REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 361ªSesión 86ª, en jueves 17 de octubre de 2013(Ordinaria, de 10.12 a 12.44 horas)Presidencia de los señores Eluchans Urenda, don Edmundo, yGodoy Ibáñez, don Joaquín.Secretario, el señor Landeros Perkic, don Miguel.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- INCIDENTES VIII.- ANEXO DE SESIÓN IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág.I. ASISTENCIA 8II. APERTURA DE LA SESIÓN 11III. ACTAS 11IV. CUENTA 11ACUERDOS DE LOS COMITÉS 11V. ORDEN DEL DÍA 12MODIFICACIÓN DE NORMAS SOBRE COBRO EJECUTIVO DE CRÉDITOS PARA LA VIVIENDA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9018-14) 12BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO A FUNCIONARIOS DEL PODER JUDICIAL (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9118-05) 30VI. INCIDENTES 44RECHAZO A DEFORMACIÓN DE IMAGEN DE JAIME GUZMÁN EXPUESTA EN PELÍCULA “EL TÍO” 44APOYO A DECLARACIÓN DE REGIÓN DE ATACAMA COMO ZONA ESTRATÉGICA (Oficio) 45INVESTIGACIÓN POR ENVÍO DE CORREOS ELECTRÓNICOS CON INSULTOS HACIA DIPUTADOS DEL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO (Oficios) 46INFORMACIÓN SOBRE ENTREGA EN COMODATO DE PROPIEDAD FISCAL DE REGIÓN DE O’HIGGINS Y SOBRE PROYECTOS ADJUDICADOS A LA CORPORACIÓN ESPERANZA (Oficios) 47URGENTE DECLARACIÓN DE REGIÓN DE O´HIGGINS COMO ZONA DE CATÁSTROFE (Oficios) 48VII. ANEXO DE SESIÓN 49COMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓN Y DE ANTECEDENTES 49PREOCUPACIÓN POR ACTITUD DE MUNICIPIO DE VICUÑA HACIA UNIÓN COMUNAL DE ADULTOS MAYORES (Oficios) 49INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS DE CANCHAS DEPORTIVAS DE PASTO SINTÉTICO PARA REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio) 50INFORMACIÓN SOBRE POLÍTICA AMBIENTAL PARA PROTECCIÓN DE HUMEDALES EN COMUNA DE LA UNIÓN (Oficio) 51INFORMACIÓN SOBRE SUSPENSIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE BALSA SAN JAVIER, QUE CONECTA LOCALIDAD DE ANTILHUE CON COMUNA DE MÁFIL (Oficio) 51INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS DE CAMINOS DE ASFALTO BÁSICO EN REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio) 51VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 531. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 9118-05) 532. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 9007-03) 533. Oficio del H. Senado. (boletín N° 8026-11) 544. Oficio del H. Senado. (boletín N° 6965-07) 55Pág.5. Informe de la Comisión de Cultura y de las Artes recaído en el proyecto de ley que reconoce la rayuela como deporte nacional. (boletín N° 8097-04) (S). 646. Informe de la Comisión de Cultura y de las Artes recaído en el proyecto de acuerdo que “aprueba la convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedades ilícitas de bienes culturales”, adoptada por la conferencia general de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su décimo sexta reunión celebrada en París el 12 de noviembre de 1970. (boletín N° 364-10) (S). 667. Moción de los señores diputados Silva, Kort, Macaya, Melero, Morales, Rosales. Squella y Vilches y de las diputadas señoras Hoffman, doña María José y Molina, doña Andrea. Modifica el artículo 12 del Código Penal, incorporando la agravante de la represalia. Boletín N° 9145-07 688. Moción de los señores diputados Harboe y Jarpa y de la diputada señora Goic, doña Carolina. Especifica cláusulas abusivas más recurrentes en los contratos de adhesión. (boletín N° 9146-03). 719. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2143-11-INA. 7510. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2.264-12-INA. 7511. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2512-13-INA. 76IX. OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA. 1. Informe: - Del Secretario General de la Cámara de Diputados, respecto de denuncias formuladas en Sesión de Sala N° 37ª, del 12 de junio recién pasado. 3. Comunicación: - De la Presidencia de la Cámara de Diputado por la que indica que la diputada señora Clemira Pacheco reemplazará al diputado señor Alfonso De Urresti en la reunión de la Comisión Parlamentaria de Asociación Congreso Nacional de Chile Parlamento Europeo, que se realizará el 23 de enero próximo en Bruselas, y el 24 del mismo mes en un encuentro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (339). 3. Oficios: - De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el señor diputado Lorenzini concurrirá a la Reunión de Mesa Directiva de la Comisión Parlamentaria de Asociación Congreso Nacional de Chile - Parlamento Europeo, que se realizará en Bruselas, el 28 de noviembre próximo (337). - De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que los señores diputados Espinoza, don Fidel; León y Urrutia integrarán la delegación que concurrirá al Foro Parlamentario Asia Pacífico, que se desarrollará entre el 12 y el 16 de enero próximo en Puerto Vallarta (338). - De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que el señor Diputado Díaz integrará la delegación que concurrirá al XLIII Período Ordinario de Sesiones convocado por el Parlamento Andino, los días 27 al 31 de octubre próximo (340). - De la Presidencia de la Cámara de Diputados por el cual comunica que la diputada señora Goic, doña Carolina y el diputado señor Castro concurrirán a la reunión extraordinaria de Comisiones del Parlamento Latinoamericano, los días 21 y 22 de noviembre próximo, en Panamá (341). Respuesta a oficios. - Ministerio de Obras Públicas - Diputado Díaz don Marcelo, Medidas que se adoptarán para evitar que particulares continúen depositando escombros en la quebrada Uchumi de la localidad de La Campana, comuna de Vicuña, debido al impacto que se podría producir en el curso de las aguas. (2402 al 11818). Contraloría General de la República - Diputado Sandoval, Existencia de irregularidades en el otorgamiento del “Bono Leña” en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, disponiendo la correspondiente auditoría. (65112 al 12567). Varios: - Diputado Schilling, Resultados de las postulaciones al Fondo Social Presidente de la República efectuadas por la Junta de Vecinos N° 10, Los Carrera, y por la Junta de Vecinos Manuel Rodríguez, ambas de la comuna de Quilpué. (20526 al 12946). Ministerio de Interior - Diputado Espinoza don Fidel, Informar sobre las materias señaladas en la solicitud adjunta, en relación con el funcionamiento de los Centros de Atención de Víctimas de la Violencia Intrafamiliar (2236 al 12347). - Diputado Ortiz, Solicita tenga a bien instruir a la señora Ministra de Justicia y al señor Ministro de Hacienda para que gestionen la pronta solución del conflicto con los funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación. (2283 al 5410). Servicios - Diputado Walker, Informe a esta Cámara sobre la intoxicación masiva de personas ocurrida recientemente en la comuna de Ovalle, disponiendo las investigaciones y la aplicación de las sanciones que correspondan a los responsables. (3449 al 12859). Ministerio de Interior - Diputado Jaramillo, Solicita tenga a bien instruir a la señora Ministra de Justicia y al señor Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, para que gestionen la pronta solución del conflicto con los funcionarios del referido servicio. (2282 al 5413). Ministerio de Obras Públicas - Diputado Walker, Solicita informe sobre las materias señaladas en la petición adjunta, en relación con la intoxicación masiva de personas en la comuna de Ovalle, Región de Coquimbo; disponiendo a su vez, las medidas que sean procedentes para permitir un monitoreo permanente del agua potable de la comuna y remitir sus resultados a esta Corporación. (3449 al 12865). Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Diputado Monsalve, Tenga a bien disponer las medidas que sean procedentes, en relación con la situación que afecta a doña Victoria Silva Navarrete, descrita en la solicitud adjunta. (602 al 5155). Servicios: - Diputado Walker, Solicita tenga a bien disponer las medidas para el pronto esclarecimiento de las circunstancias en que se originó la intoxicación masiva que afectó a los habitantes de la comuna de Ovalle, Región de Coquimbo; especialmente, el origen del virus que la provocó y si éste está presente en el agua potable de la comuna, informando a esta Corporación de los resultados de las investigaciones que se instruyan sobre el particular. (3449 al 12873). Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Diputado Monsalve, Situación que afecta al señor Juan Carrasco Saravia, de la comuna de Curanilahue, quien fue beneficiado con un subsidio para vivienda nueva en sitio residente, quedando la construcción a cargo de la empresa constructora Rucahue, la que luego de un avance del 70% ha abandonado los trabajos, y disponer que el servicio de Vivienda y Urbanización de La Araucanía proceda a adoptar todas las medidas que correspondan para obtener una solución. (604 al 9564). Intendencias: - Diputado Díaz don Marcelo, Posibilidad de evitar la destrucción del muro perimetral paralelo a la Ruta 5 que circunda la Población Mercedes Marín del Solar, Mermasol, de la comuna de La Serena como producto de las obras de construcción de la doble vía La Serena-Vallenar y concretar el proyecto de reparación de sus techumbres. (1588 al 12888). Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Diputado Chahín, Postulación al subsidio de ampliación del Comité de Vivienda Rancho Alegre de Lonquimay. (2236 al 12930). Ministerio Medio Ambiente - Diputado Walker, Solicita tenga a bien instruir los estudios pertinentes para determinar la calidad del agua potable de la comuna de Ovalle, Región de Coquimbo e informe a esta Corporación de sus resultados. (133802 al 12799). Ministerio de Justicia - Diputado Robles, Posibilidad de entregar en comodato a la escuela de arte Educol de la comuna de Caldera el inmueble, ubicado al lado del Liceo Manuel Blanco Encalada, que sirviera como infraestructura a las dependencias del Servicio Nacional de Menores y que hoy se encuentra abandonado. (7127 al 12753). Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones - Diputado Accorsi, Solicita información estadística sobre las empresas de buses interurbanos que operan en el país, desglosado por región. (6631 al 12918). Ministerio de Educación - Diputado Montes, Solicita informe sobre el proyecto para la construcción del Colegio Pablo de Rocka en la comuna de La Pintana, Región Metropolitana. (2710 al 12711). Intendencias: - Diputado Velásquez, Estudios realizados para determinar las razones de la intoxicación masiva sufrida por más de 300 habitantes de la comuna de Ovalle, las medidas que se adoptarán para evitar futuras contingencias de la misma naturaleza y las eventuales sanciones que se aplicarán a los responsables. (1066 al 12847). Ministerio de Salud - Diputado De Urresti, Reemplazo de las manipuladoras de alimentos de la Región de Los Ríos durante la movilización de los días 24 y 25 de junio del presente año, completando la información remitida por el señor Secretario Regional Ministerial de Salud mediante Oficio Ordinario N° 1386 de 6 de agosto de 2013 y sobre las observaciones sanitarias formuladas. (1781 al 12740). - Diputado Walker, Solicita tenga a bien instruir los estudios pertinentes para determinar la calidad del agua potable de la comuna de Ovalle, Región de Coquimbo e informe a esta Corporación de sus resultados. (1065 al 12773). Ministerio de Minería - Diputado Velásquez, Intoxicación masiva sufrida por más de 300 habitantes de la comuna de Ovalle, por una probable contaminación de las aguas debido a un vertimiento de relaves mineros en el tranque La Paloma. (4872 al 12848). Intendencias: - Diputado Walker, Solicita informe sobre las materias señaladas en la petición adjunta, en relación con la intoxicación masiva de personas en la comuna de Ovalle, Región de Coquimbo; disponiendo a su vez, las medidas que sean procedentes para permitir un monitoreo permanente del agua potable de la comuna y remitir sus resultados a esta Corporación. (1065 al 12866). Ministerio de Salud Ministerio de Interior - Diputado Ceroni, Solicita informe sobre las medidas que se han adoptado por el servicio a su cargo para proteger a la población afectada por los malos olores generados por el funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas ubicada en el sector del Copihue de la comuna de Retiro, Región del Maule. (1125 al 12900). Servicios: - Diputada Molina doña Andrea, Posibilidad de reconsiderar la deuda que el señor José Silvano Castillo Bugueño mantiene con la Caja de Compensación Los Héroes, disponiendo su recálculo. (62012 al 12559). - Diputado Chahín, Cobros efectuados por la Caja de Compensación Los Andes a la señora Inés del Carmen Contreras Rojas de la comuna de Victoria por un crédito cuyo capital ha pagado varias veces y disponga una investigación sobre el cumplimiento de la normativa sobre créditos sociales dispuesta por esa Superintendencia. (62013 al 12224) I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (79)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Arenas Hödar,  Gonzalo UDI IX 48Auth Stewart, Pepe PPD RM 20Baltolú Rasera, Nino UDI XV 1Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Bobadilla Muñoz, Sergio UDI VIII 45Browne Urrejola, Pedro RN RM 28Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Cerda García, Eduardo PDC V 10Ceroni Fuentes, Guillermo PPD VII 40Cornejo González, Aldo PDC V 13Cristi Marfil, María Angélica UDI RM 24Chahín Valenzuela, Fuad PDC IX 49De Urresti  Longton, Alfonso PS XIV 53Delmastro Naso, Roberto IND XIV 53Díaz Díaz, Marcelo PS IV 7Edwards Silva, José Manuel RN IX 51Eluchans Urenda, Edmundo UDI V 14Espinosa Monardes, Marcos PRSD II 3Espinoza Sandoval, Fidel PS X 56Farías Ponce, Ramón PPD RM 30Girardi Lavín, Cristina PPD RM 18Godoy Ibáñez, Joaquín RN V 13González Torres, Rodrigo PPD V 14Hasbún Selume, Gustavo UDI RM 26Hernández Hernández, Javier UDI X 55Hoffmann Opazo, María José UDI V 15Jaramillo  Becker, Enrique PPD XIV 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Jiménez Fuentes, Tucapel PPD RM 27Kast Rist, José Antonio UDI RM 30Latorre Carmona, Juan Carlos PDC VI 35Lemus Aracena, Luis PS IV 9León Ramírez, Roberto PDC VII 36Letelier Aguilar, Cristián UDI RM 31Macaya Danús, Javier UDI VI 34Marinovic Solo de Zaldívar, Miodrag IND XII 60Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Molina Oliva, Andrea UDI V 10Monckeberg Bruner, Cristián RN RM 23Monckeberg Díaz, Nicolás RN RM 18Montes Cisternas, Carlos PS RM 26Morales Muñoz Celso UDI VII 36Nogueira Fernández, Claudia UDI RM 19Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Pacheco Rivas, Clemira PS VIII 45Pascal Allende, Denise PS RM 31Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47Pérez Lahsen, Leopoldo RN RM 29Rincón González, Ricardo PDC VI 33Rivas Sánchez, Gaspar RN V 11Rosales Guzmán, Joel UDI VIII 47Rubilar Barahona, Karla RN RM 17Saa Díaz, María Antonieta PPD RM 17Sabag Villalobos, Jorge PDC VIII 42Sabat Fernández, Marcela RN RM 21Saffirio Espinoza, René PDC IX 50Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25Sandoval Plaza, David UDI XI 59Schilling Rodríguez, Marcelo PS V 12Sepúlveda Orbenes, Alejandra IND VI 34Silber Romo, Gabriel PDC RM 16Silva Méndez, Ernesto UDI RM 23Squella Ovalle, Arturo UDI V 12Teillier Del Valle, Guillermo PC RM 28Torres Jeldes, Víctor PDC V 15Turres Figueroa, Marisol UDI X 57Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Vallespín López, Patricio PDC X 57Vargas Pizarro, Orlando PPD XV 1Venegas Cárdenas, Mario PDC IX 48Verdugo Soto, Germán RN VII 37Vidal Lázaro, Ximena PPD RM 25Vilches Guzmán, Carlos UDI III 5Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI XIV 54Ward Edwards, Felipe UDI II 3 -Por encontrarse en misión oficial no estuvieron presentes la diputada señora Marta Iasasi Barbieri, y los diputados señores Germán Becker Alvear, Cristián Campos Jara, Rosauro Martínez Labbe, y Carlos Recondo Lavanderos.- II. APERTURA DE LA SESIÓN-Se abrió la sesión a las 10.12 horas.El señor ELUCHANS (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III. ACTASEl señor ELUCHANS (Presidente).- El acta de la sesión 80ª se declara aprobada.El acta de la sesión 81ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados. IV. CUENTAEl señor ELUCHANS (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura a la Cuenta.-El señor LANDEROS (Secretario) da lectura a la Cuenta.El señor ELUCHANS (Presidente).- En relación con la Cuenta, ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra.ACUERDOS DE LOS COMITÉSEl señor ELUCHANS (Presidente).- El señor Secretario va a dar lectura a los acuerdos de los Comités.El señor LANDEROS (Secretario).- Reunidos los comités parlamentarios, bajo la presidencia del diputado señor Eluchans, y tomado conocimiento de las urgencias, han dispuesto que la Tabla del día de hoy se lleve a cabo de la siguiente manera:En primer lugar, se discutirá el proyecto de ley, calificado con suma urgencia, que modifica la ley N° 17.635, de 1972, que establece normas sobre cobro ejecutivo de créditos para la vivienda que indica.A continuación, se pondrá en discusión el proyecto, también calificado con suma urgencia, que otorga a los funcionarios del Poder Judicial una bonificación por retiro voluntario y otros beneficios.Luego, calificado con simple urgencia, se discutirá el proyecto de ley que modifica las normas sobre depósito legal de creaciones audiovisuales.Posteriormente, también calificado con simple urgencia, se rendirá el informe y comenzará la discusión del proyecto que protege la libre elección en los servicios de cable, internet o telefonía.Por último, se discutirá el proyecto que establece feriado regional en la Región de Antofagasta el día 8 de septiembre de cada año, con motivo de la fiesta religiosa de nuestra señora de Guadalupe de Ayquina. V. ORDEN DEL DÍAMODIFICACIÓN DE NORMAS SOBRE COBRO EJECUTIVO DE CRÉDITOS PARA LA VIVIENDA (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9018-14)El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que modifica la ley N° 17.635, de 1972, que establece normas sobre cobro ejecutivo de créditos para la vivienda que indica.Diputada informante de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano es la señora Denise Pascal.Antecedentes:-Segundo Informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano, sesión 83ª de la presente legislatura, en 15 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 9.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada informante.La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente, la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano pasa a informar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que cumple su primer trámite constitucional y segundo reglamentario, que modifica la ley N° 17.635, de 1972, que establece normas sobre cobro ejecutivo de créditos para la vivienda que indica. Durante la discusión del proyecto, en el aludido trámite reglamentario, la Comisión contó con la asistencia y participación del ministro de Vivienda y Urbanismo, señor Rodrigo Pérez, y de los siguientes funcionarios de esa repartición: Pablo Sepúlveda, jefe de la división jurídica; Guillermo Rolando, asesor de política habitacional, y Bernardita Zuloaga, abogada.Cabe recordar que la idea matriz del proyecto es modificar la ley N° 17.635, de 1972, que establece normas sobre cobro ejecutivo de créditos de la Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales, Corporación de Mejoramiento Urbano y Corporación de Obras Urbanas, en el sentido de asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de subsidios habitacionales de los programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.En el presente trámite reglamentario no se incorporaron al proyecto normas que deban ser conocidas por la Comisión de Hacienda o que precisen un quorum especial para su aprobación.Las principales modificaciones incorporadas por la Comisión en este trámite al proyecto aprobado en general por la Sala, en sesión del martes 30 de septiembre, son las siguientes:En virtud de una indicación parlamentaria, aprobada por asentimiento unánime, se consigna que el requisito -establecido en el literal ii) del artículo 1° de la ley- de habitar personalmente la vivienda por lo menos cinco años, se podrá computar no solo desde la tradición del inmueble, o sea de su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, tal como se sancionó en el texto del primer informe, sino también desde la entrega material de la vivienda, si este acto administrativo fuere anterior.Dicha indicación recoge la práctica, bastante habitual, de hacer entrega de las llaves de la vivienda al beneficiario en forma previa al traspaso propiamente jurídico, representado por la inscripción de la propiedad.Por otro lado, y acogiendo otra indicación parlamentaria, se aprobó, por simple mayoría, un texto sustitutivo del artículo 19 de la ley, que se refiere a las subastas de las viviendas adquiridas con crédito del Estado.Al respecto, hay que recordar que en el primer informe la norma aprobada establecía que si ninguna de las posturas supera el valor de tasación del inmueble o no concurre ningún postor al remate, el Serviu podía adjudicarse preferentemente la vivienda en ese valor.La indicación presentada en el segundo trámite que reemplaza el artículo 19, innova sustancialmente en la materia, porque, en primer lugar, prescribe que ante la situación antedicha, es decir, si ninguna postura excede el valor de tasación o no concurre ningún postor a la subasta, el Serviu ejecutante deberá adjudicarse el bien raíz en ese valor.En segundo término, se consagra la facultad del Serviu de participar en la subasta, aun cuando hubiere posturas que superen el valor de tasación, y de adjudicarse el inmueble si su postura fuere la más alta.Finalmente, se aprobó, por asentimiento unánime, una indicación parlamentaria que incorpora un artículo 30 en la ley N° 17.635, del siguiente tenor: “En los procedimientos ejecutivos que se originen por aplicación de la presente ley, no se condenará en costas al ejecutado, salvo que el tribunal estime que no tuvo motivo plausible para litigar.”.Dicha indicación se fundamenta en lo excesivamente oneroso que resulta para los ejecutados asumir el gasto de las costas en esta clase de procedimientos.Conforme a lo expuesto, la Comisión recomienda a la Sala aprobar el proyecto de ley con las referidas enmiendas.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Para iniciar el debate, tiene la palabra el diputado Roberto León.El señor LEÓN.- Señor Presidente, en primer lugar, voy a plantear una cuestión de forma, que debe ser más de responsabilidad de la Secretaría de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano que de la diputada informante.Normalmente, reclamamos al Ejecutivo cuando no es capaz de reconocer a los autores de las mociones, con mayor razón cuando se trata de un proyecto consecuencia de mociones refundidas. Para los efectos de la historia fidedigna del establecimiento de la ley, lo lógico es que se indique quiénes son los autores de esas mociones.Lamentablemente, en el informe que rindió la señora diputada no se señala quienes fueron los autores de las mociones. Por eso, si le demandamos respeto al Ejecutivo, lo lógico es que también nos exijamos respeto entre nosotros.En segundo lugar, hago presente que este proyecto se mejoró bastante. Aquí debemos tener claridad respecto de lo que se pretende que, en definitiva, es instar para que los beneficios, los subsidios que el Ejecutivo, el Gobierno, el país da a las familias más desposeídas realmente cumplan su objetivo y sean ocupados por ellos mismos.Esta modificación legal establece también una serie de excepciones que, normalmente, uno conoce cuando nos encontramos en nuestros distritos. Me refiero a gente que va a trabajar por la temporada a otras ciudades, que se debe trasladar a otra región porque tiene a algún familiar enfermo, etcétera. Hay situaciones que, evidentemente, se deben considerar.Aquí lo importante es que este proyecto sea ley de la República en el menor tiempo posible, a fin de que toda la gente que va a obtener una vivienda sepa que esta debe cumplir el objetivo social para el cual le fue adjudicada.Realmente, da rabia y pena cuando vemos, en particular en la Región del Maule, según las cifras que nos dio el ministro, que cerca del 10 por ciento de las viviendas está en situación de uso irregular. Por otro lado, tenemos miles de familias que esperan tener su vivienda propia.En verdad, confío en que con esta futura ley no será necesario lo que está haciendo el Serviu, en el sentido de recurrir a los tribunales, lo que me parece bien. Creo que el procedimiento será bastante más rápido y eficaz y permitirá que las viviendas recuperadas por el Serviu sean asignadas a las personas que están en lista de espera.Espero que aprobemos este proyecto por unanimidad, porque es muy bueno.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Nino Baltolú.El señor BALTOLÚ.- Señor Presidente, en los años setenta, y debido a la regionalización, se crearon las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo con la finalidad de ayudar en la implementación de las políticas habitacionales en las regiones de Chile, que dependerían del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.También durante esa década la política habitacional se estructuró principalmente en torno al Sistema Nacional de Ahorro y Préstamo (Sinap), que se enfocaba a los sectores de ingresos medios y altos, mientras que el Ministerio de Vivienda se encargaba de ayudar a los sectores con menos ingresos.Sin embargo, en años posteriores el Sinap cesó su funcionamiento y el Estado abandonó la labor de financiamiento y construcción de viviendas permanentes, para dedicarse a otorgar subsidios habitacionales y a la construcción de viviendas sociales. En otros términos, la construcción y el financiamiento de viviendas quedarían a cargo del sector privado y el Estado solo actuaría como facilitador.No obstante lo anterior, la construcción de viviendas sociales tuvo poca demanda por parte de las empresas constructoras de carácter privado. Por tanto, el Estado debió asumir un rol más activo a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Contrató empresas constructoras para que edificaran casas económicas, que con posterioridad se distribuirían entre los beneficiarios que figuraban en una “lista nacional”. Adicionalmente, el gobierno tuvo que otorgar en forma directa los préstamos suplementarios que necesitaban los beneficiarios de bajos ingresos para pagar las viviendas, pues lo bancos no se interesaban en otorgarles el financiamiento.El sistema descrito fue evolucionando, hasta que en 1978 se estableció un cambio de subsidio: el de la oferta por el de la demanda. Este último entregaba una mayor responsabilidad a los potenciales beneficiarios, ya que se les empezó a exigir un ahorro inicial previo para optar al subsidio. Y es el sistema que, básicamente, rige en la actualidad, pero con matices, pues se ha ampliado la red de acceso a los programas habitacionales, se han efectuado cambios al sistema de financiamiento, se han establecido programas habitacionales especialmente diseñados para sectores más vulnerables. Adicionalmente, las políticas habitacionales se empezaron a diseñar para lograr avances en cuanto al mejoramiento de la vivienda -calidad- y en la integración social, disminuir el déficit habitacional, aumentar la superficie de las viviendas y continuar prestando ayuda a los sectores medios que necesitan el apoyo del Estado para alcanzar el sueño de la vivienda propia.Por otro lado y en razón de la finalidad que debe tener un subsidio habitacional, en 2010, por medio de un decreto supremo, el Ejecutivo incorporó la obligación para el beneficiario y su grupo familiar de habitar la vivienda, pero dado el incumplimiento de esta obligación por parte de algunos beneficiarios se hizo necesario establecer un procedimiento ejecutivo para recuperar las viviendas no habitadas.Como dato adicional, puedo señalar que según un catastro elaborado por el Ministerio de Vivienda a diciembre de 2011 había un total de 3.800 viviendas sin ocupar por los beneficiarios favorecidos por el subsidio.El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad de los diputados de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano presentes en la sesión. Sin embargo, en el debate en la Sala, después de aprobarse en general, fue objeto de indicaciones de algunos diputados de la Concertación.Debido a los abusos en la obtención u otorgamiento de subsidios, el Ejecutivo envió este proyecto de ley que pretende contribuir a la correcta focalización de los subsidios, por medio del perfeccionamiento de la ley N° 17.635, que establece normas sobre el cobro ejecutivo de créditos para la vivienda.Entre las modificaciones más importantes que se pretenden introducir mediante esta iniciativa se encuentra la creación de una nueva causal para el cobro ejecutivo que pueden demandar los servicios de vivienda y urbanización para obtener el pago de saldos de precio u otros créditos que se les adeude. Así, se establece que el Serviu tendrá la facultad de interponer una acción ejecutiva para la restitución del subsidio -que equivale a la casa- si el beneficiario de un programa que permita la construcción o adquisición de una vivienda sin deuda incurriere en situaciones tales como ser condenado por fraude en la obtención del subsidio, que él o algún miembro del grupo familiar -declarados al momento de la postulación- no cumpla con la obligación de habitarla en un plazo de 5 años, contados desde la tradición, o no darle uso principalmente habitacional.Sin embargo, el proyecto permite que el beneficiario pueda solicitar una autorización al director del servicio respectivo para la exención, por motivos justificados, del cumplimiento de la obligación de ocupar la vivienda si, por ejemplo, el mismo beneficiario o uno de los miembros de su grupo familiar que debe habitar la vivienda o hacer uso de ella se encuentra realizando trabajos transitorios en otra localidad, hospitalizado, cumpliendo una pena privativa de libertad o cuidando a un familiar cercano, hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive.Si se presenta esa solicitud, el director del servicio de vivienda y urbanización respectivo deberá pronunciarse dentro del plazo de 15 días hábiles. Transcurrido ese plazo sin que se emita resolución, se entenderá otorgada la autorización.El proyecto también crea otros títulos ejecutivos y establece un procedimiento de certificación, que deberá llevar adelante un ministro de fe, para verificar el incumplimiento de las obligaciones que impone el subsidio.En cuanto a las indicaciones presentadas en la Sala por los diputados de la Concertación, la Comisión las rechazó. Sin embargo, se presentaron otras que ponen énfasis en los aspectos ya aprobados, que era la principal inquietud de quienes presentaron las indicaciones en la Sala, sin modificar el fondo de la primera discusión, y se refieren a lo siguiente:1. Modificación del momento desde el cual se cuenta el plazo en el caso de que el beneficiario del subsidio no habite la vivienda personalmente o a través de los miembros del grupo familiar que declaró al momento de la postulación. Antes, en el primer proyecto aprobado por la Comisión de Vivienda, ese plazo de 5 años se contaba desde el momento en que se realiza la tradición -modo de adquirir el dominio de los bienes-, pero ahora se establece que será desde el momento de la tradición o de la entrega material, si esta fuese anterior.La modificación se realizó porque hubo parlamentarios que señalaron que en algunos casos la entrega material era anterior a la inscripción del inmueble en el Registro del Conservador de Bienes Raíces, que es la forma de realizar la tradición de los bienes inmuebles.2. Otra modificación es aquella que señala que el Serviu ejecutante deberá asistir a la subasta pública y se podrá adjudicar el inmueble si ninguna de las posturas de quienes concurren al remate supera el valor de tasación, si no existen postores o si el Servicio hiciere una oferta más alta. Adicionalmente, se establece un plazo dentro del cual se deberá pagar y se señala que la subasta siempre puede quedar sin efecto si el deudor paga. Esta modificación es positiva, principalmente porque ayuda a evitar posibles fraudes en que puede incurrir el ejecutado y también porque evita el monopolio del Serviu en la adquisición de esas viviendas.Señor Presidente, quiero hacer presente que hoy las viviendas sociales tienen un costo muy bajo, producto del modelo de actividad que tiene nuestro país. En consecuencia, si los subsidios para adquirirlas benefician a personas inescrupulosas que vulneran el sistema, podrían ganar plata a través del fraude, por cuanto las viviendas sociales tienen una tasación de 15 millones y medio, pero su avalúo es de 25 millones de pesos en la calle, y solo se verían obligados a devolver al Serviu los dineros que le correspondan hasta el valor de la tasación. Así es que hago un llamado de atención para que se tome en consideración esta posibilidad.Por otro lado, las viviendas que adquiera el Servicio por esta vía -adjudicándoselas en la subasta- deberán ser reasignadas a personas que se encuentren en situación de urgente necesidad habitacional.3. Se elimina la condenación en costas al ejecutado, salvo que el tribunal estime que no tuvo motivos plausibles para litigar.Sin duda, se puede sostener que en esta iniciativa legal se plasma la finalidad de esta clase de subsidios, que consiste en la ayuda entregada por el Estado a todas las personas -especialmente aquellas de menores ingresos- para que puedan satisfacer la necesidad básica de habitar una vivienda digna. Por tanto, es necesaria su aprobación para el adecuado funcionamiento de estos beneficios.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada Denise Pascal.La señora PASCAL (doña Denise).- Señor Presidente, en primer lugar, ofrezco mis disculpas por no haber mencionado a quiénes expusieron, pero según lo que me explicaron la Mesa y el Secretario de la Comisión, en los informes de los mensajes que se encuentran en segundo trámite no se incluyen los nombres de los diputados.En segundo lugar, respecto de la preocupación expresada por el diputado León, estas indicaciones tuvimos que prepararlas y presentarlas en la misma Comisión, y las patrocinaron la diputada Nogueira, los diputados Gutiérrez, Jarpa y Browne y la diputada que les habla. En ese momento no se encontraba el diputado León en la sala de la Comisión. Esa es la razón por la cual no figura su firma en las indicaciones ni aparece como patrocinante de las mismas.Mi intervención tiene por objeto aclarar la situación que se produjo, para que forme parte del registro de este debate.Finalmente, creo que gracias a las mejoras que le introdujimos al proyecto podemos hablar de una buena iniciativa, pues ayudará sobre todo a dar una señal en el sentido de que no se dé mal uso a las viviendas que se obtengan con subsidios. Me parece que eso es lo principal.Se plantearon muchas alternativas para proteger las viviendas y nos pusimos en todas las situaciones para evitar que quienes no las usen por razones justificadas, como un traslado por motivos laborales, fuerza mayor u otras situaciones similares, se puedan acercar al Serviu, informar a ese organismo que la vivienda estará ocupada por un familiar, y no perderla. Es más, si el beneficiario tiene contrato de trabajo en otra región, en otra comuna, también podrá informarlo al Serviu y pedir que se le autorice a arrendar la vivienda.Se buscaron todas las alternativas posibles para que las viviendas que se entregan con el subsidio básico sin deuda lleguen a quienes están postulando y no se utilicen para otra cosa, como hemos visto en algunos casos, en que no se destinan a la finalidad para la cual se entrega ese tipo de subsidio habitacional.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado Juan Carlos Latorre.El señor LATORRE.- Señor Presidente, no dejaré constancia de las inquietudes que me surgen frente a este proyecto, pero quiero hacer presente que, como a todos, me parece bastante grave que una persona que obtuvo un subsidio mal utilice la vivienda que adquirió con ese beneficio, ya sea simplemente por no ocuparla o por arrendarla o transferirla a terceros, porque eso podría significar que no la necesitaba.No obstante, me parece que esta rigurosidad del sector público, del Fisco para cuidar aquello en lo cual ha hecho un aporte a través de un subsidio, tiene claramente doble estándar en nuestro país.Señor Presidente, ayer voté en contra de una disposición de la ley de Concesiones Marítimas porque señalaba que las concesiones marítimas pueden arrendarse o transferirse a terceros. No decía que hubiera alguna limitación. O sea, en la Cámara hemos aprobado proyectos de ley en los cuales, cuando se trata de concesiones que el Estado otorga a privados y que tienen un valor altísimo para posibilitar el desarrollo de una actividad empresarial, no se le colocan limitaciones para que puedan transferirse o arrendarse a terceros. En este caso, en cambio, cuando se trata de subsidios que se han entregado a personas que, de acuerdo con la ley cumplían con las condiciones para recibirlos, debería sancionarse drásticamente si se prueba que un subsidio fue entregado a una persona que no lo merecía. Sobre eso nada contempla el proyecto de ley, que señala simplemente que aquél que recibió un subsidio, y no lo está ocupando, destinando a una actividad que no corresponde o arrendando antes de tiempo, se le van a aplicar las penas del infierno. Además, se agrega un procedimiento de notificación que puse en tela de juicio en la Comisión, porque me parece que notificar a ciudadanos que tienen una actividad conocida en un lugar de trabajo, a veces es muy difícil. Imagínese lo que significa para personas que inevitablemente dejan sus viviendas porque deben trabajar en sectores bastante lejanos al lugar donde obtuvieron sus subsidios.Dejo constancia de que el proyecto no me satisface en cuanto a su rigurosidad o consecuencia. Cuando planteé esto en la Comisión estuve en minoría, porque sectores políticos, con los que me considero aliado, fueron categóricos en decirme que estaba equivocado, y también con aquellos con los que no comparto muchas opiniones y que forman parte del oficialismo.¿Cómo va a ser posible que con este proyecto de ley procedamos a subastar o rematar…-Hablan varios señores diputados a la vez.El señor ELUCHANS (Presidente).- Ruego a los señores diputados guardar silencio.Puede continuar, señor diputado.El señor LATORRE.- Señor Presidente, este proyecto de ley, que seguramente va a ser aprobado, tal como ocurrió en la Comisión, nos deja un sabor raro respecto del trato que en Chile le damos a la gente humilde, especialmente cuando comete un acto que puede ser susceptible de una sanción. La gente con mucho dinero en este país hace lo que quiere con las concesiones que también son una gestión que el Estado hace con bienes propios para colaborar en actividades empresariales. Reitero el ejemplo: ayer “pasó piola” en el proyecto de ley sobre Concesiones Mineras una norma que señala que la persona que obtiene la concesión se la puede transferir a un tercero, la puede arrendar y puede hacer lo que quiera, y nadie le puede poner en tela de juicio que lo haga. Se dice que solamente tiene que inscribirlo en una notaría y dejar una constancia pública. En cambio, en este caso, se aplican las penas del infierno a quienes eventualmente no hayan sabido cuidar un subsidio que el Estado les otorgó.En la Comisión, reitero, se lo planteé al ministro. Este proyecto debería contemplar una norma adicional que sancione drásticamente a los funcionarios responsables de haber entregado a alguien un subsidio que no merecían. Pero eso no figura en este proyecto de ley.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.El señor MONTES.- Señor Presidente, me parece bien que estemos precisando la forma de tratar los créditos de vivienda y cómo cobrarlos en distintos tipos de situaciones. El crédito para viviendas me parece un tema que nunca hay que abandonar, porque es muy importante. De repente, como nuevos ricos, porque logramos mucha plata en tiempos recientes, parece ser que el crédito para vivienda no fuera importante, pero siempre lo va a ser. En Chile, se han encontrado mecanismos para ligar el mercado de capitales con la producción de viviendas. Ellos partieron acá y son motivo de envidia de muchos otros países, porque hemos tenido en distintos períodos una producción de viviendas bastante alta y ello se ha constituido en un vínculo virtuoso. El Estado no puede ser el único que incentiva, que financie y que produce viviendas. Requiere que el mercado de capitales esté involucrado. Creo que, quizás, lo más potente fue el subsidio unificado en otra época. Los perdonazos indiscriminados durante este gobierno no fueron prudentes. Fueron más allá de lo que se debía, porque incorporaron incluso el subsidio unificado en sus tramos primero y segundo. Lo incorporamos junto con otros programas que nunca habían sido parte de un intento de subsidiar a través de estos mecanismos en vez de buscar otras maneras de pago. Siempre dijimos que el déficit habitacional era muy inconveniente para los sectores de bajos ingresos. Al final, mucha gente se metió en esto. También se hizo un perdonazo y la materia todavía está bastante oscura y hay discusiones. El crédito en viviendas es necesario, hay que mantenerlo, y es bueno preocuparse de cómo se van a cobrar. ¿Qué se hace, según otras legislaciones, a nivel de viviendas sociales, si alguien queda moroso? Recuerdo que en la legislación norteamericana y en la francesa existe una figura diferente a la nuestra. Existe no solo el remate, sino que en determinadas situaciones las personas pierden la titularidad de la propiedad, pero mantienen el usufructo, que es una manera de generar un incentivo a que la gente cumpla con sus obligaciones. Es un mecanismo. No digo que en todos los casos haya que usarlo, pero en esto hay que tener alternativas. Depende del caso y habrá que tener un procedimiento. Está claro que el desalojo de las viviendas sociales es prácticamente imposible, porque hay una situación social compleja.Respecto de lo planteado por el proyecto sobre el rol del Serviu en el proceso de remate o de situaciones extremas, lo razonable es lo que varios diputados han dicho, esto es que claramente el Serviu debe tener la primera opción, porque tiene que ver con proyectos de construcción de barrios, de integración, de aumento del tamaño, en fin. Este proyecto de ley se enriquecería mucho dándole a ese servicio la primera opción, porque tiene el subsidio de origen. ¿Por qué? Con ello se asegura que el Serviu va a focalizar la vivienda. Incluso, puede tomar la opción de dividir un departamento. Por ejemplo, una mitad puede ser objeto de una ampliación, cosa que se ha hecho en pocos casos, pero se ha hecho. Entiendo que ahora se está legislando porque hay un problema serio con los roles de las propiedades. Pero eso se está buscando resolver. Le daría flexibilidad. El Serviu, al menos en las grandes ciudades, está tan lejos de las realidades que es bueno asociar esto al municipio. Otro punto que quiero plantear tiene que ver con el tema de los cinco años que se exige para habitar la vivienda. El problema es que eso es inviable en muchos casos, porque algunas familias se cambian de ciudades. Hay muchas situaciones que llevan a la gente a desplazarse desde un lugar a otro. Entonces, quien tome decisiones sobre esto debe ser una instancia muy cercana a las personas. Si es lejana, no podrá tomar la diversidad de casos. Prefiero mil veces que haya un acuerdo con el municipio para que se haga cargo de esas situaciones y que tenga una cierta compensación por ello. ¿Cómo se va a sancionar a una persona porque se tuvo que trasladar de emergencia para trabajar en otro lugar?Asimismo, el procedimiento de las autorizaciones es engorroso. Hay miles de situaciones que pueden explicar que las personas salgan de sus viviendas, como, por ejemplo, cuando las familias se separan, lo que ocurre con frecuencia. A lo menos, yo pondría este problema no en manos de un organismo nacional lejano a las personas, sino que dependa de una instancia que pueda evaluar la singularidad del caso para tener un criterio más justo, porque se pueden cometer muchas injusticias. Tanto es así que esta norma existió antes, pero nunca se aplicó, pues no se adoptaron mayores medidas contra quienes arrendaban muy rápido. Entonces, no por cuidarnos de quienes tratan de profitar y hacer grandes negocios vamos a generar situaciones injustas en los diversos casos que se dan. Además, aprovecho de señalar que el ministro de Vivienda se pegó un tremendo “guatazo” en torno al tema, pues hizo, a lo menos, seis conferencias de prensa para decir que el gobierno anterior había entregado viviendas a destajo y que había habido todo tipo de negociados. Al término de la investigación, se pudo esclarecer que no era así. Si mal no recuerdo, se dijo que había entre un 8 y un 10 por ciento de casas que estaban en esa situación y que eso se repetía durante este gobierno, viviendas que estaban desocupadas por distintas razones. De repente es fácil hablar o llevar a que se piense muy mal de otro. En el caso de la Región del Maule, había una relación extraña entre la producción de viviendas y el déficit. Se investigó por qué había viviendas desocupadas y se llegó a conclusiones muy distintas. En el caso de Coquimbo, que es la otra realidad donde se daba esto, los mineros de Copiapó no quieren vivir en su ciudad, en circunstancias de que reciben el subsidio de vivienda y construyen sus casas en Coquimbo, porque les sirve para veranear, arrendar u otros fines.De manera que el ministro habló mucho y demasiado duro respecto de las gestiones anteriores. Sin embargo, él debería reconocer que la situación no era como dijo, porque la realidad era bastante distinta a lo que manifestó en varias conferencias de prensa.Por otra parte -y de alguna forma lo dijo el diputado Latorre-, está bien que se les exija a las personas, pero de repente hay que ponerle mayores exigencias al Serviu. No me refiero solo a lo sucedido en dicho servicio durante este gobierno, sino que también hay una situación de arrastre y una cierta desidia en algunos casos. Por ejemplo, en el caso de la población Padre Hurtado, de Puente Alto, hay gente que vive hasta 8 o 10 años sin contar con el título de dominio de la propiedad que habita, la que además está a nombre de una que debió desocuparla luego de sobrevenir un temporal. De modo que la gente que vive allí actualmente no cuida los departamentos ni el entorno, porque esa situación no se regulariza. He tratado que el director del Serviu realice una acción especial para sanear esa situación, porque -insisto- la gente no se siente propietaria. Asimismo, en dicha población hay departamentos desocupados que han sido tomados por algunos pobladores. Esa situación es mucho peor que la ocurrida en Bajos de Mena, por cuanto allí las viviendas fueron construidas bajo otro estándar en comparación con los departamentos de la población Padre Hurtado, que tienen un estándar antiguo de 33 o 34 metros cuadrados construidos. En este caso, es bueno que el Serviu sea autoexigente. Viviendas construidas con fondos de las antiguas asociaciones de ahorro y préstamo, todavía están en manos del Serviu, porque este aún no ha resuelto. Por ejemplo, en un lugar hay 15 casas. O sea, el Serviu debería tener la obligación de resolver esas situaciones; debería existir un imperativo muy fuerte sobre su director. No digo que esto ocurra solo en este Gobierno. Esto es como la inercia; a veces depende de un abogado un poco estricto y que no busca una solución. Incluso, me ha tocado conocer casos de personas que se encuentran en la situación del 5 por ciento habitacional, puesto que se generó una quiebra de distintas empresas y no hay a quién cobrarle. Hemos legislado dos o tres veces sobre la materia, pero ha habido problemas.Por lo tanto, quiero saber si es posible que ahora o durante la tramitación del proyecto en el Senado se incorporen más exigencias al Serviu, porque eso es parte de la credibilidad más general para pagar. Si esas irregularidades ocurren al lado de la casa de una persona que está endeudada, esta difícilmente pagará.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor José Pérez.El señor PÉREZ (don José).- Señor Presidente, me parece bien que discutamos un proyecto que, cuando se convierta en ley, regulará y mejorará el uso de la vivienda. Pero, como dijo el diputado Montes, hay que tener mucho cuidado en esto, porque, tal como alguna gente del norte sale a trabajar a minas lejanas de sus viviendas, la gente del sur también lo hace, debido a lo cual muchas veces sus casas quedan desocupadas por mucho tiempo. Para que esto no ocurra, se van con la familia al lugar de trabajo, y la casa queda en manos de familiares o es arrendada por traslado del trabajador. Por consiguiente, esa situación debería ser estudiada por una asistente social que entregue el informe respectivo en forma precisa.Me preocupa de manera especial el crédito que se entrega en algunos casos, ya no por la compra de una vivienda básica, sino por una que, se supone, es de nivel medio. En este caso, las empresas constructoras siempre ganan y hacen el gran negocio.En la ciudad de Los Ángeles, he recibido reclamos de pobladores de las villas Los Cóndores y Los Ríos, en las que se construyeron viviendas básicas mejoradas. Algunos de ellos fueron obligados por la EGIS y la empresa constructora a contratar un crédito con el Banco del Estado. En ese sentido, cuando una persona va en búsqueda de una vivienda, lo hace porque tiene una real necesidad y porque quiere que en ese lugar se desarrolle su familia; quiere tener la tranquilidad de decir “esta es mi casa” y de proyectar en ella su vida. Pero eso no siempre acontece así, pues cuando algunas personas obtienen el subsidio, la empresa les dice: “Señores, para que obtengan su casa, que es una vivienda básica mejorada, ustedes deben tener un ingreso mínimo de 700.000 pesos”. Por eso, cuando el jefe de hogar gana, por ejemplo, 400.000 pesos, obligan a su esposa a conseguirse un certificado falso que acredite que ella también percibe 400.000 pesos. Con dicho certificado, en el cual no consta el pago de las respectivas imposiciones, la banca otorga un crédito para que el dueño de la vivienda pague a la empresa constructora, quedando este con un crédito pactado a un plazo de veinte años. Como se sabe, a medida que el tiempo pasa, comienza a subir el monto de los dividendos, de manera que en algún momento las personas no pueden seguir pagando. Eso ocurre, reitero, debido a que se hace una triangulación -no es lo más correcto- entre la EGIS, la empresa constructora y el Banco del Estado, el último de los cuales da luz verde para otorgar el crédito. En definitiva, esto solo beneficia a la empresa constructora, pero perjudica a quien adquiere la vivienda, porque, a poco andar, comienza a experimentar problemas por el alza de sus dividendos. En efecto, como esa persona, a insinuación de alguna de las partes, falseó sus ingresos, después se encuentra impedida de cancelar los pagos en forma normal. Al respecto, sé que se está haciendo el llamado a remate de algunas de esas viviendas, con la consiguiente preocupación para quienes las adquirieron, porque quedarán sin su casa, tras haber obtenido un subsidio y haber contratado un crédito de largo plazo y por un monto altísimo. Repito, empresas constructoras hacen un gran negocio a costa de personas que no tienen casa, por la irresponsabilidad, en muchos casos, de la banca, con la anuencia del Serviu y de la respectiva EGIS. Por lo tanto, son cuestiones que es necesario revisar, porque se está abusando de manera desmedida de gente modesta, a la cual se le obliga a pagar dividendos elevados, en circunstancias de que no tiene solvencia para hacerlo. No se le puede quitar su casa a una persona que, por años, estuvo haciendo esa gestión y pagando sus dividendos. No puede ser que, por una operación indebida, hoy cientos de personas en la ciudad de Los Ángeles -debe de haber miles a nivel nacional- se enfrentan a esta situación de crisis al quedar expuestas a la pérdida de su vivienda. Reitero, la operación que se hizo fue falseada frente al banco que otorgó los créditos, y, por cierto, la única beneficiada fue la empresa constructora, que recibió el total del pago de la vivienda. Como digo, esas personas contrataron créditos a veinte años plazo.De forma que esto no es tan sencillo, no es llegar y decir que aquí vamos a resolver el tema. En algunos casos, tampoco se puede obligar a quienes reciben una vivienda básica, a irse a vivir a estas cuando han sido mal terminadas. Es el caso de la villa San Luis, en Los Ángeles, donde cientos de viviendas quedaron mal terminadas. Allí, el agua lluvia traspasa los muros, las casas no cuentan con impermeabilización; además, los patios se inundan y no hay ductos de agua lluvia y, por lo tanto, están llenas de hongos en su interior. Sin embargo, se está exigiendo a los beneficiarios habitarlas, porque, de lo contrario, se las quitarán. Las viviendas no se pueden habitar mientras no estén entregadas en la forma que corresponde, es decir, como viviendas dignas, donde la gente -son seres humanos- pueda vivir con un mínimo de tranquilidad y decencia. Primero procede su reparación y, enseguida, que se exija que la gente vaya a vivir allí, pero en condiciones adecuadas.En materia de construcción y terminación de viviendas, en el último tiempo hemos sido un tanto irresponsables. A ello hay que agregar que no siempre se cobran las boletas de garantía de las empresas que hacen un mal trabajo, debido a lo cual, en muchos casos, el Ministerio debe entregar nuevos recursos para que se corrijan las fallas estructurales. Es lo que ocurrió con la construcción a que me referí, de cientos de viviendas de Villa San Luis, en Los Ángeles, cuyos beneficiarios están en una situación bastante compleja, porque un número importante de ellas prácticamente está inhabitable. Por consiguiente, hay que exigir al Serviu que, en primer lugar, ponga atención a quiénes se entregan los subsidios, y que estos digan relación con la situación económica de las personas. Es fundamental que no se abuse de esas personas, en el sentido de obligarlas a contratar créditos que, muchas veces, son imposibles de cubrir mensualmente debido a los bajos ingresos de la familia.Este tema da para mucho. Lamentablemente, estamos en el segundo trámite reglamentario de este proyecto. Creo que, sobre la materia, habría que agregar muchos puntos importantes para que no vayamos a poner en práctica una ley que, después, con la frialdad de algunos organismos, signifique que muchas personas puedan quedar sin su vivienda. Se trata, en muchos casos, de gente que durante años postuló al subsidio para hacer realidad el sueño de la casa propia, que, al final, puede terminar en una tremenda pesadilla.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado René Saffirio.El señor SAFFIRIO.- Señor Presidente, parece del todo razonable que estemos discutiendo un proyecto de ley que tenga por objeto corregir vicios que se producen con motivo de adjudicaciones de subsidios habitacionales a personas que, muchas veces, inescrupulosamente le dan a ese subsidio -estamos hablando de recursos del Estado- un uso distinto de aquel para el cual fue otorgado, por la vía del arriendo de su vivienda, de su transferencia, de contratos simulados; en fin, hay mil formas que hemos conocido, a lo largo del país, para burlar el sentido de la ley que otorga ese subsidio habitacional.El diputado Carlos Montes hizo una observación que me parece muy interesante. Dijo que es necesario que el Ministerio de Vivienda, a través de los servicios de Vivienda y Urbanización, conservara, mantuviera, preservara para sí la primera opción, es decir, un derecho preferente de ser adjudicatario en caso de que esas propiedades mal utilizadas sean sacadas a remate, que es la medida extrema. La verdad es que eso está en el proyecto de ley; está dicho de un modo indirecto en el artículo 15 bis del proyecto, cuyo inciso segundo dice: “En dichos casos -se refiere a aquellos que hemos estado comentando-, con el solo mérito de la resolución que ordenó requerir el pago y proceder al embargo, o de la sentencia definitiva -pongo énfasis en la expresión “o de la sentencia definitiva”- que falló las excepciones opuestas por el ejecutado, en su caso, el tribunal dispondrá la adjudicación de la propiedad embargada al Servicio de Vivienda y Urbanización correspondiente, para lo cual extenderá la respectiva escritura de adjudicación.”.Allí está salvaguardada la primera opción a que hacía referencia el diputado Carlos Montes en su discurso, que fue planteada también en conversaciones con el diputado Patricio Vallespín.Probablemente, pudo haber habido una mejor forma de establecer esa primera opción; pero, sin lugar a dudas, de la sola lectura del artículo 15 bis queda de manifiesto que ella existe. En relación con los tribunales, en el caso de producirse en el futuro interpretaciones disímiles respecto de este texto, es importante que quede claramente establecido que la interpretación correcta es la que he señalado.Lamento que el Ejecutivo no esté presente en esta discusión, porque habría sido importante manifestarlo expresamente en el debate del proyecto.Otro riesgo que se ha planteado, pero que, personalmente, creo que también queda despejado con la aplicación del artículo 15 bis, es el de la especulación inmobiliaria. Hay un número importante de ciudades en que grupos de viviendas sociales están construidas en zonas que, después de la expansión de la ciudad, se convirtieron en terrenos de alto valor. Entonces, por la vía de la adjudicación por parte de terceros en los remates a que convoca el Ministerio de Vivienda, se puede generar todo un negocio inmobiliario en el cual particulares, empresas, gradualmente se adjudiquen propiedades embargadas y, de esa manera, cuenten con paños de terreno que permitan demoler las viviendas sociales y construir allí conjuntos habitacionales de mayor valor.Me dirán que será muy difícil que coincida que se rematen viviendas una al lado de la otra; pero basta con que dos, tres o cuatro viviendas estén en esas condiciones -en general, en las ciudades hay espacios en que muchas están sin ocupar- para que las ofertas de las empresas inmobiliarias se hagan sentir en adjudicatarios de subsidios habitacionales respecto de los cuales ya se hayan alzado las prohibiciones de gravar y enajenar. De esa forma, como consecuencia de la especulación de esas grandes empresas, conjuntos de viviendas sociales se podrían transformar en complejos inmobiliarios. Creo que, ante esos riesgos, de alguna manera existe un resguardo por medio de la norma del inciso segundo del artículo 15 bis. Por ello, expreso mi decisión de votar favorablemente este proyecto.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra la diputada Cristina Girardi.La señora GIRARDI (doña Cristina).- Señor Presidente, efectivamente, en el tema vivienda tenemos muchas deudas pendientes. Creo que el déficit habitacional que existe hoy, fundamentalmente respecto de las familias más vulnerables, es altísimo, no solo en número, sino en tiempo. El proceso para acceder a una vivienda representa años de espera para hacer realidad ese sueño. No tiene que ver solamente con los recursos de las familias, sino con que hoy, como política de Estado, no estamos desarrollando los instrumentos efectivos para que la gente pueda acceder en forma más oportuna -por decirlo así- a su vivienda. Esperar cinco u ocho años para obtener una vivienda, cuando no se tiene acceso a créditos bancarios, es una enormidad. Cambia la familia, su estructura; incluso más, familias se separan y no logran la vivienda propia.Por lo tanto, como primer punto debiéramos destacar que falta una política habitacional que facilite a las familias de menores recursos el acceso oportuno a la vivienda.Hay muchas formas de asegurar que el subsidio habitacional se aplique a la adquisición de viviendas sin deuda. En el proyecto estamos hablando de estas viviendas, no de aquellas a las que se accede por medio de crédito hipotecario. Las viviendas que se encuentran desocupadas o que han sido destinadas a otros fines, distintos de aquellos para los cuales fue otorgado el subsidio, deben ser recuperadas por el Estado. Dado que la persona que ha inscrito la vivienda en el Conservador de Bienes Raíces es propietaria, deben establecerse acciones que permitan al Serviu recuperar esa vivienda para reasignarla a personas que realmente la necesitan. Para ese efecto, el proyecto contempla el remate y establece como primer postor al Serviu. Ahora, si el Servicio no ejerce este derecho preferente porque las posturas superan el valor de tasación del inmueble, cualquier otro postor podrá adjudicarse la vivienda. Tal como decía el diputado Montes, es posible que algunas personas hagan un negocio de esto y empiecen a competir con el Serviu; es decir, que se vean enfrentados la asignación de viviendas sociales versus el negocio. Esto no lo resguarda ciento por ciento el proyecto. Si bien pueden ser casos excepcionales, el proyecto no evita esa situación. En consecuencia, tenemos que buscar formas -sin prejuicio de que el Serviu sea el primer postor- que aseguren al Servicio la recuperación de la vivienda adquirida mediante subsidio estatal, para reasignarla a personas que realmente la necesitan. Pero también hay que reforzar los procesos de postulación. Si se estudiaran bien los casos, se podría determinar si el postulante requiere la vivienda, si realmente la va a utilizar. Creo que hay que afinar el objetivo, de manera de complementar ambas situaciones: que el Serviu recupere las viviendas y las reasigne en función de criterios de revisión, como la verificación del cumplimiento de los requisitos, de manera que no ocurra que reciban el subsidio habitacional personas que no requieren vivienda. El proyecto es perfectible y espero que sea mejorado en el Senado para asegurar que el Estado reasigne las viviendas rematadas. Se debe apuntar a que el Servicio no tenga que competir con otros postores que, a lo mejor, podrían hacer negocio con esas viviendas, cuyo objetivo es la asignación social.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Mario Venegas.El señor VENEGAS.- Señor Presidente, no soy miembro de la Comisión de Vivienda, pero de los fundamentos del proyecto puedo inferir algo que con mucha frecuencia nos viene planteando la gente: que en materia de subsidios habitacionales hay mucha más demanda de lo que el Estado puede poner a disposición de la gente, a través de los Serviu. Aquí surge un cuestionamiento que está en la base del proyecto, en el sentido de que hay beneficiarios que utilizan de mala forma el subsidio. En efecto, viviendas que se adjudicaron con esos fondos, hoy se encuentran desocupadas o han sido destinadas al arriendo. Pero hay más: algunos -aquí uno no tiene la capacidad para investigar-, por distintas vías, acceden a más de un subsidio, lo cual es contrario a la ley y causa un enorme daño a quienes necesitan de esta ayuda. Hay que tomar acciones, porque aquel que obtiene un subsidio sin tener necesidad, le está quitando la posibilidad a una familia que sí la tiene. En consecuencia, tenemos que hacernos cargo de esta realidad. Ahora, no sé si la forma como el proyecto aborda el no cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de subsidios habitacionales es la más adecuada. Se trata de una cuestión que el subsecretario de Vivienda y Urbanismo ya había planteado en 2012, mediante el oficio N° 244, por medio del cual instruyó a los Serviu regionales para que iniciaran acciones judiciales destinadas a obtener la devolución del subsidio habitacional y recuperar las viviendas abandonadas o deshabitadas respecto de las cuales, según la autoridad, existe un catastro. Mi colega René Saffirio, quien es abogado, planteaba algunas interrogantes sobre el remate de los respectivos inmuebles. En suma, hay que abordar el tema, porque los recursos para subsidios, especialmente para viviendas sociales, son siempre escasos. Lo fueron en los gobiernos anteriores, lo han sido en este y, probablemente, lo serán en el futuro, porque la demanda es siempre creciente. Me relaciono con muchos comités de vivienda y siempre nos están planteando la falta de recursos. Pienso que la propuesta del proyecto es una medida de justicia para que los recursos se asignen a quienes los necesitan.Pero hay otro tema que sería bueno plantear en esta discusión. El diputado señor Montes -bastante conocedor de la materia- advirtió, en algún momento de su intervención, que se están asignando viviendas a matrimonios muy jóvenes o a jóvenes de entre 23 y 24 años, quienes a esa edad no han definido aún con certeza dónde se van a establecer, incluso desde el punto de vista laboral. Aquí viene el problema que advirtió el diputado Montes. Si, por ejemplo, a un joven le asignamos un subsidio en Angol, pero, por alguna razón, decide hacer su vida laboral en la Región Metropolitana o en alguna región minera del norte, se verá obligado, por circunstancias laborales, a no usar ese subsidio. Entonces, debiera buscarse algún mecanismo para estos casos. Por lo general, alrededor de los treinta años de edad uno ya tiene más o menos decidido dónde se quedará definitivamente. Por ahí escuché que se estaba planteando la idea de crear un subsidio al arriendo para ese tipo de cohortes, es decir, para personas que, por su corta edad, todavía no tienen muy claro dónde piensan establecer su residencia definitiva. Pienso que hay que abordar esos temas. Respecto del espíritu que anima a este proyecto, no sé si el mecanismo judicial es el más adecuado, pero siento que va en la dirección correcta, que no es otra que asignar subsidios a familias que efectivamente los necesiten. Cuando eso no ocurre, les estamos quitando un beneficio a personas que sí lo necesitan.He dicho. El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Joel Rosales.El señor ROSALES.- Señor Presidente, coincido con lo expresado por los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra.Mediante el proyecto de ley se proponen las siguientes medidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del otorgamiento de subsidios habitacionales de los programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.En primer lugar, incorpora dos nuevos títulos ejecutivos: la escritura pública de la primera inscripción de la propiedad, con la certificación de incumplimiento de la obligación de habitar la vivienda por al menos cinco años, y la escritura pública con la sentencia condenatoria firme por el delito de fraude al fisco (artículo 470, N° 8, del Código Penal).En segundo término, se constituye al Serviu como adjudicatario preferente en la primera subasta de la vivienda respectiva, es decir, cuando no concurren otros interesados, o bien sus ofertas no superan el valor de tasación del inmueble.En tercer lugar, se reduce de seis meses a noventa días el plazo de restitución de la vivienda.Sobre el proceso de certificación de incumplimiento de la obligación de morar en la vivienda, se contemplan tres visitas, no pudiendo mediar menos de cinco días entre cada una de ellas y dentro de un lapso total de dos meses. El proceso se inicia únicamente cuando en ninguna de las visitas ha podido constatarse la presencia de moradores.El proyecto permitirá recuperar un gran número de viviendas que en la actualidad están abandonadas o son ocupadas de manera irregular.Sobre la alternativa de no inscribir las viviendas desde el momento mismo de la entrega material, sino con posterioridad, ello presenta varios inconvenientes, como el cobro de las cuentas asociadas a servicios domiciliarios.La iniciativa viene a reparar una situación que estamos viviendo permanentemente en diversas ciudades del país. Los distintos gobiernos han hecho muchos esfuerzos para cumplir con la entrega de la anhelada vivienda propia a las familias más carenciadas, pero hay personas que lamentablemente abusan de la buena fe de las autoridades y cometen ese tipo de atropellos, con lo cual imposibilitan que la gente realmente necesitada obtenga su casa.Por estos motivos, felicito la intención del Gobierno de proteger la eficacia de sus políticas públicas y anuncio mi voto a favor de la iniciativa en discusión.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Gabriel Silber.El señor SILBER.- Señor Presidente, comparto muchos de los juicios emitidos por los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra.Entiendo el propósito de la iniciativa, cual es focalizar con mayor racionalidad los recursos destinados a la política habitacional del Estado, para que nadie saque provechos indebidos de la vivienda social.En ese sentido, hay mucha información en los medios de comunicación sobre algunas personas que han abusado de los recursos y de los subsidios de la política habitacional, lo que provoca situaciones que rayan en el escándalo, que el proyecto de ley pretende sancionar.Sin embargo, quiero hacer presente que estamos frente a un proyecto que incorpora juicio sumario y título ejecutivo, que reducen al máximo las posibilidades de defensa de los adquirentes de viviendas sociales, lo que se contrapone a la situación del resto de los chilenos que compran inmuebles que no tienen esas características, quienes podrán ser objeto de un juicio normal de remate cuando corresponda. Hablo de situaciones en que exista una falta de notificación, que dice relación con que la ejecución, el procedimiento de remate y el embargo no estén mal practicados. Esas posibilidades serán cercenadas para quienes habitan una vivienda social.Me rebelo ante la existencia de un juicio ejecutivo de remate por deudas para los adquirentes de viviendas sociales y un juicio normal para quienes adquieren viviendas que no tienen ese carácter. No obstante, consideramos que la vivienda social tiene un rol importante.Señor Presidente, también se producen situaciones en que las personas no cometen fraude a la ley, sino que es el Estado que llega tarde. Personalmente, he tenido que defender a personas que postularon a una vivienda y obtuvieron el subsidio correspondiente para comprarla, pero cinco o seis años después heredaron una propiedad. En la actualidad, el Serviu las acusa de mala fe al momento de postular, porque poseían ese bien raíz, lo que no es efectivo. También existen muchas viviendas cuyos moradores no tienen los títulos de dominio correspondientes. Con el paso del tiempo, cambian sus circunstancias, lo que los puede meter en problemas si adquieren una vivienda social.Por lo tanto, estimo que el proyecto perjudica a los deudores de viviendas sociales.Señor Presidente, el proyecto dice mucho respecto de situaciones teóricas, pero la realidad de las personas que me ha tocado defender es bien distinta. Además, esas viviendas son rematadas por el valor de tasación, lo que permitirá a muchas personas hacerse de ellas a precio vil, lo que transformará estos remates en un negocio inmobiliario para ellos. Recordemos que un programa de televisión develó hace poco que algunas personas que se dedican a rematar viviendas han llegado a tener doscientos o trescientos inmuebles. En consecuencia, la iniciativa terminará fomentando que muchas personas adquieran viviendas a bajos precios y fácilmente, dadas las escasas posibilidades de defensa que tendrán los adquirentes de viviendas sociales, situación que no afectará a quienes adquieran otro tipo de viviendas.Lo anterior genera una asimetría que hicimos ver en la Cámara cuando se discutió el proyecto en su primer trámite reglamentario.Señor Presidente, sin perjuicio de comprender los méritos del proyecto, anuncio mi abstención por los motivos señalados.Lamento que no esté presente ningún representante del Ministerio de Vivienda para responder los reparos que hicimos varios parlamentarios en su oportunidad.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Ofrezco la palabra.Ofrezco la palabra.Cerrado el debate.-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar en particular el proyecto que modifica la ley N° 17.635, de 1972, que establece normas sobre cobro ejecutivo de créditos para la vivienda, propuesto por la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 56 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 9 abstenciones.El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Browne Urrejola Pedro; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; Delmastro Naso Roberto; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Torres Jeldes Víctor; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.-Se abstuvieron los diputados señores:De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Girardi Lavín Cristina; Latorre Carmona Juan Carlos; Montes Cisternas Carlos; Rincón González Ricardo; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Teillier Del Valle Guillermo.El señor ELUCHANS (Presidente).- Despachado el proyecto.BONIFICACIÓN POR RETIRO VOLUNTARIO A FUNCIONARIOS DELPODER JUDICIAL (Primer trámite constitucional. Boletín N° 9118-05)El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que otorga a los funcionarios del Poder Judicial que indica una bonificación por retiro voluntario y otros beneficios que señala.Diputado informante de la Comisión de Hacienda es el señor José Miguel Ortiz.Antecedentes:-Mensaje, sesión 76ª de la presente legislatura, en 1 de octubre de 2013. Documentos de la Cuenta N° 1.-Certificado de la Comisión de Hacienda, sesión 84ª de la presente legislatura, en 16 de octubre. Documentos de la Cuenta N° 5.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado informante.El señor ORTIZ (de pie).- Señor Presidente, en nombre de la Comisión de Hacienda -la cual, a pesar de que las cinco subcomisiones Mixtas de Presupuesto también están sesionando, no ha dejado de funcionar con la finalidad de no retrasarse en la tramitación de las iniciativas que le competen-, paso a informar sobre el proyecto de ley que otorga a los funcionarios del Poder Judicial que indica una bonificación por retiro voluntario y otros beneficios, con el propósito de mejorar las condiciones de egreso de aquellos que, a la fecha, tienen la edad para acogerse a retiro, así como posibilitar el egreso de los trabajadores que no se acogieron a la ley N° 20.286, aun cuando cumplían con las condiciones de dicha norma legal.Para la historia fidedigna del establecimiento de la ley, quiero dejar constancia de que en la sesión celebrada por la Comisión de Hacienda el 15 de octubre, expusieron el subsecretario de Justicia, señor Juan Ignacio Piña; el subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dipres, señor Hermann von Gersdorff, y el presidente de la Asociación Nacional de Empleados del Poder Judicial, señor Raúl Araya, quien asistió acompañado por los dirigentes de esa organización señores Benjamín Ahumada, primer vicepresidente nacional; Guillermo Quiroz, segundo vicepresidente, y por la señora Elizabeth Ortega, secretaria ejecutiva del departamento de Comunicaciones.Es bueno recordar que en junio de 2013 se firmó un protocolo de acuerdo, suscrito por el ministro de Hacienda y por la ministra de Justicia, en representación del Gobierno, con todos los miembros del Poder Judicial, encabezados por el presidente de la Corte Suprema, señor Rubén Ballesteros, y los directivos de las asociaciones nacionales de magistrados, de empleados, de consejeros técnicos y de profesionales de la administración del Poder Judicial. Lo menciono porque es bueno que se sepa que el proyecto que estamos discutiendo representa un anhelo largamente esperado.En el debate de la Comisión, el subsecretario de Justicia, señor Juan Ignacio Piña, entregó todos los fundamentos de la iniciativa, las principales características de los beneficios que se otorgan y el procedimiento especial que comprende la facultad del presidente de la Corte Suprema para solicitar la renuncia a los funcionarios que no se acogieron a la ley N° 20.286.Por su parte, el señor Raúl Araya manifestó el apoyo al proyecto en informe de las cuatro asociaciones del Poder Judicial que firmaron el protocolo de acuerdo con el Ministerio de Hacienda.Durante la discusión, los diputados señores Auth, Jaramillo, Lorenzini, Ortiz, Santana y Von Mühlenbrock presentamos una indicación para reemplazar en los artículos 1°, 3°, 6°, 7° y 8°, la frase “30 de junio” por “1 de julio”, con el propósito de extender los beneficios de que trata el proyecto a quienes cumplan con la edad para jubilar, así como la facultad que se confiere al Presidente de la Corte Suprema para declarar vacantes determinados cargos, hasta la fecha sustitutiva que se propone.Al respecto, en mi calidad de Presidente accidental de la Comisión de Hacienda, declaré admisible la indicación, porque no irroga costo para el erario, la cual fue aprobada.Debido a la demora que hubo en la suscripción del protocolo de acuerdo, que tardó más de un año y medio, quien habla planteó la necesidad de estudiar la presentación de una indicación para agregar un artículo transitorio, con el objeto de que el beneficio tenga efecto retroactivo.Aun más, como los funcionarios de las cuatro asociaciones del Poder Judicial que se han acogido a retiro voluntario, contados tres años hacia atrás, son muy pocos, muchos de los cuales están con serios problemas de salud, el Ejecutivo, a través del subdirector de Racionalización y Función Pública de la Dipres, mostró su mejor disposición en el sentido de que, luego de afinar los montos respectivos, sobre esa materia se podría presentar una indicación al proyecto en el segundo trámite constitucional, es decir, en el Senado de la República, aspecto que quiero dejar establecido con absoluta claridad para la historia fidedigna del establecimiento de la ley.Por otra parte, el informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 13 de agosto de 2013, describe el contenido del proyecto en los términos siguientes:a) Bonificación por retiro voluntario (artículos 1° al 4° y 6°). Beneficio: un mes de remuneración imponible, con tope máximo de 90 unidades de fomento, por cada año de servicio, con un máximo de once meses.Beneficiarios: funcionarios de planta o a contrata de los escalafones Primario, de empleados, de la Tercera y Sexta Serie del escalafón Secundario, y, en el caso del personal a contrata, ser asimilado a los escalafones del personal superior de los Consejos Técnicos y de Empleados, y el personal de planta y contrata de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.Requisitos: haber cumplido o cumplir 60 años de edad, en el caso de las mujeres, o 65 años de edad, en el de los hombres, entre el 1 de enero de 2009 y el 30 de junio de 2014 -frase que, tal como señalé, se cambió mediante indicación, de manera que se reemplaza “30 de junio” por “1 de julio- y tener, a lo menos, 10 años de servicio en alguna de las entidades beneficiadas por esta ley.Plazos: 90 días después de publicada la ley para presentar la renuncia voluntaria y hasta el 31 de marzo de 2015 para hacer efectivo el retiro.Cabe señalar que este beneficio se otorgará a un máximo de 450 personas, distribuidas entre 2013 y 2015.El total de los 450 beneficiarios que podrán acceder a la bonificación serán distribuidos en 50 cupos para los retiros que se materialicen durante 2013, 150 cupos para aquellos que se retiren efectivamente durante 2014 y 250 cupos para los que se retiren hasta el 31 de marzo de 2015. Es importante señalar que los cupos que no hubieren sido utilizados en los períodos 2013 y 2014 podrán traspasarse al año siguiente.Además, de haber un mayor número de postulantes que cupos disponibles, el total de cupos del período deberá distribuirse entre hombres y mujeres, según la proporción de postulantes por género. La selección en cada grupo privilegiará a aquellos y aquellas de mayor edad al 1 enero de cada año. De persistir la igualdad, se elaborará un listado de los empatados hombres y otro de mujeres, ordenados alfabéticamente según sus apellidos, y la selección para acceder a la bonificación por retiro se hará partiendo, simultáneamente, con los funcionarios y con las funcionarias que aparezcan en el primer y en el último lugar de cada lista, hasta completar los cupos disponibles, manteniendo la proporcionalidad.b) Bonificación adicional para afiliados al sistema de AFP (artículos 5° y 6°).Beneficio: 395 unidades de fomento.Beneficiarios: funcionarios y funcionarias que perciban el beneficio indicado, que estén afiliados al sistema de pensiones establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.c) Procedimiento especial con otorgamiento de facultades especiales al Presidente de la Corte Suprema (artículo 7°).Los beneficios son los mismos señalados en las letras a) y b).Los beneficiarios serán los funcionarios que no se acogieron a las disposiciones del artículo 2° transitorio de la ley N° 20.286, vencido el 31 de diciembre de 2008, aun cuando cumplían los requisitos requeridos.Procedimiento: se faculta al Presidente de la Corte Suprema para solicitarles la renuncia, considerando un listado que se elaborará previamente y se preparará con consulta a las asociaciones de funcionarios. Es decir, se debe contar con el consentimiento de los o las funcionarias.Cabe señalar que esta facultad se podrá aplicar como máximo a 100 personas.d) Beneficios al escalafón primario (artículo 8°).Los beneficios son los mismos señalados en las letras a) y b).Los beneficiarios son el personal del escalafón primario que antes del 1 de enero de 2009 hubieren cumplido hasta 60 años de edad si son mujeres y 65 años si son hombres.Plazo: podrán presentar la renuncia voluntaria hasta el 30 de junio de 2014.El proyecto de ley irroga un mayor gasto fiscal total de 13.107 millones de pesos. Durante el presente año se financiará con cargo al presupuesto vigente del Poder Judicial. No obstante, el Ministerio de Hacienda podrá suplementar dicho presupuesto, en lo que faltare, con cargo a la Partida Tesoro Público.La secuencia temporal que seguiría el flujo de gastos asociados a este proyecto de ley es la siguiente:Año 1: 2.397 millones de pesos. Año 2: 4.728 millones de pesos. Año 3: 5.982 millones de pesos. Ello da un total de gasto de 13.107 millones de pesos.Puesto en votación general el proyecto, fue aprobada la idea de legislar por la unanimidad de los diputados presentes, señores Pepe Auth, Enrique Jaramillo, Pablo Lorenzini, Alejandro Santana, Marcelo Schilling -en reemplazo del diputado señor Carlos Montes-, Gastón von Mühlenbrock y José Miguel Ortiz, quien ofició como Presidente accidental.Durante la discusión particular del articulado, el diputado señor Enrique Jaramillo presentó una indicación, que fue aprobada por unanimidad.Asimismo, los siete diputados presentes acordaron por unanimidad modificar el artículo 9º del proyecto, en orden a agregar, a continuación del vocablo “año”, la palabra “presupuestario”.Puesto en votación todo el articulado del proyecto, con la indicación y la enmienda precedentes, fue aprobado por asentimiento unánime.Para terminar, quiero comunicar a los miembros de las cuatro asociaciones de funcionarios del Poder Judicial, muchos de quienes están viendo esta sesión a través del Canal de Televisión de la Cámara de Diputados, que los beneficios indicados no serán imponibles ni constituirán renta para ningún efecto legal. En consecuencia, no estarán afectos a descuento alguno.Por las consideraciones expuestas, en nombre de la Comisión de Hacienda, solicito a la Sala que apruebe este justo proyecto en beneficio de los funcionarios del Poder Judicial.Es todo cuanto puedo informar.He dicho.El señor GODOY (Vicepresidente).- En discusión el proyecto.Tiene la palabra el diputado señor Felipe Salaberry.El señor SALABERRY.- Señor Presidente, si bien este proyecto de ley que otorga beneficios a trabajadores y trabajadoras de un sector del país no fue visto por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, que presido, valoro el hecho concreto y cierto -más allá de los méritos técnicos de la iniciativa, de los que muy bien nos ilustró el diputado informante señor Ortiz- de que esos trabajadores y trabajadoras de las distintas asociaciones pudieron lograr, mediante el diálogo, el acuerdo, el consenso, llegar a buen puerto. Como dijo el diputado Ortiz, se trató de una lucha funcionaria de mucho tiempo, que contó con el eco favorable de nuestro Gobierno y de su ministro de Hacienda, lo cual se tradujo en la elaboración de un proyecto que obviamente es de justicia y que permitirá a aquellos funcionarios retirarse con ingresos más dignos que los que tenían hasta hoy.Fue así que en la instancia de diálogo convocada por la Central Unitaria de Trabajadores, la llamada “Mesa del sector público”, se establecieron incentivos para que funcionarios de este sector y de otros que han cumplido una exitosa, larga y fructífera carrera funcionaria puedan dar paso a nuevas generaciones.En junio de 2013, el ministro de Hacienda y la ministra de Justicia firmaron el protocolo de acuerdo con los miembros del Poder Judicial, que permitirá que aquellos funcionarios de la carrera judicial que han cumplido un número determinado de años tengan los incentivos correctos para su posterior pensión y jubilación.Conversé con algunos dirigentes de los funcionarios del Poder Judicial, tanto de la Región Metropolitana, como de las zonas norte y sur del país -de Iquique, Arica y Punta Arenas-, quienes reclamaban la urgente necesidad de resolver esta situación de manera pronta, a fin de que los beneficios se vean expresados inmediatamente una vez publicada la ley.Por eso, en nombre de la bancada de la UDI, manifiesto nuestro voto favorable a esta iniciativa y felicito el logro, el acuerdo, el consenso, el diálogo alcanzado entre el Ministerio de Hacienda y los trabajadores.He dicho. El señor GODOY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo.El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, debo decir que no en todas las oportunidades en que se informa un proyecto este queda muy claro para sus beneficiarios. En este caso, los funcionarios del Poder Judicial -algunos estarán viendo esta sesión a través del Canal de Televisión de la Cámara de Diputados- seguramente han entendido los alcances del proyecto -podríamos decir que es habitual porque entrega incentivos para el retiro-, gracias a la claridad con que rindió su informe el diputado José Miguel Ortiz. Por lo menos, así lo entiendo yo.En otras ocasiones, he señalado que cada vez es más frecuente la discusión de este tipo de proyectos -seguramente seguiremos discutiéndolos- destinados a incentivar el retiro de los funcionarios de las distintas instituciones de la Administración Pública, incluidos los del Congreso Nacional. Esto refleja fielmente los malos resultados que está teniendo el actual sistema previsional de las administradoras de fondos de pensiones, que no ofrecen pensiones dignas a quienes jubilan. Por eso, las personas optan por seguir trabajando porque si jubilan en este momento, recibirán pensiones miserables. Ojalá en las próximas elecciones la decisión del país apunte hacia quienes piensan llevar a cabo una verdadera revolución en el actual sistema previsional, que todos rechazamos. En el caso de los funcionarios públicos, el Estado debe ofrecerles incentivos para que puedan retirarse con una pensión un poco mayor a la que tenían presupuestada. En este caso, se entrega un bono por retiro voluntario, que están recibiendo prácticamente todas las empresas del Estado, porque las AFP no cumplen con su obligación de entregar pensiones acordes con lo que demanda el Siglo XXI. Se dice que nuestro país está en desarrollo. ¿De qué desarrollo nos hablan, cuando las pensiones no alcanzan para vivir? Esto hay que decirlo para que las personas lo sepan, aunque lo están viviendo en sus hogares a diario.(Aplausos en las tribunas)El proyecto no es diferente a otros que hemos tratado: concede incentivos al retiro voluntario consistentes en un mes de remuneración por cada año de servicio, con un tope de once meses, y un “bonito” que se piensa que solucionará todos los problemas, que asciende a 395 UF.Quiero poner énfasis en una indicación sugerida por el diputado que habla, porque los funcionarios judiciales de la Región de Los Ríos me solicitaron que se modificara la fecha tope para jubilar, petición que fue apoyada por todos los diputados presentes en la Comisión de Hacienda. La indicación se refiere a la fecha tope para acogerse al beneficio; la original era el 30 de junio, y en la Comisión aprobamos que se cambiara al 1 de julio porque, de lo contrario, muchos funcionarios no podrían acceder a los beneficios que entrega el proyecto. Por un día de diferencia, no alcanzaban a cumplir uno de los requisitos establecidos en el proyecto. Felizmente, la indicación fue aprobada, lo que beneficiará, en particular a los funcionarios de la Región de Los Ríos.Sin tener más que agregar y con las observaciones que he formulado, en lugar de sentirme contento porque el proyecto concede un bono a los funcionarios que están en vías de retirarse, solo puedo decir, ¿hasta cuándo vamos a seguir ofreciéndoles un bono mínimo que muchas veces ni siquiera les alcanza para solventar necesidades básicas?Esperemos que, por el bien del país, muy pronto se modifique el sistema de las administradoras de fondos de pensiones. He dicho.-Aplausos en las tribunas.El señor GODOY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Cristián Letelier.El señor LETELIER.- Señor Presidente, nosotros vamos a concurrir en forma muy entusiasta a la aprobación de este proyecto, por las razones que voy a dar. En primer lugar, la iniciativa beneficia a los funcionarios del Poder Judicial que durante muchos años han soportado una carga de trabajo muy grande. El proyecto que modifica el Código de Procedimiento Civil que se está estudiando en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia modifica y moderniza un sistema que recarga el trabajo de los tribunales, en particular de los civiles. Por lo tanto, creemos que esta es una justa recompensa para el trabajo arduo, largo y, sobre todo, muy tedioso que realizan estos funcionarios que, además, deben tener mucha paciencia.Considero muy oportuno y justo que el proyecto beneficie a los funcionarios de los escalafones Primario, del artículo 267 del Código Orgánico de Tribunales; de Empleados y de la Tercera y Sexta Serie del escalafón Secundario. En caso de que no se haya entendido, a pesar de que el diputado José Miguel Ortiz fue muy claro, quiero reiterar que habrá 450 cupos para los funcionarios que se acojan por primera vez a este proyecto, y 100 para quienes que no hayan hecho uso del derecho que les otorga el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.286. Es decir, habrá un total de 550 cupos: 450 para quienes hacen uso por primera vez del beneficio, y 100 para los que no ejercieron el derecho establecido en el artículo segundo transitorio de la ley mencionada, que venció el 31 de diciembre de 2008.La posibilidad de retiro que hace posible este proyecto de ley beneficiará a un grupo de trabajadores y funcionarios judiciales que lo tienen muy merecido. Creemos que la inamovilidad laboral de que gozan, en particular los funcionarios que desempeñan cargos del escalafón Primario, sin duda, permitirá que se acojan a un beneficio muy merecido y que haya “tiraje a la chimenea”; es decir, que las nuevas generaciones vayan asumiendo mayores responsabilidades dentro del Poder Judicial y en algo que es muy importante para el país: la administración de justicia.De manera que estamos muy contentos de que el Gobierno haya acordado con las asociaciones de trabajadores del Poder Judicial que este mecanismo especial que beneficiará a los cien funcionarios judiciales que no se acogieron al beneficio establecido en el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.286 se realice en conjunto con ellas. Esto hará que sea un sistema transparente, lo que beneficiará especialmente a quienes tienen una gran carga de trabajo, como ocurre con los funcionarios judiciales.Por lo tanto, reitero que vamos a dar nuestro voto favorable con mucho entusiasmo a este proyecto de ley.He dicho.-Aplausos en las tribunas.El señor GODOY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Ricardo Rincón.El señor RINCÓN.- Señor Presidente, por cierto, también vamos a concurrir con nuestros votos favorables a la aprobación del proyecto.Pero, aunque sea reiterativo, no puedo avalar ciento por ciento las palabras del colega Jaramillo. Esto está ocurriendo en Chile porque el sistema de las AFP, creadas por el decreto ley N° 3.500, sencillamente no funciona. No hay peor ciego que el que no quiere ver. Así dice el refrán, y los refranes por algo existen.Este es un problema de Estado y, por ello, es un problema de todos los gobiernos, del actual y de los anteriores. Por tanto, esperamos que algún gobierno se haga cargo de él en alguna oportunidad.Los parlamentarios no tenemos iniciativa en materia previsional, situación que a la gente le cuesta creer. Nos preguntan en qué materias tenemos iniciativa. Lamentablemente, hay una serie de materias en que no la tenemos.Esta situación que estamos discutiendo a raíz de este proyecto ocurre en Chile porque el sistema de las AFP no funciona, no permite que la gente de esfuerzo, de trabajo, aquella que se quiebra el lomo trabajando durante 30 o 40 años para sacar adelante a su familia con dignidad y respeto, inculcándole valores, formándolos y educándolos, cuando envejece -todos terminaremos siendo viejos- obtenga una pensión digna.La pensión no les da ni para los remedios. En esa materia no tenemos iniciativa los parlamentarios Por eso, cualquier reforma o proyecto que presentemos es declarado inconstitucional y va directo al tacho de la basura.Entonces, cuando se presenta este tipo de proyectos, obviamente, concurrimos con nuestros votos para apoyarlos ¡Qué parlamentario no lo hace! Todos y del sector que sea.Sabemos que en Chile las pensiones no son dignas y por eso nuestros pobres viejos, deben seguir trabajando, pues no les queda otra alternativa. A pesar de que educaron a sus hijos y, a lo mejor, están colaborando en la educación de sus nietos, no se pueden pensionar porque la sociedad chilena y el Estado de Chile les dice que los viejos en Chile no se pueden pensionar. Y si alguien se llega a pensionar, que se aguante con una pobre pensión Y si la pensión solo da para los remedio, para los remedios dará no más Eso es lo que les dice la sociedad chilena y el Estado de Chile a nuestros queridos viejos. Ahora, si más encima la persona se enferma, tendrá que hacerse un bingo o una lotería para juntar dinero para pagar los costos de la enfermedad. Ello ocurre porque el sistema de salud público no los atiende bien y esa persona se puede morir. Entonces, hay que buscar una forma para juntar la plata para tener un buen tratamiento médico.Ese es el mensaje político, porque nosotros -en el buen sentido de la palabra- venimos a hacer política a la Cámara de Diputados.He señalado que se trata de un problema del Estado de Chile. Al respecto, quiero mencionar los problemas que ha tenido el Presidente de Estados Unidos para aumentar el techo de la deuda. Todos los informes financieros indican que el Estado de Chile es acreedor de Estados Unidos en 29 mil millones de dólares. Esta cifra corresponde al último informe financiero de Estados Unidos, en el que aparecen todos los países acreedores. El ranking lo encabeza Brasil.Reitero, Chile tiene casi 30 mil millones de dólares de acreencia con Estados Unidos. Mi colega Carlos Montes, que por años ha trabajado con abnegación y entrega en la Comisión de Hacienda, al igual que los diputados José Miguel Ortiz, Enrique Jaramillo y Joaquín Godoy, me corrige y me dice que la cantidad de dinero debe ser mucho más, lo que sería peor. El diputado Montes sabe mucho sobre este tema y lo reconozco públicamente.Probablemente sea mucho más, pero esa es la cifra que aparece en el informe financiero del que, como muchos chilenos, nos enteramos en las últimas 48 horas, pues se ha entregado a todos los medios de comunicación, tanto nacionales, como internacionales. En todo caso, sobre la acreencia del Estado de Chile seguramente hay más datos sobre el particular.En mi calidad de miembro titular de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados, debo mencionar que hay 3 mil millones de dólares empozados en la Ley Reservada del Cobre. Hay quienes pretenden crear un fondo de contingencia para la compra de armas en ventas de oportunidad, en lo que sería un verdadero “sale” de las armas. Esos temas se debaten en el Parlamento y son responsabilidad de todos los parlamentarios. El sale de las armas podría terminar hipotecando buena parte de los ingresos acumulados por la Ley Reservada del Cobre, estimados ya en 3 mil millones de dólares.Lo concreto es que estos proyectos de ley llegan al Congreso Nacional como un paliativo a un sistema previsional que no funciona, cuyas tasas de reemplazo no son las que se proyectaron, sus lagunas previsionales asfixian a los trabajadores, y las declaraciones y no pago de las cotizaciones previsionales se reiteran.Con mucho respeto por todos aquellos empleadores que sí pagan y cumplen con las cotizaciones previsionales, debo decir que hay muchos empleadores que deben miles de millones de pesos y todo les sale gratis.En Chile, un niño se puede robar una manzana y cae preso; un empresario -y hay muy buenos empresarios y muy buenos empleadores que cumplen- puede declarar las cotizaciones previsionales y no pagarlas. Ese dinero es parte del sueldo del trabajador, y al empleador no le pasa nada por declararlo y no pagarlo.Una colega diputada me acota que no existen niños presos por robar una manzana. El aforismo del absurdo es un elemento que sirve para señalar las aberraciones que se cometen en un país. Hay niños que han sacado manzanas o peras de un campo y han sido detenidos, aunque obviamente no terminan presos; pero con ello pretendo realizar una crítica a lo que, ocurre en Chile con un sistema previsional que no da para más. ¡Ese es el tema de fondo que estoy planteando!Hay empresarios y empleadores muy buenos en Chile, pero hay otros que declaran y no pagan las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, lo que unido a las lagunas previsionales, a las tasas de reemplazo que no se han cumplido en la proyección indicada y a muchos ejemplos más que los parlamentarios manejamos, tienen desfondado el sistema previsional.Los parlamentarios, de cualquier sector político, no tenemos ninguna posibilidad de incidir en esta materia, en términos reales y concretos a través de mociones. Por eso, se presenta este tipo de proyectos de ley y se seguirá haciendo cada vez más en esta Corporación, como ha dicho el colega Jaramillo.Se trata de un tema que angustia y preocupa a la sociedad chilena y también nos presiona a todos los parlamentarios de los distintos sectores políticos, porque así lo percibimos en nuestras oficinas. Algunos, por suerte, tenemos otras posibilidades; pero nuestra situación no es la del país real. Nosotros tenemos que representar los intereses del país real, y el problema de la indignidad de las pensiones en Chile es un tema real que angustia, genera congoja, humilla y quita dignidad a nuestros adultos mayores, a nuestros viejos. Eso es una realidad. Lo que estamos diciendo hoy debemos tener la capacidad para decirlo también mañana, sea el gobierno que sea, porque este es un tema preocupante y lacerante de nuestra sociedad. Vamos a concurrir con nuestros votos favorables a aprobar este proyecto y esperamos que así también suceda en el Senado.He dicho.-Aplausos.El señor GODOY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Ulloa.El señor ULLOA.- Señor Presidente, quiero referirme al proyecto.No voy a hablar enojado, porque no es ese el sentimiento que debemos tener en esta ocasión. Por el contrario, estamos frente a un proyecto que nos debe hacer sentir orgullosos.Con respecto a las AFP, con todas las críticas y los perfeccionamientos que se le pueden hacer al sistema, solo quiero recordar que gracias a ello el país tiene una economía sólida. Se trata de 140 mil millones de dólares que han permitido que Chile hoy esté de pie y enfrente una de las peores crisis que afecta al mundo. Sin duda, los perfeccionamientos son necesarios; pero hay que hacerlos y no solo hablarlos.Según lo que manifestó el diputado informante, nos estamos remitiendo a un proyecto con urgencia calificada de “suma”. Me parece bien que tenga urgencia calificada de “suma” un proyecto que, busca entregar, por una sola vez, una bonificación adicional a quienes han cumplido los requisitos para jubilar para que ejerzan ese derecho. La opción de la jubilación es un derecho. Por tanto, no es necesario el cumplimiento de un determinado tiempo de servicio, sino de la edad, en este caso, 65 años los hombres y 60 las mujeres.En este ámbito, al igual como lo hizo el diputado informante, hay que destacar a las asociaciones del Poder Judicial, las que han trabajado este proyecto. Con seguridad, los representantes de las asociaciones regionales y nacional hablaron con todos nosotros para pedirnos que este incentivo sea realidad lo más rápido posible.Siento que, una vez más, el Presidente Piñera, atiende los requerimientos, en este caso, de un grupo importante de trabajadores chilenos, como son los del Poder Judicial. Hay que reconocer que ellos han sido postergados por mucho tiempo, durante varios períodos gubernamentales. Y hoy el Presidente de la República ha resuelto escuchar sus peticiones y entregar los recursos necesarios a través de una bonificación adicional, equivalente a 395 unidades de fomento.El reconocimiento a estos trabajadores que realizan un esfuerzo tremendo para que la justicia llegue a todos, por cierto con imperfecciones; pero, desde luego, su afán se ve a lo largo del tiempo.En esta ocasión, quiero agradecer el trabajo que llevan a cabo los funcionarios y funcionarias del Poder Judicial para que la justicia sea una realidad.Solo me queda reiterar los agradecimientos a estos funcionarios que, con justicia, les será otorgada esta bonificación. También agradezco al Gobierno del Presidente Piñera por acceder a un requerimiento que venían pidiendo estos trabajadores hace larguísimos años y que no se les había entregado.Por eso, con mucha fuerza anuncio nuestro voto favorable al proyecto, porque se lo merecen sobradamente.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Señores diputados, está por concluir el tiempo destinado al Orden del Día y hay tres diputados inscritos en el siguiente orden: los señores Carlos Montes, Tucapel Jiménez y Fuad Chahín.¿Habría acuerdo para conceder la palabra hasta por cuatro minutos a cada uno?Acordado.Tiene la palabra el diputado señor Carlos Montes.El señor MONTES.- Señor Presidente, voy a votar a favor del proyecto, porque los funcionarios lo pidieron.Comparto las reflexiones de los diputados Jaramillo, Rincón y otros, porque esta iniciativa solo viene a parchar un problema.Deberíamos abrir un debate que permita realizar una transformación al sistema de previsión, porque no está funcionando. ¡Es una fábrica de pobres! Cuando uno ve que el promedio de jubilación es de 173 mil pesos y la jubilación de los profesores es de 150 mil pesos, se da cuenta de que algo no está funcionando. Si, además, agregamos a todos los que no pueden entrar al sistema, que ni siquiera imponen, veríamos que junto con estos parches, que ya llevamos como diez, hay que ver qué hacemos en el fondo y hay que abrirlo.Este debate se abrió claramente después del movimiento de los estudiantes del 2011, oportunidad en que se abrieron las compuertas de las críticas culturales y más globales.Valoro que haya movimientos como ese, los que en determinadas situaciones de la historia de las sociedades ponen en cuestión la forma de organizarse. Nuestro modelo previsional no funciona. Hay que debatir al respecto y buscar una buena solución.Aquí algunos hacen una caricatura y dicen que quieren volver al sistema de reparto. No hay otro país en el mundo que tenga un sistema exclusivamente de capitalización individual. Todos tienen algún nivel de mixtura. Con el pilar solidario, la Presidenta Bachelet incorporó algún nivel de mixtura, pero muy parcial.Necesitamos realizar un cambio y evolucionar hacia un sistema con componentes solidarios sólidos, porque hay solidaridad entre las generaciones. Las imposiciones de los más jóvenes sirven a los más viejos y entre los que ganan menos y los que ganan más. Se requiere un sistema que conlleve un desarrollo distinto.A estas alturas, nadie piensa en un sistema de reparto puro. Debe haber un sistema mixto, en el que la base sea de reparto y solidaria, y por encima de eso un sistema de capitalización individual.Alguien afirmó que carecemos de iniciativa. En verdad, no tenemos iniciativa para legislar, pero sí para debatir. El Parlamento es para discutir políticamente.No podemos seguir pensando en que este sistema funciona. ¡Hay que dejar en claro que no funciona!Al respecto, se está haciendo el programa del próximo gobierno y hay que discutir qué cosas irán. Cuando se dice AFP estatal, es una manera de sostener que una parte de los recursos debe tener una lógica distinta a la actual.(Hablan varios señores diputados a la vez)Señores diputados, en el mundo los recursos previsionales han pasado hartas veces de manos de los privados al sistema público y de este a los privados.Todo lo nuestro pasó a los privados. Muchos hicieron negocios con esto. Algunos sirvieron para el crecimiento del país, pero muchos otros capitalizaron en forma individual.Hay que abrir este debate; es responsabilidad de esta Cámara y debemos ver cómo, en el corto plazo, subimos la Pensión Básica Solidaria, que hoy es de 80 mil pesos; subimos el Aporte Previsional Solidario y nos preocupamos de los sectores medios que han sido especialmente afectados con el sistema previsional.Esta discusión está agotada. Esperamos que el próximo gobierno no siga con estos parches, sino que entremos al fondo, porque se deben poner 395 UF para que la gente se decida a jubilar, debido a que la pensión no les permite vivir.¡Asumamos el problema de fondo! Esa es la responsabilidad de esta Cámara. ¡El sistema de AFP fracasó!He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Tucapel Jiménez.El señor JIMÉNEZ.- Señor Presidente, en la misma línea de lo que expresó mi colega, porque uno no puede dejar pasar esta discusión sin decir algo. Me alegro de que se ponga en el tapete.Como dijo el diputado Ulloa, nadie puede enojarse, porque estamos entregando un bono a los funcionarios del Poder Judicial. Me imagino que lo van a recibir con mucha satisfacción, pero tampoco va a arreglar su problema. Es un bono que en algo los ayudará, pero no solucionará su problema de fondo, que son sus miserables pensiones.Hay que preguntarse por qué llamamos a esto retiro voluntario, en circunstancias de que en todos los países del mundo la gente trabaja hasta cumplir la edad para jubilar y se va. La pregunta que debemos hacernos es por qué acá siguen trabajando y, más encima, hay que entregarles un bono. No sé si existe otro país en el mundo que deba entregar bonos para que la gente jubile. No sé; me parece muy llamativo.Como lo expresó el diputado Montes, acá debemos llevar a cabo una discusión de fondo sobre qué pasa con las jubilaciones de nuestras personas mayores.Las AFP prometieron una tasa de retorno del 70 o 75 por ciento, y eso ha sido un fracaso por donde se le mire. Hoy, la gente se está jubilando con un 30 o 35 por ciento. ¡Eso es realmente vergonzoso para nuestro país!Con el diputado Osvaldo Andrade presentamos un proyecto de ley que crea una AFP estatal. Sabemos que no basta solo con una AFP estatal y que además se requiere un sistema solidario y de reparto, pero nos interesaba poner el tema en discusión.Yo no quiero eliminar las AFP. Si algunos chilenos quieren seguir en ese sistema, que lo hagan, pero los que prefieran pertenecer a uno en que el Estado garantice una pensión digna también deben tener esa opción. Estamos hablando de personas que han entregado el esfuerzo de toda una vida, no solo a la familia, sino al país. La palabra jubilar viene de júbilo. Se supone que al terminar su vida laboral, después de muchos años, las personas debieran empezar a disfrutar la vida, como ocurre en los países desarrollados, donde los pensionados viajan, tienen acceso más barato al teatro, al Metro y a muchos otros lugares. Acá, en cambio, empieza el sufrimiento, porque no solo comienzan a ganar el 30 o 35 por ciento de lo que recibían, sino que además les suben los gastos, fundamentalmente en remedios, a causa de las enfermedades. Así comienza un sufrimiento que se prolonga por muchos años, tiempo durante el cual el Estado debe entregarles bonos para paliar la situación. No quiero cuestionar a este gobierno por esa situación, porque esto viene produciéndose desde hace años. Lo cierto es que no hemos sido capaces de cambiar el sistema que nos dejó José Piñera. ¡Esa es la verdad! El problema es que el sistema no ha funcionado. Como dijo Carlos Montes, es nefasto lo que ocurre en nuestra sociedad. Somos el único país donde las personas se deben encargar solas de ahorrar para su jubilación, cuando también debieran aportar el empleador y el Estado, para que las pensiones sean dignas. Hay gente que debe sobrevivir con jubilaciones miserables. Esto nos debería producir vergüenza.Espero que el próximo gobierno enfrente este problema y podamos poner sobre la mesa el famoso sistema de las AFP, para modificarlo, por lo menos para las personas que quieran cambiarse al sistema antiguo, el que administraba el INP, donde incluso había fondos disponibles. Mucha gente dice que el antiguo sistema fracasó, pero eso es mentira, porque quedaban recursos disponibles. Es un sistema que funciona, como han demostrado otros países. Establezcamos esa posibilidad, pero sin tocar a las AFP, porque para algunos es beneficioso seguir en este sistema.La responsabilidad que tenemos es con las personas mayores que han trabajado toda una vida, para, al menos, entregarles una pensión digna, como merecen nuestros compatriotas que han dedicado toda su vida a sus familias y al país.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Finalmente, tiene la palabra el diputado Fuad Chahín.El señor CHAHÍN.- Señor Presidente, este es uno de esos proyectos de ley que uno preferiría no tener que discutir, porque quienes han trabajado toda una vida, y en un servicio público tan importante como el Poder Judicial, no debieran necesitar una ley especial de incentivo al retiro para poder jubilarse en condiciones dignas. Eso debiera ser una garantía de nuestro sistema previsional.Sin embargo, ello no ocurre, lo que demuestra, una vez más, que estamos frente a un síntoma de una enfermedad mayor, síntoma que hemos tratado de ir paliando con distintos analgésicos, con distintas medidas que lo que buscan es tratar de morigerar un poco los efectos negativos del sistema.Pero esto tiene un límite, porque la inmensa mayoría de los chilenos tiene plena conciencia de que cada día estamos viviendo más, de que las expectativas de vida aumentan, pero también de que la calidad de vida después de concluida la actividad laboral será mala, simplemente porque el sistema de AFP se ha transformado en una verdadera máquina de adultos mayores pobres, que no serán capaces de contar con lo mínimo para poder vivir dignamente.Las AFP han sido un tremendo negocio para las grandes empresas, como los bancos y el retail, que han encontrado en ellas una fuente de financiamiento barata, a través de la emisión de bonos que compran las administradoras de fondos de pensiones. También han sido un tremendo negocio para los administradores de esos recursos de los trabajadores, que cobran cuando los fondos suben, pero también cuando bajan.¿Quiénes son los grandes perjudicados cuando son mal invertidos esos recursos? Lo vimos en el caso La Polar y lo estamos viendo ahora en el caso “Cascadas”. Son los trabajadores, quienes durante toda una vida ahorran y luego ven cómo sus ahorros mal administrados caen de un momento a otro, en porcentajes importantes.Estamos, entonces, ante un sistema que ha fracasado en su objetivo. El objetivo de las AFP no es generar inversión o fuentes de financiamiento barato para quienes quieren desarrollar proyectos; el objetivo principal de las AFP es asegurar pensiones de calidad, dignas, y simplemente este no se está cumpliendo.Hay muchísimos proyectos de ley vinculados con incentivos al retiro que hemos aprobado, otros que estamos discutiendo y otros que están por presentarse. ¿Y qué pasa con quienes trabajan en el sector privado, que no tienen la posibilidad de que se presente un proyecto de ley como el que estamos debatiendo, con inyección de recursos del Estado? Ellos están en la total indefensión, absolutamente desamparados.Creo que este es el momento de, junto con aprobar estos proyectos, exigir que hagamos, de una vez por todas, el debate de fondo, para introducir los cambios sustantivos en el sistema previsional, para corregir el sistema de AFP, que hasta ahora ha demostrado ser un fracaso para asegurar pensiones decentes a las chilenas y los chilenos. Y que ese debate lo hagamos acá, en el Congreso Nacional, con sentido de urgencia, porque no creo que sea el camino correcto seguir legislando con medidas parche y dejar al margen de la solución a la inmensa mayoría de nuestros compatriotas.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Con esta intervención ponemos fin a la discusión de la iniciativa.Cerrado el debate.-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:El señor ELUCHANS (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto de ley que otorga a los funcionarios del Poder Judicial una bonificación por retiro voluntario y otros beneficios. Hago presente a la Sala que la totalidad de las normas de este proyecto son propias de ley simple o común.En votación.-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 65 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.El señor ELUCHANS (Presidente).- Aprobado.-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:Accorsi Opazo Enrique; Arenas Hödar Gonzalo; Auth Stewart Pepe; Baltolú Rasera Nino; Browne Urrejola Pedro; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Cristi Marfil María Angélica; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Delmastro Naso Roberto; Díaz Díaz Marcelo; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Espinosa Monardes Marcos; Farías Ponce Ramón; Girardi Lavín Cristina; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Kast Rist José Antonio; Latorre Carmona Juan Carlos; León Ramírez Roberto; Rosales Guzmán Joel; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Montes Cisternas Carlos; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Saa Díaz María Antonieta; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Salaberry Soto Felipe; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Vallespín López Patricio; Venegas Cárdenas Mario; Verdugo Soto Germán; Vidal Lázaro Ximena; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe.El señor ELUCHANS (Presidente).- Por no haber sido objeto de indicaciones, queda además aprobado en particular.Despachado el proyecto. VI. INCIDENTESRECHAZO A DEFORMACIÓN DE IMAGEN DE JAIME GUZMÁNEXPUESTA EN PELÍCULA “EL TÍO”El señor ELUCHANS (Presidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente, que ha cedido cinco minutos de su tiempo al diputado independiente señor Cristián Letelier, a quien ofrezco la palabra.El señor LETELIER.- Señor Presidente, quienes fuimos amigos de Jaime Guzmán vemos con espanto e indignación que hoy se estrene la película “El Tío”, un proyecto lamentable de un actor que es sobrino de Jaime Guzmán. A Jaime lo mataron físicamente, pero ahora lo quieren matar moralmente, distorsionando su vida, la que, sin duda, fue la de un chileno ejemplar. Como dice el epitafio de su tumba, “Amó a Dios y a su Patria”. Él fue consecuente en lo que decía y lo que hacía. Por eso, otrora, muchos jóvenes lo seguimos con entusiasmo y pasión, con la convicción de que estábamos obrando con principios y valores muy profundos que tenían por finalidad engrandecer a Chile. Sin embargo, hoy no solo quieren denostar su prestigio, sino también matar su gigantesca figura moral, la que resulta un ejemplo para las nuevas generaciones y para la historia de Chile. Ha sido el único senador asesinado, precisamente porque representaba una perturbación para los terroristas que le quitaron la vida.Hoy, lamentablemente, una persona que lleva su sangre, quiere dañarlo moralmente, al presentarlo en la película como un desviado, desde el punto de vista de su intimidad, pese a que jamás lo fue. Por el contrario, Jaime Guzmán siempre defendió el orden natural en materia de sexualidad y fue respetuoso de la intimidad de las personas. Toda esa caricatura que presenta la película desvirtúa su obra y vida, la que siempre estuvo inspirada en el evangelio y en el amor a Cristo, y su vida fue consecuente con la vida de Cristo.Por eso, protesto. No podemos hacer otra cosa, porque la censura cinematográfica no existe actualmente en nuestra legislación. Por eso, algunos aprovechan esa circunstancia para manchar la honra de las personas, y los muertos también tienen honra. Pero los amigos de Jaime Guzmán estamos llamados a defenderla. Felicito a la Fundación Jaime Guzmán, porque deja un testimonio escrito de su repudio a esa obra cinematográfica. Puedo comprender que exista libertad para la creación artística, pero esa libertad tiene límites. Primero, debe ser fiel a la verdad, sobre todo cuando se trata de un pariente y de una figura como Jaime Guzmán, que goza del respeto, admiración y cariño de muchos chilenos. Y segundo, porque una obra cinematográfica debe respetar la honra, no solo de quienes viven, sino también de quienes estuvieron un día con nosotros y se han ido.En mi calidad de diputado, de seguidor de Jaime Guzmán y de defensor de sus ideas, protesto por esa obra que quiere hacer de la figura de Jaime Guzmán una caricatura. Desde mi época de colegio he seguido a Jaime, por su consecuencia entre lo que decía y lo que hacía. Jaime Guzmán es un ejemplo para las nuevas generaciones, para que en Chile siempre perdure el respeto a las personas y, sobre todo, la libertad.Dejo constancia de que somos muchos los diputados indignados por el hecho de que hoy, a través de una película, se muestre una idea e imagen distorsionada de Jaime Guzmán. Como dice la Fundación que lleva su nombre, se trata de una película infame. Por lo tanto, quienes fuimos amigos de Jaime Guzmán en vida protestaremos todo lo que sea necesario para destacar la historia y la vida de Jaime, quien amó a Dios y a Chile por sobre todas las cosas.He dicho.-Aplausos.APOYO A DECLARACIÓN DE REGIÓN DE ATACAMA COMOZONA ESTRATÉGICA (Oficio)El señor ELUCHANS (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.El señor VILCHES.- Señor Presidente, en esta oportunidad me voy a referir a un tema que dice relación con la Región de Atacama. Distintas organizaciones sociales han manifestado su interés en transformarla en una zona estratégica. Esta región estuvo en el olvido durante muchos años, porque cuando el precio del cobre no era bueno en el mercado internacional, hubo una gran cesantía. Incluso, ciudades como Vallenar y Chañaral superaban el 25 por ciento de personas que no tenían trabajo. Como me quiero sumar a la aspiración de declarar como zona estratégica a la Región de Atacama, solicito que se oficie al ministro del Interior y Seguridad Pública, señor Andrés Chadwick, quien ya conoce el planteamiento de los dirigentes sociales que representan a los trabajadores fiscales de esa región, incluida la CUT, a fin de concretar ese anhelo. La Región de Atacama ha experimentado un crecimiento espectacular, que estaba fuera de todo programa. Su desarrollo en distintas áreas no estaba en la mente de nadie. Hoy podemos apreciar cómo ha aumentado la construcción de edificios, tanto fiscales como particulares, y se han incrementado los proyectos de las inmobiliarias y el número de nuevos colegios y hospitales, etcétera. En resumen, todo ese gran desarrollo ha significado un cambio sustantivo en la región.Por eso, al declarar como zona estratégica a dicha región, se puede dar la posibilidad de que exista un trato de remuneraciones distinto para los trabajadores públicos. Esa es la razón de fondo. Hay sólidos fundamentos que avalan esa declaración. Por ejemplo, en Copiapó, Vallenar y Chañaral hoy residen miles de personas que han elegido esa región para vivir y trabajar.Necesitamos con fuerza que se declare como zona estratégica a la región, para modificar normas que hoy están absolutamente superadas. Actualmente, en la ciudad de Copiapó hay calles que no se pueden transitar. Por ello, se requiere un plan vial absolutamente nuevo. Si esto no se mira con una visión de futuro, será muy difícil que podamos avanzar en el corto plazo. La Región de Atacama puede llegar a ser la primera región del país en cuanto a recursos que aporte al Estado, porque los proyectos mineros y energéticos, así como la agricultura que hoy está en planificación, superarán todo programa que hayan pensado las autoridades anteriormente.Por eso, pido enviar dicho oficio, para que podamos iniciar los estudios para declarar como zona estratégica a la Región de Atacama.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría.INVESTIGACIÓN POR ENVÍO DE CORREOS ELECTRÓNICOS CON INSULTOS HACIA DIPUTADOS DEL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO (Oficios)El señor ELUCHANS (Presidente).- En el tiempo adicional del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el diputado señor Ricardo Rincón.El señor RINCÓN.- Señor Presidente, en primer lugar, pido oficiar al ministro de Salud, que ayer fuera interpelado en esta Corporación y que, según entiendo, aspira a dirigir con honor y caballerosidad su cartera, a fin de solicitarle que arbitre las medidas pertinentes para que todos los funcionarios de su repartición terminen con los improperios en contra de la Democracia Cristiana.Voy a dejar en manos del señor Secretario uno de los correos electrónicos, con el logo institucional del Gobierno de Chile, con la identificación del funcionario, enviado desde un computador y servidor del Gobierno de Chile. No lo leeré en detalle, porque las groserías insultan a todos, pero sí informaré que trata como muertos de hambre, sinvergüenzas y ladrones, entre otros calificativos, a quienes, haciendo uso de una herramienta constitucional, interpelamos ayer al ministro. ¡Muertos de hambre, sinvergüenzas y ladrones! Esta no es la forma de ejercer cívicamente las potestades constitucionales o de retrucar, en el ámbito que corresponde, legítimamente al ejercicio de ellas.Espero que el ministro, si es un caballero, como todos creemos que es, de una vez por todas se ponga los pantalones, imparta las instrucciones pertinentes e instruya los sumarios correspondientes que impidan que se siga repitiendo ese tipo de situaciones. Dejaré copia de este correo electrónico en poder de la Secretaría, como prueba y para que se adjunte con los antecedentes, tanto al ministro de Salud como a la Contraloría General de la República, en lo que corresponda.El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que levantan su brazo.INFORMACIÓN SOBRE ENTREGA EN COMODATO DE PROPIEDAD FISCAL DE REGIÓN DE O’HIGGINS Y SOBRE PROYECTOS ADJUDICADOS A LACORPORACIÓN ESPERANZA (Oficios)El señor RINCÓN.- Señor Presidente, en segundo lugar, solicito que se oficie al ministro del Interior y Seguridad Pública y al intendente de la Región de O´Higgins, para que informen en detalle si es efectivo que se ha decidido entregar en comodato por cincuenta años -¡medio siglo!- un inmueble de patrimonio del gobierno regional, la tradicional casa del intendente, ubicada en calle Guillermo Saavedra N° 95, Villa Triana, de Rancagua, a la Corporación Esperanza, ligada al senador Jaime Orpis. Es bueno que existan corporaciones que ayuden al tratamiento y la rehabilitación, pero no es conveniente que los bienes fiscales de dicha región se aporten de esa forma a una causa noble. A mi juicio, sería poco transparente entregar bienes fiscales en comodato por tal período, puesto que se trata de una propiedad fiscal que ha tenido un tradicional uso en la república para servir a las funciones de la primera autoridad regional, sea quien fuere que detente dicho cargo. Hace varios años denuncié el abandono en que se encontraba dicho inmueble; sin embargo, hoy me preocupa mucho lo que se quiere hacer con él. Por eso, quiero saber si es efectivo lo que señalo.Por lo tanto -reitero-, solicito que se oficie al intendente y presidente del gobierno regional, don Wladimir Román, y también al ministro del Interior y Seguridad Pública, en su calidad de superior jerárquico del mismo, para que me informen en detalle sobre cuál es la política pública de administración de esos bienes fiscales y, además, el detalle de todos los proyectos adjudicados a la Corporación Esperanza, señalando los montos y las materias a que se refieren, desde Arica a Punta Arenas, en cada uno de los fondos del Senda y del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican.URGENTE DECLARACIÓN DE REGIÓN DE O´HIGGINS COMOZONA DE CATÁSTROFE (Oficios)El señor RINCÓN.- Señor Presidente, finalmente, pido oficiar a los ministros de Agricultura y del Interior y Seguridad Pública, para solicitarle, con urgencia, que decrete como zona de catástrofe a la Región de O´Higgins.La región no puede seguir en la situación en que actualmente se encuentra. No lo digo solo por los pequeños, medianos y grandes agricultores -las heladas no distinguen a la hora de caer sobre los campos-, sino también, y fundamentalmente, por los temporeros y las temporeras que están quedando sin trabajo y cuyo sustento de primavera y de verano es el mismo que el de otoño e invierno, ya que lo que obtienen en esta fecha les sirve para el sustento de los períodos difíciles.El Gobierno ha estimado en más de 800 millones de dólares las pérdidas en las exportaciones debido a las heladas, razón por la cual la gente de nuestra zona se está quedando sin trabajo. Las familias están angustiadas por no poder llevar el sustento a sus hogares, alimentar a sus hijos y criar a sus familias, puesto que se han perdido miles de puestos de trabajo.Por lo tanto, pido que esos ministros me informen qué se va hacer y me expliquen por qué la región aún no se decreta como zona de catástrofe, para disponer de los fondos del 2 por ciento constitucional establecido para este tipo de situaciones.He dicho.El señor ELUCHANS (Presidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con la adhesión de los diputados que así lo indican. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.-Se levantó la sesión a las 12.44 horas.TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,Jefe de la Redacción de Sesiones. VII. ANEXO DE SESIÓNCOMISIÓN ESPECIAL DE SOLICITUDES DE INFORMACIÓNY DE ANTECEDENTES-Se abrió la sesión a las 12.38 horas.El señor DE URRESTI (Presidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. PREOCUPACIÓN POR ACTITUD DE MUNICIPIO DE VICUÑA HACIA UNIÓNCOMUNAL DE ADULTOS MAYORES (Oficios) El señor DE URRESTI (Presidente).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.El señor DÍAZ.- Señor Presidente, solicito que se envíen oficios al Servicio Nacional del Adulto Mayor y al intendente de la Región de Coquimbo, en relación con la situación que afecta a la Unión Comunal de Adultos Mayores de la comuna de Vicuña. El anterior presidente de dicha unión comunal renunció por desavenencias con la municipalidad de Vicuña y asumió, en su reemplazo, don Salvador Salazar, quien me dirigió una carta -voy a dejar copia de ella, para que se adjunte a los oficios indicados- en la que me hace presente un conjunto de dificultades que está viviendo en su relación con la municipalidad. Él da cuenta de que la coordinación municipal tiene reuniones con integrantes de distintos clubes sin conocimiento de la unión comunal, lo cual genera desavenencias entre los socios. Ha pasado, frecuentemente, que distintos clubes han sido convocados a actividades recreativas o a reuniones en la unión comunal, en que el municipio ha comprometido el traslado de los socios, lo que finalmente no ha cumplido y, por lo tanto, esos socios han quedado plantados, como lo dicen expresamente, y no han podido concurrir a esas actividades.Asimismo, no entienden por qué una funcionaria municipal, la señora Jocelyn Garrido, habría postulado un proyecto firmado por un presidente de la unión comunal que no existe. Es así que se conoce un proyecto, de cuyas materias el presidente de la Unión Comunal del Adulto Mayor de Vicuña, don Salvador Salazar, no tuvo conocimiento, en circunstancias que era el titular. Es decir, el proyecto, que fue firmado en julio, fue refrendado por un presidente que no se encontraba en ejercicio.La unión comunal postuló, en 2013, un proyecto del Senama para una tarde recreativa en Las Tinajas de Vicuña, en el contexto del mes del adulto mayor, que fue aprobado. Sin embargo, solicitaron ayuda al municipio, para contar con un bus para el traslado de los adultos mayores; pero no hubo respuesta. Por el contrario, la autoridad municipal extendió una invitación alternativa a otra celebración. Es decir, se ha producido un conjunto de desavenencias entre la Unión Comunal de Adultos Mayores y el municipio, que el presidente de esta organización interpreta como intervención y ánimo de boicotear su labor. Las uniones comunales son organizaciones comunitarias que cuesta mucho desarrollar y que funcionan sobre la base del esfuerzo y el compromiso de los adultos mayores, por lo que merecen el respeto de todas las autoridades. No puede ser que el cambio del color político de una autoridad o de un funcionario repercuta en la interlocución que se debe tener con las organizaciones sociales.El respeto que merecen los vecinos y vecinas de cualquier comuna del país y sus organizaciones supone el respeto por la independencia y autonomía de estas organizaciones de la sociedad civil.Por lo tanto, de acuerdo con la solicitud del presidente de la unión comunal, pido la intervención del intendente de la Región de Coquimbo, por medio de sus buenos oficios, y del Senama, para que se ponga fin a esta conducta incorrecta del municipio en su relación con la Unión Comunal de Adultos Mayores de Vicuña.He dicho. El señor DE URRESTI (Presidente accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría, con copia de su intervención y de los documentos que ha dejado a disposición de la Comisión. INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS DE CANCHAS DEPORTIVAS DE PASTO SINTÉTICO PARA REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio) El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Alfonso de Urresti.El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, hace un par de semanas, en el marco del aniversario 72 del Deportivo Ferroviario de Antilhue, de la localidad del mismo nombre, de la comuna de Los Lagos, vecinos y dirigentes de los diferentes clubes deportivos de la Región de Los Ríos plantearon una serie de inquietudes.Para dar satisfacción a esas inquietudes, pido que se oficie al subsecretario de Deportes para que me informe sobre proyectos realizados, así como los que se están ejecutando y los que están en carpeta en cuanto a canchas de pasto sintético. Para la gente del sur de Chile, particularmente para la de la Región de Los Ríos, es fundamental contar con infraestructura que le permita practicar deporte durante todo el año. Las comunidades desconocen si se contemplan proyectos de canchas deportivas con pasto sintético para las comunas de la región. Por eso, pido que el subsecretario de Deportes me informe claramente sobre los programas definidos para la Región de Los Ríos, a fin de dotar a sus diferentes establecimientos deportivos o clubes de canchas de pasto sintético. Además, pido que me informe sobre la cantidad de canchas sintéticas construidas y las localidades en que se ubican, además de los proyectos futuros, toda vez que, como dije, son fundamentales para la práctica del deporte en nuestra Región de Los Ríos.El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado. INFORMACIÓN SOBRE POLÍTICA AMBIENTAL PARA PROTECCIÓN DEHUMEDALES EN COMUNA DE LA UNIÓN (Oficio) El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en otro orden de cosas, el sábado recién pasado, en el marco de un hermoso festival intercultural que llevaron a las organizaciones del sector y la Ilustre Municipalidad de La Unión, en su intervención, doña Isabel Cárdenas planteó la necesidad de preservar los humedales en Trumao, sector de Huillinco, comuna de La Unión, de manera de conservar la forma de vida y el entorno que rodea a sus habitantes. Por ello, pido que se oficie a la ministra del Medio Ambiente para que informe sobre si existe alguna política ambiental para la protección de humedales, particularmente en la Región de Los Ríos. Me interesa saber qué programas se han desarrollado, a través de fondos de protección ambiental del ministerio o de otros, para la conservación de los humedales de Trumao, localidad de Huillinco, en la comuna de La Unión.El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. INFORMACIÓN SOBRE SUSPENSIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE BALSA SAN JAVIER, QUE CONECTA LOCALIDAD DE ANTILHUE CON COMUNA DE MÁFIL (Oficio) El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, en tercer lugar, pido que se oficie a la ministra de Obras Públicas para que me informe sobre el estado en que se encuentra el funcionamiento de la balsa San Javier, que conecta la localidad de Antilhue, comuna de Los Lagos, con Máfil. Hemos sabido que esta embarcación, que navega por el río San Pedro y que es muy importante para las comunidades de las localidades de Quesquechan, Mulpún, Pupunahue, en la comuna de Máfil, y para el sector de Antilhue, en la comuna de Los Lagos, ha sufrido algunas suspensiones en su funcionamiento.Por lo anterior, me interesa que la ministra de Obras Públicas me informe directamente sobre el funcionamiento, la empresa que la tiene a su cargo y desde cuándo viene operando esa barcaza.El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS DE CAMINOS DE ASFALTO BÁSICOEN REGIÓN DE LOS RÍOS (Oficio) El señor DE URRESTI.- Señor Presidente, finalmente, pido que se oficie a la ministra de Obras Públicas para que me informe sobre los caminos de asfalto básico que se están llevando a cabo en la Región de los Ríos, particularmente sobre el camino Máfil-Llastuco, de aproximadamente 7 kilómetros. Me interesa conocer toda la cartera de proyectos de asfalto básico para la Región de Los Ríos, principalmente para este verano 2013-2014, toda vez que son muchas las localidades, especialmente de Lanco, de Futrono y de otras comunas que requieren esta solución vial.He dicho. El señor DÍAZ (Presidente accidental).- Se enviará el oficio solicitado por su señoría. Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión.-Se levantó la sesión a las 12.47 horas.TOMÁS PALOMINOS BESOAÍN,Jefe de la Redacción de Sesiones. VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 9118-05)“Honorable Cámara de Diputados: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:9118-05Otorga a los funcionarios del poder judicial que indica una bonificación por retiro voluntario y otros beneficios que señala. Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “suma” Dios guarde a V.E. (Fdo.): SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”2. Oficio de S.E. el Presidente de la República. (boletín N° 9007-03)“Honorable Cámara de Diputados: Tengo a bien poner en conocimiento de V.E. que he resuelto hacer presente urgencia para el despacho del siguiente proyecto de ley:9007-03Protege libre elección en los servicios de cable, Internet o telefonía. Hago presente esta urgencia para todos sus trámites constitucionales -incluyendo los que correspondiere cumplir en el H. Senado-, la que, para los efectos de lo dispuesto en los artículos 26 y siguientes de la ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, califico de “simple” Dios guarde a V.E. (Fdo.): SEBASTIAN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República; CRISTIÁN LARROULET VIGNAU, Ministro Secretario General de la Presidencia.”3. Oficio del H. Senado. (boletín N° 8026-11)“Valparaíso, 16 de octubre de 2013. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo del Mensaje, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 8026-11:PROYECTO DE LEY: “Artículo 1°.- Se prohíbe la publicidad que induzca al consumo de los alimentos señalados en el inciso primero del artículo 5° de la ley N° 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, que, por su presentación gráfica, símbolos y personajes utilizados, se dirija a menores de catorce años, captando preferentemente su atención. Además, la publicidad de dichos alimentos no podrá afirmar que los referidos productos satisfacen por sí solos los requerimientos nutricionales de un ser humano, deberá evitar el uso de violencia o agresividad injustificadas y no podrá asociar a menores de edad con el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco. Se prohíbe el ofrecimiento o entrega a título gratuito de los alimentos señalados en el inciso primero, con fines de promoción o publicidad, a menores de catorce años. Artículo 2°.- Todas aquellas acciones de publicidad destinadas a promover el consumo de los alimentos señalados en el inciso primero del artículo 5° de la ley N° 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, en los servicios de radiodifusión televisiva, sólo se podrán transmitir en dichos medios entre las 22:00 y las 6:00 horas. Con todo, cuando las acciones de publicidad de los alimentos precedentemente señalados se efectúen en los recintos en que se desarrollen eventos o espectáculos deportivos, culturales o artísticos, la transmisión y promoción de tales eventos o espectáculos podrá realizarse fuera del horario señalado en el inciso anterior. Artículo 3°.- Modifícase el artículo 6° de la ley N° 20.606, sobre composición nutricional de los alimentos y su publicidad, de la manera que sigue: a) Incorpórase, en el inciso primero, a continuación de la palabra “media”, la siguiente frase: “, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2º de la ley sobre publicidad de los alimentos”. b) Derógase el inciso segundo, pasando sus actuales incisos tercero, cuarto, quinto y sexto a ser incisos segundo, tercero, cuarto y quinto, respectivamente. c) Sustitúyese, en el inciso cuarto, que ha pasado ser tercero, la locución “Toda publicidad de alimentos”, por la siguiente: “La publicidad de los alimentos señalados en el artículo 5º”. d) Incorpórase el siguiente inciso final: “En todas aquellas disposiciones de la presente ley donde se utilice la expresión “menores de edad”, deberá entenderse que se refiere a “menores de catorce años”.”. Artículo 4°.- Los reglamentos que se dicten sobre la publicidad y promoción de alimentos serán expedidos por el Presidente de la República a través del Ministerio de Salud y serán suscritos, además, por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo.”.-o- Dios guarde a Vuestra Excelencia.(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado4. Oficio del H. Senado. (boletín N° 6965-07)“Valparaíso, 16 de octubre de 2013. Tengo a honra comunicar a Vuestra Excelencia que, con motivo de la Moción, informes y antecedentes que se adjuntan, el Senado ha dado su aprobación a la siguiente iniciativa, correspondiente al Boletín N° 6965-07:PROYECTO DE LEY: “Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 19.712, del Deporte: 1) Sustitúyese, en la letra l) del artículo 12, el punto y coma final (;), por un punto aparte (.) y agrégase el siguiente párrafo segundo: “Estas becas no constituyen renta para ningún efecto legal;”. 2) Suprímese, en la letra f) del artículo 32, la expresión “nacional”, e intercálase la siguiente letra g), nueva, pasando los actuales literales g), h) e i) a ser letras h), i) y j), respectivamente: “g) Federación Deportiva Nacional: Es aquella Federación Deportiva que cumple con los siguientes requisitos: 1.- Estar afiliada a una Federación Deportiva Internacional reconocida por el Comité Olímpico Internacional, o bien, estar reconocida como tal por resolución fundada de la Dirección Nacional del Instituto, de acuerdo al interés público comprometido y al grado de implantación de la disciplina respectiva en el país. 2.- Estar integrada por clubes o asociaciones que tengan asiento en más de cinco regiones del país. 3.- Estar integrada por, a lo menos, quince clubes. 4.- Tener cada uno de los referidos clubes, al menos, diez deportistas que hayan participado en competiciones oficiales de la Federación en alguno de los dos años calendario anteriores. El Director Nacional del Instituto podrá, mediante resolución fundada, eximir del cumplimiento de los requisitos establecidos en los números 2 y 3 a aquellas Federaciones cuyos deportes tengan un marcado acento local. Dicha resolución determinará el número de regiones o provincias en que deberán estar constituidas tales Federaciones y la cantidad mínima de clubes que deberán integrarlas. Estas federaciones estarán obligadas a incluir en su nombre la abreviatura “FDN”.”. 3) Agrégase, en el artículo 38, el siguiente inciso final: “Las Confederaciones u Organizaciones Deportivas Sudamericanas, Continentales, Internacionales o Mundiales de deportes reconocidos por el Comité Olímpico de Chile, a las cuales se encuentre afiliada una Federación Deportiva Nacional, podrán constituirse en Chile como organizaciones deportivas de acuerdo al procedimiento establecido en este Párrafo.”. 4) Suprímese, en la letra k) del artículo 39, la frase final “, por una sola vez, por nuevo período”. 5) Sustitúyese el inciso cuarto del artículo 40, por el siguiente: “Para los efectos del presente artículo, las asambleas de las federaciones y asociaciones deportivas podrán constituirse con delegados designados anualmente por la respectiva organización a la que representan, adjuntando para tal efecto una copia del acta de nombramiento.”. 6) Incorpórase, en el Título III “De las Organizaciones Deportivas”, el siguiente Párrafo 4°:Párrafo 4°Régimen Especial de las Federaciones Deportivas Nacionales Artículo 40 A.- Las Federaciones Deportivas Nacionales, en adelante también “FDN”, quedarán legalmente constituidas siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la letra g) del artículo 32 y se haya practicado su inscripción en un Registro Especial que mantendrá la Dirección Nacional del Instituto para estos efectos. Perderán dicha calidad si dejan de cumplir los requisitos indicados, en cuyo caso se cancelará su inscripción, manteniendo sólo su condición de Federación Deportiva. Artículo 40 B.- No podrá negarse la incorporación ni la permanencia en una FDN a una asociación deportiva o club que así lo requiera y que cumpla los requisitos legales, reglamentarios y estatutarios para ello. Artículo 40 C.- Los estatutos de las FDN deberán establecer el mecanismo por el cual los deportistas federados de la respectiva especialidad designarán a una Comisión de Deportistas que los representará en la dirección federativa. Podrán ser miembros de esta Comisión los deportistas de la respectiva disciplina, en actividad o en situación de retiro, que hayan participado al menos en los Torneos Nacionales de su Deporte, categoría todo competidor, o en aquellos del programa olímpico, hasta ocho años después de su última participación. El Presidente de esta Comisión o, en su reemplazo, el delegado suplente que ella misma designe, tendrá derecho a voz y voto en las asambleas ordinarias y extraordinarias de la Federación y sólo a voz en las sesiones de su Directorio. Artículo 40 D.- Los estatutos de las FDN deberán contemplar una Comisión Técnica compuesta por un número impar de personas no inferior a tres, que serán nombradas por el Directorio en la primera sesión que celebre después de su elección y durarán el mismo tiempo que éste. Corresponderá a la Comisión Técnica proponer al Directorio de la Federación la formación de las delegaciones de deportistas que representarán al país en las competencias internacionales. Dichas proposiciones se efectuarán con criterios exclusivamente técnicos y previa realización de competencias selectivas o clasificatorias, reglamentadas e informadas oportunamente a los deportistas. El Presidente de la Federación, con la mayoría absoluta del Directorio, podrá rechazar la propuesta y conformar una delegación distinta, siempre que también se base en criterios estrictamente técnicos y se informen los fundamentos de su decisión en la asamblea ordinaria siguiente. Dicha Comisión deberá colaborar con la Comisión Nacional de Control de Dopaje en la realización de actividades de difusión y capacitación antidopaje, así como en la coordinación de los controles preventivos a los deportistas adscritos a su Federación, especialmente a aquellos seleccionados para representar al país en competencias internacionales. Artículo 40 E.- Las FDN deberán realizar a lo menos dos asambleas ordinarias anuales. La primera se celebrará dentro del primer cuatrimestre del año respectivo y en ella deberá tratarse la aprobación del balance, estados financieros del ejercicio anterior y la memoria del Directorio. La segunda deberá tener lugar en el último trimestre del año y en ella corresponderá aprobar el presupuesto del año siguiente y el plan de gestión anual que se implementará, incluido el calendario oficial de competencias y un informe de la Comisión Técnica sobre los criterios que se emplearán para la selección de los deportistas que participarán en las competencias internacionales. Los estatutos de las FDN deberán contemplar un sistema de votación de las asociaciones afiliadas a ellas, que sea proporcional a la cantidad de clubes que las integren. Artículo 40 F.- Para ser elegido director de una FDN se requerirá cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser chileno o extranjero con residencia por más de tres años en el país. b) Tener, a lo menos, veintiún años de edad. c) Acreditar que el club del que se es socio tiene un año de antigüedad en la FDN. d) No ser miembro de la Comisión Electoral de la FDN. e) Haber aprobado un curso de capacitación en materias de gestión y administración deportiva. Sólo se aceptarán aquellos cursos que hayan sido impartidos o reconocidos por el Instituto para esos efectos. Este último requisito no se exigirá a los dirigentes que acrediten estar en posesión de un título universitario o profesional de carreras de a lo menos ocho semestres de duración. Para ser elegido en los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero o Secretario General de una FDN se necesitará, además, ser director o ex director de la propia Federación o de alguna de las organizaciones que forman parte de ella. Las personas que hayan desempeñado los cargos señalados en el inciso anterior en una FDN, en cualquier calidad, durante ocho años continuos o discontinuos, no podrán ser electas ni reelectas en ningún cargo del Directorio, salvo que hubieren transcurrido, a lo menos, cuatro años desde que concluyó su último ejercicio. Artículo 40 G.- No podrán ser directores de las FDN: a) Las personas sancionadas con inhabilidad por el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo durante el lapso de la suspensión o privación del derecho a ser elegido. b) Las personas condenadas por infracciones contempladas en la ley Nº 19.327, que sanciona hechos de violencia en los recintos deportivos, y en la ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. c) Las personas condenadas por delitos cometidos con ocasión del ejercicio del cargo de director o miembro de una organización deportiva. d) Los fallidos o los administradores o representantes legales de personas fallidas condenadas por delitos de quiebra culpable o fraudulenta. e) Las personas condenadas por delitos que merezcan pena aflictiva, cualquiera sea la condena impuesta o efectivamente cumplida. Artículo 40 H.- En el ejercicio de sus funciones, los directores de las FDN responderán hasta de la culpa leve por los perjuicios que causaren a su organización. El director que quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo de su Directorio deberá dejar constancia de su oposición en el acta respectiva, de lo cual deberá darse cuenta en la siguiente asamblea ordinaria. Artículo 40 I.- Las FDN no podrán realizar actos o celebrar contratos onerosos en que uno o más de sus directores tengan interés. Se entenderá que un director tiene interés en un acto o contrato cuando él, su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive deban intervenir en su ejecución o celebración. Asimismo, cuando tal acción se realice mediante sociedades o empresas en las cuales él o alguna de las personas mencionadas sean directores o propietarios del diez por ciento o más de su capital. Cuando un director de la Federación sea el único oferente de un bien o servicio indispensable para el desarrollo de las actividades de la organización, el Directorio podrá acordar, por la unanimidad de sus integrantes y con exclusión del mencionado director, que se adquiera dicho bien o se contrate el referido servicio siempre que su precio se ajuste a los valores de mercado y se dé a conocer el indicado acto o contrato en la memoria que se presentará a la asamblea ordinaria siguiente. Los directores que vulneren esta prohibición serán sancionados con la inhabilitación para desempeñar el cargo de dirigente deportivo por el plazo de diez años, sin perjuicio de responder por los perjuicios ocasionados a la Federación y a terceros. Artículo 40 J.- A las FDN no se les aplicará el artículo 557 del Código Civil. No obstante lo anterior, ellas deberán llevar contabilidad completa de sus operaciones. Su balance anual deberá ser auditado por una entidad inscrita en el Registro de Auditores Externos de la Superintendencia de Valores y Seguros. Dicho balance, los estados financieros y la memoria del Directorio deberán hacerse llegar a las respectivas organizaciones de base por cualquier medio apto, con a lo menos quince días de anticipación a la fecha de la asamblea que debe pronunciarse sobre ellos, debiendo además publicarse en lugares visibles en la sede de la Federación o en el sitio electrónico de ésta, con la misma anticipación. Sin perjuicio de las facultades de fiscalización y supervigilancia permanentes del Instituto, las FDN deberán, en el mes de mayo de cada año, remitirle una copia del balance del año inmediatamente anterior, de los estados financieros y del informe de resultado de la auditoría externa correspondientes. Mientras no sea enviada esta información, el Instituto no transferirá nuevos fondos a la respectiva Federación Deportiva Nacional. Los estados financieros de las FDN serán publicados por el Instituto Nacional de Deportes en su sitio electrónico institucional. Aquellas FDN que se encuentren inhabilitadas para recibir recursos del Instituto por una causal establecida en esta ley o en sus reglamentos podrán ser sometidas a la administración externa de dichos recursos, por resolución fundada del Director Nacional del Instituto. Dicha administración la ejercerá el Comité Olímpico de Chile o un tercero nominado de común acuerdo entre el Presidente del señalado Comité y el Director Nacional del Instituto. Si la inhabilitación para recibir recursos públicos se prolongare por más de doce meses, cesará, de pleno derecho, la vigencia del Directorio de la Federación respectiva. En todo caso, el Directorio saliente deberá llamar a elección dentro de los quince días hábiles siguientes al cumplimiento del mencionado plazo, no pudiendo participar en ellas ninguno de sus miembros. Subsanada la inhabilitación, cesará la administración externa respecto de los proyectos nuevos, pero continuará en relación a los que esté ejecutando el administrador. El administrador externo podrá llevar a cabo los proyectos deportivos financiados con recursos públicos que estén en ejecución y los nuevos que correspondan a planes o programas deportivos aprobados por el Instituto para el desarrollo de la disciplina o de los deportistas. Los honorarios de los administradores externos no podrán exceder del diez por ciento del monto total de los proyectos deportivos que administren y podrán ser solventados con cargo a los recursos públicos considerados en ellos. Artículo 40 K.- Las FDN tendrán derecho a obtener recursos del Estado para financiar los gastos necesarios para su administración, tales como remuneraciones de personal, arriendo de oficinas, gastos comunes y expensas similares, además de los gastos de traslado para la realización de sus asambleas. Asimismo, podrán obtener recursos para financiar los gastos necesarios para adquirir toda la implementación tecnológica computacional que requieran para el desarrollo de su actividad y de sus proyectos. Estos recursos se financiarán con cargo al porcentaje asignado a las FDN de las entradas del sistema de pronósticos y apuestas establecido en el artículo 90 de la ley Nº 18.768, modificado por la ley Nº 19.135 y con los recursos que el Instituto destine a este efecto, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. Estas federaciones podrán organizar, producir y comercializar espectáculos deportivos de su respectivo deporte como también realizar actividades económicas relacionadas con sus fines e invertir sus recursos de la manera que acuerden sus órganos de administración. Los ingresos que se perciban sólo podrán destinarse a los fines de la Federación. Las FDN estarán exentas del Impuesto de Timbres y Estampillas contenido en el decreto ley Nº 3.475, de 1980, en todos aquellos actos y contratos que celebren para la consecución de sus fines, como igualmente de los derechos e impuestos municipales por la actividades que realicen en sus sedes. Los programas, proyectos y actividades de las FDN podrán presentarse en cualquier época al Instituto y tendrán una tramitación preferente cuando ellos se refieran a la participación de sus delegaciones en eventos internacionales o la realización en Chile de competiciones internacionales. Artículo 40 L.- Las Federaciones Deportivas Nacionales, cualquiera sea el número de sus socios, estarán obligadas a elegir un Tribunal de Honor o Comisión de Ética, en la forma y oportunidad establecida en el artículo 40. Al menos uno de sus integrantes deberá tener el título de abogado. Artículo 40 M.- El Comité Nacional de Arbitraje Deportivo, en adelante el “Comité”, es un organismo colegiado, adscrito al Comité Olímpico de Chile, que ejercerá la potestad disciplinaria sobre las Federaciones Deportivas Nacionales. Este Comité estará integrado por cinco miembros: a) Tres miembros elegidos por el Consejo de Delegados del Comité Olímpico de Chile, debiendo dos de ellos tener el título de abogado. b) Dos miembros designados por el Director del Instituto Nacional del Deporte. Uno de ellos será seleccionado a propuesta de una terna que le presenten las organizaciones deportivas nacionales que no estén afiliadas al Comité Olímpico de Chile, las que serán convocadas por el Director Nacional para este efecto. En todo caso, a lo menos uno de los designados deberá tener el título de abogado. El Comité tendrá, asimismo, cinco integrantes suplentes designados de la misma forma que los titulares. En caso de inhabilidad, implicancia, recusación u otro motivo que impida a uno o más de sus miembros titulares conocer de un asunto, será sustituido por el suplente que hubiere sido elegido para reemplazarlo. Los miembros titulares y suplentes del Comité durarán cuatro años en sus cargos pudiendo ser designados por nuevos períodos. Las vacantes que se produzcan se proveerán de la misma manera que establece este artículo sólo por el tiempo que le reste al miembro que genera la vacante. La calidad de miembro titular o suplente del Comité será incompatible con la de cualquier cargo directivo en las organizaciones deportivas sujetas a su potestad y les afectarán las mismas inhabilidades e incompatibilidades que las establecidas para ejercer el cargo de director de ellas. Artículo 40 N.- Los miembros titulares o suplentes del Comité tendrán derecho a percibir una dieta equivalente a tres unidades tributarias mensuales por cada audiencia a la que asistan, con un tope máximo de veinticuatro unidades tributarias mensuales por cada mes calendario, sumas que se incrementarán en un cincuenta por ciento tratándose del Presidente y Secretario del Comité. Los gastos necesarios para el funcionamiento del Comité serán financiados a través del Comité Olímpico de Chile, por medio de proyectos que el Instituto aprobará anualmente, de acuerdo a su disponibilidad presupuestaria. Artículo 40 Ñ.- Designados sus miembros para cada período cuadrienal, el Comité se instalará en una sesión pública dentro de los treinta días siguientes contados desde el último nombramiento, en la cual procederán a elegir de entre ellos un Presidente y un Secretario-Relator que será, a la vez, Ministro de Fe de sus actuaciones. El Presidente y el Secretario del Comité durarán dos años en sus cargos, al término de los cuales se elegirá, de la misma manera, a quienes los sucederán en los dos años siguientes. El Comité no podrá sesionar ni adoptar acuerdos sin la concurrencia de la mayoría de sus miembros. Artículo 40 O.- Los miembros del Comité cesarán en sus cargos por las siguientes causales: 1.- Renuncia aceptada por el Comité. 2.- Expiración del plazo de su nombramiento. 3.- Postulación a un cargo de elección popular. 4.- Por haber sido condenado a una pena de crimen o simple delito. 5.- Por haber sido nombrado en un cargo incompatible, en los términos previstos en el inciso final del artículo 40 M. Artículo 40 P.- El Comité tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1.- Velar por el correcto funcionamiento de los Tribunales de Honor o Comisiones de Ética de las Federaciones Deportivas Nacionales, pudiendo impartirles instrucciones para que corrijan los problemas que observe en su labor. 2.- Conocer los reclamos por las faltas o abusos que cometan los miembros de los Tribunales de Honor o Comisiones de Ética en el desempeño de sus funciones. 3.- Conocer de las solicitudes de revisión que se formulen respecto de las resoluciones definitivas dictadas por los Tribunales de Honor o Comisiones de Ética de las FDN, referidas a las siguientes materias: a) Incumplimiento de normas de ética, probidad o disciplina deportivas. b) Actuaciones que impliquen vulneración arbitraria de los derechos de los deportistas. En el ejercicio de estas facultades el Comité podrá dejar sin efecto o modificar resoluciones y, además, requerir a la Federación respectiva la remoción de uno o más de los integrantes de dichos tribunales o comisiones. 4.- Resolver, en única instancia, de oficio o a petición de la parte afectada, las faltas señaladas en las letras a) y b) del número 3 precedente, si por cualquier causa la respectiva FDN no hubiere constituido su Tribunal de Honor o Comisión de Ética. La competencia del Comité se extenderá a las infracciones que se produzcan en competencias nacionales o internacionales reconocidas o autorizadas por una FDN. Los estatutos de las FDN y los de las asociaciones o clubes que las integren deberán contemplar expreso reconocimiento y adscripción a la potestad del Comité. Artículo 40 Q.- Podrán recurrir al Comité Nacional de Arbitraje Deportivo los dirigentes deportivos, directivos, deportistas, personal de apoyo de los mismos, entrenadores, técnicos, oficiales, árbitros o personal administrativo de las Federaciones o de las organizaciones afiliadas a ellas. Asimismo, podrán requerir la intervención del Comité el Instituto y el Comité Olímpico de Chile cuando tomaren conocimiento de faltas a la ética, a la probidad o a la disciplina deportiva cometidas por personas que pertenezcan a una organización sometida a la potestad disciplinaria del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo. Artículo 40 R.- Los procedimientos que se sustancien ante el Comité serán públicos y orales. No obstante, las partes podrán presentar minutas escritas en las que expongan los hechos invocados, las normas que se habrían vulnerado y las peticiones que se someten a consideración del Comité. Los procedimientos serán los siguientes: 1.- En los casos en que se formule un reclamo en contra de la actuación de un integrante de un Tribunal de Honor o Comisión de Ética, el Comité citará a una audiencia que se realizará el quinto día hábil después de la última notificación. Ese plazo se ampliará, si la parte requerida no está en el lugar de inicio del procedimiento, con todo el aumento que corresponda en conformidad a lo previsto en el artículo 259 del Código de Procedimiento Civil. En la referida audiencia el demandado podrá formular sus descargos y solicitar que se reciba la causa a prueba. No deduciéndose oposición al reclamo o en caso de rebeldía de la parte requerida, el Comité recibirá la causa a prueba, o citará a las partes a oír su sentencia sobre el asunto sometido a su conocimiento, según lo estime conforme a derecho. La prueba se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes en el Código de Procedimiento Civil. Vencido el término probatorio, el Comité, de inmediato, citará a las partes para oír sentencia. La sentencia deberá dictarse en el plazo de los diez días siguientes a la fecha de la resolución que citó a las partes para oír sentencia. 2.- En el caso que se solicite la revisión de una decisión definitiva de un Tribunal de Honor o Comisión de Ética, dicha petición deberá formularse en el término fatal de diez días contado desde la notificación de la parte que formula la solicitud. En ella deberá contenerse los fundamentos en que se apoya y las peticiones concretas que se someten al conocimiento del Comité. Si se presenta fuera de plazo o no cumple con las referidas exigencias, el Comité la declarará inadmisible. Recibida la solicitud, el Comité requerirá informe al Tribunal de Honor o Comité de Ética correspondiente para que formule sus observaciones en el plazo máximo de cinco días. El Comité podrá pedir, además, que le remitan los antecedentes del proceso en que se dictó la resolución cuya revisión se solicita. Entregados tales antecedentes, el Comité podrá decretar medidas para mejor resolver o recibir la causa a prueba. En este último caso, la prueba se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes en el Código de Procedimiento Civil. Ejecutadas las mencionadas medidas o vencidos los plazos para rendir la prueba, el Comité citará a las partes para oír sentencia. Si el Comité declara no haber lugar a la solicitud, devolverá los antecedes al Tribunal de Honor o Comité de Ética correspondiente. Si acoge la solicitud del requirente, dictará una resolución de reemplazo y podrá imponer las sanciones que se establecen en el artículo siguiente. En todo lo no previsto en este artículo se aplicarán las disposiciones complementarias establecidas en un reglamento que deberá garantizar los principios de publicidad y oralidad, y demás que aseguren un debido proceso. Artículo 40 S.- El Comité Nacional de Arbitraje Deportivo podrá imponer, de acuerdo a la gravedad y recurrencia de las infracciones cometidas, una o más de las sanciones que se indican a continuación: 1.- Amonestación verbal o escrita. 2.- Inhabilitación para integrar una o más delegaciones deportivas de carácter nacional o internacional. 3.- Pérdida de premios, puntos, posiciones o medallas obtenidos en aquellas competencias en que se cometió la infracción y que fueron organizadas por entidades deportivas sometidas a esta ley. 4.- Suspensión de los derechos estatutarios del infractor en su organización deportiva por un período de tiempo que no podrá exceder de cinco años. 5.- Inhabilitación para ser elegido en cualquier cargo establecido en los estatutos de una organización deportiva o para ejercer cualquier función en ellas por un período de tiempo que no podrá exceder el establecido en el numeral anterior. 6.- Destitución del cargo que se ejerce. Esta sanción se podrá imponer a la totalidad de los integrantes de un Directorio de una organización deportiva cuando cometan una infracción grave de las obligaciones que les impone esta ley. 7.- Expulsión de la organización deportiva. Las resoluciones del Comité deberán ser siempre fundadas y se entenderán sin perjuicio de las facultades generales de fiscalización y supervigilancia de las organizaciones deportivas otorgadas por esta ley al Instituto. Las referidas resoluciones no serán obstáculo para hacer efectivas las eventuales responsabilidades administrativas, civiles o penales de los infractores. El Comité deberá llevar un registro de las medidas disciplinarias impuestas y su duración. Asimismo, certificará, a solicitud de las organizaciones deportivas, las anotaciones que aparezcan en él. El Directorio de una organización deportiva que no dé cumplimiento a las resoluciones del Comité perderá su vigencia en el Registro correspondiente y sus miembros quedarán inhabilitados para presentarse como candidatos a la elección de sus reemplazantes. Artículo 40 T.- Las normas de este Párrafo no se aplicarán a la Federación de Fútbol de Chile ni a las organizaciones que la integran.”.DISPOSICIONES TRANSITORIAS Artículo primero.- Las Federaciones Deportivas que se encuentren afiliadas al Comité Olímpico de Chile a la fecha de entrada en vigencia de esta ley serán consideradas, previa inscripción en el registro correspondiente, Federaciones Deportivas Nacionales. A las personas que hayan desempeñado, con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, los cargos de Presidente, Vicepresidente, Tesorero o Secretario General de las Federaciones señaladas en el inciso anterior se les computará ese desempeño para efectos de la aplicación de la inhabilidad establecida en el inciso final del artículo 40 F de la ley Nº 19.712. Artículo segundo.- Las Federaciones Deportivas Nacionales, a las cuales se les de este carácter de acuerdo a lo señalado en el artículo anterior, deberán adecuar sus estatutos y cumplir a cabalidad los requisitos establecidos para constituirse y funcionar, según lo establecido en el Párrafo 4° del Título III de la ley Nº 19.712, en el plazo de dos años contado desde la entrada en vigencia de la presente ley. Si así no lo hicieren, perderán la calidad de Federación Deportiva Nacional. Artículo tercero.- La primera elección y constitución del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo deberá quedar formalizada dentro del plazo de ciento ochenta días contado desde la entrada en vigencia de esta ley. Dentro del plazo señalado precedentemente y mediante un decreto supremo, que llevará también la firma del Ministro Secretario General de Gobierno, se fijarán las normas de procedimiento que complementarán las reglas establecidas en el artículo 40 R de la ley Nº 19.712. Artículo cuarto.- En caso que los estatutos de las actuales Federaciones Deportivas contuvieran otras instancias para apelar contra los fallos de sus Tribunales de Honor o Comisiones de Ética se entenderá que quedará a elección del afectado recurrir a ellas o al Comité Nacional de Arbitraje Deportivo. Este derecho sólo podrá ejercerse hasta que la Federación respectiva haya adecuado sus estatutos con arreglo al artículo segundo transitorio.”.-o- Dios guarde a Vuestra Excelencia.(Fdo.): JORGE PIZARRO SOTO, Presidente del Senado; MARIO LABBÉ ARANEDA, Secretario General del Senado.”5. Informe de la Comisión de Cultura y de las Artes recaído en el proyecto de ley que reconoce la rayuela como deporte nacional. (boletín N° 8097-04) (S).“Honorable Cámara: La Comisión de Cultura y de las Artes viene en informar el proyecto de ley referido en el epígrafe, en segundo trámite constitucional, iniciado en una moción de los senadores Letelier, Larraín, Tuma e Ignacio Walker.-o-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.1) La idea matriz o fundamental del proyecto, de acuerdo a lo señalado por el Senado, es reconocer la rayuela como deporte nacional, de manera de hacer de esta disciplina parte de la imagen del país, no solo como deporte, sino también como símbolo cultural y patrimonial de la nación. Además, busca que su reconocimiento motive al Instituto Nacional del Deporte a proponer a S.E. el Presidente de la República políticas destinadas a su desarrollo, en coordinación con las respectivas asociaciones y clubes de ese deporte.2) El proyecto fue rechazado, en general, por la unanimidad de los Diputados presentes señores De Urresti. Espinosa, Farías, Godoy, Hoffmann, Torres (Presidente) y Vidal.3) El proyecto no tiene normas de carácter orgánico constitucional, de quórum calificado o que requieran trámite de Hacienda.4) Diputado informante: señor Víctor Torres Jeldes.-o-I. ANTECEDENTES.Resumen de los fundamentos del proyecto. La moción original destaca que la rayuela constituye un deporte típicamente chileno el que se encuentra ligado, como ningún otro, a las tradiciones nacionales desde la época de la Colonia. Enfatiza, asimismo, que dicha disciplina deportiva, tanto recreativa como competitiva, es ampliamente practicada en la actualidad, y que se encuentra ampliamente extendida por todo el país, lo que se traduce en el elevado número de asociaciones y clubes presentes a lo largo de Chile, los que agrupan a miles de entusiastas expertos competidores y aficionados.II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO. El proyecto de ley aprobado por el Senado está constituido por seis artículos, cuyo contenido se indica a continuación: -Mediante el artículo 1°, se declara a la rayuela como deporte nacional. -A través del artículo 2°, se encomienda al Instituto Nacional del Deporte, en cumplimiento de sus funciones legales, que proponga al Presidente de la República las políticas destinadas a desarrollar la actividad de la rayuela, de tal manera de convertirla en una disciplina que identifique al país como símbolo cultural y patrimonial.III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN EN LA COMISIÓN, Y ACUERDOS ADOPTADOS. Discusión y votación general. Los miembros de la Comisión coincidieron en plantear que el contenido de este proyecto de ley busca los mismos objetivos que otro aprobado por esta Comisión hace un tiempo atrás (boletín N° 8.404-24), y que se encuentra actualmente en segundo trámite constitucional en el Senado. De esta manera, existen dos proyectos similares cruzados: uno de autoría de senadores, que está en tramitación en la Cámara de Diputados, y otro de autoría de diputados que se encuentra en tramitación en el Senado. Con la finalidad que el contenido de ambos proyectos pueda ser concordado en uno sólo, y atendidas las conversaciones que se han tenido con miembros de la Comisión de Educación del Senado en ese sentido, esta Comisión estima adecuado rechazar la idea de legislar para que puedan discutirse ambas proposiciones legales en una Comisión Mixta que se deberá formar al efecto.Votación general del proyecto. La Comisión, por las razones expuestas, procedió a rechazar la idea de legislar por la unanimidad de los Diputados presentes (7 votos en contra).Votaron los señores De Urresti, Espinosa, Farías, Godoy, Hoffmann, Torres (Presidente), y Vidal.-o-IV. TEXTO DEL PROYECTO DE LEY ES EL SIGUIENTE: “Artículo 1°.- Declárase la actividad deportiva de la rayuela como deporte nacional. Artículo 2°.- El Instituto Nacional del Deporte, en cumplimiento de las funciones establecidas en la ley N° 19.712, propondrá al Presidente de la República las políticas destinadas al desarrollo de la rayuela, en coordinación con las respectivas asociaciones y clubes de ese deporte, propendiendo a hacer de esa disciplina deportiva parte de la imagen de Chile, no sólo como deporte, sino que también como símbolo cultural y patrimonial de la Nación.”.-o-Se designó Diputado Informante al señor Víctor Torres Jeldes. Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión de 9 de octubre de 2013, con asistencia de los diputados señores Alfonso de Urresti Longton, Marcos Espinosa Monardes, Ramón Farías Ponce, Joaquín Godoy Ibáñez, María José Hoffmann Opazo, Víctor Torres Jeldes (Presidente), y Ximena Vidal Lázaro. Sala de la Comisión, a 9 de octubre de 2013. (Fdo.): ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS, Abogado Secretaría de Comisiones.”6. Informe de la Comisión de Cultura y de las Artes recaído en el proyecto de acuerdo que “aprueba la convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedades ilícitas de bienes culturales”, adoptada por la conferenciageneral de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,la Ciencia y la Cultura, en su décimo sexta reunión celebrada en París el 12 de noviembre de 1970. (boletín N° 364-10) (S).“Honorable Cámara:La Comisión de Cultura y de las Artes viene en informar el proyecto de acuerdo referido en el epígrafe, en segundo trámite constitucional, iniciado en un mensaje-o-CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.1) La idea matriz o fundamental del proyecto, de acuerdo a lo señalado por el Senado, como su nombre lo indica, es aprobar la “Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedades ilícitas de bienes culturales”, adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su Decimosexta Reunión celebrada en París el 12 de noviembre de 1970.2) El proyecto fue aprobado, en general y particular, por la unanimidad de los Diputados presentes señores De Urresti, Farías, Hoffmann, Kort, Schilling y Vidal.3) El proyecto no tiene normas de carácter orgánico constitucional, de quórum calificado o que requieran trámite de Hacienda.4) Diputado informante: señor Marcelo Schilling Rodríguez.-o-Cabe hacer presente que esta Comisión de Cultura y las Artes se encuentra informando este proyecto de acuerdo, como consecuencia que la Sala de la Corporación, en sesión N° 69ª de esta Legislatura 361ª, con fecha 25 de septiembre del 2 año en curso, acordó remitirlo a ésta con posterioridad a que fuera despachado por la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Parlamentarios e Integración, con la finalidad que fuere informado luego de su discusión y análisis.-o-I. ANTECEDENTES.Resumen de los fundamentos del proyecto.El mensaje que contiene el proyecto de acuerdo aprobatorio del convenio internacional objeto de este informe hace presente que entre los propósitos y funciones del referido Convenio Internacional, está el mantenimiento e incremento de la difusión del conocimiento, asegurando la conservación y protección del patrimonio cultural mundial, constituido por lo que se denomina genéricamente “bienes culturales”, pudiendo a tal efecto recomendar a las naciones las convenciones internacionales que estime conveniente. De esa manera, la Convención se enmarca en esos postulados y tiene, por tanto, por objetivo fundamental asegurar la protección de los bienes culturales existentes en los territorios de los Estados Miembros.II. RESUMEN DEL CONTENIDO DEL PROYECTO APROBADO POR EL SENADO.El proyecto de acuerdo aprobado por el Senado está constituido por un artículo único, mediante el cual se propone aprobar y dar vida legal en el país, a la Convención Internacional -aprobada por la Conferencia General de la ONU para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su 16ª reunión, celebrada en París, el 12 de noviembre de 1970- referido a las medidas que se deben adoptar por los países miembros para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales. Dicha Convención está conformada por 26 artículos.III. SÍNTESIS DE LA DISCUSIÓN Y VOTACIÓN, GENERAL Y PARTICULAR, EN LA COMISIÓN.Discusión general y particular.Los miembros de la Comisión coincidieron en plantear la imperiosa necesidad de dar pronta aprobación a la Convención Internacional de que trata este informe, atendido que constituye en instrumento eficaz para asegurar la protección del patrimonio cultural del país y contribuir a evitar un eventual tráfico de bienes propios de una cultura nacional. Asimismo, se estima oportuno dar pronta aprobación, al considerar que se trata de un convenio internacional que fue aprobado por la Unesco en el año 1970, y que Chile hasta el día de hoy aún no lo ha incorporado a su legislación nacional.Votación general y particular del proyecto de acuerdo.La Comisión, por las razones expuestas, procedió a dar su aprobación general y particular por la unanimidad de los Diputados presentes (6 votos a favor).Votaron los señores De Urresti, Farías, Hoffmann, Kort, Schilling y Vidal.-o-IV. TEXTO DEL PROYECTO DE ACUERDO:“ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase la “Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales”, adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su Decimo sexta Reunión, celebrada en París, el 12 de noviembre de 1970.”.-o-Se designó Diputado Informante al señor Marcelo Schilling Rodríguez.Tratado y acordado, según consta en el acta correspondiente a la sesión de 16 de octubre de 2013, con asistencia de los diputados señores Alfonso de Urresti Longton, Ramón Farías Ponce, María José Hoffmann Opazo, Issa Kort Garriga, Marcelo Schilling Rodríguez y Ximena Vidal Lázaro.Sala de la Comisión, a 16 de octubre de 2013. (Fdo.): ANA MARÍA SKOKNIC DEFILIPPIS, Abogado Secretaria de la Comisión.”7. Moción de los señores diputados Silva, Kort, Macaya, Melero, Morales, Rosales. Squella y Vilches y de las diputadas señoras Hoffman, doña María José y Molina, doña Andrea. Modifica el artículo 12 del Código Penal,incorporando la agravante de la represalia. Boletín N° 9145-07“No queremos que denunciar delitos sea motivo de temor. Es por esto, que estamos presentando una nueva herramienta de protección a quienes denuncian la comisión de un delito, sean o no víctimas del mismo, y a la vez una buena razón para que el denunciado no confronte de manera injusta a quien puso en conocimiento de las autoridades el delito que podría haber sido cometido. Este temor, de acuerdo a los resultados de la última Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana (Enusc), arrojó un porcentaje de 2,8% dentro de las razones para denunciar. Si bien un porcentaje bajo, creemos que una meta justa, es que dicha razón no vuelva a estar dentro de los motivos para abstenerse de denunciar un delito.En el Libro I, párrafo 4º, artículo 12 del Código Penal se establecen veinte circunstancias agravantes a la comisión de un delito. Estas circunstancias, el legislador ha entendido que de presentarse deben elevar la pena natural que la ley le asigna a un determinado delito. Es sabido, que una de las mayores temores de quienes son víctimas de un delito y/o de los miembros de su familia, al momento de denunciar, es que quien cometió éste, tome medidas de revancha o venganza en contra de quienes lo denunciaron. Y el temor, no es sólo que aquel que se señala como delincuente se vengue de la víctima, sino también los parientes o familiares del que comete el delito actúe contra ésta o contra alguno de sus parientes.Creemos que este tipo de aprehensiones son del todo razonables, y han sido reconocidas y amparadas de diferentes formas en nuestro ordenamiento jurídico. Así ocurre por ejemplo con las medidas cautelares establecidas en el Código Procesal Penal, contenido en la ley Nº 19.696, cuando en el mensaje señala que “se autoriza al juez para adoptar un conjunto de medidas específicas y debidamente fundadas que restringen los derechos del imputado, cuando ello parezca indispensable para garantizar su comparecencia futura a los actos del procedimiento o al cumplimiento de la pena, para proteger el desarrollo de la investigación, para proteger a las víctimas o para asegurar los resultados pecuniarios del juicio”. Con este objetivo, hoy tenemos medidas cautelares personales que buscan proteger a la víctima tales como la establecida en el artículo 155 del Código Procesal Penal, letra g) que dispone “La prohibición de aproximarse al ofendido o su familia y, en su caso, la obligación de abandonar el hogar que compartiere con aquél”. Queda entonces claro que ha sido siempre una preocupación del legislador que quien haya sido víctima de un delito sea protegido por distintas instituciones. Creemos sin embargo que esa protección debe ir más allá. Por esto, es que proponemos que las represalias contra quien denunció la comisión de un delito (o sus familiares), sean una circunstancia que agrave la responsabilidad penal, con el objeto de establecer un incentivo a no ejecutar actos de venganza, por parte de quien cometió un delito y fue denunciado por la víctima del mismo o por terceros. La figura propuesta, es distinta de las agravantes contenidas en los numerales 15º y 16º del artículo 12. La agravante del numeral 15 dispone: “Haber sido condenado el culpable anteriormente por delitos a que la ley señale igual o mayor pena”. La del numeral 16: “Haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie”. Como bien se puede apreciar, los dos numerales señalados, son circunstancias agravantes de carácter objetivo. En el caso de la agravante del numeral 15, el análisis para determinar si se agrava la responsabilidad penal, se centra en que el condenado, haya cometido antes un delito con la misma pena que por la que se le condena actualmente. Respecto al numeral 16º, al señalar que el condenado haya sido declarado culpable en otra oportunidad, por delitos de la misma especie, pone el foco de la agravante en el tipo de delito cometido. Es decir, en un caso, la agravante se justifica en la pena del delito que se comete y en el otro, en la especie de delito cometido. En ninguno de los dos, la agravante encuentra su justificación en la víctima.En la especie, la norma propone una agravante de carácter subjetivo, que mira a la víctima, que no se enfoca en si el delincuente ha cometido un delito con igual o mayor pena o de la misma especie, sino que si el delito que se comete es consecuencia de que la víctima lo hubiese denunciado y seguido los procedimientos legales con el objeto de imputarle responsabilidad penal. Siguiendo esta línea, consideramos que es una agravante especialmente aplicable en los delitos contra la persona que denunció la posible comisión de un delito, y como consecuencia de dicha denuncia, fue víctima de un delito, en su persona, sus bienes o sus familiares.Con todo, creemos que esta agravante de carácter esencialmente personal, debe tener coto. No puede quedar indefinido el tiempo que medie entre la calidad de imputado por la víctima y la represalia. Es por esto, que si bien consideramos que un plazo de cinco años es razonable, sobre todo si consideramos que según el artículo 97 del Código Penal, los simples delitos prescriben en ese lapso, creemos que en la práctica, serán finalmente los Tribunales de Justicia en sus fallos, quienes determinen el período prudencial para la aplicación de la agravante contenida en el proyecto.¿Cómo determinar que se obró en represalia? Creemos que presumir que la hay, pudiera afectar el Principio de Inocencia, sin embargo, en la práctica, puede llegar a probarse que hay represalia, cuando quien comete el delito y la víctima, hubiesen sido intervinientes en los términos del artículo 12 del Código Procesal Penal, en una oportunidad anterior, siendo la actual víctima del delito, denunciante o familiar de quien denuncia en un proceso anterior.Además, creemos importante que esta agravante se aplique también cuando quien cometa el delito que se agrava, sea ascendiente o descendiente, cónyuge o parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ambos inclusive, del imputado (anteriormente denunciado), o bien, cuando la víctima del delito sea ascendiente o descendiente, cónyuge o parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ambos inclusive, de la víctima interviniente en el delito en el cual se obra como represalia. De esta forma, evitamos que otros distintos de quien había sido denunciado cometan el delito contra la víctima o contra los familiares de ésta, lo que tiene relación con el espíritu del artículo 13 del Código Penal que entiende que la protección legal no debe agotarse en un individuo sino también en sus parientes o familiares más cercanos. En virtud de lo anterior, los Diputados que suscriben, venimos en presentar el siguiente,PROYECTO DE LEYArtículo único. Agréguese al artículo 12 del Código Penal una nueva agravante del siguiente tenor: “Haber cometido delito actuando en represalia”8. Moción de los señores diputados Harboe y Jarpa y de la diputada señora Goic, doña Carolina. Especifica cláusulas abusivas más recurrentes en los contratos de adhesión. (boletín N° 9146-03).“Fundamentos.Los Contratos de Adhesión, se definen en la Ley 19496 como aquellos “cuyas cláusulas han sido propuestas unilateralmente por el proveedor sin que el consumidor, para celebrarlo pueda alterar su contenido”. Ejemplo de lo anterior encontramos: el transporte público, servicios básicos, apertura de línea de crédito, entre otros. Por la naturaleza del contrato, es probable que se genere un desequilibrio al existir un contratante fuerte (el proveedor) y otro débil (el consumidor] produciendo, de ese modo las cláusulas abusivas. Estas son aquellas contrarias a la buena fe y, por lo tanto, provocan un desequilibrio en los derechos y obligaciones de las partes contratantes especialmente en perjuicio del consumidor o adherente.Por lo anterior es que se necesita que la ley regule aquellas cláusulas dotadas de un contenido abusivo y que obligan al contratante más débil a aceptarlas, ya que de lo contrario puede significar una restricción al acceso de un determinado bien o servicio básico o fundamental para el desarrollo personal o familiar. No estamos hablando de grande transacciones bursátiles, sino que de contratos comunes y corrientes como son por ejemplo el contrato de cuenta corriente, una compraventa electrónica, etc.El actual artículo 16 de la Ley 19.496 sobre protección a los consumidores constituyó una gran avance en materia de protección del consumidor, sin embargo el desarrollo contractual, la complejidad y versatilidad de los contratos hace que esta norma muchas veces sea insuficiente para dar una adecuada protección a los consumidores frente a cláusulas abusivas. En efecto, en el estudio efectuado Carlos Pizarro Wilson, “Clásulas Abusivas una crítica al control represivo” hace hincapié en este punto al señalar que: Así, entonces, la legislación chilena sin haber recurrido al derecho común de los contratos, Salvo a nivel doctrinal, para excluir las cláusulas abusivas, en primera instancia se introdujo en la Ley de protección al consumidor en el año 1997 un listado de cláusulas estimadas abusivas, las cuales debían tenerse por no escritas en conformidad al citado artículo 16. Se trataba de una lista negra y cerrada, cuya sanción consistía en la nulidad de la cláusula en cuestión. Este modelo había sido criticado por su rigidez. Ya en su origen, el listado de cláusulas abusivas era demasiado restrictivo, lo cual no podía remediarse por la ausencia de una cláusula general de buena fe que permitiera alcanzar otras cláusulas diversas.Esta situación restrictiva del artículo 16 de la ley del Consumidor, se quiso remediar con la incorporación del concepto de buena fe. En efecto, el mencionado artículo señala que: Artículo 16.- No producirán efecto alguno en los contratos de adhesión las cláusulas o estipulaciones que: “g) En contra de las exigencias de la buena fe, atendiendo para estos efectos a parámetros objetivos, causen en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones que para las partes se deriven del contrato. Para ello se atenderá a la finalidad del contrato y a las disposiciones especiales o generales que lo rigen. Se presumirá que dichas cláusulas se encuentran ajustadas a exigencias de la buena fe, si los contratos a que pertenecen han sido revisados y autorizados por un órgano administrativo en ejecución de sus facultades legales. Con esta norma se pensó que podría abrir una puerta más amplia para la exclusión de nuevas formas de cláusulas abusivas que pudieran presentarse, sin embargo, dicho efecto no ha tenido lugar, pues tal y como señala el profesor Pizarra Wilson, la norma no ha tenido los efectos jurisprudenciales esperados: “La jurisprudencia pudo, como lo hizo la alemana, recurrir a la buena fe prevista en el Código. Pero no ocurrió. En realidad el control de las cláusulas abusivas ha estado ausente en la práctica judicial. Los jueces de jurisdicción común no se han pronunciado sobre este problema. Las Revistas de jurisprudencia y las bases de datos disponibles (LexisNexis, Microjuris) no recogen problemas de control contractual a través de la buena fe. En la jurisdicción municipal, órgano principal en el control de cláusulas abusivas ocurre lo mismo. De esta manera la falta de una cláusula general en la ley especial no debiera explicar, al menos en forma absoluta, la ineficacia del sistema.”El Derecho Chileno ha seguido a la Directiva Comunitaria 93/13, sin embargo, a pesar de existir esta norma más general en la ley esta no ha tenido mucho éxito por el escaso trabajo jurisprudencial de los Juzgados de Policía Local.Por otra parte es necesario considerar que las cláusulas abusivas han dado paso a cientos de acciones judiciales que ha permitido que las Cortes Superiores de nuestro país puedan ir identificando y corrigiendo manifiestas situaciones de injusticia y abuso a las que se han visto expuesto miles de personas.El presente proyecto de ley tiene como idea matriz ampliar el artículo 16 de la ley 19.496 a nuevas hipótesis de cláusulas abusivas que se han detectado principalmente en el mercado de productos financieros (principalmente cuentas corrientes), compraventas vía Internet, y cláusulas relacionadas con abusos en la protección de datos personales. Se busca que el juzgador por una parte y los consumidores por otra, tengan un espectro más amplio de interpretación y protección contra prácticas tan nefastas de algunos proveedores de bienes y servicios. Los casos de Cencosud, Banco estado, pueden ser citados como más emblemáticos en materia de cláusulas abusivas y de irrespeto a la intangibilidad del contrato.La fundación Fernando Fueyo de la Facultad de Derecho - UDP, ha señalado en su informe Análisis y Detección de Cláusulas Abusivas en los Contratos de Cuenta Corriente, se ha señalado que Sabemos que el elemento central de todo contrato es el acuerdo de voluntades que debe existir entre ambas partes. De esta manera en principio, los contratantes serían libres de regular el contenido contractual sobre la base de sus propios intereses;Esta concepción tradicional se ha ido perdiendo. Y, por el contrario, corno señalan los autores Rubén y Gabriel Stiglitz “se han ido imponiendo fórmulas de negociación que implican una restricción a la libertad contractual.Así es que el desarrollo capitalista impulsado en los últimos tiempos, ha permitido que contratos típicos que consentían en la libre discusión de su contenido, hoy hayan cedido a favor de contratos redactados, uniformes y rígidos. De esta forma, a la otra parte no le queda más alternativa que aceptar el contrato tal como ha sido predispuesto o, por el contrario, abdicar a la posibilidad de contratar.El PL se hace cargo de diversas situaciones de común ocurrencia en el tráfico jurídico enmarcado en los contratos de adhesión por ejemplo, aquella que consiste en que los Bancos e instituciones financieras obliguen a los consumidores a suscribir un pagaré sin los requisitos legales, para que, sea llenado por el Banco o institución financiera en un acto posterior. Esta práctica es legal en Chile, Desde el año 2003, ya que se encuentra debidamente institucionalizada, por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (en adelante, SBIF), mediante Circular 3.246, dictada con fecha 14 de Noviembre de 2003, sobre sobregiros pactados (líneas de crédito), exige que los beneficiarios de créditos de esta naturaleza suscriban un pagaré en favor de la entidad bancaria. Luego este pagaré o letra de cambio es llenada ante un notario que sólo autoriza la firma.También este PL contempla normas para evitar la notificación unilateral del contrato, o que autoricen la alteración de precios, o afecten el secreto bancario de los deudores, o que importen cobros por la reprogramación o renegociación de un crédito, aquellas que den un valor al “silencio” como si fuera aceptación, o que la tácita reconducción sea exagerada, etc.Asimismo, la sanción que impone es la de la nulidad absoluta, máxima sanción civil para aquellos actos y contratos que transgreden principios y normas de orden público en materia de contratos, como es, en efecto la voluntad de las eprsonas y la buena fe.Finalmente es necesario indicar, que no obstante el Estado ha desplegado esfuerzos importantes a la hora de evitar abusos en la adquisición de bienes o servicios, las instituciones creadas como el Sernac Financiero no han respondido con la fuerza esperable, y ello pasa, en parte, por la falta de una normativa más clara y precisa.PROYECTO DE LEY.Artículo único: En la ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, agréguese en al artículo 16 el siguiente inciso segundo nuevo, pasando el segundo a ser tercero y así sucesivamente:En especial, son nulas absolutamente en los contratos de adhesión las siguientes cláusulas:1. Aquellas que faculten al proveedor a rescindir, modificar o alterar unilateralmente las condiciones o cláusulas del contrato.2. Aquellas que faculten al proveedor dejar sin efecto una transacción celebrada con el consumidor y/o anular la venta cuando el precio ha sido fijado erróneamente por la misma.3. Aquella que faculte al proveedor a reservarse el derecho de rescindir o restringir el uso que haga del servicio, sin aviso, con o sin causa.4. Aquellas que obliguen al consumidor la suscripción de un pagaré o letra de cambio en blanco y/o al otorgamiento de un mandato en favor del proveedor facultándolo, para que, antes del cobro del documento, pueda incorporar las menciones exigidas por la ley para la validez del pagaré o letra de cambio.5. Aquellas que importen cobros por concepto de reprogramar una deuda o cuando se solicita una evaluación comercial para conceder o no un crédito de consumo6. Aquellas que importen dobles cobros de comisiones de administración de la tarjeta de crédito.7. Aquellas que consideren al silencio del consumidor corno aceptación, salvo que él así lo haya autorizado expresamente con anterioridad.8. Aquellas que hagan constar de forma indubitada la adhesión del consumidor a cláusulas respecto de las cuales no ha tenido la oportunidad de tomar conocimiento real antes de la celebración del contrato.9. Aquellas que prorrogan automáticamente un contrato de duración determinada si el consumidor no se manifiesta en contra, dentro de un plazo razonable.10. Aquellas en cuya virtud el consumidor autoriza al proveedor para proporcionar a sus filiales, su matriz y a las personas a través de las cuales ésta ejerce el control, antecedentes relativos a su situación económica, financiera y a las operaciones de cualquier naturaleza efectuados con él, aún respecto de aquellas sujetas a secreto bancario y reserva, debiendo quedar dichas empresas sometidas también a la obligación de secreto y reserva.11. Aquellas que impliquen que toda aceptación de oferta y por ende la formación del consentimiento, quedará sujeta a la condición suspensiva de que la empresa oferente valide la transacción.12. Aquellas que eximan de responsabilidad al proveedor de la información que directa o indirectamente se pueda obtener de los sitios a los que se acceda a través de los hipervínculos contenidos en el sitio.9. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2143-11-INA. “Santiago, 11 de octubre de 2013. Oficio Nº 9.100 Remite sentencia.Excelentísimo señorPresidente de la Cámara de Diputados: Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 10 de octubre de 2013 en el proceso Rol Nº 2143-11-INA, sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso tercero del artículo 551 del Código Orgánico de Tribunales. Dios guarde a V.E. (Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN.A S.E. ELPRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE DIPUTADOSDON EDMUNDO ELUCHANS URENDAVALPARAÍSO.”10. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2.264-12-INA. “Santiago, 11 de octubre de 2013. Oficio Nº 9.105 Remite sentencia.Excelentísimo señorPresidente de la Cámara de Diputados: Remito a V.E. copia autorizada de la sentencia definitiva dictada por esta Magistratura con fecha 10 de octubre de 2013, en el proceso sobre acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol Nº 2.264-12-INA respecto del artículo 15, inciso primero, de la Ley Nº 18.140, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Dios guarde a V.E. (Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.A S.E.EL PRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDON EDMUNDO ELUCHANS URENDAVALPARAÍSO.”11. Oficio del Tribunal Constitucional. Rol Nº 2512-13-INA. “Santiago, 4 de octubre de 2013. Oficio Nº 9.094 Remite resoluciónExcelentísimo señorPresidente de la Cámara de Diputados: Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 3 de octubre de 2013, en el proceso sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad Rol Nº 2512-13-INA referido al artículo único de la Ley Nº 20.411. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad, a los efectos que indica. Dios guarde a V.E. (Fdo.): MARISOL PEÑA TORRES, Presidenta; MARTA DE LA FUENTE OLGUÍN, Secretaria.A S.E. ELPRESIDENTE DE LA CÁMARA DE DIPUTADOSDON EDMUNDO ELUCHANS URENDAVALPARAÍSO.”