rdf:value = " El señor HARBOE.-
Señora Presidenta , seré muy breve.
Solo para efectos de contribuir a la discusión, quiero manifestar que aquí se han planteado dudas de constitucionalidad respecto de la prórroga legal de contratos. Sin embargo, debo señalar que el artículo 82 del Estatuto Docente -se encuentra vigente y fue sometido al control de constitucionalidad pertinente- dispone la prórroga de los contratos de trabajo de los profesores, vigentes al mes de diciembre, por los meses de enero y febrero.
En consecuencia, existen antecedentes de que el Tribunal Constitucional haya consignado la constitucionalidad de la prórroga legal de determinados tipos de contratos de trabajo, al igual que la prórroga por ley de los contratos de salud de los afiliados a las instituciones de salud previsional (Isapres), por cierta cantidad de tiempo.
He dicho.
"