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- rdf:value = " El señor MOREIRA.-
Señor Presidente , en este ámbito de tantas reflexiones, quiero decir que nunca se llega tarde cuando existe voluntad para avanzar. Podrá ser a destiempo. Pero lo importante es hacerlo y darse cuenta de las cosas buenas y de las equivocaciones cometidas por unos y otros en el pasado.
Es importante también señalar, aunque sea majadería, que la Nueva Mayoría -ayer Concertación- gobernó por casi veinte años. Entonces, no se debe responsabilizar solo a algunos del hecho de no haber asumido la realidad. Aquí existe una responsabilidad colectiva, de unos más y de otros menos.
Y es necesario rescatar que hoy todos los sectores tenemos consenso en cuanto a que hemos de legislar para evitar las malas prácticas que nuestra legislación permite a causa del uso indebido del denominado "multirrut".
Dentro de mi Partido, algunos Senadores han expresado inquietudes frente a estas materias -por ejemplo, respecto al mismo FUT- al denunciarse los abusos cometidos. El colega Larraín muchas veces hizo advertencias. Pero, quizás, no supimos leer el momento.
Sin embargo, señor Presidente, lo importante es avanzar.
Solo a modo de ejemplo, debo puntualizar que, como bien se ha señalado, entre algunas de las malas prácticas se encuentran la de limitar la capacidad negociadora de los trabajadores y la de alterar la contabilidad sobre las empleadas para salvar la exigencia de provisión de salas cuna.
Por lo tanto, debemos avanzar en corregir nuestra legislación para evitar que se cometa ese tipo de abusos.
Sin embargo, tenemos que hacer bien la reforma, sin dar espacios para injusticias contra ninguna de las dos partes de la relación laboral. Porque tampoco es legítimo perjudicar a las empresas que sí actúan de buena fe y dentro del marco de equilibro que debe existir entre sus intereses y los de sus trabajadores.
Por esa razón, como bien lo expresó el Senador Allamand, es necesario que la misma ley establezca la definición de dirección laboral común -concepto que se utiliza en la iniciativa en análisis- y no dejarla abierta a las múltiples interpretaciones que pudieran hacer los tribunales de justicia.
Otro aspecto del proyecto que es preciso perfeccionar se refiere a la norma legal que permite extender la vigencia del contrato colectivo mientras se encuentra en tramitación el juicio laboral para determinar la existencia del empleador común.
Empero, entre los especialistas también existe la preocupación, legítima, de que aquel precepto permita la intervención del Estado en las reglas acordadas en un contrato celebrado libremente entre trabajador y empleador. En otros términos, ello sería un grave retroceso hacia el dirigismo estatal.
Indudablemente, en la medida que avancemos por el camino correcto podremos ir corrigiendo muchas otras situaciones en el marco de la legislación laboral.
Voluntad existe, pero con justo equilibrio.
He dicho.
"
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