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"Honorable Cámara:
Los propietarios de automóviles de alquiler, en la provincia de Magallanes, en virtud a las disposiciones legales vigentes, se ven en la actualidad notoriamente perjudicados en relación con los taxistas de otras zonas del país, pues al ser Magallanes una provincia que goza de franquicias Aduaneras especiales, les es aplicable a ellos el artículo 39 letra d) de la Ordenanza General de Aduanas, que les prohíbe en la práctica renovar su material de trabajo hasta transcurrido quince (15) años de la internación de sus vehículos, en tanto que en las demás provincias los propietarias de automóviles de alquiler pueden sustituir sus vehículos cada cinco (5) años.
Este injustificable contrasentido no tiene ninguna razón de ser, más aún si se considera que por razones climatéricas y por la naturaleza misma de las calles y caminos, (95% de ripio y piedras), toda máquina se deteriora y por ende se desvaloriza con mayor facilidad que en cualquier otra parte del país, en donde las calles son pavimentadas y por consiguiente la depreciación es mucho menor.
Por otra parte, regularizar esta omisión, sólo significa hacer justicia a un numeroso grupo de servidores de la comunidad, ya que con ello no se persigue afán de lucro, sino por el contrario, entregar un mejor y más cómodo servicio al público usuario.
Por las razones anteriormente mencionadas propongo a la Honorable Cámara el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- Modifícase en la forma que se indica el D. F. L. Nº 213 de 1953, cuyo texto definitivo, fue fijado por D. S. Nº 8 por el Ministerio de Hacienda.
Artículo 2º.- En el artículo Nº 39 letra D), inciso primero, sustitúyese el punto aparte por una coma y agrégase las siguientes frases: "En el caso general y de cinco años para los automóviles internados, para el servicio público de alquiler en la provincia de Magallanes, los cuales podrán ser enajenados por sus propietarios pasado este plazo, debiendo permanecer en la provincia hasta una vez cumplida la exigencia para el caso general.
(Fdo): Carlos González Jaksic."
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