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- rdf:value = " El señor MONTES.-
Señor Presidente , el proyecto encuentra su origen en una situación de larga data. Deseo recordar que en 1990-1991 fue la primera vez que la Cámara de Diputados aprobó una alternativa del concepto de empresa que se heredaba. Ello fue rechazado en el Senado en la época del Ministro señor Cortázar.
La otra rama del Congreso ha planteado muchos proyectos de acuerdo y ha constituido dos comisiones investigadoras sobre la materia. La primera funcionó entre el 2004 y 2005 y tuvo por objeto analizar el cumplimiento de la reforma laboral de la ley 19.759, con especial énfasis en el retail. Como producto de este debate, el 2006 se presentó la iniciativa en discusión, de la cual soy uno de sus autores. La segunda comisión funcionó el año 2007 y se abocó exclusivamente a los supermercados.
Estas comisiones revelaron en toda su magnitud la gravedad de ciertas prácticas y sugirieron acciones muy concretas para ponerles fin. Entre otras cosas, se descubrió que Líder actuaba en la época con 155 RUT. Sus trabajadores ni siquiera sabían a qué empresa pertenecían, porque ignoraban a qué rol único tributario estaban asociados.
Se propuso modificar el concepto de empresa derogando la parte final de la definición contenida en el Código: "dotadas de una individualidad determinada". Asimismo, se incorporaba un criterio para entender que dos o más empresas constituían una sola, consistente en tratarse de "una misma unidad económica, ordenada bajo una dirección común".
¿Cuántos minutos tengo, señora Presidenta?
La señora ALLENDE ( Presidenta ).-
Le quedan tres, señor Senador. Pero después puede redondear en un minuto más.
Somos bastante flexibles. No se preocupe.
El señor MONTES.-
En todo caso, señora Presidenta , yo estoy preocupado por las implicancias tributarias de este proyecto de ley. Creo que elude deliberadamente implicancias obvias al indicarse que la decisión del juez será para aspectos laborales y previsionales. Se supone que las resuelven otras leyes. Pero lo que hay implícito es eludir las consecuencias tributarias de esta declaración. Y la idea es cerrar el espacio a los abusos y terminar con franquicias que ya no se justifican.
El proyecto apunta a superar dos problemas. Uno es el declarativo, así como también lo que significa, consecuencialmente, el derecho a sala cuna, la sindicalización y, en especial, las gratificaciones.
Yo tengo bastantes dudas en todo lo que es el tratamiento de las utilidades y, en concreto, de las gratificaciones. Esto queda en manos de otros proyectos de ley, que se supone que afectarían estos aspectos. Pero, según todos los antecedentes de que disponemos, ello no quedaría resuelto.
Este es un problema que se arrastra por largo tiempo. Lo ha dicho el propio empresariado: hay triquiñuelas y subterfugios que deterioran la confianza y perjudican el modelo.
La solución que aquí se plantea, en la medida en que no permite volver a negociar, sino que deja a los sindicatos sujetos al vencimiento de contratos o convenios existentes, supedita el efecto más inmediato y directo a que posteriormente calce el tiempo de los instrumentos vigentes.
Si se estima que hay un empleador común, es evidente que debe darse la posibilidad a esos trabajadores de volver a negociar inmediatamente.
Además, todo esto se judicializa.
Yo estoy por tratar de buscar una solución que fije parámetros claros. Creo que el Parlamento debería definir con precisión qué se entiende por empresa y qué no.
Valoro el acuerdo entre la CUT y la CPC, pero también reafirmo la necesidad de que el Congreso Nacional tenga un rol decidido en la búsqueda de soluciones.
Voy a votar a favor, dado este acuerdo. Sin embargo, creo que esta es una solución relativamente inestable, que quedará muy sujeta al criterio de los jueces y dejará a los trabajadores supeditados a la necesidad de contar con abogados que los acompañen, etcétera.
Reitero mi inquietud en cuanto a que existen aspectos pendientes que impiden que este proyecto tenga la eficacia necesaria, tanto en facultar efectivamente a una nueva negociación colectiva cuanto en la resolución de elementos claves como las gratificaciones.
Por último, señalo mi observación de que en esta iniciativa se excluyeron las implicancias tributarias de la declaración de unidad de la empresa, cuestión que es relevante cuando se está discutiendo, al mismo tiempo, una reforma tributaria de la magnitud que se ha planteado.
He dicho.
"
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