-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009/seccion/akn616009-ds23-po1-ds74
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009/seccion/akn616009-ds23-po1-ds74-ds77
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009/seccion/akn616009-ds23-po1-ds74-ds78
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009/seccion/akn616009-ds23-po1-ds74-ds76
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009/seccion/akn616009-ds23-po1-ds74-ds75
- bcnres:tieneTramiteConstitucional = bcnbills:PrimerTramiteConstitucional
- dc:title = "CREACION DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO"^^xsd:string
- rdf:type = bcnses:SeccionProyectoDeLey
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1689
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/934
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/501
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2449
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3219
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3896
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2108
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2584
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2092
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2775
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/184
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1007
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2156
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/635
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/699
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/322
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3281
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2248
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2847
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1944
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2654
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1774
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1119
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1718
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2813
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2683
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/321
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1648
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/413
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2472
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3405
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3567
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3471
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/direccion-general-de-obras-publicas
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/ministerio-de-vivienda-y-urbanismo
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/consejo-nacional-de-la-vivienda
- bcnres:tieneTramiteReglamentario = bcnbills:DiscusionGeneral
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:seApruebaEnGeneralYParticularConModificaciones
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/corporacion-de-la-vivienda
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/corporacion-de-servicios-habitacionales
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/creacion-de-ministerio-de-vivienda-y-urbanismo
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/corporacion-de-mejoramiento-urbano
- rdf:value = " CREACION DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMOEl señor BALLESTEROS (Presidente).-
En seguida, corresponde seguir debatiendo el proyecto que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Está con la palabra el Honorable señor Penna.
A continuación, están inscritos los Honorables señores Millas, Martínez Camps y Turna.
Puede continuar el Honorable señor Penna.
El señor PENNA.-
Señor Presidente, decía, en la sesión de ayer, que el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, cuya creación propone el Gobierno, contiene todos los principios básicos que la Democracia Cristiana ha sostenido sobre esta materia, durante mucho tiempo, y que son los que orientarán la política del plan popular de viviendas.
Es conveniente destacar este hecho, a fin de que en la historia de la ley quede testimonio del espíritu de quienes hemos impulsado este proyecto.
Estos principios básicos son los siguientes:
1°.- La vivienda es un bien de primera necesidad a que tiene derecho toda familia. En consecuencia, la vivienda deberá estar al alcance de todo grupo familiar, cualquiera que sea su nivel socio-económico;
2°.- El Estado atenderá preferentemente a los grupos humanos de escasos recursos en la solución de su problema habitacional;
3°.- La vivienda debe reunir condiciones mínimas aceptables, en cuanto a superficie inicial, calidad y crecimiento futuro, que permitan el desarrollo normal de la familia;
4°.- La vivienda deberá contar con el equipamiento circundante indispensable para completar la vida familiar y promover el desarrollo comunitario;
5°.- La solución del problema habitacional deberá contar con la iniciativa y participación de los sectores afectados. El Estado fomentará esta participación de la comunidad, estimulando y dando cauce a todos los recursos sociales, técnicos y económicos que permitan aprovechar el potencial humano disponible, y
6°-La vivienda deberá ser pagada total o parcialmente por el adquirente en su valor real, según su situación económica, y en ningún caso regalada. El Estado suplirá la falta de capacidad de pago de ciertos sectores, haciéndose cargo de la diferencia.
En aquellos casos de sectores de muy bajos ingresos, el aporte de los interesados podrá ser de mano de obra, organizada y promovida a través de sistemas de autoconstrucción.
Estamos convencidos de que la creación del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo será la herramienta fundamental para conseguir los fines que se propone el Plan Popular de Viviendas. Por eso los Diputados democratacristianos apoyaremos el proyecto.
Señor Presidente, he concedido una interrupción a la Honorable señorita Lacoste.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra la Honorable señorita Lacoste.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CADEMARTORI.-
Sólo han hablado los Diputados de Gobierno.
El señor MILLAS.-
Esto parece un monólogo.
El señor PONTIGO.-
No agregan nada nuevo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señorita Lacoste, ruego a Su Señoría hacer uso de su derecho.
La señorita LACOSTE.-
Señor Presidente, voy a intervenir muy brevemente, porque el Honorable señor Millas tiene razón, en parte, al decir que esto parece un monólogo; pero creo que no es posible terminar la discusión de este proyecto sin que yo finalice también la tarea que me impuso la Comisión Especial de la Vivienda. Deseo ahora referirme a un punto muy importante de programa que tendrá el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, y que hasta el momento ha sido tratado en forma muy somera.
En la sesión de ayer, al informar a la Honorable Cámara, en nombre de la Comisión Especial de la Vivienda, decíamos que el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, tendría atribuciones para el fomento de cooperativas de autoconstrucción.
Esta es una de las varias finalidades que deseo destacar en forma muy especial, ya que la autoconstrucción es, a nuestro juicio, ¡a forma más viable de solucionar el grave problema social de las innumerables poblaciones marginales que existen en las periferias de las ciudades de todo el país. Brotadas espontáneamente, al margen de toda disposición legal, como consecuencia de las condiciones subhumanas en que vivía la clase trabajadora en la promiscuidad del conventillo, las poblaciones marginales merecerán una atención preferencial en los planes de vivienda de este Ministerio.
No podríamos abandonarlas a su propia suerte, sobre todo cuando han nacido y han vivido luchando, en el correr de cada día, por obtener, gota a gota, los beneficios de la urbanización y por mejorar la calidad de sus construcciones, levantadas con sus propias manos, en un esfuerzo del grupo familiar, donde cada uno de ellos, mujeres, varones y niños, han aportado lo que cada cual puede dar.
Los trabajadores han demostrado estar dispuestos a contribuir en la solución de este problema con su esfuerzo personal, con el aporte valioso de su mano de obra y con algunos elementos de que ha podido disponer sin mayor gasto, con esta ayuda el costo de las construcciones se realizará por lo menos en un tercio de la inversión.
Además, el Estado, a través de este Ministerio, estimulará la iniciativa particular, que, fuera del valor económico señalado, tiene el mérito de crear un espíritu de superación en los trabajadores, elevar su nivel moral y alejar al obrero de los vicios que menoscaban su salud y su personalidad.
La participación activa de los trabajadores en la construcción de su propio hogar reducirá el costo de la vivienda, acelerará el ritmo de la producción y, por lo tanto, solucionará el problema habitacional de nuestra patria.
Concretamente, la ayuda económica del Estado podría consistir en el aporte de elementos como puertas y ventanas, techo, fierro, cemento, artefactos sanitarios, que para conseguirlos, cuando el obrero obtiene crédito particular, debe pagarlos con un gran recargo de precio.
Estos elementos, fabricados en gran escala, o adquiridos en la fuente de producción misma, contribuirían a reducir los costos de las construcciones, con lo cual se entregaría a la iniciativa particular de cada trabajador la posibilidad de poseer su hogar propio.
Junto con prestar ayuda económica y asesoría jurídica y técnica, se podrán simplificar trámites, descentralizar servicios del Estado y hacer operante leyes y reglamentos que se relacionan con el problema habitacional.
Este tipo de autoconstrucción existe actualmente, a través de todo el país, al margen de las leyes, y hasta la fecha no sólo ha carecido de toda ayuda oficial, sino que, de acuerdo con determinadas disposiciones legales, se persigue a los pobladores como si fueran delincuentes y se les aplican sanciones por causas que no dependen de su voluntad.
En síntesis, podemos decir que la autoconstrucción constituye una magnífica herramienta, que permitirá transformar las poblaciones marginales en barrios donde los obreros puedan vivir con dignidad y verdadero ambiente de hogar.
Con estas palabras, señor Presidente, doy término al informe que me confió por unanimidad vuestra Comisión Especial de la Vivienda.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Puede continuar el Honorable señor Penna.
El señor PENNA.-
Señor Presidente, en honor a la verdad, hasta el momento sólo han usado de la palabra tres Diputados de Gobierno. Por lo tanto, dejo la palabra, a fin de dar oportunidad a los parlamentarios de la Oposición.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Ha terminado Su Señoría?
El señor PENNA.-
Sí, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Millas.
El señor MILLAS.-
Señor Presidente, por la amplitud y transcendencia que tiene la materia en debate, habría sido conveniente tener la posibilidad de una discusión en términos más amplios, con participación de todos los sectores de la Honorable Cámara. Lamentablemente, restan muy pocos minutos para cerrar el debate en general y en particular.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Quedan 25 minutos, señor Diputado.
El señor MILLAS.-
Es decir, menos del tiempo que un sólo parlamentario pudiera usar reglamentariamente.
El Partido Comunista estima que el problema de la vivienda debe ser abordado resuelta y decididamente con medidas de emergencia.
Constituye una aberración el hecho de que más o menos medio millón de familias chilenas no dispongan en estos momentos, de viviendas adecuadas, ni siquiera mínima, y que en la generalidad de las poblaciones obreras estén fallando servicios elementales.
Frente al proyecto que examina la Cámara, lo primero que resalta en él, es que, a esta altura, después de siete meses de haber asumido el Poder el Gobierno de la Democracia Cristiana, no se haya podido proponer por éste un cuerpo legal que condense soluciones jurídicas orgánicas.
A falta de ello, se ha optado por pedir facultades al Parlamento, a fin de legislar, durante más de un año, por la vía de los decretos con fuerza de ley. Esto significará que durante un período prolongado habrá inestabilidad e incertidumbre respecto de algo que pudo estar resuelto, hace tiempo.
La experiencia de los decretos con fuerza de ley referentes a la vivienda es bastante conocida en Chile. Todos saben lo ocurrido con el decreto con fuerza de ley Nº 285, de 1953, promulgado a comienzos del Gobierno del General Ibáñez; y, a continuación, con el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1959, del Presidente Alessandri. Parece que se ha establecido, como norma, que cada Jefe de Estado, en su primer año de gobierno, diga: "borrón y cuenta nueva", en materia de vivienda, y quiera comenzar, con un decreto con fuerza de ley propio, a hacer todo de nuevo, de acuerdo con las normas que se elaboran, al margen de la discusión legislativa, por funcionarios y tecnócratas.
El resultado es que, después, el Parlamento debe despachar decenas de leyes "de parche" para enmendar las aberraciones más notorias del último decreto con fuerza de ley sobre viviendas.
Ahora se trata, una vez más, de corregir de raíz el sistema vigente hasta la fecha, que, en esta oportunidad, es el establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 2.
Nosotros estamos de acuerdo en dejarlo a un lado. Ha hecho mucho más mal que bien. Fue concebido con un criterio capitalista estrecho. Enfrenta el problema de la vivienda desde el ángulo de las cuentas individuales, con una mentalidad liberal anacrónica. Su sistema de reajuste de los dividendos es inoperante, imposible de aplicar en la práctica y sólo destinado a martirizar a los asignatarios de viviendas.
Por otra parte, a la sombra del decreto con fuerza de ley Nº 2, se han realizado odiosos negociados. Los parlamentarios comunistas lamentamos que la imprecisión del proyecto en debate impida tener la certeza de que efectivamente se eliminarán, con la nueva legislación, los escándalos de la vivienda, doblemente odiosos, porque surgen de la explotación de uno de los más dramáticos problemas que sufre nuestro pueblo.
En la forma como las Comisiones de la Vivienda y de Hacienda han aprobado este proyecto, se crea una estructura administrativa y, a la vez, se faculta al Presidente de la República para dictar normas a fin de seguir una política habitacional de la que sólo tenemos algunos antecedentes parciales, y que esta Cámara aprobará como una especie de cheque en blanco.
Respecto de la estructura administrativa, los Diputados comunistas somos partidarios de que haya un Ministerio de la Vivienda, y con ese criterio aprobamos, en general, el proyecto. Nos complace haber contribuido a mejorarlo. En efecto, el proyecto contenido en el Mensaje del Ejecutivo adolecía de ciertos defectos, que fueron subsanados en la Comisión Especial de la Vivienda. Por ejemplo, se creaba un nuevo Ministerio, sin precisar ninguna de sus funciones y atribuciones. A indicación del Diputado que habla, se incorporó en el proyecto el artículo 2°, con respecto al cual le solicitamos al propio señor Ministro de Obras Públicas, don Modesto Collados, que lo redactara. Con las enmiendas que le introdujo la Comisión de Hacienda, ese artículo define, en forma acertada, lo que debe hacer, en lo fundamental, un Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, como se denomina a esta nueva Secretaría de Estado, a la que nosotros preferíamos llamar Ministerio de la Vivienda y de Equipamiento Urbano.
Otro defecto del proyecto original, ya subsanado también, consistía en que otorgaba autorización al Presidente de la República, en forma ilimitada, para crear, modificar, fusionar o suprimir servicios, reparticiones o personas jurídicas en que el Estado tenga aportes de capital o representación; para cambiar sus denominaciones y determinar su organización, atribuciones y funciones.
Puedo decir que, de haberse aprobado tal como venía en el proyecto primitivo, el artículo 2º, que ha servido de base para redactar el actual artículo 3º, el Gobierno no hubiera requerido, en los aspectos administrativos, del proyecto de facultades normativas, pendiente de nuestra consideración, porque le hubiese bastado con éste para hacer y deshacer.
Así lo señalé en la Comisión Especial de la Vivienda, la cual aceptó, entonces, precisar qué servicios fundamentales serán ¡a base del nuevo Ministerio, facultando al Presidente de la República para incorporar a su dependencia, sólo aquellos servicios, reparticiones o personas jurídicas que estén relacionados con la planificación, aplicación, impulso y control de la política habitacional.
Al respecto, deseamos formular una observación, que nos interesa que figure en la historia de esta ley.
Estimamos que la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios y la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales quedan comprendidas entre las personas jurídicas que deben depender del nuevo Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. La labor de ambas es eminentemente de equipamiento urbano.
No puede concebirse que las poblaciones sigan siendo construidas sin escuelas, jardines infantiles, policlínicas, postas de primeros auxilios ni consultorios materno-infantiles.
En el anterior Parlamento formulé denuncias concretas, en nombre del Partido Comunista, sobre irregularidades y escándalos que ocurrían en la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios. Señalé que se emplea el procedimiento de llamar a propuestas públicas sólo por una pequeña parte de cada obra, y, una vez ganada por un contratista la propuesta, ello significa algo así como "una patente de corso" para que se le sigan encargando ampliaciones, sin control alguno. Esto demora las construcciones y tiende a las soluciones faraónicas, en vez de dotar al país de la red indispensable de establecimientos asistenciales.
Como Diputado por el tercer distrito de Santiago, he debido protestar innumerables veces en esta Sala por la demora incalificable en la construcción del Hospital Regional "Barros Luco", y por la falta de consultorios en las poblaciones, lo que causa la muerte de muchos niños.
Las mejoras introducidas en el proyecto en debate demuestra que es útil someter los proyectos de ley al examen del Parlamento. Las prevenciones del actual Gobierno, que prefiere los decretos con fuerza de ley, son injustificadas. En el fondo, con este sistema, se sustraen al debate democrático de las Cámaras, que se efectúa a la luz del día, asuntos que se quiere entregar a la mera consideración de burócratas y técnicos.
Llama la atención que siga este camino un Gobierno presidido por un ex Senador que, cuando desempeñaba ese cargo, enrostró brillantemente al anterior Presidente, porque éste se inclinaba a cierto tecnicismo en el enfoque de problemas, en circunstancias que éstos debían considerarse como asuntos estrictamente políticos.
Por otra parte, del examen del proyecto en debate resulta que los artículos 10, 11 y 12, no conceden meras facultades delegadas al Presidente de la República, sino que resuelven, recta y concluyentemente, mediante una legislación positiva, todo lo que se relaciona con expropiaciones y saneamiento de títulos de inmuebles, necesarios para la ejecución de los programas de vivienda y equipamiento urbano. ¿Qué ha sucedido con estos artículos? Simplemente, lo ocurrido es que, en otro proyecto de ley, el que se conoce con el nombre de proyecto de normas para la urbanización de poblaciones destinadas a viviendas populares, más conocido como proyecto de promoción popular, el que se encuentra en su segundo trámite constitucional en el Senado, el actual Gobierno propuso artículos similares, a fin de facilitar dichas expropiaciones y sanear los títulos de los terrenos que se destinan a esos fines.
Oportunamente, en los últimos meses de la legislatura pasada, estudiamos ese proyecto, observamos diversos errores en la redacción del texto del Ejecutivo y lo mejoramos. Ahora, en el proyecto de ley que estamos considerando, el Gobierno aprovechó acertadamente esa discusión de la Honorable Cámara y redactó los artículos en referencia, copiándolos, en lo fundamental, del proyecto de promoción popular. Es satisfactorio que, en esta forma, lleguemos a contar con una legislación moderna sobre expropiaciones, para construir viviendas y atender al equipamiento urbano.
Los comunistas apoyamos especialmente la disposición del inciso primero del artículo 10, que permite utilizar en las expropiaciones el mecanismo del texto primitivo de la ley Nº 3.313, que reguló, en su tiempo, hace aproximadamente medio siglo, las expropiaciones necesarias para las obras de agua potable.
Se ha sostenido que sería inconstitucional, pero no es así. Por lo demás, la nueva redacción que seguramente habrá de darse al texto constitucional, en lo referente a la propiedad, permitirá atender con mayor elasticidad el interés colectivo.
Pero insisto en que el actual texto de la Constitución permite, indudablemente, a nuestro juicio, que las instituciones estatales tomen posesión de los bienes expropiados mientras se perfecciona el pago de las indemnizaciones correspondientes, encontrándose ello garantizado y sujeto a un mecanismo legal que es claro y operante. El número 10 del artículo 10 de la Constitución es preciso en cuanto a someter el ejercicio del derecho de propiedad "a las limitaciones o reglas que exijan el mantenimiento y el progreso del orden social". Entre estas limitaciones o reglas es incuestionable que puede y debe figurar laque permita disponer, sin dilaciones, de los terrenos indispensables para proporcionar vivienda a las familias que no tienen habitación.
Al respecto, en el número 14 del mismo artículo de la Carta Fundamental, se determina, sin limitación alguna, en términos amplios y perentorios, que "el Estado propenderá a la conveniente división de la propiedad y a la constitución de la propiedad familiar."
En estos días, en que grupos "fascistizantes", como el denominado "Fiducia", inspirados en la trayectoria siniestra del "gorilaje" brasileño y de sus ideólogos cavernarios, han levantado bandera, pretendiendo asimilar, inescrupulosamente, la defensa de la religión a la defensa prosaica de la propiedad capitalista en términos de declararla intangible, conviene reafirmar que incluso la actual atrasada Constitución no sólo permite, sino exige que se proceda como lo hace el artículo 10 del proyecto en debate, anteponiendo el interés social.
Esta no es una mera lucubración jurídica. La prioridad del derecho del pueblo a la vivienda la han conquistado los miles de familias que, en el campamento "La Victoria" de San Miguel, en la población "Santa Adriana", en la actual población "22 de Julio" de la comuna de La Granja y en tantos lugares de Chile, han debido ocupar los terrenos para levantar una modesta mejora, a fin de guarecer a sus hijos de las inclemencias del invierno y de los calores del verano. La epopeya de la lucha por la vivienda es uno de los aspectos más emotivos y heroicos del combate social de nuestro tiempo.
Es cierto que la Constitución dice que, en el caso de expropiación por razón de utilidad pública, se dará previamente al dueño la indemnización; pero, ese precepto arcaico no puede primar sobre las disposiciones constitucionales a que me he referido. Además, entendemos que la obligación de dar previamente indemnización se satisface con el hecho de que la reconozca la resolución en virtud de la cual se expropia, constituyendo el derecho a ella, y sin que se necesite el acto material de la entrega del cheque respectivo.
Lamentamos que el presente proyecto de ley sólo precise sus disposiciones sobre un aspecto, el de las expropiaciones. En lo demás, la mayoría democratacristiana prefiere el procedimiento de limitarse a autorizar al Presidente de la República para que legisle por su cuenta.
En la Comisión Especial de la Vivienda, consultamos al señor Ministro de Obras Públicas sobre las grandes líneas de la política habitacional del Gobierno. Se desprende de sus explicaciones que este Gobierno piensa construir 360 mil viviendas económicas en los seis años de su mandato. Este año se comenzará la construcción de 46 mil y luego se elevará cifra en un 10% anual acumulativo, además de las que se edifiquen en la zona azotada por el reciente sismo. Ello implica en el presente año, según se nos ha dicho, una inversión de más o menos 800 millones de escudos.
Pero al respecto conviene precisar que el Gobierno denomina "construir" a la iniciación de la construcción. O sea, las 27 mil viviendas que se dice que construiría la CORVI directamente este año, las 7 mil que construiria indirectamente, las 4 ó 5 mil que levantaría la Fundación de Viviendas de Emergencia y las otras 7 u 8 mil viviendas económicas que se edificarán por intermedio de las Asociaciones de Ahorro y Préstamos, que, según los propósitos del Gobierno, también se construirían en 1965, todas ellas, en general, sólo se comenzarían a edificar este año; pero, en la práctica, no hay garantías, no es el propósito concreto que se las pueda colocar, en el curso de 1965, a disposición de las familias que las habitarán.
En segundo lugar, debemos dejar constancia de que el plan de 360.000 viviendas, si llega a cumplirse en su integridad, no puede considerarse que solucione, en alguna medida, el pavoroso déficit habitacional de nuestro país. En efecto, con ellas sólo se conseguiría reemplazar aquellas casas que durante estos seis años quedarán absolutamente inhabitables, ya sea por su antigüedad o por su estado ruinoso, y absorber el posible incremento del déficit habitacional derivado del aumento vegetativo de la población.
En resumen, el Gobierno, al hablar de construir 360.000 viviendas en seis anos, no se ha comprometido, como lo ha dado a entender la prensa oficialista, a que las cuotas anuales respectivas sean edificadas íntegramente, sino a iniciar su construcción. Además, en caso de ser levantadas todas esas casas, el mayor éxito que ello podría significar sería que, en el momento de entregar el mando el Excelentísimo señor Freí, el déficit habitacional en Chile continuaría siendo el mismo del 4 de noviembre del año pasado, fecha en la cual asumió el poder. Lo único que habría ganado el país sería no ver empeorada la situación durante ese lapso.
Sobre la base de tales antecedentes, nosotros señalamos al Gobierno la necesidad de avanzar a soluciones más de fondo. No podemos conformarnos con el plan de La Moneda. Se dice que no sería posible hacer más, debido a la carencia de financiamiento para un programa de mayor envergadura. Y se hacen comparaciones simplistas entre el número de habitaciones por cada mil habitantes que se construirá en Chile y aquéllas que se edifican en otros países. Pero argumentar en esa forma equivale a engañarnos entre nosotros mismos. No puede compararse en serio la inversión efectuada en las modestísimas viviendas mínimas que se entregan actualmente en Chile a las familias de los trabajadores y la inversión que requiere la edificación de buena calidad, definitiva y de larga duración que se efectúa en otros países, entre ellos Australia, cuyas poblaciones obreras tuve ocasión de visitar el año pasado. Este es, precisamente, el país que aparece con el más alto porcentaje mundial de construcción, el de 11 viviendas al año por cada mil habitantes.
En cuanto al financiamiento de un plan más ambicioso de construcción, debemos recordar, como lo expresó el propio señor Ministro de Obras Públicas en la Comisión Especial de la Vivienda, que, en la práctica, el Estado es el que financia en nuestro país toda la construcción, tanto pública como privada. Todos los particulares que levantan viviendas de lujo lo hacen con créditos bancarios, que dan lugar a redescuentos en el Banco Central. En general, la mayor parte de las construcciones privadas se realiza según las normas del D.F.L. Nº 2, o sea, aprovechando las franquicias tributarias que amparan esta edificación, sistema que ha conducido a una deformación de la economía nacional, ya que los industriales, en vez de destinar sus capitales a la ampliación de sus industrias, prefieren invertirlos en un ramo distinto de sus actividades productoras: en la construcción de edificios, es decir, en una actividad de carácter especulativo, con la cual cobran rentas verdaderamente usurarias.
Respecto de las Asociaciones de Ahorro y Préstamos, la Caja Central no sólo fue financiada inicialmente en forma directa por el Estado, sino que funciona, además, con el aval fiscal, y se fundamentan en el sistema legal de reajuste de las cuotas para atraer capitales. Nos parece que, en tales condiciones, lo sensato sería que el Estado tomara en sus manos todos estos recursos y los distribuyera para atender las necesidades más premiosas de las familias de nuestro pueblo.
El sábado recién pasado visité, en la comuna de Las Condes, en el distrito que yo represento en esta Honorable Cámara, un nuevo barrio residencial. Se me había hablado de un sector en que se vivía con boato, en el que una serie de magnates de la oligarquía financiera han construido casas extremadamente lujosas. En efecto, conocer siquiera desde la calle ese nuevo barrio denominado "Jardín del Este" produce viva indignación. Algunas de esas residencias disponen de una manzana completa de extensión. Muchas de esas casas están revestidas de alerce y hechas con los materiales más caros que ha sido dable encontrar. Pertenecen a potentados que aumentan día a día sus fortunas en actividades industriales que constituyen monopolios y que, con toda facilidad, consiguen alzas de precios en el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Cada uno de los miles de telares que tienen en sus fábricas les producen millones de pesos.
La Honorable Cámara aprobó anoche, por unanimidad, un proyecto de acuerdo que presentamos los Diputados comunistas, por el que se encomienda a la Comisión de Economía y Comercio realizar una investigación sobre las supe irritantes ganancias que obtiene esa gente a través de los monopolios que controla.
Hace dos semanas, al tratarse en sesión especial el problema derivado del incendio que afectó a la Fábrica de Vestuario y Equipo del Ejército, obtuvimos, igualmente, que se dirigiera oficio al señor Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción, solicitándole un estudio sobre la situación de esa industria a la luz de los antecedentes que entregamos en esa oportunidad.
Estamos seguros de que, si se echara un vistazo a las declaraciones de renta de estos felices mortales que están construyendo en el "Jardín del Este", podrían descubrirse tales fraudes tributarios, que con sólo cobrar las contribuciones que dejan de pagar, habría dinero para levantar Varias poblaciones más, para miles de familias de escasos recursos. Mientras tanto, la tragedia de los trabajadores que no tienen vivienda adquiere caracteres pavorosos.
Queremos decirle con franqueza al señor Ministro de Obras Públicas que se necesita un nuevo ritmo, más audaz, para encarar este problema. La Municipalidad de La Granja lo ha estudiado con espíritu responsable. Se tiene la impresión allí que en esta sola comuna hay más de cuatro mil familias sin casa; de éstas, tres mil se encuentran ya encuestadas. Son familias de trabajadores chilenos -sus jefes tienen al día sus libretas de Seguro Social y, en un alto porcentaje, han pagado también sus cuotas de ahorro en la Corporación de la Vivienda que se encuentran "desparramados" en caminos, plazas y otras áreas verdes, o en lugares en que viven en la promiscuidad más horrenda.
La Municipalidad de La Granja ha indicado al Gobierno, tanto al Ministro del Interior como al de Obras Públicas y a la CORVI, terrenos suficientes para instalar diez mil familias. Son terrenos que se encuentran relativamente bien ubicados, vecinos a otras poblaciones, en las proximidades de los sectores hasta donde llegan las actuales redes de alcantarillado, luz eléctrica y agua potable. Los "sin casa de La Granja" han declarado que se conforman con la urbanización de los terrenos y con la entrega de materiales de construcción.
Los Diputados comunistas estimamos que ninguna razón podrá retardar el cumplimiento, en este año, en este invierno, en los meses inmediatos, de esta aspiración mínima, tan humana y que se ha expuesto en el tono más dramático por miles de padres y madres de familia.
Lo que he dicho respecto de La Granja, puedo repetirlo, con pequeñas diferencias, porque el problema es el mismo, respecto de San Miguel, La Cisterna, Ñuñoa y Puente Alto.
La semana parada vino a la Cámara, a hablar con los Diputados del tercer distrito, una delegación de más de cien mujeres. Son madres de familia que están allegadas, con sus maridos e hijos, en casas de la modesta población Pedro Aguirre Cerda. Denunciaron que la CORVI les pone mil dificultades para encuestar a sus familias, que deben gastar mucho en los certificados que se les exige, que han llenado los formularios, pero no han conseguido nada. Es decir, no se les toma en cuenta.
Esto mismo se repite en la población Nueva La Legua, en San Miguel, y en más de cien poblaciones del Gran Santiago. Las autoridades de Gobierno han dado algunos pasos iniciales que me parecen ser los primeros ensayos para abordar este problema. Pero, hay que caminar resueltamente hacia adelante. Hay gente en las altas esferas de Gobierno que está convencida de que, si las familias del pueblo ocupan terrenos, haciendo frente a la violencia policial, lo hacen por el gusto de crearles dificultades a los que se encuentran en el Poder. ¡No, señor Presidente! Cuando ello ha ocurrido es porque esa gente ya no ha podido aguantar más, porque el drama de la falta de vivienda ha estallado.
Quiero decir, además, en los breves minutos que me quedan en este debate tan apresurado, que, en relación a la política habitacional, de las indicaciones que propusimos en el proyecto sobre "promoción popular", sólo insistiremos en las más fundamentales, ya que ellas están aprobadas por la Cámara en ese proyecto que pende del Senado. Queremos que deje de construirse por la CORVI con contratistas; que se terminen los reajustes de dividendos; que se extienda a los asignatarios de toda edad los beneficios del seguro de desgravamen; que haya fondos para reparar las poblaciones, etcétera.
Quiero llamar la atención de los parlamentarios de mayoría de esta Cámara en el sentido de que insistiremos, especialmente en una de nuestras indicaciones.
Se refiere a una materia que, si acaso no se hace expresa referencia a ella en el proyecto, como en nuestra indicación se establece no figuraría, de acuerdo con la redacción del articulado, entre las facultades que se conceden al Presidente de la República. Y queremos darle atribuciones al Presidente, como lo proponemos, para que pueda extender, de acuerdo con la indicación, el privilegio de la inembargabilidad al hogar de la familia, porque no hay culpa en la madre o el niño si acaso alguna dificultad del jefe del hogar hace que tengan que ser lanzados del modesto hogar. Deseamos que, en el caso de la vivienda que tenga un avalúo inferior a 5 sueldos vitales, la inembargabilidad alcance al hogar familiar, a la casa familiar...
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Me permite. Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Orden del Día destinado a debatir este proyecto.
Cerrado el debate.
Se van a leer las indicaciones.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Aparte, naturalmente, de las que figuran en el informe de la Honorable Comisión de Hacienda, se han presentado las siguientes indicaciones:
Del Honorable señor Tuma, para agregar, en el número 2), del artículo 2°, después de la palabra "Viviendas", las siguientes: "urbanas y rurales".
Del señor De la Fuente, para agregar, al final de la letra a), del artículo 3, lo siguiente: "En todo caso, los funcionarios conservarán sus grados o categorías".
De los señores Godoy y Millas, para intercalar, en el inciso segundo del artículo 4°, después de la palabra "escuelas", lo siguiente: "y guarderías infantiles".
También respecto del artículo 4°.
Los señores Cademártori y Millas, para suprimir el inciso tercero, del artículo 4°, desde donde dice, "En uso de la autorización ..." y los 12 números restantes.
Los señores Millas y Cademártori, para agregar, al final del número 1), del artículo 4° lo siguiente: "Deberá considerarse obligatoriamente en estas disposiciones que toda asignación de viviendas por Cajas de Previsión, Corporación de la Vivienda y Fundación de Viviendas y Asistencia Social se perfeccionará en el plazo máximo de un año, otorgando título definitivo de dominio al asignatario que esté cumpliendo sus obligaciones".
Los señores Millas y Cademártori, para agregar, al final del número 1), del artículo 4° un incisonuevo que diga: "Los reajustes a que se refiere el artículo 60 del decreto con fuerza de ley 205, del año 1960, sobre las Asociaciones de Ahorro y Préstamos, no podrán exceder ningún año del 5%".
De los señores Millas y Guastavino, para agregar un número 2) nuevo en el artículo 49, antes del actual, que diga: "Modificar las disposiciones sobre enajenación por la Caja de Previsión de Empleados Particulares de viviendas económicas a sus imponentes, a fin de que el precio no exceda en ningún caso al costo de edificación más el valor del terreno, entendiéndose por costo de edificación el presentado a la Dirección de Obras de la Municipalidad respectiva por la persona natural o jurídica encargada de su construcción."
De los señores Millas y Cademártori, para suprimir en el articulo 4*?, número 2), en el inciso nuevo propuesto por la Comisión de Hacienda, las palabras "básicas" y reemplazar el guarismo "20%" por "15%".
De la señora Allende y de los señores Silva Ulloa, Osorio, Rioseco y Phillips, para agregar en el número 4) del artículo 49, el siguiente inciso: "A contar del 1° de julio de 1965 queda suprimida la reajustabilidad que afecta a los dividendos o saldos de precios de viviendas construidas, vendidas, asignadas o que se la asignen provisoriamente o definitivamente por la Corporación de la Vivienda, Instituto de la Vivienda Rural y las instituciones de previsión."
Del señor De la Fuente, para agregar en el artículo 4°, número 7), después de: "impuestos especiales", las palabras: "de beneficio municipal".
De los señores De la Fuente, Zepeda y Lorca, don Gustavo, para suprimir el número 7) del articulo 4°.
De los señores Millas y Cademártori, para agregar al número 11) del artículo 4° un inciso segundo, que diga: "Modificar el número 8 del artículo 445 del Código de Procedimiento Civil, extendiendo la inembargabilidad al bien raíz que el deudor ocupa con su familia, siempre que no tenga un valor superior a cinco sueldos vitales anuales, escala A del departamento de Santiago."
Del señor Millas, para agregar, en el artículo 4°, a continuación del Nº 12, un inciso que diga; "Con todo, las normas que dicte el Presidente de la República, en conformidad a los números anteriores, deberán tener en cuenta las siguientes disposiciones:
1.- Nadie podrá ser privado de la casa o sitio que le sirva de habitación;
2.- Los dividendos y rentas de arrendamiento no podrán ser reajustables;
3.- El monto de los dividendos o rentas de arrendamiento no podrá exceder del 10 % del sueldo o salario base mensual del jefe de la familia que ocupa la casa o sitio.
4.- Deberá establecerse un sistema de desgravamen sin consideración a la edad de los beneficiarios."
De la señora Lazo y de los señores Cademártori y Palestro, para suprimir, en el artículo 5", la frase "en forma gradual o parcial, según lo estime conveniente."
De los señores Naudon e Ibáñez, para agregar al articulo 11 los siguientes incisos:
"En los predios en que se hayan construido poblaciones sin sujeción a las disposiciones sobre urbanización, subdivisión o formación de nuevas poblaciones, los propietarios del terreno podrán otorgar las correspondientes escrituras de compraventa a los actuales ocupantes o a los que adquieran los sitios que a la fecha no estén en poder de terceras personas. Las escrituras de compraventa serán inscritas por los Conservadores de Bienes Raíces en los Registros de Propiedad a su cargo, excepto cuando existan impedimentos legales de otra naturaleza que la referida. Dichos terrenos deberán ser incorporados al área urbana mediante la modificación de los planos reguladores, en el caso que se encuentren fuera de los límites urbanos de la respectiva ciudad.
Las municipalidades aprobarán las subdivisiones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior, pin exigir la urbanización de la población o el depósito previo de su costo."
Del señor Tuma, para agregar al artículo 14 los siguientes incisos:
"Las Municipalidades podrán solicitar a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las instituciones que de él dependan, la expropiación de los predios destinados a fines deportivos, instalación de balnearios o que sean necesarios para los planes de remodelación urbana y consolidación del dominio en favor de sus actuales ocupantes.
Estas expropiaciones serán de cargo de la respectiva municipalidad."
De los señores Samuel Fuentes, Clavel, Martínez Camps y Camus para agregar, al artículo nuevo propuesto por la Comisión de Hacienda, el siguiente inciso:
"Asimismo, la Corporación de la Vivienda deberá proporcionar préstamos a los propietarios de viviendas que hayan sido arrasadas por incendio, siempre que este siniestro haya sido declarado fortuito por autoridad judicial. En ningún caso, estos préstamos podrán ser superiores a cinco sueldos vitales de Santiago, escala A."
De los señores Millas y Cademártori, para agregar el siguiente artículo transitorio: "Los dividendos cobrados por las Asociaciones de Ahorro y Préstamos no podrán ser superiores durante el año 1965 a los cobrados al 31 de diciembre de 1964."
De los señores Rioseco y Phillips, para agregar el siguiente artículo:
"A contar del 1° de julio de 1965, el reajuste que afecta a los préstamos, saldos de precio o dividendos anuales de viviendas construidas, vendidas, asignadas o que se asignen provisoria o definitivamente por la Corporación de la Vivienda, Instituto de la Vivienda Rural y las instituciones de previsión, no podrán, en ningún caso, exceder del interés bancario corriente que fije la Superintendencia de Bancos."
De la señora Lazo y de los señores Cademártori y Palestro, para agregar el siguiente artículo:
"Suspéndese por el plazo de un año, a contar de la fecha de la promulgación de la presente ley, el reajuste de los dividendos que afecta a los deudores hipotecarios de la Corporación de la Vivienda, Fundación de Viviendas de Emergencia y cajas de previsión, establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 2, modificado por leyes posteriores."
De la señora Allende, para agregar el siguiente artículo:
"El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo iniciará de inmediato un programa de urbanización de cien mil sitios para ser entregados a familias que en la actualidad habitan en poblaciones marginales.
Las personas beneficiadas en el inciso anterior tendrán derecho a créditos y a asistencia técnica para la autoconstrucción de sus viviendas."
De los señores Cademártori y Silva Ulloa, para agregar el siguiente artículo:
"En ningún caso la renta de arrendamiento podrá ser superior al diez por ciento de la renta efectiva del grupo familiar."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Corresponde votar en general el proyecto en forma secreta.
Solicito el asentimiento unánime de la Cámara para omitir la votación secreta.
El señor LORCA (don Alfredo).-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Hay oposición. En votación secreta el proyecto.
-Efectuada la votación en forma secreta, por el sistema de balotas, dio el siguiente resultado: por la afirmativa: 100 rotos; por la negativa; 5 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado en general el proyecto.
Se encuentran aprobados reglamentariamente, por no haber sido objeto de indicaciones los artículos 1°, 6°, 8°, 9°, 12 y 13.
En votación el artículo 2°.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el encabezamiento de este artículo y el número 1°, que no han sido objeto de indicaciones.
Aprobados.
Se va a dar lectura a las indicaciones;
El señor CAÑAS (Secretario).-
El señor Tuma ha formulado indicación, para agregar, en el número 2° de este artículo, después de la expresión "viviendas", las palabras "urbanas y rurales".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el número 2° con la indicación.
Aprobado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el número 3°, que no ha sido objeto de indicaciones.
Aprobado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el número 49, que tampoco ha sido objeto de indicaciones.
Aprobado.
La Comisión de Hacienda propone agregar, a continuación del número 4*?, dos números nuevos, que figuran en el boletín respectivo y a los cuales se va a dar lectura.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dicen así: "Intervenir y orientar la política de precios de los materiales de construcción, y la regulación y control del mercado de los mismos".
"Colaborar con las Municipalidades en la elaboración de programas de construcción de viviendas, desarrollo urbano y equipamiento comunitario en las comunas respectivas."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el primero de los números que se propone agregar, el cual pasaría a ser 5° del artículo 2°.
Si le parece a la Sala, se aprobará la inclusión de este número.
Aprobada.
Si le parece a la Sala, y no hay oposición, se aprobará también la indicación de la Comisión de Hacienda que consiste en agregar otro número, que pasaría a ser el 69.
Aprobada.
En votación el número 59 de la Comisión de la Vivienda, que la Comisión de Hacienda propone suprimir.
Si le parece a la Honorable Cámara, se suprimirá el número.
Acordado.
La Comisión de Hacienda propone reemplazar el número 7 por el que leerá el señor Secretario.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice así; "7.- El fomento, industria y normalización del diseño y la producción de viviendas y materiales de construcción".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el reemplazo propuesto por la Comisión de Hacienda.
Aprobado.
En el número 8, la Comisión de Hacienda propone agregar al final, suprimiendo el punto, la frase: "y a consultar la opinión de los interesados".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el número 8 con la indicación formulada.
Aprobado.
En el número 9°, la Comisión de Hacienda propone reemplazar la frase final: "y las de autoconstrucción y todo lo relacionado con ellas", por la siguiente: "sistemas de autoconstrucción y todo lo relacionado con ellos".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará la indicación propuesta.
Acordado.
En el número 10, la Comisión de Hacienda propone agregar, después de la palabra "control", precedida de coma, la siguiente: "difusión".
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará esta indicación.
Acordado.
En el número 11, la (Comisión de Hacienda, en primer lugar, propone agregar las palabras "transferencias, corretajes y", después de las palabras "política sobre".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará lo propuesto por la Comisión de Hacienda, en esta parte.
Acordado.
A continuación, la misma Comisión, propone agregar, después de las palabras: "bienes raíces urbanos", las siguientes: "viviendas rurales".
Si le parece a la Cámara, se aprobará la enmienda propuesta.
Acordado.
El número 12 no ha sido objeto de indicaciones.
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
En votación el artículo 3". Corresponde, reglamentariamente, votación secreta.
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para omitir dicho trámite.
El señor ARGANDOÑA.-
No, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
Solicito nuevamente el asentimiento unánime de la Cámara para omitir la votación secreta.
El señor ARGANDOÑA.-
No hay acuerdo.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
No hay acuerdo.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor PALESTRO.-
Sí hay acuerdo, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se ha hecho presente a la Mesa la oposición, señor Diputado.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Palestro, ruego a Su Señoría fijarse si hay oposición, como lo hace la Mesa. En dos oportunidades, el Honorable señor Argandoña se ha opuesto.
El señor PALESTRO.-
No, señor Presidente.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Solicito nuevamente el asentimiento de la Sala para omitir el trámite de votación secreta.
Acordado.
Esta vez se ha producido acuerdo.
El señor PALESTRO.-
Siempre ha habido acuerdo, desde el principio.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa está cumpliendo con sus obligaciones reglamentarias, en forma rigurosa, señor Diputado.
El señor Secretario va a lar las indicaciones al artículo 3".
El señor CAÑAS (Secretario).-
La Comisión de Hacienda propone agregar, en la letra a) del artículo 8, después de las palabras "Consejos o Directorios", las siguientes : "Nacionales, Regionales o Provinciales".
En seguida, el señor De la Fuente propone agregar, al término de la letra a), la siguiente frase: "En todo caso, los funcionarios conservarán sus grados y categorías".
Por último, la Comisión de Hacienda ha propuesto agregar un inciso nuevo, a continuación de la actual letra a).
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo 3°, con la primera indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en intercalar en la letra a), después de las palabras "Consejos o Directorios", las siguientes: "Nacionales, Regionales o Provinciales".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo con la indicación.
Acordado.
Se va a leer nuevamente la segunda indicación a este artículo.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El señor De la Fuente propone agregar, al término de la letra a), en punto seguido, la frase: "En todo caso, los funcionarios conservarán sus grados y categorías."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la indicación.
-Durante la votación;
El señor PALESTRO.-
¡Aquí está la inamovilidad del funcionario público!
El señor VIDELA.-
¡ Es otra cosa!
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 27 votos; por la negativa, 66 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
El señor Secretario dará lectura a un nuevo inciso, que la Comisión de Hacienda propone agregar en la misma letra a).
El señor CAÑAS (Secretario).-
Dice: "Los Consejos Regionales o Provinciales asesorarán al delegado del Ministerio de la respectiva provincia o región en el desarrollo de los planes habitacionales y urbanísticos".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Si le parece a la Honorable Cámara y no se pide votación, se aprobará la indicación de la Comisión de Hacienda.
Aprobada.
La letra b) no ha sido objeto de indicaciones.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobada.
Corresponde votar el artículo 4°.
Se van a leer las indicaciones de que ha sido objeto.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La primera indicación, respecto del inciso segundo de este artículo, es de los señores Godoy Urrutia y Millas. Consiste en agregar, después de "escuelas", la frase; "guarderías infantiles".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Se votará el artículo 4?, con la indicación que se acaba de leer.
El señor MILLAS.-
¡ Pero hay otras indicaciones !
El señor BALLESTEROS (Presidente)-El artículo se votará primero con esta indicación. Posteriormente, se votarán las demás.
En votación.
Si la parece a la Sala, se aprobará el artículo 4" con la indicación leída.
Aprobado.
El señor GAÑAS (Secretario).-
Los señores Millas y Cademártori proponen suprimir el inciso tercero, que dice: "En uso de la autorización anterior..." etcétera, y los 12 números de este artículo 4°.
El señor VIDELA.-
¿No será mucho pedir ?
El señor CADEMARTORI.-
¡ Es lógico y justo!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En vista de la indicación presentada, se votará el resto del artículo 4° por números.
En votación el número 1) del artículo 4°, con la indicación de la Comisión de Hacienda, para poner el signo ortográfico dos puntos después de las palabras "se refiere".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 69 votos; por la negativa, 23 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el número 1) con la indicación de la Comisión de Hacienda.
Se dará lectura a otra indicación.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Millas y Cademártori han formulado indicación para agregar, al final del número 1), lo siguiente:
"Deberá considerarse obligatoriamente en estas disposiciones que toda asignación de viviendas por Cajas de Previsión, Corporación de la Vivienda y Fundación de Viviendas y Asistencia Social, se perfeccionará en el plazo máximo de un año, otorgando título definitivo de dominio al asignatario que esté cumpliendo sus obligaciones."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la indicación.
El señor ACEVEDO.-
Es poco el plazo de un año.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 63 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Millas y Cademártori, han formulado indicación para agregar a este N° 1) un inciso nuevo, final, que diga:
"Los reajustes a que se refiere el artículo 60 del D.F.L. N° 205, de 1960, sobre las Asociaciones de Ahorro y Préstamos, no podrán exceder, en ningún año del 5%.
El señor MORALES (don Carlos).-
¡Muy bien!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 84 votos; por la negativa, 64 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
El señor PALESTRO.-
"El Gobierno del pueblo comienza con Frei". Así dice este folleto que tengo en la mano.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
¿Su Señoría solicita que se inserte el folleto?
El señor PALESTRO.-
No, señor Presidente, estoy recordándoselo a los Honorables colegas.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Millas y Guastavino, han formulado indicación para agregar un número 2) nuevo, que diga: "2) Modificar las disposiciones sobre enajenación por la Caja de Previsión de Empleados Particulares de viviendas económicas a sus imponentes, a fin de que el precio no exceda en ningún caso al costo de edificación, más el valor del terreno, entendiéndose por costo de edificación el presentado a la Dirección de Obras de la Municipalidad respectiva por la persona natural o jurídica encarga de su construcción."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 65 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
En votación el número dos en la forma propuesta por la Comisión de la Vivienda.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 30 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el número 2.
Respecto de este número 2, la Comisión de Hacienda le ha agregado una indicación a la cual se le ha formulado otra.
El señor Secretario va a leer ambas indicaciones.
El señor CAÑAS (Secretario).-
En este número 2, la Comisión de Hacienda propone agregar el siguiente nuevo inciso: "Los dividendos que se fijen para el pago de los préstamos hipotecarios de las viviendas básicas, no podrán exceder del 20% de la renta efectiva del grupo familiar. , . "
El señor VIDELA.-
¡ Ahí está lo que dice el folleto!
-Hablan varios señores Diputados a la, vez.
El señor CAÑAS (Secretario).-
"... calculada en el caso particular de cada postulante."
Respecto de este inciso nuevo agregado por la Comisión de Hacienda, los señores Millas y Cademártori proponen suprimir la palabra "básicas" y reemplazar el guarismo "20%" por "15%".
El señor PALESTRO.-
Mejor todavía.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el inciso nuevo propuesto por la Comisión de Hacienda con la primera indicación a que se ha dado lectura.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el número 2 con la indicación de los señores Millas y Cademártori.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 68 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
En votación el número 3) de este artículo.
-Efectuada la rotación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos; por la negativa, 34 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado este número.
En votación el número 4°.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 68 votos; por la negativa, 27 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el número.
Se va a dar lectura a una indicación formulada a este número.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La señora Allende y los señores Silva Ulloa, Osorio, Rioseco y Phillips formulan indicación para agregar el siguiente inciso al número 4°.
"A contar desde el 1° de julio de 1965 queda suprimida la reajustabilidad que afecta a los dividendos o saldos de precios de viviendas construidas, vendidas o asignadas o que se asignen provisoria o definitivamente por la Corporación de la Vivienda, Instituto de la Vivienda Rural e Instituciones de Previsión".
El señor PALESTRO.-
¡Muy bien!
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: Por la, afirmativa, 36 votos; por la negativa, 68 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el inciso nuevo propuesto.
En votación el número 5° con la indicación de la Comisión de Hacienda que consiste en agregar una frase final que diga: "Estas normas se aplicarán a las comunidades indígenas."
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el número 5° con la indicación de la Comisión de Hacienda.
Aprobado.
En votación el número 6° con la indicación de la Comisión de Hacienda que consiste en rectificar la cita al artículo 34 del decreto con fuerza de ley Nº 2, sustituyéndola por el "59".
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 70 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el número con la indicación de la Comisión de Hacienda.
El número 7° ha sido objeto de indicaciones.
Se les va a dar lectura.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El número 7) ha sido objeto de las siguientes indicaciones:
1°.- Del señor De la Fuente, para agregar en la frase inicial después de "especiales", ¡a siguiente: "de beneficio municipal' ;
2°.- De la Comisión de Hacienda, que propone reemplazar la expresión "las construcciones" por "los edificios", y
3°.- De los señores De la Fuente, Zepeda y Lorca, don Gustavo, que proponen suprimir el número 7° del artículo 40 del proyecto.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación, el número 7 con la indicación del Honorable señor De la Fuente.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 5 votos; por la negativa, 66 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el N° 7 con la indicación.
En votación el N° 7 con la indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en sustituir las palabras "las construcciones" por "los edificios".
Si le parece a la Cámara, se aprobará.
Aprobado.
El señor DE LA FUENTE.-
Con mi voto en contra, señor Presidente.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Con el voto en contra de Su Señoría. En votación el número 8.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 28 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el Nº 8.
Se ha propuesto suprimir los números 9, 10 y 11.
Si le parece a la Honorable Cámara se votará, conjuntamente, la supresión.
El señor MORALES (don Carlos).-
¿Quién la pi-opuso, señor Presidente?
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
El Comité Comunista, Honorable Diputado.
Si le parece a la Honorable Cámara, se votará la supresión, en conjunto.
Acordado.
En votación los N°s. 9, 10 y 11 del artículo 4°.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 66 votos; por la negativa, 36 votos
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobados los números indicados.
Se ha propuesto un inciso nuevo al número 11 del artículo 4°, al cual se dará lectura.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Millas y Cademártori proponen agregar un inciso segundo al Nº 11, que diga: "Modifícase el N�� 8 del artículo 445, del Código de Procedimiento Civil extendiendo la inembargabilidad al bien raíz que el deudor ocupa con su familia, siempre que no tenga un avalúo superior a cinco sueldos vitales, escala "A", del departamento de Santiago."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la indicación.
Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se aprobará.
Aprobada.
En votación el Nº 12.
-Efectuada la votación en forana económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 33 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el Nº 12.
Se ha formulado indicación para agregar un inciso nuevo al número 12. Se le va a dar lectura.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Indicación del señor Millas para agregar, a continuación del 12, del artículo 4°, el siguiente inciso nuevo:
"Con todo, las normas que dicte el Presidente de la República, en conformidad a los números anteriores, deberán tener en cuenta las siguientes disposiciones:
1.- Nadie podrá ser privado de la casa o sitio que le sirve de habitación;
2.- Los dividendos y rentas de arrendamiento no podrán ser reajustables;
3.- El monto de los dividendos o rentas de arrendamiento no podrán exceder del 10% del sueldo o salario base mensual del jefe de la familia que ocupa la casa o sitio, y
4.- Deberá establecerse un sistema de desgravamen con consideración a la edad de los beneficiarios."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el inciso, nuevo, propuesto.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Honorable señor Palestro, llamo al orden a Su Señoría.
El señor PALESTRO.-
¡Pero si el Honorable señor Monckeberg me está atacando.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 37 votos; por la negativa, 67 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el inciso nuevo propuesto.
La Comisión de Hacienda propone agregar un N° 1.3), nuevo, cuyo texto es el que se indicará.
El señor CAÑAS (Secretario).-
El texto es el siguiente: "Dictar normas generales sobre asignación y transferencia de viviendas y otorgamiento de préstamos hipotecarios por parte de las instituciones de previsión."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
Si le parece a la Honorable Cámara se dará por aprobado.
Varios señores DIPUTADOS.-
No, señor Presidente. Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 67 votos; por la negativa, 31 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el número 13, nuevo.
Se dará lectura a una indicación al articulo
El señor CAÑAS (Secretario).-
La señora Lazo y los señores Cademártori y Palestro han formulado indicación para suprimir, en el artículo 5°, la frase final, que dice "en forma gradual o parcial, según lo estime conveniente."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo con la indicación a que se acaba de dar lectura.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 32 votos; por la negativa, 67 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo con la indicación.
Si le parece a !a Honorable Cámara, se aprobará el artículo en su forma original.
La señora LAZO.-
-No hay acuerdo. Que se vote.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo, en su forma original.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado; por la afirmativa, 66 votos; por la negativa, 33 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Aprobado el artículo 5°.
El artículo 6° se encuentra aprobado reglamentariamente.
El artículo 7° debe ser votado, con sus indicaciones, en forma secreta.
Solicito el asentimiento unánime de la Honorable Cámara para omitir la votación secreta.
Acordado.
Se van a leer las indicaciones formuladas a este artículo.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La Comisión de Hacienda propone agregar, en el inciso segundo del artículo 7°, después de la expresión "beneficios", lo siguiente: "de todo orden", y reemplazar las palabras finales: "en su beneficio" por "en su favor".
Además, propone agregar dos incisos nuevos, relacionados con el personal de la Empresa de Agua Potable de Santiago y del Servicio de Agua Potable "El Canelo".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo con la primera indicación de la Comisión de Hacienda, que añade los vocablos "de todo orden" después de "beneficios".
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo con la indicación.
Aprobado.
En votación el artículo 7° con la segunda indicación de la Comisión de Hacienda, que consiste en reemplazar las palabras finales "en su beneficio" por "en su favor". Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo con la indicación.
Aprobado.
En votación los dos nuevos incisos propuestos por la Comisión de Hacienda.
Si le parece a la Honorable Cámara y no hay oposición, se aprobarán.
Aprobados.
Los artículos 8° y 9° se encuentran aprobados reglamentariamente.
Se van a leer las indicaciones formuladas al artículo 10.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Son dos indicaciones de redacción que consisten en sustituir, en el inciso segundo, "los Hombres Buenos" por "la Comisión de Hombres Buenos"; y en el inciso tercero, "la Dirección de Impuestos Internos" por "el Servicio de Impuestos Internos".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el articulo, con la primera indicación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará el artículo con la indicación.
Aprobado.
En votación el artículo con la segunda indicación.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará.
Aprobado.
Se van a leer las indicaciones formuladas al artículo 11.
El señor CAÑAS (Secretario).-
En el artículo 11, la Comisión de Hacienda propone agregar, en el inciso primero, una frase que diga; "como asimismo, todos aquellos inmuebles o predios ubicados en los pueblos creados por decretos del Ministerio de Tierras y Colonización y que por carecer de los medios legales pertinentes, sus ocupantes no hayan podido adquirirlos u obtener sus títulos de dominio."
Además, los señores Naudon e Ibáñez formularon indicación para consultar dos incisos finales que digan;
"En los predios en que se hayan construido poblaciones sin sujeción a las disposiciones sobre urbanización, subdivisión o formación de nuevas poblaciones, los propietarios del terreno podrán otorgar las correspondientes escrituras de compraventa a los actuales ocupantes o los que adquieran los sitios que a la fecha no estén en poder de terceras personas. Las escrituras de compraventa serán inscritas por los Conservadores de Bienes Raíces en los Registros de Propiedad a su cargo, excepto cuando existan impedimentos legales de otra naturaleza que la referida. Dichos terrenos deberán ser incorporados al área urbana mediante la modificación de los planos regulares, en el caso que se encuentren fuera de los límites urbanos de la respectiva ciudad.
Las Municipalidades aprobarán las subdivisiones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior, sin exigir la urbanización de la población o el depósito previo de su costo."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo 11 con la indicación de Hacienda que consiste en agregar una frase a su inciso primero.
Si le parece a la Honorable Cámara y no hay oposición, se aprobará el inciso con la frase.
Aprobado.
En votación la indicación que consiste en agregar dos nuevos incisos al artículo 11.
Si le parece a la Sala y no hay oposición, se aprobarán.
Un señor DIPUTADO.-
Que se voten.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Durante la votación:
La señora LAZO.-
Cómo se ve que una cosa es la campaña y otra son los hechos.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 52 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
En votación el resto del artículo 11.
Si le parece a la Honorable Cámara y no hay oposición, se aprobará.
Aprobado.
Los artículos 12 y 13 están reglamentariamente aprobados.
Se van a leer las indicaciones al artículo 14.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La Comisión de Hacienda propone agregar dos incisos.
El Honorable señor Tuma también propone agregar dos nuevos incisos que dicen: "Las Municipalidades podrán solicitar a través del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las instituciones que de él dependan, la expropiación de los predios destinados a fines deportivos, instalación de balnearios o que sean necesarios para los planes de remodelación urbana y consolidación del dominio en favor de sus actuales ocupantes. Estas expropiaciones serán de cargo de la respectiva Municipalidad."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo 14 con la indicación de la Comisión de Hacienda.
Si le parece a la Cámara, se aprobará el artículo con la indicación.
Aprobado.
En votación este artículo con los nuevos incisos propuestos por el Honorable señor Turna.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguie7ite resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 60 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
Se va a leer una indicación formulada a un artículo nuevo que la Comisión de Hacienda propone a continuación del 14.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los Honorables señores Samuel Fuentes, Clavel, Martínez Camps y Camus proponen agregar al artículo nuevo propuesto por la Comisión de Hacienda, el siguiente inciso: "Asimismo, la Corporación de la Vivienda, deberá proporcionar préstamos a los propietarios de viviendas que hayan sido arrasadas por incendio, siempre que este siniestro haya sido declarado fortuito por autoridad judicial. En ningún caso estos IDréstamos podrán ser superiores a cinco sueldos vitales anuales de Santiago, Escala A."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el artículo nuevo propuesto por la Comisión de Hacienda, con la indicación a que se ha dado lectura.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos; por la negativa, 64 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo con la indicación.
Si le parece a la Honorable Cámara y no hay oposición, se aprobará el artículo en su forma original.
Aprobado.
Se van a leer los artículos nuevos.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Indicación de los señores Rioseco y Phillips para consultar un artículo nuevo que diga;
"A contar del 1? de julio de 1965, el reajuste que afecta a los préstamos, saldos de precio o dividendos anuales de viviendas construidas, vendidas, asignadas o que se asignen provisoria o definitivamente por la Corporación de la Vivienda, Instituto de la Vivienda Rural y las instituciones de previsión, no podrán, en ningún caso, exceder del interés bancario corriente que fije la Superintendencia de Bancos".
El señor BALLESTEROS Presidente).
En votación el artículo nuevo.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 10 votos; por la negativa, 62 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazado el artículo nuevo.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La señora Lazo y los señores Palestro y Cademártori proponen el siguiente nuevo:
"Suspéndese por el plazo de un año, a contar de la fecha de promulgación de la presente ley, el reajuste de los dividendos que afectan a los deudores hipotecarios de la Corporación de la Vivienda, Fundación de Viviendas de Emergencia y Cajas de Previsión, establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 2, modificado por leyes posteriores."
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación el articulo nuevo propuesto.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos; por la negativa, 64 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor CAÑAS (Secretario).-
La señora Allende ha formulado indicación para consultar un artículo nuevo que diga:
"El Ministerio de Vivienda y Urbanismo iniciará de inmediato un programa de urbanización de 100.000 sitios para ser entregados a familias que en la actualidad habiten en poblaciones marginales.
Las personas beneficiadas por el inciso anterior tendrán derecho a créditos y asistencia técnica para la autoconstrucción de sus viviendas".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación la indicación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 36 votos; por la negativa, 66 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).
Rechazada la indicación.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Cademártori y Silva Ulloa formulan indicación para consultar un artículo nuevo que diga:
"En ningún caso la renta de arrendamiento podrá ser superior al 10% de la renta efectiva del grupo familiar".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
La Mesa declara improcedente la indicación, por no ser compatible con lo ya resuelto por la Cámara, incluso, si estuviera redactada en los mismos términos.
El señor PONTIGO.-
No es improcedente.
El señor CAÑAS (Secretario).-
Los señores Millas y Cademártori formulan indicación para consultar un artículo transitorio que diga:
"Los dividendos cobrados por las Asociaciones de Ahorro y Préstamos no podrán ser superiores, durante el año 1965, a los cobrados al 31 de diciembre de 1964".
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa. 37 votos; por la negativa 69 votos.
El señor BALLESTEROS (Presidente).-
Rechazada la indicación.
Terminada la discusión del proyecto.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009/seccion/akn616009-ds23-po1
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/616009
- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/ley-16391