidas por las leyes Nºs 5.1172 y 5.563, de 2 de junio de 1933 y 11 de enero de 1935, respectivamente."
Como artículo 3º, ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 3°.- La calificación de "chileno o nacional", que se otorga en virtud de lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº 5.563, de 11 de enero de 1935, tendrá para las compañías permanentes un plazo de validez de un año, el que se contará desde la calificación."
Artículo 3º Ha pasado a ser 4º, sin enmiendas.
Por último, como artículo 5º, ha aprobado el siguiente, nuevo:
"Artículo 5°.- Los cinematógrafos ubicados en el Primer Distrito de Santiago y en las capitales de provincia deberán destinar los veinte minutos iniciales, a lo menos, de cada una de sus funciones a la presentación de números vivos.
Dentro del plazo de noventa días el Ministerio de Educación Pública dictará un reglamento que establezca las modalidades a que se sujetará la presentación de los espectáculos a que se refiere el inciso primero."
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
En discusión la primera enmienda, que consiste en substituir el artículo 1º por el que figura en el boletín comparado.
La señora MALUENDA.-
Pido la palabra, señor Presidente.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora MALUENDA.-
Señor Presidente, este proyecto viene a llenar un vacío que tenía preocupados a todos los artistas nacionales, quienes habían creído cumplidas sus aspiraciones con la aprobación anterior de uno que se refería a esta misma materia. Desgraciadamente, aquella iniciativa no pudo satisfacer en su integridad sus aspiraciones, porque fue vetado, ya que su redacción no contemplaba en forma fiel el espíritu que tuvieron en vista los Diputados que la firmaron.
Tenemos ante nosotros el nuevo proyecto, con las modificaciones que le introdujo el Honorable Senado. Como esta iniciativa fue aprobada sin debate en la Honorable Cámara, en el primer trámite constitucional, los Diputados comunistas queremos expresar, en primer término, que votaremos en favor del criterio del Senado, pero haciendo la salvedad de que en el artículo 1º se ha producido un aparente vacío, que podría subsanarse dejando constancia, para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, de que el espíritu de la Honorable Corporación al aprobar este artículo, aunque no está dicho en forma expresa, taxativa, es el de que los espectáculos folklóricos se considerarán incluidos en la exención tributaria que señala este precepto. Tenemos la seguridad de que este propósito que no está en la letra del artículo, sí estuvo en el ánimo de los legisladores. De modo que queremos aclarar, para la debida interpretación de este artículo 1º, que le damos nuestra aprobación en el entendido de que los espectáculos folklóricos quedan comprendidos en lo que en su texto se mencionan como creaciones artísticas habladas, musicadas, cantadas, mimamas o danzadas.
Los representantes gremiales de los artistas folklóricos se han acercado a conversar con los representantes de los diversos Comités, y me parece que han encontrado muy buena disposición para su petición, en el sentido de dejar constancia de que la Corporación entiende que en este artículo están incluidos los espectáculos folklóricos.
Eso es todo, señor Presidente.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación del Senado.
Aprobada.
En discusión la modificación del Senado, que consiste en sustituir el artículo 2º.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación del Senado.
Aprobada.
En discusión la modificación que consiste en agregar un artículo 3º, nuevo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo 3º, nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
Aprobado.
En discusión el artículo 5º, nuevo, propuesto por el Honorable Senado.
La señora MALUENDA.-
Pido la palabra.
El señor SAHUENZA.-
Pido la palabra.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Maluenda; a continuación, el Honorable señor Sanhueza.
La señora MALUENDA.-
Señor Presidente, respecto del artículo 5º, nuevo, agregado por el Senado, deseamos hacer hincapié en que él tiene una extraordinaria importancia, por cuanto su aplicación significará promover las actividades artísticas en nuestro país y estimular a quienes se dedican a estas tareas. En efecto, la presentación de números vivos en los cinematógrafos les • dará la oportunidad de presentarse ante el público. Se abrirá así un amplio campo para los intérpretes, tanto en el terreno musical, folklórico, como en el aspecto teatral, ya que en el tiempo de 20 minutos establecido en el artículo, incluso podría representarse una obra teatral. De modo que nos congratulamos de esta iniciativa del Honorable Senado y le prestaremos nuestra aprobación.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sanhueza.
El señor SANHUEZA.-
Señor Presidente, nosotros compartimos la idea de la Honorable colega señora Maluenda de buscar la forma de fomentar toda expresión artística, pero pensamos que este artículo nuevo introducido por el Honorable Senado en el proyecto de ley en debate, en realidad, en vez de favorecer este fin, lo perjudica. Ha habido experiencias en ese sentido.
Por ejemplo, en Argentina se estableció durante un tiempo, la obligación de presentar números vivos al iniciarse los programas de cine. Y, ¿qué pasaba? Que, en definitiva, la gente no entraba al cine hasta que no terminaba el espectáculo artístico.
El señor GODOY URRUTIA.-
Serían muy malos.
El señor SANHUEZA.-
Y esto es muy lógico, porque la verdad es que uno elige el espectáculo y busca los artistas que le interesa ver y actuar, y paga para eso.
Además, se producirá otro problema. Por el hecho de tener que presentarse un espectáculo vivo, habrá que acondicionar las salas de cine para efectuarlo.
Con este sistema no se fomentará, a nuestro juicio, la actividad artística, que es algo por lo cual debemos luchar, sino que, al introducir números vivos, los espectáculos tendrán un costo mayor, por lo que se alzarán nuevamente las entradas de los cines y, con mucha seguridad, la calidad de los mismos no estará a la altura de lo que uno pagará.
Como digo, evidentemente hay que buscar la manera de fomentar todas las actividades artísticas; pero esto de mezclar el cine con los números vivos, haciendo prácticamente un favor a los artistas al regalarles 20 minutos en cada sala, creo que no operará. No estarán preparadas las salas ni los mismos artistas para ello. Por lo demás, durante un tiempo, en la capital se trató de implantar esta modalidad sin ningún resultado.
Estas razones nos mueven a votar en contra de esta modificación, sin perjuicio de estudiar en el futuro la posibilidad de ayudar a los artistas en este sentido.
Nada más.
El señor CABELLO.-
Pido la palabra.
La señora MALUENDA.-
Pido la palabra.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la Honorable señora Maluenda.
Perdón, la había solicitado antes el Honorable señor Cabello.
El señor CABELLO.-
Con todo gusto, usaré de la palabra a continuación de la Honorable Diputada.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Puede hacer uso de la palabra la Honorable señora Maluenda en el tiempo de su segundo discurso.
La señora MALUENDA.-
Trataré de ser lo más breve posible.
Respecto de las observaciones del Honorable señor Sanhueza, puedo decir, en primer lugar, que esta modalidad ya se puso en práctica en una oportunidad y no con malos sino con muy buenos resultados. Podemos mencionar a figuras muy importantes del ambiente artístico chileno que tuvieron precisamente la oportunidad de ganarse el pan y destacarse en un momento dado gracias a una disposición similar que rigió durante un tiempo. Recuerdo, así al azar, nada menos que a Víctor Tevah y, como él, a muchos otros distinguidos artistas que pudieron iniciarse y trabajar merced a una disposición de este tipo.
Por otra parte, el Honorable señor Sanhueza ha planteado el problema que se crearía en cuanto a los escenarios mismos. Este sí que es un factor de gran importancia para el desarrollo artístico, especialmente teatral, de nuestro país, porque son muy pocas las salas que tienen escenarios y comodidades adecuados para representaciones teatrales. Incluso, hay salas cuyos escenarios han sido destruidos o echados a perder para destinarlos únicamente al cine. Una disposición de esta naturaleza fortalecería, indudablemente, el desarrollo del teatro en el país, ya que se acondicionarían escenarios que han sido restados a este tipo de actividades.
En cuanto a las expresiones del Honorable señor Sanhueza respecto a la calidad de los artistas o a la acogida que tengan de parte del público, creo que la apreciación de éste obligará a los artistas a superarse para constituir una atracción.
Por último, estimo que de ninguna manera esta iniciativa puede considerarse como un favor; es un reconocimiento del derecho de los artistas a tener la oportunidad de presentarse ante el público.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Cabello.
El señor CABELLO.-
Señor Presidente, considero muy plausible la idea de que se presenten números vivos en las funciones cinematográficas como una manera de estimular a los artistas, en general, y especialmente a los nacionales.
No me parece que ésta sea la mejor manera de hacerlo. Creo que se podría destinar un día a 'la semana para estas representaciones, a fin de reglamentarlas o prepararlas en mejor forma.
Es una idea digna de apoyo. Si bien es cierto que el espectáculo no estará preparado para ser atracción durante veinte minutos y la gente puede, incluso, llegar más tarde, no es menos efectivo que en la generalidad de los cinematógrafos del país, las películas son muy malas. Por eso, estimo que los artistas nacionales, con largueza, podrían suplir estas deficiencias.
El monopolio establecido en Chile para exhibir películas nos hace pensar que es una buena idea la de establecer por ley, un estímulo a los artistas teatrales, nacionales o extranjeros.
Votaré favorablemente el artículo que el Senado ha introducido en el proyecto en debate; pero me parece, y quiero dejar constancia de ello, que hay mejores maneras de estimular a nuestros artistas.
Nada más.
El señor CLAVEL.-
Pido la palabra.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor CLAVEL.-
Señor Presidente, sin duda que el artículo 5º, introducido en el proyecto por el Senado, es digno de todo elogio, pero, creo que en la práctica, se prestará para muchos inconvenientes, sobre todo, en provincias. Es posible que en la capital, en Santiago, haya espectáculos para todos los cinematógrafos, pero en las capitales de provincias creo que en más de alguna ocasión los cines no van a contar con estos elementos para cumplir con la obligación que les impondrá esta ley. Me parece que entre los números vivos también se cuentan las orquestas, y bien se sabe que en provincias no existen orquestas profesionales de calidad y las de categoría que hay en algunas provincias, son las que tienen los institutos de educación, que no se van a prestar para actuar en espectáculos que son pagados.
Por eso, estimo que este artículo 5º no debiera hacer obligatoria la presentación de números vivos todos los días que haya espectáculos Cinematográficos, sino que esta obligación debiera circunscribirse a un día a la semana. Sin duda alguna, que esta disposición tiende a favorecer directamente a los artistas y a darles la posibilidad de trabajar. Es, como dije al comienzo, digna de todo elogio; pero, tampoco se debe incurrir en el exceso de obligar a los cines a que todos los días presenten números vivos, porque en provincias, esta medida será difícil de cumplir.
Nada más, señor Presidente,
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sanhueza, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor SANHUEZA.-
Señor Presidente...
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
¿Me permite, Honorable Diputado? Ha llegado el término del Orden del Día.
En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde. . .
Varios señores DIPUTADOS.-
¿Porqué no votamos el artículo, señor Presidente?
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
¿Habría acuerdo para votarlo?
El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).-
No, señor Presidente.
El señor SIVORI (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
"