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- http://datos.bcn.cl/recurso/nulo = "[6] “Art 139. Ningún cadáver podrá permanecer insepulto por más de cuarenta y ocho horas a menos que el Servicio Nacional de Salud lo autorice o cuando haya sido embalsamado o se requiera practicar alguna investigación de carácter científico judicial o penal. El Servicio Nacional de Salud podrá ordenar la in-humación en un plazo inferior cuando razones técnicas lo aconsejen.”"^^xsd:string
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- rdfs:label = "PROYECTO INICIADO EN MOCIÓN DE LA DIPUTADA SEÑORA ÁLVAREZ Y DEL DIPUTADO SEÑOR ESPINOZA, DON FIDEL, QUE MODIFICA EL CÓDIGO SANITARIO PERMITIENDO LA EXTENSIÓN DEL PLAZO DE SEPULTACIÓN EN RAZÓN DE TRADICIONES ANCESTRALES (BOLETÍN N° 9387-11)"^^xsd:string
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“La muerte, así como el respeto a los muertos y a los ancestros son, qué duda cabe, parte integrante de la religiosidad de las culturas de los pueblos originarios que han habitado lo que hoy constituye el territorio nacional e insular de Chile.
En el caso particular de las comunidades pertenecientes al pueblo mapuche este es un tema cuyas dimensiones se pueden apreciar desde distintos puntos de vista, entre ellos los siguientes:
1. Funeral o Heluhún
Según el texto “Conociendo la Cultura Mapuche” (2012), publicado por el Ministerio de la Cultura y las Artes, el funeral o heluhún “es una ceremonia donde participa solamente la familia más cercana del difunto y otro donde participa toda la comunidad. El velatorio dura entre 3 a 5 noches, se llevan ofrendas florales y para el funeral, si es que es invitado por la familia, se lleva una cooperación en alimentos. El funeral tiene una duración aproximada de 7 horas, donde la familia comparte el alimento con sus invitados alrededor de las fogatas que se encienden. Si se es invitado y no puede asistir, debiera enviar un representate a la ceremonia de despedida del difunto”[1].
El mismo texto agrega que “Eltun: es una palabra compuesta por el-dejado, y tun=Io que fue tomado”, refiriéndose a la denominación de los cementerios, que a partir de esta conceptualización interpreta que los cementerios son aquellos lugares “donde son depositados los que tuvieron vida”. A mayor abundamiento, añade que los cementerios “ancestralmente eran espacios abiertos semicirculares donde se constituían hileras de hasta 12 féretros, a los que se sumaban encima otra cantidad similar: Los más antiguos eran de los linajes establecidos en cada lof (*clan familiar o linaje). Actualmente los Eltun o cementerios mapuche están ubicados en sectores donde convergen varias comunidades y tienen una dimensión de 75 por 75 metros. Son todos cuadrados”[2].
Otros autores también relevan el hecho de la diferenciación de la muerte en la cultura mapuche, destacando por ejemplo, que “la muerte en guerra era distinta: al morir uno se transformaba en su animal totémico, generalmente un ave. Algunos muertos subían a vivir a los volcanes, al rucapillán, casa de los espíritus (o de los muertos). La gente rodeaba al muerto en su canoa, lo lloraban largamente, se alimentaban y después de un largo duelo lo enterraban en Altun (cementerio mapuche)”[3].
2. El rito funerario
Roel Foerster por su parte, en el libro “Introducción a la Religiosidad Mapuche”'[4] (1995) se refiere al rito funerario entre los mapuche señalando que. “Si bien este rito ha sufrido numerosas transformaciones, identificándose externamente con las ceremonias chilenas (Gundermann 1981), conserva un elemento esencial a través del tiempo: el objetivo de hacer del muerto un verdadero muerto, un antepasado. Cuando acontece la muerte, el destino delalma del difunto es incierto: puede ser capturada por los brujos y transformada en un Wekufe. El rito tiene como fin asegurar que el alma tenga un viaje sin dificultad a la tierra de arriba ( Faron , Grebe ) o al Kulchenmayéu. En la ceremonia juegan un rol destacado los Weupines, parientes del difunto que cumplen la función de “alabar al muerto, establecer una relación genealógica de su status respecto a su linaje y del que está unido por matrimonio y rogar a los antepasados del linaje para que lo ayuden a escapar de las fuerzas del mal” (Faron 1969:248)”.
Más adelante Foster agrega que “al abandonar la condición humana y acceder definitivamente a la tierra de arriba, el antepasado habita junto a los dioses uniéndose a las potencias extrahumanas, pero sigue, no obstante, unido a los hombres por diversos lazos que perduran en la mente de los vivos, rindiéndosele culto (ofrendas y rogativas) en el día de los muertos (Primero de Noviembre), en los Nguillatunes, etc. El antepasado se transforma así en un mediador: participa tanto de la condición sagrada como de la condición humana. Símbolo sacro, es un arquetipo de la sublimación religiosa (síntesis entre lo humano y lo extrahumano)”.
En el mismo texto se cita a Domingo Curaqueo señalando que “el retorno del antepasado a la tierra como espíritu ancestral (Pillan), permite “dar buena suerte y protección a su familia y comunidad”; no obstante, para “apresurar su acción se le debe practicar el ritual de súplicas llamado Pillantun... Solo así actúa violentamente, ahuyentando a los espíritus perturbadores, los cuales aprovechan la presencia de gentíos para introducir discordias, pendencias y otros disturbios” (1989- 1990:30)”.
En la misma obra se recogen también las investigaciones de Yosuke Kuramochi y Juan Luis Nass quienes han descrito otro rito ligado al culto de los antepasados denominado Chalilelfunun, que se celebra previo al rito del Nguillatun y en que la comunidad oficiante se dirige, en la madrugada, al cementerio a “visitar a las almas de los muertos:ALWE y rogar a Ngenechen ... El rito ... centrado en el culto a los antepasados, refleja la complejidad del comportamiento ceremonial y pensamiento simbólico mapuche. Un denso sistema de comunicación de significados y valores culturales relaciona el pasado de los antepasados con el presente y el futuro de la comunidad mapuche actual” (1989: 35).
3. Cueles y Descansos
Otro punto importante consignado en el libro de Foster tiene que ver con que en algunas zonas comprendidas entre las regiones del Bío-Bío y la de la Araucanía “existe una costumbre, no muy extendida, de enterrar a las personas importantes en una especie de túmulos (Cuel). Tom Dillehay observa que estos lugares servirían a las Machis para “re-alimentar la relación entre los ancestros y la población viva”; también cumplirían una función de aproximación del cuerpo a la tierra de cielo (Wenumapu) y, por último, serian “usados por miembros de los linajes y familias locales como un mapa o nudo físico de referencia para familias y linajes en el patrón de la comunidad y la red de parentesco” (1986: 189).
Por otra parte, una publicación efectuada en la Revista Chilena de Antropología Visual, se cita una investigación realizada por Pablo Rojas, Juan Carlos Skewes y María Pía Poblete , titulada “Los descansos de Lago Neltume: Imágenes de los hitos funerarios del mundo mapuche cordillerano”[5]. En el subtítulo “Espíritu, muerte y protección” se señala:
“El descanso se construye en relación al espíritu de la persona, quien puede volver al mundo de los vivos. En la cultura mapuche, el espíritu se distingue del alma y la persona está constituida por diversos componentes espirituales. La distinción planteada por Magnas Course entre alwe como 'esencia viviente', am como 'alma,' y püllü como 'espíritu' es una de las clasificaciones acerca de la dimensión espiritual y que se pone en juego a través de los rituales mortuorios (Course, 2007:74). Para Course, estas tres partes terminan por integrarse en el fuñeral para luego separarse cada una con su propio destino. InezHilger, en cambio, señala que sus informantes distinguen entre alma y espíritu ( Hilger , 1957:166). El espíritu correspondería al püllü, según Schindler (1996), siendo el espíritu, como en el caso de Lago Neltume, que merodea en las casas gimiendo, haciendo sonar las cosas o provocando fuegos dentro dela ruka”.
La muerte, según Course supone, como se ha dicho, la separación del cuerpo de aquellas tres partes, las que migran a lugares no especificados (al volcán, al mar, al cénit) (Course, op.cit:77). El funeral, no obstante, es el momento en que se completa lo persona a través de los discursos que acerca de ella se articulan antes de su partida. En el tránsito del difunto a otros mundos, debe asegurarse que el püllü (o personalidad o don) se desplace hacia su lugar de destino, lo que se logra mediante el amulpüllün, esto es, del cierre fúnebre donde se estimula la partida del espíritu o, más exactamente, donde se “obliga(r) a salir alpüllü” ( Schindler , 1996:165)”.
Las ideas fuerza del rito consisten en proteger a la familia y vivientes frente al eventual retorno del püllü. Schindler cita algunas invocaciones a través de las que Humberto Trecaman despide a un difunto, a quien le pide: “que no se vuelva, que se quede allí tu personalidad [püllü]... No hagas nada adverso a tu familia... Ya te volviste un extranjero... ya no volverás jamás a (nuestra) casa” ( Schindler , op.cit.:168). Las invocaciones también incluyenl¡a petición de ayuda para la familia, pero en lo fundamental es una exhortación a partir a su nuevo mundo.”
Por todo lo anterior, es evidente que en el contexto de la religiosidad mapuche, pero más ampliamente en la de todos los pueblos originarios, la muerte, así como las ceremonias en que se despide a los muertos, tienen un fuerte arraigo cultural, lo que ciertamente algunas veces tiende a colisionar con ciertas normas o disposiciones sanitarias, como el Código Sanitario, que en su Artículo 139[6] fija plazos para la inhumación de los fallecidos, muchas veces considerados muy breves por las comunidades para poder realizar las ceremonias y ritos realizados desde tiempos inmemoriales.
Por consiguiente, la idea matriz de la presente moción tiene por objeto hacerse cargo de la realidad antropológica del pueblo mapuche a la hora de despedir a sus difuntos, y es por ello que se introducen modificaciones al artículo 139 del Código Sanitario, que regula la sepultación de las personas difuntas, permitiendo que la autoridad sanitaria pueda ampliar el plazo para velar a un difunto, cuando sea solicitado, en base a la costumbre ancestral del pueblo mapuche.
Por todo lo anterior, es que tenemos a bien proponer el siguiente,
PROYECTO DE LEY
Artículo único: Modifícase el Artículo 139 del Decreto con Fuerza de Ley N° 725, Código Sanitario, de la siguiente forma:
En el primer párrafo elimínese la conjunción “o” entre las expresiones “autorice,” y “cuando”; las expresiones “embalsamado” y “se requiera”.
En el mismo primer párrafo, agréguese, a continuación de la expresión “judicial o penal”, reemplazando el actual punto aparte por una coma, el siguiente nuevo texto: “o cuando por costumbre ancestral las comunidades de los pueblos originarios así lo soliciten a la respectiva autoridad sanitaria”.
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