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- rdf:value = " El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, en primer lugar, deseo destacar a los autores de esta iniciativa, así como la discusión que se dio en la Comisión de Economía del Senado para corregir, para rectificar el texto que envió la Cámara de Diputados.
Hemos escuchado las opiniones de los Senadores Tuma, Orpis, Pizarro, Quinteros.
Durante el debate habido en la Cámara Baja -me tocó participar en él- se puso énfasis en los monopolios, en las verdaderas clausuras existentes que había en determinados edificios o condominios, a los cuales no entraba otro proveedor que el que ya estaba contratado y había hecho el primer cableado. Pero muchas veces no existía poliducto, sino simplemente un contrato con una empresa. Eso generaba una dificultad para suscribir otros contratos. No obstante que la oferta era mejor en términos económicos -y, en ocasiones, también en calidad de servicio, en parrilla programática, en canales de televisión o en velocidad de conexión a Internet-, los condominios o los edificios quedaban amarrados por contratos de exclusividad para el resto de la vida.
Claramente, esta iniciativa de ley rompe aquella barrera.
Nosotros enfrentábamos muchas situaciones en que, pese a estar la norma -como muy bien lo consignaba el Senador Quinteros-, al tratarse de condominios privados no había disposición expresa para obligar a generar la debida competitividad.
Por eso, es tremendamente importante que el nuevo precepto establezca que tanto las inmobiliarias como las constructoras deberán poner los proyectos respectivos "en conocimiento de los operadores de telecomunicaciones, de acuerdo a las normas que al efecto imparta la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el ámbito de su competencia.".
Es fundamental notificar en forma anticipada, para evitar que, simplemente por la vía de la exclusividad o de un avance, un operador logre un amarre con determinada empresa constructora.
Eso ocurre hasta hoy: la fuerza de ventas de ciertas empresas permite generar una vinculación con un gran condominio o con un gran edificio, el cual queda cableado y amarrado mediante un contrato de exclusividad, el que muchas veces incluso no responde a la intención de la asamblea de todos los propietarios o de los primeros propietarios, sino a la venta del condominio o del edificio con determinado servicio establecido.
De aprobarse la normativa en análisis tanto las inmobiliarias como las constructoras deberán poner los proyectos en conocimiento de las distintas empresas proveedoras y serán estas las que competirán por otorgar un mejor servicio, a más bajo precio y en mejores condiciones para los futuros propietarios.
En otro orden de cosas, señor Presidente, también es importante destacar que "El propietario o el arrendatario del inmueble tendrá siempre el derecho a elegir libremente la contratación de estos servicios, y le serán inoponibles los acuerdos que sobre el particular adopten la asamblea de copropietarios o el Comité de Administración.".
Sabemos que hoy la movilidad en materia de vivienda es enorme.
Antes, normalmente el contrato suscrito con determinada empresa en la primera compra de un inmueble amarraba a la administración, y los sucesivos propietarios o sus arrendatarios estaban condenados inexorablemente a tal situación.
Ahora unos y otros tendrán siempre un derecho inoponible.
En definitiva, los propietarios o los arrendatarios podrán recurrir a los tribunales si no se cumple la normativa. De esa manera, estas dos normas juegan virtuosamente en materia de dar variedad, posibilidad de desplazamiento y competencia.
Hoy día -bien lo sabe el señor Presidente, porque ha trabajado en estos temas- el cambio tecnológico muchas veces significa que en dos años se transforma absolutamente la empresa que hace la provisión de servicio de Internet o de cable.
Existe la posibilidad clara y concreta de cambio, y a las asambleas de copropietarios o al comité de administración no les será factible imponer y establecer exclusividad.
Por eso, señor Presidente, votaré a favor de esta iniciativa, que espero se convierta pronto en ley.
Considero importante recoger las inquietudes que señaló el Senador Quinteros. Tal vez debieran discutirse en las Comisiones unidas, para clarificar, desde el punto de vista retroactivo, qué ocurre con los condominios y los edificios donde ya está operando la exclusividad.
He dicho.
"
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