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El señor TUMA (Vicepresidente).-
Corresponde discutir en general el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica el artículo 391 del Código Penal con el objeto de aumentar la penalidad al delito de homicidio simple, con informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y urgencia calificada de "suma".
--Los antecedentes sobre el proyecto (8.216-07 y 8.609-07, refundidos) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 41ª, en 17 de julio de 2013.
Informe de Comisión:
Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento: sesión 44ª, en 3 de septiembre de 2014.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
El objetivo principal de esta iniciativa es modificar la penalidad asignada en el artículo 391 del Código Penal a los delitos de homicidio simple y de homicidio calificado, para lo cual se elimina en ambos casos el grado más bajo de la pena privativa de libertad. Lo anterior, con el propósito de otorgar mayor protección y valoración a la vida como el bien jurídico de más relevancia en nuestro sistema, en armonía con el criterio de proporcionalidad de las penas asignadas a hechos punibles que pueden afectar a la persona.
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento deja constancia de que el proyecto de ley, pese a ser de artículo único, fue discutido solamente en general.
Dicho órgano técnico aprobó la idea de legislar por la unanimidad de sus miembros presentes, Senadores señores Araya, De Urresti, Harboe y Larraín.
El texto que se propone aprobar se transcribe en la página 25 del primer informe de la Comisión de Constitución y en el boletín comparado que Sus Señorías tienen a su disposición.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
En discusión general el proyecto.
Tiene la palabra el Senador señor Larraín.
El señor LARRAÍN.-
Señor Presidente, el Presidente de la Comisión de Constitución, quien no está presente por razones de fuerza mayor (motivos personales), me pidió informar esta iniciativa en su nombre, lo que hago con mucho gusto, porque se trata de una materia del mayor interés para dicho órgano técnico.
Este proyecto se originó en dos mociones presentadas en la Cámara Baja: la primera, por los Diputados señores Felipe Harboe, Marcelo Díaz, Jorge Burgos y Cristián Monckeberg; y la segunda, por los Diputados señoras María Angélica Cristi, Andrea Molina, Claudia Nogueira y Mónica Zalaquett y señores Cristián Letelier, Arturo Squella, Jorge Ulloa e Ignacio Urrutia.
Ambas mociones fueron refundidas el 13 de junio de 2013 en dicha Corporación, la que posteriormente aprobó el texto definitivo.
El motivo de fondo que justifica esta propuesta de ley se relaciona con la preocupación existente en torno a la pena asignada al delito de homicidio simple, que se considera, claramente, muy baja.
En verdad, si uno piensa que la persona humana y sus derechos básicos son el eje de nuestro ordenamiento jurídico, la consideración del derecho a la vida tiene que constituir, sin lugar a dudas, algo que se exprese y reconozca en la regulación legal, por tratarse de la esencia de los derechos humanos. En consecuencia, cuando se advierte que la valoración que recibe es muy baja en nuestro sistema penal, ello obliga a una modificación.
De hecho, la sanción actual del homicidio, producto de varias enmiendas, termina siendo muy similar a la de otros delitos en los que el bien jurídico protegido es la propiedad, como en el caso del robo con violencia, lo que ciertamente representa un contrasentido.
Por ello, como es la figura que conforma el elemento jurídico penal que resguarda la vida humana, se estimó pertinente revisarla, de manera de enfatizar la proporcionalidad que debe existir entre las penas asignadas a los distintos ilícitos que atentan contra este mismo bien jurídico.
Si tenemos presente el derecho comparado, vamos a darnos cuenta de que efectivamente se contemplan sanciones en general mayores que la nuestra. Así, en España, la pena del homicidio es de 10 a 15 años de prisión; en Francia, la privación de libertad parte de 30 años; en Alemania, la pena no es inferior a cinco años y puede llegar, en casos calificados, a la privación perpetua de libertad, y en Perú, el homicidio calificado es objeto de no menos de 25 años de privación de libertad, y el simple, de no menos de seis.
En forma inicial, ambas mociones proponían solo elevar la sanción del homicidio simple, habiendo sido finalmente complementadas con un aumento de la asignada al homicidio calificado. En efecto, adicionalmente podía tener lugar, al subirse la penalidad del primero, un traspapeleo que llevara a que terminase recibiendo una sanción inferior, por el juego de las atenuantes, alguien que cometiera un homicidio calificado. De manera que la iniciativa contempla la situación de ambos ilícitos.
El proyecto que llega al Senado, entonces, eleva a diez años y un día a quince años las penas asignadas al delito de homicidio simple, que actualmente van de cinco años y un día a quince años. Es decir, lo que hace es subir el piso desde donde parte la calificación para sancionar al que lo comete.
Tratándose del homicidio calificado, la penalidad actual parte en presidio mayor en su grado medio, esto es, de diez años y un día a quince años. Ella es cambiada por presidio mayor en su grado máximo, o sea, de quince años y un día a veinte años, manteniéndose el extremo del presidio perpetuo.
En ambos casos se sube un grado en la escala, por así decirlo. Y ello, básicamente con el propósito de establecer un criterio de proporcionalidad adecuado, como señalamos, a la valoración de la vida como bien jurídico protegido.
Ahora bien, parte del interés que hemos tenido en la Comisión para promover la iniciativa en esta oportunidad se relaciona con lo que hemos estado estudiando y con las dificultades que hemos enfrentado para sacar adelante el proyecto de la denominada "Ley Emilia", que busca sancionar con mayor fuerza el delito que se comete cuando un conductor en estado de ebriedad causa la muerte de una persona.
En ese caso, el órgano técnico había advertido, al igual que sucedió en la propia discusión en la Sala, que tal modificación podía plantear un problema de proporcionalidad, precisamente porque aparecía que el homicidio simple era igual que la conducción en estado de ebriedad causando una muerte, en circunstancias de que ello no es exacto.
De hecho, el texto que estamos estudiando en esa instancia y que esperamos traer a la Sala la próxima semana, tal cual quedó comprometido, se traducirá en que la futura "Ley Emilia" disponga, en su figura simple, una penalidad que va de tres años y un día a diez años, en circunstancias de que hoy día es de tres años y un día a cinco años, con lo cual sube el techo. Pero se crea una figura calificada, en la cual el piso es de cinco años y un día a diez años, de modo que sí existirá una equivalencia con la penalidad que se asigna al homicidio simple, en relación con el caso que ahora nos ocupa.
Hemos consultado a especialistas como los profesores Jean Pierre Matus y Juan Domingo Acosta, y tenido a la vista un estudio de derecho comparado que preparó la Biblioteca del Congreso Nacional, lo que permitió corroborar que este es el camino correcto que debemos seguir.
Sin perjuicio de ello, deseamos modificar algunos aspectos para asegurar el perfeccionamiento de la norma, por lo que hemos solicitado que la iniciativa, no obstante tratarse de un artículo único, se apruebe solo en general.
Quisiéramos que el plazo para presentar indicaciones fuera breve, de manera que la próxima semana pudiésemos analizar en conjunto el proyecto en debate y el de la "Ley Emilia", porque así iríamos avanzando en la coordinación y el equilibrio de las penas con la proporcionalidad necesaria al fortalecer la sanción, lo que nos parece necesario en ambos casos.
Así que la Comisión, con el pronunciamiento de los Senadores señores Araya, De Urresti, Harboe y quien habla, como se expuso, aprobó la idea de legislar. Ojalá la Sala pueda proceder en la misma forma.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
No hay más inscritos.
Ofrezco la palabra.
Se me ha pedido abrir la votación.
En votación.
--(Durante la votación).
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Puede intervenir el Honorable señor Araya.
El señor ARAYA.-
Señor Presidente, simplemente para ratificar y reforzar lo manifestado por nuestro colega Larraín, deseo consignar que el proyecto trata, de alguna manera, de volver a una equiparidad en la tutela correcta de los bienes jurídicos.
En el último tiempo hemos sufrido una serie de modificaciones legales en materia penal que lo único que implican es que la sanción del homicidio no se haya ajustado y que se mantenga la originalmente contemplada en el Código. Como consecuencia de ello, distintos tipos no tan graves como el de ese ilícito, dado que el bien jurídico que tutelan no es la vida, son objeto de castigos mucho más altos, lo que obviamente ha generado una suerte de distorsión en lo que debiera ser nuestro sistema punitivo.
La situación se ve agravada por el hecho de que el Senado está próximo a votar en los días venideros el proyecto que se conoce como "Ley Emilia". Ahí se dispone, en primer lugar, un aumento de sanciones para el conductor en estado de ebriedad que cause lesiones graves o la muerte de alguien.
Pero lo más novedoso es que ese articulado incluye una nueva forma de aplicación de las penas, estableciendo un mínimo y un máximo respecto de los cuales el juez no se va a poder mover.
Y trae el añadido de que, a todo evento, en el caso de morir una persona, siempre se contempla al menos un año de presidio efectivo, lo que no ocurre en ningún otro tipo de ilícitos.
Como consecuencia de ello, en la Comisión de Constitución se suscitó la legítima discusión de que, de aprobarse dicha iniciativa, se generará una distorsión absoluta en relación con el homicidio. ¿Por qué razón? Porque, manteniéndose la actual penalidad de este delito, el que mate a otro podría salir libre casi en forma inmediata conforme al juego de atenuantes y agravantes, en contraste con aquel que provoque una muerte al manejar en estado de ebriedad, lo que obviamente constituye un despropósito, desde cualquier punto de vista.
Por eso, la iniciativa en debate hace algo que parece sencillo, pero que resulta muy complejo, que es aumentar el piso de las penas del homicidio simple y del homicidio calificado, de forma tal que haya una sanción mayor.
Deseo consignar que en la Comisión de Constitución optamos por no entrar a revisar los otros tipos de la misma índole, como el parricidio y, sobre todo, el infanticidio, sino mantener la legislación tal cual está.
Lo único que estamos buscando con la modificación es que el delito de que se trata reciba una sanción mucho más alta. En lo personal, tratándose de la punibilidad de ilícitos asociados a bienes jurídicos, creo que se tiene que partir por sancionar el más grave, el cual, en este caso, es aquel que atenta contra la vida.
Justamente lo que se hace es evitar la distorsión que se ha registrado, pero, por sobre todo, corregir la que se originaría al aprobar el Congreso en los próximos días el proyecto de la "Ley Emilia". A mi juicio, una pena baja para el homicidio y una pena alta para el manejo en estado de ebriedad en que se cause una muerte constituyen una muy mala señal de política criminal, porque, en el fondo, uno les está diciendo a los ciudadanos que les sale penalmente más barato matar a una persona en el primer caso. Entonces, obviamente se origina una serie de deformaciones que no se justifican.
La iniciativa efectúa la corrección pertinente, y, por eso, pido aprobarla.
La Comisión, además, acogió algunas observaciones de profesores de Derecho Penal a fin de poder mejorar la redacción y solucionar algunos problemas de tipo práctico que ocasionaría la aplicación de las sanciones, especialmente en lo que dice relación con la ley N° 18.216, sobre sustitución de penas. Ello será motivo de una indicación y se planteará, obviamente, en la segunda discusión.
Gracias.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Prokurica.
El señor PROKURICA.-
Señor Presidente, antes de intervenir sobre el fondo del proyecto, quisiera exponer algunos antecedentes de un estudio realizado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), del año 2013.
Chile, con 3,1 homicidios intencionales por cada 100 mil habitantes en 2012, es el país con la menor tasa en Sudamérica y el segundo en América, solo superado por Canadá, que registra una cifra de 1,6.
Asimismo, nunca ha registrado una tasa superior a 5 por 100 mil habitantes desde 1955, pese a experimentarse un alza a fines de los sesenta y comienzos de los setenta. Ello, siempre bajo los niveles del resto de la región.
Sin embargo, la tasa de 3,1 no le permite incluirse entre las naciones con menos homicidios, ya que tiene por delante a casi todas las de Oceanía y a muchas de Europa y de Asia, con las que nos gusta compararnos.
Igualmente, se consigna que Santiago exhibe la menor tasa dentro de las principales ciudades de América Latina, con 3,9 homicidios por cada 100 mil habitantes, mientras que en la vereda opuesta se encuentra Caracas, con 122 homicidios por cada 100 mil habitantes, transformándose en la más violenta de Sudamérica.
El informe revela, además, que América Latina presenta la mayor cantidad de asesinatos en el mundo, especialmente por la violencia fuera de control en países como El Salvador, Honduras o Venezuela, principalmente producto del crimen organizado y de décadas de violencia política, lo que al mismo tiempo explica los bajos índices en nuestro país.
El proyecto tiene por objeto modificar el artículo 391 del Código Penal, como lo explicó el señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra, para elevar la sanción del homicidio simple, al que actualmente se le asigna la pena divisible de presidio mayor en sus grados mínimo a medio, y dejarla solo en su grado más alto, es decir, presidio mayor en su grado medio, atendiendo a la proporcionalidad que debe existir con las demás penalidades a partir del bien jurídico más valioso, como es la vida.
Por mi parte, voy a votar a favor de la iniciativa, ya que va en la línea correcta y apunta a actualizar el Código.
Sin embargo, no puedo dejar pasar las cifras entregadas por el Ministerio Público para el período enero-mayo de 2014 en la Región de Atacama, que represento, donde tuvo lugar un incremento significativo de los delitos contra la propiedad y, especialmente, los homicidios, con respecto a igual período del año anterior. En efecto, el aumento fue del 100 por ciento en el homicidio; del 62 por ciento en el robo de vehículos; del 28 por ciento en el robo en lugar no habitado; del 19 por ciento en el robo con intimidación, y del 19 por ciento en el robo con sorpresa.
A lo anterior se suma el alza de la tasa de desempleo, lo que hace prever que se elevará la comisión de ilícitos.
Por último, es fundamental, no solo reforzar la seguridad pública ante el incremento de los índices de delincuencia durante los últimos meses en mi Región y en el país, sino también fortalecer el accionar de nuestro sistema de justicia para que sea posible llevar los casos a los tribunales y obtener sentencias. Ello se transformará, entonces, en una barrera eficaz contra la actividad ilícita.
Y finalmente paso un aviso, señor Presidente.
En la Región de Atacama se hicieron los estudios para construir una cárcel modelo. Las instalaciones actuales se construyeron hace 45 años. Por eso, solicito que se oficie a Su Excelencia la Presidenta de la República para que no se siga demorando la construcción del recinto de Copiapó. El actual exhibe el mayor hacinamiento en el país, superior al 370 por ciento.
Los reos han sido sentenciados, desde luego, por los tribunales de justicia y han perdido parte de sus derechos, pero no se merecen la situación en que están viviendo.
Formulo la petición con el objeto de que no se siga dilatando la construcción de la cárcel.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se enviará el oficio a que se ha hecho referencia.
--Así se acuerda.
Puede intervenir la Senadora señora Von Baer.
La señora VON BAER.-
Señor Presidente, saludamos el proyecto en debate y vamos a aprobarlo.
En principio, lo suscribimos en su integridad, porque cómo no vamos a compartir la opinión de sus autores si la vida es el derecho fundamental. Sin ella -¿quién puede dudarlo?-, no hay derecho. En todas sus formas y grados de desarrollo, merece la máxima protección.
Desde tal perspectiva, creo que es un avance votar a favor de la idea de legislar, pues parte de la base de que el Estado, a través de la ley, tiene, como misión fundamental, el respeto y la protección de los derechos que emanan de la naturaleza humana, el primero de los cuales es la vida.
Mi Honorable colega Larraín ya expresó que estamos legislando con premura porque paralelamente discutimos la iniciativa de la llamada "Ley Emilia". ¿Y qué sucede, generalmente, cuando regulamos un delito en particular? Que perdemos la coherencia requerida por la visión del conjunto de las penas, respecto a todos los ilícitos, y finalmente sucede que, por aumentar la de uno de ellos, otro ya no presenta la misma relación con el anterior.
Eso lo que está ocurriendo hoy: tenemos que ocuparnos en el homicidio, porque también lo estamos haciendo respecto a los que conducen en estado de ebriedad y causan una muerte, y, en ese sentido, es necesario volver a una coherencia entre los distintos delitos.
Cada vez que legislamos para un aumento de sanciones, uno reflexiona que ello parece correcto, pero ¿qué sucede en cuanto a la conexión con las demás? Es ahí donde, por regular el caso de un ilícito específico, desordenamos un aspecto que es tan importante mantener.
Por otra parte, si el incremento es demasiado y la relación se pierde, los jueces terminan por no aplicar la pena más alta deseada por el legislador. ¿Por qué? Porque no mantiene una proporción con las otras.
Sobre esa base, quiero formular un llamado al Gobierno -entiendo que lo ha hecho así también la Comisión de Constitución- a fin de que se restablezca el estudio sobre el Código Penal. Ingresó un proyecto de ley que apuntaba a una revisión de ese ordenamiento, que es bastante antiguo, pues data de 1874, y debiéramos permitirnos la posibilidad de una reflexión más completa acerca de su contenido. El Gobierno decidió retirarlo, y la verdad es que sería muy bueno que lo volviera a ingresar a tramitación, con el objeto de que en la Comisión de Constitución pudiese discutirse en torno a esta materia. Así no tendríamos que estar legislando de manera parcelada.
Debiéramos permitirnos realizar una reflexión más completa y coherente, y no recurrir a soluciones parciales, sino buscar una legislación más moderna sobre las sanciones penales en nuestro país.
Señor Presidente, votaremos a favor de este proyecto. Pero el llamado es a llevar a cabo un debate más profundo respecto a nuestro Código Penal. Y ojalá el Gobierno acoja este planteamiento en el sentido expuesto.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Pizarro.
El señor PIZARRO.-
Señor Presidente, pedí intervenir porque mientras más escucho a mis colegas argumentar con relación al contenido del proyecto y al porqué del aumento de las penas para el homicidio simple, más me convenzo de lo ilógico de legislar como lo estamos haciendo: aumentando la penalidad asignada para el delito de homicidio simple (que parte en cinco años) a fin de asimilarla a la consignada en otro proyecto, la famosa Ley Emilia, que discutimos largamente en el Senado y en la cual nunca me convencí de establecer un aumento que echa por tierra lo que ha sido la proporcionalidad en las penas, dado el contexto en que se produce cada uno de esos ilícitos.
Me voy a abstener, señor Presidente.
No creo que el aumento propuesto sea lo más razonable. Tal vez se pueda buscar una fórmula distinta y lograr que se determinen mayores requisitos o exigencias para, en el caso del homicidio simple, acogerse a las atenuantes o beneficios que muchas veces dejan en libertad, a quienes cometen este tipo de homicidio, antes de lo que corresponde. Pero esa es una situación completamente distinta.
Me abstengo.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor De Urresti.
El señor DE URRESTI.-
Señor Presidente, en forma breve trataré de aclarar lo que acaba de plantear el Senador Pizarro durante su intervención.
En la Comisión de Constitución elevamos la pena del homicidio para armonizarla con otro tipo de penas, que no solo se hallan contempladas en la llamada Ley Emilia.
Hoy tenemos un ordenamiento criminal absolutamente centenario, donde existe contradicción entre distintas penas. Pero, siendo el homicidio una de las principales figuras, teníamos claro -el punto fue consultado, verificado con distintos profesores y aprobado en forma unánime en la Comisión- que la sanción asignada a él se hallaba en absoluta disonancia con otros tipos penales de menor gravedad, especialmente delitos contra la propiedad, que hacían irrisoria la penalidad asignada a unos y otros ilícitos.
En tal sentido, se modificó el artículo 391 del Código Penal, en particular con respecto al homicidio simple, que consagraba una pena de presidio mayor en sus grados mínimo a medio y que fue reemplazada por la de presidio mayor en su grado medio.
Le quiero señalar al Senador Pizarro -por su intermedio, señor Presidente- que analizamos la materia con esa lógica.
Soy de los legisladores a los que no les gusta simplemente subir las penas a los delitos pensando que esa será una política criminal que solucionará los problemas. Pero aquí solo estamos haciendo coherentes las distintas penas asignadas, principalmente con las que se determinan en la Ley Emilia.
Más que un tipo particular, lo que se hizo fue establecer un rango en el cual debe moverse el juez al momento de fallar. De esa manera evitamos situaciones absolutamente inaceptables hoy, como la de quien mata a una persona manejando en estado de ebriedad y no pasa ni un día en la cárcel.
Considero relevante dejar consignado aquello. Y ya que he escuchado algunos planteamientos en el sentido de revisar otro tipo de ilícitos y el Código Penal en general, me parece importante reflexionar también sobre los denominados "delitos de cuello blanco", que causan enormes estragos. En estos días hemos visto el caso de utilización de información privilegiada o de defraudación en el mercado de valores. Y sería bueno tener a esos delincuentes tras las rejas.
He dicho.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Senador señor Letelier.
El señor LETELIER.-
Señor Presidente, entiendo que el sistema de penas en nuestro país se halla cuestionado.
Las penas dicen relación con los valores que imperan en una sociedad, con los bienes que se protegen. Y la sanción debe ir de acuerdo al juicio que se tiene respecto de cada bien protegido.
Es evidente que en Chile los delitos de homicidio no necesariamente son sancionados como corresponde. Es más, personas que matan a otras con sus autos y luego se arrancan reciben a veces penas remitidas.
Eso habla de los valores de una sociedad.
En cambio, un individuo que forcejea una puerta y roba una cosa está preso 5 años y un día.
El sistema de penas, sin duda, refleja la escala de valores de una sociedad.
Es muy común, en zonas rurales como la que yo represento en el Senado, que la gente diga: "Es peor robarse una gallina que matar a una persona". El drama es que no dejan de tener razón. Porque en nuestra legislación la propiedad privada es más sacrosanta, en muchas situaciones, que la vida.
Pero, como recordaba el Senador De Urresti, no siempre es así.
Ayer conocimos las sanciones en el caso Cascadas, donde hubo multas millonarias. En lo personal, no tengo ninguna duda de que eso genera mayor impacto sobre la confianza en el mercado que cualquier reforma tributaria. Ayer se produjo un impacto dramático en la credibilidad del mercado de capitales. No sé cuántos empresarios estarán hoy muy molestos -imagino que son decenas de miles- frente a la frescura de unos pocos, que atentaron contra todos los bienes públicos habidos y por haber.
Estoy seguro de que muchos estarán de acuerdo con la sanción monetaria. La pregunta es si además habrá sanción penal para ese tipo de delitos, que no solo deben ser objeto de multa, sino también de privación de libertad. Es lo que ocurrió, igualmente, en el caso La Polar.
Me parece bien que se revise el sistema de sanciones en nuestro país -aquí nos estamos limitando al delito de homicidio simple-, a fin de ampliar el rango, aun cuando no tengo convicción de que el propuesto en esta hipótesis sea tan adecuado sin que se perfeccionen, al mismo tiempo, ciertas atenuantes o agravantes.
Sin embargo, confío en el trabajo realizado por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Y por eso voy a votar a favor, en el entendido de que, en todo caso, queda pendiente un examen más general del sistema de sanciones en Chile, el cual, en última instancia, refleja los valores y los bienes públicos que queremos defender.
El señor TUMA (Vicepresidente).-
No hay más inscritos.
Le pido al señor Secretario que consulte a la Sala.
El señor LABBÉ (Secretario General).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor TUMA (Vicepresidente).-
Terminada la votación.
--Se aprueba en general el proyecto (24 votos a favor y 4 abstenciones), y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el viernes 5 de septiembre, al mediodía.
Votaron por la afirmativa las señoras Goic, Lily Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer y los señores Allamand, Araya, Bianchi, Chahuán, Coloma, De Urresti, García, García-Huidobro, Guillier, Horvath, Lagos, Hernán Larraín, Letelier, Matta, Moreira, Orpis, Ossandón, Pérez Varela, Prokurica y Quinteros.
Se abstuvieron los señores Pizarro, Tuma, Ignacio Walker y Andrés Zaldívar.
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