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El señor ULLOA (Presidente accidental).- Corresponde tratar el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción, que modifica el sistema de vacantes en cupos parlamentarios.
Diputado informante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia es el diputado don Jorge Burgos.
Antecedentes:
-Informe complementario del segundo informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, boletín N° 7935-07), sesión 111ª de la legislatura 360ª, en 12 de diciembre de 2012. Documentos de la Cuenta N° 13.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado informante.
El señor BURGOS (de pie).- Señor Presidente , en representación de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia vengo en emitir un informe complementario al segundo informe elaborado por esta Comisión, respecto del proyecto de reforma constitucional para modificar el sistema de reemplazo de vacantes en cupos parlamentarios
Dado que esta iniciativa volvió a la Comisión para los efectos de que informara al tenor de las indicaciones recibidas, se procedió al análisis de las tres indicaciones presentadas en la Sala y de otras que fueron presentadas durante el transcurso del debate en la Comisión.
La primera indicación, de autoría de los diputados señores Browne , Burgos, Ceroni , Cristián Mönckeberg y Schilling , se diferencia del texto aprobado por la Comisión en los siguientes aspectos:
“Artículo único.- Modifícase el artículo 51 de la Constitución Política en los siguientes términos:
1.- Reemplázase el inciso tercero por el siguiente:
“Las vacantes de diputados y senadores se proveerán de acuerdo con las siguientes reglas:
1°. Elimina en la letra a) uno de los supuestos que hace procedente la elección complementaria, como es la condena judicial que impide al parlamentario seguir desempeñándose como tal e incluye dentro de las causales de vacancia que sí dan lugar a una elección complementaria, la pérdida de algún requisito de elegibilidad de los mencionados en los artículos 48 y 50 de la Constitución Política de la República.
2. Disminuye el límite de tiempo faltante para una próxima elección parlamentaria que impide la realización de una elección complementaria de dos años a un año.
3. Suprime la exigencia establecida en la letra b) de comunicar al Tribunal Calificador de Elecciones la elección del reemplazante por no tener justificación.
4. Efectúa una distinción, para los efectos del reemplazo de los independientes, estableciendo que si han postulado fuera de pacto, las vacantes que originen darán siempre lugar a una elección complementaria, cualquiera que fuera la causal de la vacancia.
En el caso de tratarse de independientes que integren lista con uno o más partidos políticos, el reemplazo se efectuará en la misma forma aplicable a los parlamentarios integrantes de un partido político; es decir, si la vacante se ha originado por causas naturales, como muerte o enfermedad grave debidamente calificada, mediante elección de la Cámara que corresponda, sobre la base de una terna propuesta por el respectivo partido político. Si la vacancia se originara en causas distintas a las naturales, vale decir, pérdida de algún requisito de elegibilidad, incurrir en una incompatibilidad o en una inhabilidad o en cualquier otro ilícito constitucional o haber asumido un cargo de los que menciona el inciso segundo del artículo 59 de la Constitución Política, se efectuará una elección complementaria. En estos casos, se entenderá por partido político el que señale el postulante, independiente en pacto, al momento de presentar su declaración de candidatura.
Si bien la Comisión coincidió con los fundamentos de estas indicaciones –algunas presentadas en la Sala, otras, en la Comisión-, no estuvo de acuerdo con la rebaja del plazo faltante para la próxima elección ordinaria, que habilita para efectuar una elección complementaria.
En consecuencia, rechazó por mayoría de votos esta indicación relacionada con el plazo.
La segunda indicación, que motivó el informe complementario de que estoy dando cuenta y que fue presentada por los diputados señores Díaz y Montes, se diferencia del texto aprobado por la Comisión en los siguientes aspectos:
1. Establece como único mecanismo para la provisión de vacantes parlamentarias la realización de elecciones complementarias, cualquiera que sea la causal que las origine, sin hacer diferencia alguna entre independientes propiamente tales, independientes en pacto con algún partido político o militantes de alguna tienda política.
2. Al igual que la primera indicación, reduce de dos a un año el plazo faltante para la próxima elección ordinaria que hace imposible una elección complementaria. Es decir, esta indicación provee como único sistema la elección complementaria, lo que la diferencia de la anterior, estableciendo que siempre procederá este sistema, salvo que falte menos de un año para la elección ordinaria.
La Comisión, fundamentalmente, no estuvo de acuerdo en consagrar la elección complementaria como único mecanismo de reemplazo, procediendo a rechazar la indicación por mayoría de votos.
La tercera indicación, de autoría de los diputados señores Pepe Auth y Germán Becker , es para incorporar en el inciso sexto del texto propuesto por la Comisión la exigencia de que en el caso de reemplazo de un diputado , el reemplazante deberá acreditar estar inscrito en los registros electorales de la región correspondiente al distrito electoral que representará, al momento de originarse la vacancia.
La Comisión se manifestó, por mayoría de votos, en contra de esta indicación, por estimar que carecía de sentido exigir al reemplazante cumplir con un requisito que el artículo 48 de la Constitución Política no impone al titular.
La cuarta indicación, presentada durante el debate en la Comisión por los diputados señores Ceroni , Harboe , Burgos y Cristián Mönckeberg , difiere de la tratada en el primer punto de esta reseña, únicamente en que aumenta de uno a dos años el plazo faltante para una próxima elección ordinaria como límite para autorizar la realización de una elección complementaria.
En consideración a que, precisamente, la disminución del plazo señalado había sido la razón por la cual se había rechazado esa primera indicación, la Comisión procedió a aprobarla por mayoría de votos, después de subsanado el punto en discordia. Votaron a favor –lo señalo porque es la que se incluye en el informe- los diputados Guillermo Ceroni , Felipe Harboe , Jorge Burgos, Cristián Monckeberg , Arturo Squella y Alberto Cardemil .
En consecuencia, el texto que se propone a la Corporación es el siguiente:
“Artículo único.- Modifícase el artículo 51 de la Constitución Política en los siguientes términos:
1.- Reemplázase el inciso tercero por el siguiente:
“Las vacantes de diputados y senadores se proveerán de acuerdo con las siguientes reglas:
a) Si la vacante se ha producido por pérdida de algún requisito de elegibilidad; por haberse configurado una incompatibilidad de las establecidas en el artículo 58; una inhabilidad de las señaladas en el artículo 60; por haber incurrido en cualquier otro ilícito establecido en esta Constitución; o por haber asumido el diputado o senador un cargo de aquéllos a los que hace referencia la norma contenida en el inciso segundo del artículo 59, se procederá a realizar elecciones complementarias. No obstante, si restare menos de dos años para la siguiente elección parlamentaria en el distrito o circunscripción en donde se ha producido la vacante, el parlamentario no será reemplazado.
b) Si la vacante se ha debido a la muerte del parlamentario o a su renuncia por enfermedad grave debidamente calificada, el partido político al que pertenecía el diputado o senador al momento de ser electo, deberá presentar una terna ante la cámara del Congreso que corresponda, para que ésta se pronuncie dentro de treinta días, eligiendo al reemplazante en votación secreta y por mayoría simple.
2.- Derógase el inciso cuarto.
3.- Reemplázase el inciso quinto por el siguiente:
“Los parlamentarios elegidos como independientes fuera de pacto serán siempre reemplazados conforme a las reglas del inciso tercero letra a) de este artículo, cualquiera sea la causal que haya dado origen a la vacancia. A su vez, aquellos elegidos como independientes pero integrando lista en conjunto con uno o más partidos políticos, serán reemplazados conforme a ambas reglas del inciso tercero de este artículo. Para estos efectos, se tendrá por partido político al indicado por el respectivo parlamentario al momento de presentar su declaración de candidatura.”.
4.- Sustitúyese el inciso final por el siguiente:
“Ningún diputado o senador podrá participar como candidato en una elección complementaria.”.
Como se puede apreciar, el proyecto no recoge todas indicaciones presentadas, pero refleja el esfuerzo realizado por consensuar la mayoría de las mismas, en el entendido de que se trata de una reforma constitucional que requiere un quorum alto.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.- Señor Presidente , es muy fácil de entender el informe rendido por nuestro colega Jorge Burgos . En opinión del diputado que habla, hay muchas interrogantes y situaciones que pudieron ser mejoradas en la Comisión; pero, si bien este informe complementario no me deja conforme del todo, considero que es un avance.
Como lo señalamos la primera vez que discutimos este proyecto, es una iniciativa muy necesaria; podríamos decir que es la respuesta a una ciudadanía molesta por esta práctica legal.
En nuestro país se han estado realizando ciertas prácticas legales respecto del reemplazo de parlamentarios que han resultado verdaderamente dañinas tanto para la imagen del Parlamento como también para quienes hemos sido elegidos legítimamente por la ciudadanía: me refiero específicamente a la práctica reiterada, y no como excepción, de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 59 de la Constitución Política, que permite nombrar como ministros de Estado a parlamentarios en ejercicio y reemplazarlos por quien designe el respectivo partido político al que pertenecen. Este punto fue bastante discutido con ocasión del segundo informe, y quiero reiterar mi interrogante en el sentido de por qué no se aceptaron varios planteamientos que hicimos en su momento. Uno de ellos es el que manifestó el diputado informante , señor Jorge Burgos , respecto de la letra a) del número 1 del artículo único, en el que se señala que si restare menos de dos años para la siguiente elección parlamentaria en el distrito o circunscripción en donde se ha producido la vacante, el parlamentario no será reemplazado. Me parece un plazo exagerado y debió haberse corregido en su momento.
Estamos en presencia de una práctica que permite nuestro ordenamiento jurídico que, según sus detractores, se ha usado en forma poco criteriosa y se ha abusado de ella.
Las modificaciones que se introdujeron en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia son positivas, aunque pudieron ser mejores. Se han introducido criterios ordenadores al articulado y, en ese sentido, es posible distinguir tres situaciones que vale la pena tener en cuenta.
Primero, cuando la vacante se produce por culpa o por voluntad del parlamentario; segundo, cuando se produce la vacante sin culpa o sin voluntad del parlamentario; y tercero, cuando se trata de parlamentarios que fueron elegidos como independientes.
Me parece bien que se proceda a una elección complementaria cuando la vacante se produce por culpa o por propia voluntad del parlamentario y también me parece correcto que sea el partido político al que pertenece el parlamentario el que nomine a su sucesor cuando la vacante se produce sin la culpa o declaración de voluntad del parlamentario. Todo ahora queda muy claro.
En relación a los parlamentarios independientes, el mecanismo de reemplazo será la elección complementaria, a menos que hayan sido elegidos como independientes, pero integrando una lista en conjunto con uno o más partidos políticos, en cuyo caso se aplicarán las reglas generales, dependiendo de si la vacante se produce por culpa o por voluntad propia o sin esas condiciones.
De verdad, espero que esta reforma regularice el sistema de reemplazo de vacantes y mejore la visión de la ciudadanía para que, en definitiva, el cambio de un parlamentario no redunde en el desprestigio de nosotros mismos, de la política y del Parlamento en general.
Por lo anterior, la aprobación de esta iniciativa no está en discusión.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Marcelo Díaz.
El señor DÍAZ.- Señor Presidente , quiero analizar esta iniciativa, en primer lugar, mirando la mitad del vaso lleno y, en segundo lugar, la mitad del vaso vacío.
Este proyecto es un avance respecto del sistema que hemos tenido durante todos estos años; un sistema que permite a un candidato que había salido tercero y, a veces, hasta cuarto en una elección tener la posibilidad de reemplazar a un parlamentario electo por los ciudadanos. Se trata de un mecanismo que le entrega a los partidos políticos la posibilidad de designar parlamentarios, el que terminó de contaminarse cuando se inició la práctica de nombrar a miembros del gabinete con parlamentarios, lo que en la práctica reinstaló la figura de los senadores y diputados designados. Con el respeto que siento por quienes les ha correspondido ser designados, la verdad –repito- es que se trata de senadores y de diputados designados.
A partir de lo que aquello representó y significó, desde el punto de vista del rechazo de la opinión pública, se inició el debate transversal de esta moción, respecto de la necesidad de cambiar un sistema que dañaba aún más la legitimidad del Parlamento. Pero, a mi juicio, sigue siendo insuficiente.
Ahora, paso a analizar al vaso medio vacío de esta propuesta.
En el debate efectuado en la Comisión de Constitución, Legislación y, con antelación, en la Sala, planteamos la necesidad, por un tema de legitimidad democrática, que todas las vacancias o ausencias de un parlamentario fueran resueltas por la vía de una elección complementaria. Nos parece que ése debe ser el mecanismo legítimo para reemplazar a un parlamentario que fue electo por los ciudadanos, pues así su reemplazante cuenta con la legitimidad de esa sanción popular, la que solo puede estar dada por el juicio popular expresado a través de las urnas.
Sin embargo, en el tercer o cuarto debate sostenido en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia respecto de esta materia no alcanzamos un acuerdo y así se construyó la arquitectura del proyecto que hoy votaremos.
La iniciativa, básicamente, impide en la práctica que los Presidentes de la República recluten a los miembros de su gabinete de entre los parlamentarios en ejercicio. Me parece un avance, porque, si bien no tengo las cifras a mano, creo no equivocarme si señalo que en los últimos ocho años, en los dos últimos períodos parlamentarios, el grueso de las vacantes que se han generado en el Parlamento han sido como consecuencia de la designación de parlamentarios como ministros de Estado . En consecuencia, ése es el principal problema que hay que atajar.
Además, esta situación generó un hecho relevante: cerca de un millón de chilenos y chilenas cuentan hoy con parlamentarios que no fueron electos por la ciudadanía como sus representantes. Ello ocurre, por ejemplo, en las regiones Metropolitana, de Coquimbo, de Los Ríos y en varios distritos, entre ellos, Melipilla . Me parece un hecho grave.
Logramos algunos avances, por ejemplo, acortar los plazos –no tengo la cifra- para el caso de los diputados. Me parece que quedó en un año, lo que es un avance. Al principio se habló de si faltaban menos de dos años para el término del mandato no se iba a llenar el cupo. Eso significaba que el distrito o circunscripción quedaría sin representante durante la mitad del período parlamentario.
El señor BURGOS .- Disculpe la interrupción, pero la cifra quedó igual.
El señor DÍAZ.- Entonces, lo lamento, porque es grave que un distrito quede sin representante durante la mitad del período parlamentario, lo que significa que por todo ese lapso los ciudadanos no tendrán representación plena en la Cámara respectiva.
Vamos a insistir en el planteamiento de nuestras indicaciones. Así lo hice saber en el seno de la Comisión de Constitución para asegurar que sean los ciudadanos quienes tengan la facultad de decidir quién reemplazará a un parlamentario que fallece, que es declarado inhábil por las causales que establece la ley, o porque es designado en alguna función distinta, lo que genera una cierta incompatibilidad sobreviniente. Las indicaciones también apuntan a acortar los plazos. Entiendo que el estado de tramitación del proyecto permite presentar nuevamente indicaciones formuladas en el seno de la Comisión de Constitución.
Hago presente, por respeto a mis compañeros de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, que de no prosperar nuestras indicaciones, debemos respaldar los cambios acordados en dicha Comisión. Así lo espero de la bancada del Partido Socialista
Sé que no es suficiente, que no es lo mejor, que no nos gusta, pero votaremos coherente y consecuentemente con esta afirmación, la que he reiterado tanto en la Comisión de Constitución como en el primer debate de este proyecto en la Sala.
Sin duda, el proyecto representa mucho más de lo que tenemos y en algo restituye la legitimidad, la soberanía popular o el derecho de los ciudadanos a que mediante el ejercicio del sufragio se reemplace a quien deje el cargo por alguna razón de las señaladas en el proyecto.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos.
El señor BURGOS.- Señor Presidente , estimo que la situación actual de reemplazo es la peor de los mundos, porque tenemos una regla que no distingue causales, ni plazos ni nada. En consecuencia, cada vez que se produce una vacante, el partido político al que pertenece la persona que incurre en la causal es el que decide. En el caso de los independientes, no hay ninguna norma, lo cual es todavía peor.
Concuerdo con el diputado señor Marcelo Díaz en el sentido de que, a mi juicio, lo ideal sería implementar el mayor número de elecciones complementarias y acotar al máximo el plazo. Pero si queremos avanzar, tenemos que intentar buscar los votos, que con esta reforma constitucional son setenta y dos. En consecuencia, cualquiera cuestión que no tenga un piso de consenso, tiene una viabilidad igual a cero. De no prosperar la reforma, vamos a seguir teniendo el peor de los mundos en el sistema de reemplazo.
Se trata de un sistema caracterizado por ser un híbrido súper complejo. Como la interpretación del Tribunal Constitucional, de hace varios años, fue que era posible que los gobiernos nombraran ministros a diputados o senadores, lo cual generaba una causal de no elegibilidad del cargo vacante –esa fue la interpretación-, el mecanismo empezó a ocuparse no sólo por esta administración, sino también por el gobierno anterior. Pero este, a mi juicio, ha abusado de la norma.
Lo peor que le puede pasar a la institucionalidad es contar con este tipo de híbridos, este tipo de atajos. Si queremos tener parlamentarios ministros, bueno, transitemos a un régimen semipresidencial, o semiparlamentario, o parlamentario, donde ya no es que se pueda, sino que es requisito para ser miembro del gabinete ser parlamentario, como ocurre en España y en varios sistemas parlamentarios del mundo.
Lo peor es tener este híbrido, que no se entiende mucho, y que no establece mecanismos de reemplazo democráticos. Porque en los regímenes parlamentarios, cuando se asume un cargo en el gabinete, operan las listas que se establecieron al momento de elegir a una persona. Acá no hay nada de eso.
Entonces –insisto-, estamos en la peor de las situaciones. Como dijo el diputado señor Marcelo Díaz, se unen situaciones bastante complicadas, en el sentido de que parte importante del electorado queda representada por quienes no fueron elegidos para esos efectos.
Considero entonces que hay que hacer un esfuerzo para que la regla sea la elección complementaria. Seamos francos: no es que esta impida que un gobierno nombre ministro a un senador o diputado , pero lo desincentiva, porque precisamente el reemplazante debe ser elegido mediante una elección complementaria. Tal mecanismo, no sólo para éste, sino para todos los gobiernos, tiene una característica bastante compleja: es uninominal, es decir, sólo se elige a uno. Ese el sistema empleado en Chile durante la vigencia de la Constitución de 1925. Son muchos los casos de parlamentarios fallecidos cuyos cupos debieron ser llenados mediante el mecanismo de elecciones complementarias, la única forma real de reemplazar la voluntad popular.
Me habría encantado que el plazo fuera de un año. Entiendo que no pueda llevarse a cabo hasta la elección misma, porque de lo contrario se generaría una complejidad. Sería absurdo llamar a una elección complementaria cinco o seis días antes de la elección oficial. No tiene sentido. Un año me parece razonable. Pero, desgraciadamente, ese plazo de un año no produce el consenso necesario.
En consecuencia, lo perfecto es enemigo de lo bueno. Por ello, recomiendo votar el proyecto tal como viene de la Comisión, donde ha habido un avance respecto de la elección complementaria. No creo que sea lo ideal, pero –repito- constituye un avance importante respecto de la situación de los independientes, pues clarifica de mejor forma el panorama actual en esta materia.
Por lo tanto, me parece que hace sentido aprobar la reforma constitucional en debate para terminar con un sistema sumamente complejo, más allá de que lo ideal hubiera sido aprobar un proyecto más bien en la línea señalada por el diputado Marcelo Díaz .
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma.
El señor TUMA.- Señor Presidente, luego de escuchar a los colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, creo que hay argumentos para todos los gustos.
Este proyecto no me satisface. Estoy preocupado de que, a la brevedad, exista un sistema de reemplazo de vacantes en cupos parlamentarios, especialmente porque el sistema binominal que nos rige puede provocar un daño enorme en un distrito como el que represento –rural-, que puede quedar sin un parlamentario durante un período de dos años. En efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso final de la letra a) del número 1 del artículo único, si restaran menos de dos años para la siguiente elección, el parlamentario no será reemplazado. A eso hay que sumarle el período que queda por cumplir del mandato. Por lo tanto, estamos hablando de casi dos años y medio sin un parlamentario. En suma, creo que para una circunscripción o un distrito es un tremendo problema no tener un representante.
Además, estimo que la norma propuesta introduce una discriminación en materia de causales, ya que algunas posibilitan la realización de una elección complementaria, en cambio si se trata de otras, el partido político al que pertenecía el diputado o senador al momento de ser electo, deberá presentar una terna ante la Cámara del Congreso que corresponda, para que esta se pronuncie dentro de treinta días, de manera que si fallece, por ejemplo, algún diputado de Renovación Nacional , los diputados del PPD vamos a tener que votar para elegir a su reemplazante. Imagínense el lobby que existirá y el cruce de intereses. Será una tremenda carga. Prefiero que, en ese caso, decida el respectivo partido político.
En suma, es muy importante que se establezca otro procedimiento. La base de la soberanía está en el pueblo y, por lo tanto, este debe decidir quién reemplazará al parlamentario que deja una vacante.
El proyecto me sabe un poco amargo. No tengo claro el tenor de la discusión que tuvo lugar al interior de la Comisión, pero, como dijo el diputado Jorge Burgos , es un proyecto muy híbrido y creo que no está en la línea que deberíamos señalarle a la ciudadanía sobre el método de reemplazo cuando, por ejemplo, un parlamentario fallece, cuyo distrito o circunscripción, como dije, puede estar casi dos años y medio sin un representante.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Orlando Vargas.
El señor VARGAS.- Señor Presidente , luego de escuchar lo que han planteado colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, en especial el diputado señor Joaquín Tuma , considero que el proyecto resulta un poco ambiguo.
Si vamos a legislar, debemos recoger los comentarios y el sentir de los movimientos ciudadanos que, a diario, nos dicen que hay fallas en el sistema electoral.
La elección de diputados y senadores representa una de las máximas expresiones de la democracia. Por lo tanto, se debe legislar de la mejor manera posible respecto del sistema de reemplazo de vacantes de cupos parlamentarios, a fin de respetar la decisión de la ciudadanía.
Pues bien, en relación con el proyecto de reforma constitucional en estudio, rescato una parte y discrepo de otra. Apoyo que exista la posibilidad de elecciones complementarias, en el caso de la letra a) del artículo 51, nuevo, de la Constitución Política de la República, y que exista una votación en la respectiva cámara del congreso Nacional para reemplazar la vacante, según establece la letra b) del mismo artículo; es decir, una fórmula ajustada a los principios de un país democrático y conforme a la expresión de voluntad de los electores, ya que serán ellos o sus representantes quienes buscarán a la persona más idónea para llenar el cargo que se encuentre vacante.
Sin embargo, no apruebo la disposición que establece que “… si restare menos de dos años para la siguiente elección parlamentaria en el distrito o circunscripción en donde se ha producido la vacante, el parlamentario no será reemplazado.”, debido a que genera un menoscabo a los electores del respectivo parlamentario. Así, en el caso que este sea diputado , sus electores podrán quedar sin representación por casi la mitad del período, lo que, a mi juicio, no debe suceder. Por eso, deberíamos hablar de mucho menos tiempo, cuando consideremos no reemplazar a los integrantes de la Cámara Baja.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda.
El señor OJEDA.- Señor Presidente , nos cuesta ponernos de acuerdo cuando se discuten proyectos de gran relevancia. A diario hablamos de mayor representatividad y representación ciudadana, pero cuando llega el momento de actuar en esta materia, no nos ponemos de acuerdo y, finalmente, el tratamiento de proyectos se dilata o sencillamente estos quedan estancados en alguna Comisión. Es lo que posiblemente ha sucedido con esta iniciativa, muy bien inspirada y acorde con el afán o la necesidad de corregir nuestra institucionalidad, de manera de entregar una solución a la crisis de representatividad y de falta de representación y de participación ciudadana, de la que hoy tanto se habla. Por eso, es el momento de que, de una vez por todas, nos pongamos de acuerdo a fin de resolver esos problemas, aunque no sea una solución definitiva o estemos en desacuerdo con algunos acápites del proyecto, respecto del cual hoy conocemos su informe complementario.
Tengo la determinación de aprobar el proyecto, pese a las salvedades que he han indicado y todo lo que falta por hacer. En verdad, queremos que se vuelva a las elecciones complementarias, como ocurría en la tradición republicana, cuando se realizaban elecciones para reemplazar a los parlamentarios que fallecían o dejaban vacante su cargo por alguna causal de inhabilidad. En ese entonces existían verdaderas fiestas cívicas en el distrito o la circunscripción correspondiente. Queremos que vuelva eso; que el poder de decisión soberana que hoy tienen las cúpulas de los partidos políticos, sea traspasado a la ciudadanía en el aspecto señalado en la primera parte. En suma, debe haber elecciones complementarias en los casos indicados en la letra a) del número 1 del artículo 51, nuevo, de la Carta Fundamental, y debe establecerse la fórmula propuesta en la letra b) de dicha disposición, en caso que la vacante se origine en muerte o renuncia del respectivo parlamentario.
Por eso, anunció que aprobaré el proyecto para que solucionemos en gran medida el problema en materia de representatividad.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).- Señor Presidente , es muy bueno discutir este proyecto y muchos otros originados en mociones parlamentarias, algunos de los cuales se presentaron a tramitación hace bastante tiempo. En el caso de la iniciativa que nos ocupa -no he escuchado a algún colega que plantee una idea distinta en esta materia-, apunta a devolver el poder a su fuente, es decir, a la ciudadanía. No podemos olvidar que estamos sentados aquí porque ciudadanos votaron por nosotros. Por eso, cada vez que sea necesario llenar una vacante dejada por un diputado o senador, se debe volver el poder a su fuente: la ciudadanía. Cada vez que elaboremos un proyecto, debemos tener presente que la fuente es la ciudadanía, el pueblo de Chile.
Sin embargo, me complica mucho que en el inciso final de la letra a) del número 1 del artículo único se establezca que “si restaren menos de dos años para la siguiente elección parlamentaria en el distrito o circunscripción en donde se ha producido la vacante, el parlamentario no será reemplazado.”.
Por eso, solicité información al diputado informante , señor Jorge Burgos , para saber si se había estudiado la posibilidad de que durante la candidatura se pudiera inscribir a un reemplazante que la ciudadanía conociera al momento de votar. De esa manera, si el Presidente de la República llamara a algún parlamentario para que asumiera un cargo de ministra o ministro de Estado , la ciudadanía conocería de antemano a su reemplazante. Varios países utilizan esa figura, a mi juicio, bastante positiva desde el punto de vista de la transparencia, en este caso, respecto de por quién vota la ciudadanía. Así, en el momento de levantar una candidatura y de pedir el voto, la ciudadanía conocería al titular y al eventual reemplazante. Si existiera una dificultad respecto de algún parlamentario y su puesto quedara vacante. No entiendo por qué no podría ser reemplazado cuando restaren menos de dos años para la siguiente elección. Reitero, no entiendo por qué en ese caso no existirán elecciones complementarias, pese a que puede faltar mucho tiempo para la próxima elección.
Ojalá que el proyecto sea enviado nuevamente a Comisión para que se busque una fórmula que posibilite que la ciudadanía esté más informada de lo que ocurrirá. En ese sentido, me inclino más por la idea de listas que incorporen al eventual reemplazante. Me preocupa fundamentalmente –lo conversé con la diputada Marta Isasi - la situación descrita en el inciso final de la letra a) del número 1 del artículo único: si la vacante, en el caso de los diputados, ocurre en los dos primeros años de su período, obviamente habrá elecciones complementarias; de lo contrario, no habrá reemplazo. A mi juicio, no es conveniente que, por un período prolongado, un distrito o una circunscripción no esté representado en el Congreso Nacional.
Por lo expuesto, anuncio que me abstendré en la votación del proyecto, a la espera de que se pueda perfeccionar.
He dicho.
El señor ULLOA (Presidente accidental).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
-Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto en los siguientes términos:
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).- Corresponde votar en particular el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción, que modifica el sistema de reemplazo de vacantes en cupos parlamentarios. Esta iniciativa ya fue aprobada en general.
En primer lugar, corresponde votar la indicación renovada por los diputados señores Espinoza, Díaz, Aguiló, Gutiérrez, don Hugo; y por la diputada señora Muñoz, doña Adriana, que tiene por objeto sustituir el artículo único del proyecto de reforma constitucional por el siguiente:
“Artículo único.- Incorpóranse las siguientes modificaciones en el artículo 51 de la Constitución Política:
1.- Reemplázase el inciso tercero por el siguiente:
“Las vacantes de diputados y senadores se proveerán, con independencia de la causal, por medio de elecciones complementarias. No obstante, si restare menos de un año para la siguiente elección parlamentaria en el distrito o circunscripción donde se ha producido la vacante, el parlamentario no será reemplazado. Son causales de vacancia las siguientes: a) Haber sido condenado por condena que impidiere al diputado o senador seguir desempeñándose como parlamentario; b) Haberse configurado una incompatibilidad de las establecidas en el artículo 58; c) Haberse configurado una inhabilidad de las señaladas en el artículo 60 o cualquier otro ilícito constitucional establecido en esta Carta Fundamental; d) Haber asumido el diputado o senador un cargo de aquéllos a los que hace referencia la norma contenida en el inciso segundo del artículo 59; e) Por la muerte del parlamentario o su renuncia por enfermedad grave debidamente calificada.”.
2.- Derógase el inciso cuarto.
3.- Sustitúyese el inciso quinto por el siguiente:
“Los parlamentarios elegidos como independientes y aquéllos que hubieren postulado integrando lista en conjunto con uno o más partidos políticos, serán siempre reemplazados conforme a las reglas del inciso tercero de este artículo, cualquiera sea la causal que haya dado origen a la vacancia.”.
4.- Reemplázase el inciso final por el siguiente:
“Ningún diputado o senador podrá participar como candidato en una elección complementaria.”.
Para ser aprobada la indicación se requieren 72 votos a favor.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa 50 votos; por la negativa, 50 votos. Hubo 5 abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Rechazada.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
AccorsiOpazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Alinco Bustos René; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Auth Stewart Pepe; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Meza Moncada Fernando; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Silber Romo Gabriel; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Venegas Cárdenas Mario; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
Álvarez-SalamancaRamírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cardemil Herrera Alberto; Cristi Marfil María Angélica; Edwards Silva José Manuel; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; García García René Manuel; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Santana Tirachini Alejandro; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Squella Ovalle Arturo; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Velásquez Seguel Pedro; Verdugo Soto Germán; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
-Se abstuvieron los diputados señores:
BrowneUrrejola Pedro; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Moreira Barros Iván; Sandoval Plaza David.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Corresponde votar, en particular, el proyecto de reforma constitucional, iniciado en moción, que modifica el sistema de reemplazo de vacantes de cupos parlamentarios, para cuya aprobación se requiere el voto afirmativo de 72 señoras y señores diputados.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 57 votos; por la negativa, 38 votos. Hubo 11 abstenciones.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás ( Presidente ).- Rechazado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
AccorsiOpazo Enrique; Aguiló Melo Sergio; Andrade Lara Osvaldo; Araya Guerrero Pedro; Ascencio Mansilla Gabriel; Browne Urrejola Pedro; Burgos Varela Jorge; Campos Jara Cristián; Cardemil Herrera Alberto; Castro González Juan Luis; Cerda García Eduardo; Ceroni Fuentes Guillermo; Cornejo González Aldo; Chahín Valenzuela Fuad; De Urresti Longton Alfonso; Díaz Díaz Marcelo; Espinoza Sandoval Fidel; Farías Ponce Ramón; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Hales Dib Patricio; Harboe Bascuñán Felipe; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Jiménez Fuentes Tucapel; Lemus Aracena Luis; León Ramírez Roberto; Lorenzini Basso Pablo; Meza Moncada Fernando; Monckeberg Bruner Cristián; Monckeberg Díaz Nicolás; Monsalve Benavides Manuel; Montes Cisternas Carlos; Muñoz D’Albora Adriana; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pascal Allende Denise; Pérez Arriagada José; Rincón González Ricardo; Rivas Sánchez Gaspar; Rubilar Barahona Karla; Sabat Fernández Marcela; Santana Tirachini Alejandro; Schilling Rodríguez Marcelo; Silber Romo Gabriel; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Tuma Zedan Joaquín; Vallespín López Patricio; Vargas Pizarro Orlando; Velásquez Seguel Pedro; Venegas Cárdenas Mario; Walker Prieto Matías.
-Votaron por la negativa los siguientes señores diputados:
AlincoBustos René; Álvarez-Salamanca Ramírez Pedro Pablo; Arenas Hödar Gonzalo; Baltolu Rasera Nino; Barros Montero Ramón; Bauer Jouanne Eugenio; Bertolino Rendic Mario; Bobadilla Muñoz Sergio; Cristi Marfil María Angélica; Eluchans Urenda Edmundo; Estay Peñaloza Enrique; Kort Garriga Issa; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Hernández Hernández Javier; Hoffmann Opazo María José; Kast Rist José Antonio; Rosales Guzmán Joel; Macaya Danús Javier; Martínez Labbé Rosauro; Melero Abaroa Patricio; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Nogueira Fernández Claudia; Norambuena Farías Iván; Pérez Lahsen Leopoldo; Recondo Lavanderos Carlos; Sauerbaum Muñoz Frank; Silva Méndez Ernesto; Turres Figueroa Marisol; Ulloa Aguillón Jorge; Letelier Aguilar Cristian; Urrutia Bonilla Ignacio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Vilches Guzmán Carlos; Von Mühlenbrock Zamora Gastón; Ward Edwards Felipe; Zalaquett Said Mónica.
-Se abstuvieron los diputados señores:
AuthStewart Pepe; Edwards Silva José Manuel; García García René Manuel; Marinovic Solo De Zaldívar Miodrag; Moreira Barros Iván; Robles Pantoja Alberto; Saa Díaz María Antonieta; Sabag Villalobos Jorge; Sandoval Plaza David; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Verdugo Soto Germán.
El señor MONCKEBERG, don Nicolás (Presidente).-Despachado el proyecto.
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