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- rdf:value = " 17.-PRORROGA DE LAS FRANQUICIAS CONCEDIDAS PARA LA INTERNACIÓN DE MAQUINARIAS A LAS INDUSTRIAS DE LA ZONA AFECTADA POR LOS SISMOS DE 1960.El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Corresponde tratar el proyecto que prorroga la vigencia del artículo 133 de la ley N° 14.171, por el cual se concedieron franquicias para la internación de máquinas y aparatos industriales destinados a las empresas que se instalen en la zona afectada por los sismos de mayo de 1960. Para el despacho de esta iniciativa se ha acordado el tratamiento especial que ya conocen los señores Diputados.
- El proyecto dice como sigue:
"Artículo único.- Concédese al artículo 133 de la ley N° 14.171 de 1960, una vigencia adicional de seis meses contados desde el día 26 de octubre de 1965, para las importaciones autorizadas conforme al D.F.L. Nº 258 de 1960 y para aquellas respecto de las cuales se hubiere declarado; antes de la fecha indicada, por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el derecho para gozar de las franquicias que concede esa disposición legal"'.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
En discusión general el proyecto. Ofrezco la palabra.
El señor TUMA.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TUMA.-
Señor Presidente, quiero dejar establecido que, en realidad, no quise oponerme a los acuerdos de los Comités cuando Su Señoría anunció que este proyecto se trataría sin debate. Sólo deseaba formular algunas observaciones que aclararan diversas situaciones que se van a producir en relación con la prórroga de la vigencia del artículo 133 de la ley m 14.171.
El artículo único del proyecto que estamos discutiendo dice como sigue:
"Concédese al artículo 133 de la ley número 14.171 de 1960, una vigencia adicional de seis meses contados desde el día 26 de octubre de 1965, para las importaciones autorizadas conforme al D.F.Ij, N"? 258 de 1960 y para aquellas respecto de las cuales se hubiere declarado, antes de la fecha indicada, por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el derecho para gozar de las franquicias que concede esa disposición legal."
Señor Presidente, el Ejecutivo envió este Mensaje por haberse compi^obado que hay muchas industrias que se encuentran imposibilitadas para recibir las importaciones efectuadas dentro del plazo establecido en el artículo 133 de la ley 14.171. Pero también existen otras que, en atención a que la ley estaba por vencer y a las dificultades que ordinariamente se presentan en el Banco Central para realizar estas operaciones, postergaron la iniciación de los trámites para importar algunas maquinarias, y ellas, a pesar de estos seis meses de prórroga, tampoco se atreverán a hacer las gestiones correspondientes, por cuanto los fabricantes de maquinarias de Europa y Estados Unidos, salvo escasas excepciones, no podrían fabricarlas y despacharlas en el plazo establecido por esta nueva prórroga. Los trámites en el Banco Central demoran alrededor de 90 días; en consecuencia, quedarían sólo 9Cf más para efectuar el pedido y obtener su despacho. No hay mercadería procedente de Estados Unidos "o de Europa cuyo envío no demore, por lo menos, sesenta días. Es decir, nos volveremos a encontrar conque el plazo de seis meses propuesto también es insuficiente.
Por eso, me he permitido presentar una indicación en el sentido de que aquellas importaciones que sean aprobadas por el Banco Central dentro del término establecido por este proyecto de ley, gozarán de las mismas franquicias, aun cuando no hayan alcanzado a ser internadas en la fecha que venza esta nueva prórroga. El Honorable señor Jerez concurrió también a firmar esta indicación, porque encontró razonable que se aclarara el espíritu de la ley, y manifestó que el mismo señor Ministro le había expresado que éste era el sentido que quiso darse a la disposición, al proponerse su prórroga. Por eso, deseo que la Honorable Cámara apruebe esta indicación, la cual, no difiere en absoluto de la ley, sino que la aclara en el sentido ya indicado.
Nada más, señor Presidente.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra el Honorable señor Jerez.
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, esta iniciativa del Gobierno fue enviada al Congreso a petición de algunos parlamentarios, especialmente de la zona de Concepción, atendiendo al requerimiento que les hicieron, no sólo los industriales, sino también diversos gremios interesados en la ampliación de las instalaciones industriales en las cuales ellos trabajan.
El Honorable señor Turna ha sido muy claro en el planteamiento de algunos de los aspectos de esta iniciativa. Igualmente, el Honorable señor Montt se referirá, más adelante, a la prórroga de ciertos plazos que están por extinguirse, en relación con distintos beneficios que favorecen a sectores más modestos. También queremos hacer presente que esta iniciativa se habría presentado en el Senado como indicación dentro del proyecto que elimina la tributación a los predios de avalúo inferior a cinco mil escudos. Como dicho proyecto está sujeto a una tramitación más demorosa, solicitamos el desglose de la referida indicación y su envío como proyecto directamente por el Ejecutivo. Por esa razón se le ha dado un trato preferencial, ya que la vigencia de la ley termina el 26 de octubre próximo.
Por lo tanto, encuentro aceptable que esta iniciativa se debata en forma breve, y ojalá que, por acuerdo de la Honorable Cámara, se solicite del Senado que la despache rápidamente y se remita a esta Corporación, a fin de que se cumpla el objetivo que tuvo en vista el Gobierno al enviarla al Congreso.
Concedo una interrupción al Honorable señor Montt, señor Presidente,
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable Diputado.
El señor MONTT.-
Señor Presidente, algunos Diputados de la Democracia Cristiana formulamos indicación para prorrogar la vigencia del artículo 91 de la ley Nº 14.171. Esta disposición tiene por objeto, específicamente, facilitar las expropiaciones para la remodelación de las ciudades destruidas o afectadas por los sismos de mayo de 1960. En estos instantes están en tramitación diversas expropiaciones en ciudades del sur, para los fines señalados, que no alcanzarán a terminarse ante del 26 de octubre de este año.
Por lo tanto, hemos formulado indicación para prorrogar también la vigencia del artículo 91 de la citada ley, por dos años, con el objeto de que pueda ponerse término a las expropiaciones a que me he referido en las ciudades afectadas por los sismos de 1960, y conseguir de esta manera su remodelación.
Muchas gracias.
El señor PHILLIPS.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PHILLIPS.-
Señor Presidente, esta disposición que había sido aprobada anteriormente por la Honorable Cámara y que viene a llenar un vacío, fue propuesta por parlamentarios de distintos partidos, con el fin de prorrogar la vigencia de las facilidades que tenían los industriales de la zona afectada por los sismos de 1960, para internar maquinarias al país.
Concuerdo con el Honorable señor Tuma en que lo relativo a la vigencia de la disposición se aclara con la indicación que Su Señoría va a someter a la consideración de la Honorable Cámara.
Es indiscutible que la tramitación en el Banco Central y la traída de la maquinaria de países europeos y de Norteamérica demora, a veces, más de un año. Si se estableciera aún esta prórroga, la iniciativa en debate sería inoperante.
Por eso, junto con aprobar este proyecto, en general, presentaremos una indicación para que estas maquinarias puedan ser internadas durante un plazo más largo, con la sola aprobación del Banco Central.
En esta forma, creemos que especialmente aquellas industrias de las zonas afectadas por el terremoto de 1960, que perdieron toda su maquinaria, podrán reponerla y aumentar la producción, como el país lo necesita.
Nada más.
La señora ENRIQUEZ.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
La señora ENRIQUEZ.-
Señor Presidente, deseo anunciar los votos favorables de los parlamentarios del Partido Radical a este proyecto del Ejecutivo, porque también nuestro deseo es que esta situación se regularice.
Por otra parte, quiero hacer presente que formulé una indicación sobre la materia señalada anteriormente por el Honorable colega señor Montt, aunque no deseaba que hubiera muchas al respecto. Me refiero a la prórroga del plazo para efectuar expropiaciones en la zona afectada por los sismos del año 1960, las cuales no han podido realizarse en los cinco años fijados en la ley por diversos motivos, entre ellos, la ejecución de los estudios, la falta de fondos, etcétera. El hecho es que todavía están sin remodelar y con las arterias más importantes sin construir diversas ciudades del sur, muy en especial Valdivia, por lo que ruego a la Honorable Cámara se sirva acoger favorablemente la indicación que prorroga por diez años el plazo para hacer dichas expropiaciones.
Muchas gracias, señor Presidente.
El señor AGURTO.-
Pido la palabra.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor AGURTO.-
Señor Presidente, también quiero anunciar los votos favorables de los Diputados del Partido Comunista, porque nos parece muy justo este proyecto de ley que tiene por objeto prorrogar por seis meses más la vigencia del artículo 133 de la ley N° 14.171.
Sabemos que la industria de la provincia de Concepción, especialmente, ha tenido dificultades para internar maquinaria. Las que poseían, como se sabe, fueron dañadas con motivo de los sismos del año 1960.
Asimismo, son numerosas las industrias de la provincia que no han solucionado los conflictos que mantienen con sus trabajadores en espera de contar con una instalación completa de maquinarias.
Por otra parte, también estamos de acuerdo con el planteamiento del Honorable señor Tuma, en el sentido de que es indispensable resolver la situación de los industriales que no han podido internar su maquinaria dentro del plazo fijado por la ley.
Por esta razón, los Diputados comunistas anunciamos nuestros votos favorables a este proyecto de ley.
Nada más, y muchas gracias.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Cerrado el debate.
Se dará lectura a las indicaciones que se han formulado.
El señor KAEMPFE (Secretario subrogante).-
De los señores Montt, Papic, Jerez y la señora Enríquez, para agregar el siguiente inciso complementario: "Prorrógase por el plazo de 10 años la vigencia del artículo 91 de la ley Nº 14.171"; y
De los señores Jerez y Tuma, para agregar el siguiente inciso segundo: "Las importaciones que hayan sido aprobadas por el Banco Central dentro del plazo que establece esta ley, gozarán de tales franquicias aunque no hayan alcanzado a ser internadas al país en la fecha indicada".
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Si le parece a la Cámara, se votará el artículo único con las dos indicaciones formuladas.
El señor JEREZ.-
¿Me permite medio minuto para aclarar una situación, señor Presidente?
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder la palabra por medio minuto al Honorable señor Jerez.
Acordado.
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor JEREZ.-
Señor Presidente, no tengo ningún inconveniente en que el proyecto sea votado como lo propone la Mesa. Pero tengo entendido que se formularon dos indicaciones sobre la ampliación del plazo de vigencia del artículo 91: una, establecía la vigencia dos años, y la otra, diez años más.
Mi Honorable colega señora Enríquez manifestó que en los cinco años de vigencia de la ley no se había hecho nada. A mí juicio, concediendo menos prórroga, obligamos a las autoridades competentes a dar cumplimiento a la ley dentro del plazo-que ella fija. Si en estos cinco años no lo hicieron, creo que menos lo harán en diez años, pues se confiarán y dejarán las cosas al tiempo.
La señora ENRIQUEZ.-
No se pudo cumplir por falta de fondos.
El señor JEREZ.-
Entiendo que la Mesa ha estimado más conveniente refundir las dos indicaciones. Como el autor de una de ellas es el Honorable señor Montt -yo me limité a apoyarla-, no hago mayor problema.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
¿Me permite, señor Diputado? Efectivamente, la Mesa se permitió refundir las dos indicaciones. La formulada por la Honorable señora Enríquez prorrogaba el plazo por quince años.
La señora ENRIQUEZ.-
Son cinco años más.
El señor PAPIC (Presidente en ejercicio).-
La verdad de las cosas es que la razón que siempre se dio para el no cumplimiento de la ley fue la falta de fondos. Por tal motivo, la Mesa, interpretando el pensamiento de los autores de esas indicaciones, se permitió fijar, en la indicación refundida, un plazo de vigencia de diez años.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará en general.
Aprobado.
En votación el artículo conjuntamente con las indicaciones formuladas.
Si le parece a la Honorable Cámara, se aprobará, facultándose a la Mesa para fijar la correlación de las indicaciones formuladas.
Acordado.
Terminada la discusión del proyecto.
"