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- rdf:value = " El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Señora Presidenta , la discusión empieza a provocar muchas dudas en un sentido u otro. Pero creo que hay que entender bien cuál es el objetivo de la disposición.
Yo voy a votarla a favor. Pero habría sido partidario de darle otra redacción, más precisa.
A mi modo de ver, cuando el juez dicte la sentencia tendrá que determinar la forma de darle cumplimiento; deberá decirle al empleador: "Usted es el único empleador y tendrá que constituirse como tal", y habrá de establecerlo en la sentencia.
Por supuesto, no podrá decir "Usted tiene que fusionarse", o "Usted debe crear una filial", o "Usted tiene que hacer otra cosa". Eso no corresponde. Y quiero dejar constancia de ello en el debate, porque esa no es materia sobre la cual el juez podrá pronunciarse. Solo deberá señalar: "Señor, usted se tiene que constituir en el único empleador, para todos los efectos legales". Y así se dará cumplimiento al artículo 3°.
Quizá una redacción mejor hubiera sido: "Para dar cumplimiento a la sentencia, usted tendrá que", etcétera.
De otro lado, no estoy de acuerdo con lo que dijo el Senador Larraín respecto a la última parte del número 2, pues muchas veces hay sentencias que establecen indemnización y disponen: "Pagará intereses penales".
El señor LARRAÍN.-
Eso es otra cosa.
El señor ZALDÍVAR (don Andrés).-
Yo entiendo la segunda parte, señor Senador . Y hay normativa sobre el punto.
Señora Presidenta , votaré a favor de la norma en el entendido de que la sentencia puede determinar que existe un único empleador, pero no decidir cuál debe ser la organización de la empresa o si esta necesita reestructurarse para dar cumplimiento a lo que determinen los tribunales.
El objeto -insisto- es nada más que determinar que desde el momento del fallo hay un único empleador para todos los efectos de la negociación laboral.
"
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