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Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Trabajo y Previsión Social ha estudiado un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que sustituye el inciso primero del artículo único de la ley Nº 15.299, con el objeto de obtener que las solicitudes de carnet de matrícula de los operarios de panaderías sean presentadas por los sindicatos de obreros panificadores que tengan personalidad jurídica vigente.
A la sesión en que se trató esta materia asistieron el Subsecretario de Previsión Social, don Alvaro Covarrubias, el Superintendente de SeguridadSocial, don Carlos Briones, y el Secretario General de la Federación "de Panificadores de Chile, don Luis Gutiérrez.
Este último expresó que el proyecto satisfacé las aspiraciones del organismo que representa. La idea fundamental del proyecto consiste en que las solicitudes para optar al carnet de matrícula que se requiere para ser operario de panaderías o establecimientos similares, sean presentadas por los Sindicatos» de Obreros Panificadores a la Comisión Especial creada por el artículo único de la ley Nº 15.299.
En la actualidad, la solicitudes deben ser presentadas directamente por los interesados a la Inspección del Trabajo de la localidad cabecera del departamento en que resida el solicitante.
Mediante el nuevo procedimiento que contempla el proyecto en informe se entrega a los propios organismos obreros la calificación de la calidad profesional de los trabajadores que deseen servir en panaderías.
El Honorable Senador señor Ballesteros pidió dejar constancia en el sentido de que los sindicatos de obreros panificadores no podrán negarse, en ningún caso, a presentar las solicitudes para optar al carnet de matrícula a la Comisión Especial y, si se negaren a ello, los particulares tienen el derecho a recurrir en forma directa a la referida Comisión, dentro o fuera del plazo de 30 días que el proyecto contempla.
El Honorable Senador señor García se manifestó en desacuerdo con esta iniciativa legal, ya que estimó altamente inconveniente el sistema consistente en que los obreros, para trabajar, tengan la obligación de someterse a la voluntad de los respectivos sindicatos.
Vuestra Comisión, con los votos de los Honorables Senadores señores Ballesteros, Contreras, Lorca y Sule, y la oposición del Honorable Senador señor García, acordó recomendaros la aprobación de este proyecto en los términos en que viene formulado.
Sala de la Comisión, a 12 de septiembre de 1969.
Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Ballesteros (Presidente), Contreras, García, Lorca y Sule.
(Fdo.) : Andrés Rodríguez Cruchaga, Secretario.
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