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El señor ESCALONA (Presidente).-
A continuación, corresponde ocuparse en el proyecto, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, a fin de establecer la facultad de excusarse de la obligación de ser vocal de mesa para las mujeres en estado de embarazo o de puerperio, con informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
--Los antecedentes sobre el proyecto (8644-06) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 61ª, especial, en 19 de noviembre de 2012.
Informe de Comisión:
Gobierno, Descentralización y Regionalización: 87ª, en 18 de diciembre de 2012.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
El objetivo de la iniciativa consiste en establecer como causal de excusa para ejercer el cargo de vocal de mesa receptora de sufragios la circunstancia de encontrarse la mujer embarazada o en estado de puerperio.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización discutió el proyecto en general y en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Corporación, y lo aprobó en los mismos términos en que lo hizo la Cámara de Diputados, por la unanimidad de sus miembros, Senadores señores Orpis, Rossi, Sabag y Zaldívar (don Andrés).
Cabe hacer presente que la iniciativa es de rango orgánico constitucional, por lo que para su aprobación se requieren 21 votos favorables.
Asimismo, es preciso señalar que la Comisión acordó dejar constancia de que durante el debate de esta iniciativa tuvo en consideración otro proyecto de ley, iniciado en moción de los Senadores señora Rincón y señores Muñoz Aburto, Navarro y Rossi, actualmente en primer trámite constitucional, que libera a la mujer, durante el lapso anterior o posterior al parto, de la carga pública de desempeñarse como vocal de mesa receptora de sufragios.
El texto que se propone despachar se consigna en la parte pertinente del informe de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización.
El señor ESCALONA (Presidente).-
En discusión general y particular el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Muñoz Aburto.
El señor MUÑOZ ABURTO.-
Señor Presidente, junto con los Senadores señora Rincón y señores Rossi y Navarro presentamos un proyecto de ley tendiente a excusar a las mujeres embarazadas o en período de puerperio de la obligación de ser vocal de mesa.
Las razones son evidentes.
Hasta ahora el embarazo o el período de lactancia de una madre no son una excusa precisa y clara respecto de la nominación de vocal de mesa. Solo puede configurar la eximente de impedimento de salud, para lo cual debe ser evaluada en cada caso por las juntas electorales.
Es indudable que, por la época en que se registran nuestras elecciones y las características del proceso, con largas jornadas, encierro, calor y aglomeraciones, no se trata de una actividad recomendable.
Propusimos, por tanto, precisar en la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que se eximan de esta obligación las mujeres que a la fecha de la elección se encuentren en el período de 6 semanas previo al parto o de 24 semanas posterior a él.
Sin embargo, señor Presidente, Honorables colegas, una vez más me veo en la obligación de distraer la atención de esta Sala para referirme al no resuelto problema de autoría de las mociones.
La moción a la que aludo, que modifica la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, que libera a la mujer, durante el lapso anterior o posterior al parto, de la carga pública de desempeñarse como vocal de mesa receptora de sufragios, fue presentada con la firma de los Senadores señora Rincón y señores Rossi, Navarro y el que habla el 16 de octubre de 2012, e ingresó en la Cuenta al día siguiente, el 17 de octubre. Como puede verificarse en Internet, ese mismo día se informó de él a través de los medios de comunicación.
Con el objeto de conseguir el apoyo del Ejecutivo a una materia que nos parece del todo razonable, envié, además, el mismo 17 de octubre de 2012 una comunicación postal a la Ministra Carolina Schmidt, y el 19 de ese mismo mes remití un correo electrónico, en similares términos, dirigido a los Ministros del Interior, don Andrés Chadwick, y Secretario General de la Presidencia, señor Cristián Larroulet, con el fin de requerirles, textualmente, "su colaboración para su expedita tramitación".
Como puede verificarse en el sitio web del Congreso Nacional, solo el 30 de octubre de 2012, vale decir, casi dos semanas después, aparece ingresado en la Cámara Baja un proyecto similar, patrocinado por un grupo de parlamentarios, encabezados por el Diputado UDI Issa Kort.
En honor a la verdad, esa iniciativa fue presentada físicamente el jueves 18 de octubre. Como corresponde, se da cuenta de ella en la sesión siguiente, esto es, el 30 de dicho mes.
Pues bien, las notas a los Ministros nunca fueron respondidas ni se acusó recibo de ellas. En conocimiento de la presentación de ambos proyectos -porque debo suponer que se lee la correspondencia- y pudiendo averiguar con facilidad el orden de su ingreso, el 7 de noviembre de 2012, a tres semanas de la presentación de nuestro proyecto y del envío de las notas informativas para solicitarle patrocinio, el Ejecutivo le asigna urgencia a la moción de los Diputados.
Apelando a un mínimo sentido de justicia y considerando que resta un tiempo prudente para las próximas elecciones, solicité al Gobierno, en la persona del Ministro Larroulet, corregir la situación, lo que no ha ocurrido.
Lamentablemente, la normativa vigente no permite refundir las iniciativas, por encontrarse en distinto trámite constitucional. En esa circunstancia, la Comisión de Gobierno aprobó la moción de los Diputados, dejando solo constancia de la nuestra.
Debo expresar que, incluso, la moción proveniente de la Cámara de Diputados incurría en un grave error al ligar la excusa al ejercicio del posnatal laboral, lo que excluía del beneficio a todas las mujeres que no trabajan remuneradamente. Nuestra proposición de ley sí las incluía.
Pese a que ello se corrigió, hago presente el punto para graficar que también desde el ángulo técnico nuestra moción estaba mejor concebida.
Señor Presidente, más allá de los créditos personales, el mayor logro de los parlamentarios es que las ideas contenidas en las iniciativas propuestas se aprueben. Pero sabemos que es asimismo relevante que se respete y reconozca la autoría de ellas, sobre todo cuando consta de un modo tan evidente como en este caso.
Todos conocemos las dificultades que enfrentan los parlamentarios para conseguir que sus proyectos avancen. Por ello, es lamentable que ocurra una situación tan injusta como la expuesta, y ya no por una circunstancia propia del trámite legislativo, sino por el apoyo de un tercero, el Ejecutivo, que, por sobre un mínimo sentido de justicia, privilegió factores que desconozco y que no me atrevo a calificar.
En consecuencia, junto con reiterar lo dicho en cuanto al mérito de los proyectos referidos a esta materia, insisto una vez más en la necesidad de buscar una solución que permita refundir mociones que se hallan en distintos trámites.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Orpis.
El señor ORPIS.-
Señor Presidente, tal como lo hice en la Comisión de Gobierno, aprobaré esta iniciativa de ley, por las razones que se indican en los fundamentos de la moción que le dio origen y por las que se aducen en el informe de dicho órgano técnico.
Empero, pediré que se vote separadamente la proposición contenida en la letra a) del número 1) del artículo único. ¿Por qué? Voy a explicarlo.
La idea matriz de un proyecto está fijada en sus objetivos. Y, conforme se expresa en la primera página del informe de la Comisión, en este caso el objetivo es "Establecer como causal de excusa para ejercer el cargo de vocal de mesas receptoras de sufragios en beneficio de la mujer en estado de embarazo o de puerperio.".
Si Sus Señorías van a la primera página del boletín comparado, verán que mediante la referida letra a) se establece una norma completamente ajena a la idea matriz de la iniciativa que nos ocupa.
En efecto, en el número 1) del artículo 44 de la ley N° 18.700, que dispone que podrá excusarse de desempeñar el cargo de vocal de mesa quien esté "comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 40;", se sustituye el punto y coma por la siguiente expresión: ", o haber sido designado miembro del colegio escrutador;".
A mi entender, dicha expresión es del todo extraña a la idea esencial de este proyecto, cual es permitirle a la mujer que se halla en estado de embarazo o de puerperio excusarse de la obligación de ser vocal de mesa.
Por lo tanto, pido votar separadamente la letra a) que se contiene en el número 1) del artículo único, a través de la cual se aborda una materia que se aleja de la idea matriz de esa iniciativa y, por tanto, debe ser objeto de otro proyecto de ley.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
En todo caso, señor Senador, como ahora solo votaremos la idea de legislar, se fijará plazo para presentar indicaciones.
Tiene la palabra el Honorable señor Zaldívar.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señor Presidente, ante todo, considero importante dejar constancia del planteamiento que hizo el colega Muñoz Aburto a propósito de la autoría de los proyectos, y en particular de la del que nos ocupa en este momento, que aborda una materia que primero fue objeto de una proposición de ley de Su Señoría, de la Senadora Rincón y de otros colegas, y con posterioridad, de una similar que se presentó en la Cámara de Diputados.
El Gobierno agilizó la tramitación de la iniciativa formulada en la otra rama del Parlamento. Entonces, cuando en la Comisión de Gobierno analizamos el tema, nos encontramos con el proyecto que despachó la Cámara Baja en primer trámite constitucional y con el que presentaron los Senadores mencionados.
Por consiguiente, además de la constancia que solicité dejar, hago presente la conveniencia de que el Ejecutivo sea más riguroso y respete la autoría de las iniciativas de ley, o a lo menos reconozca la coautoría en torno a los asuntos sobre las que se pretende legislar.
Ahora, considero que el proyecto en debate, tal como se encuentra planteado, tiene pleno fundamento. Y el problema que a través de él se procura resolver quedó de manifiesto en la última elección: mujeres que se hallaban en estado de embarazo o de puerperio se sintieron obligadas a desempeñarse como vocales de mesa pese a no encontrarse en condiciones adecuadas para cumplir las funciones pertinentes.
Por tanto, resulta indispensable corregir tal situación.
De otro lado, no estoy tan de acuerdo con el Senador Orpis en cuanto a la imposibilidad de incluir como causal de inhabilidad para desempeñar el cargo de vocal de mesa el haber sido designado miembro del colegio escrutador.
El artículo 44 de la ley N° 18.700 trata de las excusas que pueden presentar diversas personas cuando median las circunstancias allí enumeradas. Y si hay una omisión vinculada con la designación como integrante del colegio escrutador, yo me quedo con la interpretación de que eso está comprendido en la idea matriz, aun cuando haya dudas sobre el particular.
Tocante a la situación de quien no concurre a ejercer alguna de las funciones señaladas en el artículo 138 de la ley N° 18.700, la posibilidad que se abre mediante el número 3) del artículo único para excusarse post acto electoral me parece bien, pues muchas veces no es factible presentar la excusa oportunamente.
Por último, el artículo transitorio se enmarca igualmente dentro de la idea matriz de esta iniciativa, pues plantea una norma en virtud de la cual la sanción prevista en el ya citado artículo 138 no se aplica a quienes, con motivo del proceso eleccionario de 2012, teniendo una excusa válida, de las señaladas en el artículo 44 o de las incorporadas por la ley en proyecto, no pudieron presentarla en forma oportuna.
Por eso, señor Presidente, me parece del caso despachar esta iniciativa dentro de un plazo razonable, ya que, como pronto habrá elecciones, es conveniente que estas materias queden zanjadas.
He dicho.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.-
Señor Presidente, quiero reiterar un hecho que, si se vuelve una constante, una regla general, va a generarnos conflictos.
El 17 de octubre del 2012 presentamos con el colega Muñoz Aburto un proyecto -adhirieron a él los Senadores señora Rincón y señor Rossi- que abordaba la misma temática que el que nos ocupa en este instante. Esta última iniciativa, de las Diputadas Hoffmann, Sepúlveda, Saa y Pascal y de los Diputados Cardemil, Godoy, Melero, Araya, Kort y Saffirio, ingresó el 30 de ese mismo mes.
Está claro, pues, que el ingreso de nuestra proposición de ley fue anterior.
Yo felicito a este Gobierno y a los parlamentarios del oficialismo. Porque, a decir verdad, durante las Administraciones precedentes muy difícilmente nosotros conseguíamos patrocinio para nuestras mociones.
Hoy día hay un Gobierno que, al parecer, sí escucha a sus parlamentarios y les patrocina con gran rapidez sus iniciativas, pese a la existencia de otras exactamente iguales ingresadas con anterioridad por otros Senadores o Diputados.
Sabemos que ninguna norma obliga a priorizar la tramitación de los proyectos según el momento en que entran al sistema legislativo. Pero uno espera siquiera una mínima muestra de fair play y que se recojan los textos conforme al orden en que llegan a la respectiva Cámara.
Yo quiero recordar que con la Presidenta Bachelet al menos se logró que en el texto del Diario Oficial (¿alguien se ha preguntado quién lee el Diario Oficial en Chile...?; de partida, ninguno de nuestros electores, salvo los leguleyos y quienes se interesan en las cuestiones jurídicas) apareciera una frasecita.
Me explico.
Cuando se aprueba una ley, el Parlamento no existe (no existen ni la Cámara de Diputados ni el Senado): solo aparecen las firmas del Ministro del ramo y del Presidente de la República. Pero al menos va una frasecita que, haciendo referencia al proyecto, dice "originado en una moción de...".
Exactamente cinco palabras, las que, en todo caso, no dan cuenta del esfuerzo real que despliegan los miembros del Congreso Nacional para presentar mociones y hacer debates parlamentarios.
Ahora, señor Presidente, debo puntualizar que no es primera vez que nos ocurre lo que planteó el Senador Muñoz Aburto.
El 13 de agosto de 2008 presenté un proyecto de ley -se tramitó a la Comisión de Transportes- destinado a sancionar al conductor que huye del lugar de un accidente automovilístico en el que es protagonista.
El 28 de julio de 2010 mi colega y respetado Senador Francisco Chahuán presentó uno idéntico, que establece un nuevo régimen de penas en caso de fuga.
El mío se fue a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, y ahí duerme el sueño de los justos.
Señor Presidente, más allá de los reparos formulados, quiero expresar, tocante al proyecto de ley en debate, que es relevante establecer la excepcionalidad propuesta, porque no se encuentra consignada en forma expresa. Hay que abreviar el debate, dejar lo menos posible a la interpretación.
El artículo 44 de la ley Nº 18.700 señala las siguientes justificantes:
"1) Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 40;
"2) Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta;
"3) Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende esta ley;
"4) Tener más de setenta años de edad;
"5) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función (...);
"6) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras...".
La redacción de la eximente número 5) no resulta clara respecto a las mujeres encinta o en período de lactancia, ya que ello se considera habitualmente "un estado" y no necesariamente inhabilitante, lo cual queda sujeto al criterio de la junta electoral correspondiente.
O sea, encontrarse embarazada es un estado, no constituye una imposibilidad mental. Por lo tanto, esa situación debe quedar diferenciada en el numeral pertinente.
Tal como está la norma, no resulta concordante con la importancia que nuestro país le está atribuyendo a la maternidad. Esto se expresa, por ejemplo, en la ley Nº 20.545, que extendió el posnatal a seis meses para, entre otros objetivos, favorecer el apego materno.
Las largas jornadas de votación y la situación de encierro y calor derivada de la época del año en que se realizan las elecciones no resultan apropiadas para las personas en estado de gravidez, aparte que representan un inconveniente difícil de sortear por las mujeres cuyos hijos tienen pocos meses de vida.
En las últimas elecciones yo vi en una cajita de votos a una guagüita de aproximadamente dos meses. Pero su madre había decidido ser vocal de mesa; y le gustó desempeñarse como tal.
Entonces, la aplicación de la eximente pasa a veces por la voluntad de la persona. Si quiere excusarse, lo plantea y será eximida. Si cree estar en condiciones de acometer la labor respectiva, la realizará.
Por lo anterior, la circunstancia de estar embarazada y la de tener hijos de pocos meses de edad deben incorporarse como eximentes para ejercer el cargo de vocal de mesa. Ello protege la salud tanto del hijo cuanto de la madre. Y, también, resguarda la credibilidad y el buen criterio; porque actualmente la decisión depende de las juntas electorales, en las que a veces no prima el buen juicio.
Creo, pues, que debemos efectuar la modificación planteada. Yo voy a votarla favorablemente, por las razones que mencioné en cuanto a la necesidad de legislar sobre la materia. Y ojalá podamos contar con el espacio suficiente para establecer algunos criterios sobre la forma de tramitar los proyectos de ley, a fin de que todos los parlamentarios tengan la oportunidad de que sus mociones se traten en la Sala.
Anuncio mi voto afirmativo.
¡Patagonia sin represas!
¡Nueva Constitución, ahora!
El señor ESCALONA (Presidente).-
Solicito el acuerdo de la Sala para abrir la votación.
La señora ALLENDE.-
Sí.
El señor PROKURICA.-
Me parece bien.
El señor WALKER (don Ignacio).-
Conforme.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Acordado.
En votación la idea de legislar.
--(Durante la votación).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra la Senadora señora Pérez.
La señora PÉREZ (doña Lily).-
Voto de inmediato a favor del proyecto, señor Presidente.
Yo entiendo las reacciones de molestia que tienen algunos Senadores cuando no se hace un reconocimiento explícito -en el mensaje, por ejemplo- a su condición de autores de determinadas iniciativas, pues a lo largo de nuestra historia como congresistas varias veces nos ha ocurrido que, tras haber presentado mociones sobre ciertas materias, ellas se han transformado en mociones de otros parlamentarios o en proyectos del gobierno de turno.
Sin embargo, creo que el fondo de la iniciativa pertinente es más importante que quién se lleva el aplauso.
En el caso que nos ocupa, creo que el proyecto es muy significativo, pues mediante él se le entrega a la mujer embarazada o en estado de puerperio la posibilidad de, en forma voluntaria, excusarse de cumplir la obligación de ser vocal de mesa.
Quienes luchamos por la voluntariedad del voto creemos que también ha de quedar en el ámbito de la voluntad de la mujer que se halla en una de aquellas situaciones la decisión de no desempeñar el cargo en comento y no ser objeto de las sanciones aplicables a los ciudadanos que no cumplen ese deber que contempla nuestro ordenamiento jurídico.
Me parece muy justo eximir de la carga en cuestión a las mujeres embarazadas o en estado de puerperio, ya que hay que resguardar su salud y la del hijo que está por nacer, bienes jurídicos protegidos por nuestra Carta Fundamental.
Entonces, considero muy necesario que aprobemos la iniciativa en votación, que constituye un avance en la materia que mediante ella se aborda.
Sin duda, es deseable que siempre quede consignado el nombre de los autores de las mociones. Empero, no podemos perder el foco en el sentido de que siempre lo más relevante es que los proyectos respectivos se saquen adelante.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
Hago presente que este proyecto es de rango orgánico constitucional y que, por consiguiente, para aprobar la idea de legislar se requieren 21 votos favorables.
Conforme al Reglamento, aún quedan dos minutos y medio para que se cumpla el tiempo durante el cual debe llamarse a los señores Senadores a fin de que emitan su pronunciamiento.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Para fundamentar su voto, tiene la palabra el Senador señor Chahuán.
El señor CHAHUÁN.-
Señor Presidente, la iniciativa que nos ocupa tiene como objetivo proteger la maternidad. Y por eso esta materia se ha planteado en varias mociones -una de ellas, de la entonces Diputada Lily Pérez- a los efectos de establecer como excusa para no cumplir la obligación de ser vocal de mesa el hecho de que una mujer se encuentre embarazada o en estado de puerperio.
Eso también dice relación con la voluntad del Presidente de la República, Sebastián Piñera, en términos de la protección a la maternidad, decisión que quedó de manifiesto particularmente con la extensión del posnatal a seis meses, medida que se transformó de sueño en realidad durante nuestro Gobierno.
Por lo mismo, consideramos que la ley en proyecto tiende no solo a proteger la salud de la madre y la de quien está por nacer, sino también a que se otorguen los cuidados adecuados tras registrarse el parto.
Creemos, por ende, que esta iniciativa va en la línea indicada y que tenemos que apoyarla.
En definitiva, les pido a los señores Senadores que la voten favorablemente.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Senador señor García.
El señor GARCÍA.-
Señor Presidente, quiero referirme a lo planteado por el Senador señor Orpis en el sentido de que resulta extraño que se haya incorporado en el numeral 1) del artículo 44 de la ley N° 18.700, dentro de las causales para excusarse de cumplir la obligación de desempeñar el cargo de vocal de una mesa receptora de sufragios, el haber sido designado miembro del colegio escrutador.
Me parece lógico que una persona designada miembro del colegio escrutador no sea al mismo tiempo vocal de mesa.
Sin embargo, le encuentro razón a Su Señoría en cuanto a que, en estricto rigor, esa causal no estaba dentro de las ideas matrices del proyecto, que, en mi opinión, se refieren a "la facultad de excusarse de la obligación de ser vocal de mesa para las mujeres en estado de embarazo o de puerperio". Y aquí se está haciendo una consideración de carácter general, para los dos sexos. Aun cuando la observación resulta lógica, también la considero ajena a la idea matriz.
Sin embargo, dado que se trata de un proyecto de artículo único, no tengo inconveniente en aprobarlo.
Lo que sí quiero consultar -no sé si se encuentra presente algún miembro de la Comisión de Gobierno- dice relación con que, en el caso de una mujer en estado de embarazo o de puerperio, parece completamente razonable que, así como le estamos dando la opción de excusarse para desempeñar el cargo de vocal en una mesa receptora de sufragios, le permitamos igualmente hacerlo en cuanto a integrar un colegio escrutador si es designada como tal por la respectiva junta electoral.
Desconozco si las inhabilidades son las mismas en los dos cargos, pero me parece que donde existe la misma razón debe existir la misma prohibición y que es totalmente procedente, si para ser vocal estamos contemplando una excusa con relación a las mujeres que se encuentren en los estados ya señalados, que hagamos otro tanto en cuanto a ser miembro del colegio escrutador.
Normalmente, señor Presidente, los proyectos de artículo único se resuelven en una sola votación y pasan al trámite siguiente. A mi juicio, el que nos ocupa amerita, para revisar las materias que he señalado, su vuelta a Comisión, y así lo sugiero.
Voto a favor.
El señor ESCALONA (Presidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Lagos.
El señor LAGOS.-
Señor Presidente, creo que la iniciativa se va a aprobar por unanimidad, porque es de toda lógica, pero deseo aprovechar solo para plantear un aspecto relativo al tema.
Estamos haciendo referencia a la posibilidad de que las mujeres que esperan guagüita o que están "amamantando", como se dice en términos tradicionales, se excusen -y ello nos parece razonable- de participar en el proceso electoral como vocales de mesa.
Cuando se ha planteado acá la regulación de las relaciones de hecho, generalmente se enfoca todo desde el punto de vista de liberales frente a conservadores, de la situación de gente menos formal o que no quiere casarse; pero estimo que deberíamos tener en cuenta que se trata de hacer frente a cuestiones que hoy día no están quedando comprendidas. Muchas veces, en cuanto a los parentescos por consanguineidad o a los cónyuges -no son parientes, entre paréntesis-, la legislación establece ciertas inhabilidades o prohibiciones respecto de la contratación, lo que no se aplica a los otros vínculos.
Lo que quiero exponer es que con los vocales de mesa ocurre algo similar. Y lo consigno por experiencia propia. Fui candidato a Senador y mi pareja durante 20 años salió sorteada vocal de mesa en Valparaíso, pero, jurídicamente, no le afectaba la inhabilidad que contempla la ley, porque no estamos casados. Sin embargo, ¿cuál es el espíritu de la disposición legal? El de evitar que quienes puedan tener un fuerte interés creado participen del proceso de contar votos. Entonces, lo que se hizo fue enviar un escrito al Servicio Electoral para explicar la situación, y el organismo no respondió. O sea, se corrió, para ser franco.
En consecuencia, ¿qué tenía que hacer Gloria Peña Tapia, la persona a que me refiero? Por ley, estaba obligada a presentarse como vocal, salvo que llegara tarde o que no se constituyera la mesa; pero si iba a serlo, faltaba al espíritu del ordenamiento, desde el punto de vista de que tenía un interés creado.
Entonces, deseo consignar que se registran vacíos en relación con las parejas de hecho, situación que no da únicamente para sostener una discusión valórica profunda, sino también para tenerla presente en materia de inhabilidades o de salvaguardar el espíritu de la ley en el caso de ciertas incompatibilidades.
Voy a apoyar el proyecto, pero solo plantearé que la excusa ante la obligación de ser vocal de mesa se aplica también en el ámbito, muy importante, de otros aspectos que no han sido considerados.
Dejo constancia de que en esa mesa, en todo caso, no me fue muy bien, señor Presidente. Es lo que noté que el Senador señor Chahuán conversaba con el Honorable señor García-Huidobro. Cuando menciono que no me fue muy bien, quiero decir que saqué la primera mayoría, pero no con la misma diferencia que obtuve en las demás.
Muchas gracias.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor ESCALONA (Presidente).-
Terminada la votación.
--Por 26 votos a favor, se aprueba en general el proyecto.
Votaron las señoras Allende, Alvear, Pérez (doña Lily) y Von Baer y los señores Cantero, Chahuán, Coloma, Escalona, Espina, Frei (don Eduardo), García, García-Huidobro, Girardi, Kuschel, Lagos, Larraín (don Hernán), Letelier, Muñoz Aburto, Navarro, Orpis, Prokurica, Ruiz-Esquide, Tuma, Uriarte, Walker (don Ignacio) y Zaldívar (don Andrés).
El señor ESCALONA (Presidente).-
Dado el tenor de la discusión, la Mesa sugiere fijar hasta el 14 de enero, a las 12, el plazo para presentar indicaciones
Acordado.
"
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