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El señor CORNEJO ( Presidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica la ley N° 20.671, con el objeto de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones en viviendas sociales, siempre que la superficie edificada no exceda de noventa metros cuadrados.
Diputado informante de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales es el señor Joaquín Tuma.
Antecedentes:
-Segundo Informe complementario de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, sesión 46ª de la presente legislatura en 14 de julio de 2014. Documentos de la Cuenta N° 10.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tienen la palabra el diputado informante.
El señor TUMA (de pie).-
Señor Presidente , en representación de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, paso a informar sobre el presente proyecto de ley, iniciado en moción de la senadora señora Lily Pérez y de los senadores señores Eugenio Tuma, Pedro Muñoz y Hosaín Sabag , en segundo trámite constitucional y segundo reglamentario, con urgencia calificada de “simple”.
El propósito de la iniciativa consiste en permitir a los propietarios de viviendas sociales regularizar, conforme al procedimiento previsto en la ley N° 20.671, las ampliaciones de más de 25 metros cuadrados, siempre que la superficie total de la edificación no supere los 90 metros cuadrados.
La iniciativa en estudio fue tramitada a la Comisión para este segundo informe complementario considerando la oportunidad de mejorar la legislación frente a hechos como los ocurridos recientemente con el incendio en la ciudad de Valparaíso, que puso en evidencia la precariedad de las viviendas afectadas, lo que se hace mediante una indicación sustitutiva del Ejecutivo, de fecha 6 de mayo de 2014.
Constancias reglamentarias
De acuerdo con lo prescrito en los artículos 130 y 288 del Reglamento de la Corporación, el informe recae sobre el proyecto aprobado en general por la honorable Cámara en su sesión N° 3, de 18 de marzo de 2014, según lo acordado en sesión de igual fecha, con las indicaciones formuladas a dicho texto, consignándose además lo siguiente:
I.- Artículos que no han sido objeto de indicaciones ni de modificaciones.
Ninguno.
II.- Artículos calificados como normas de carácter orgánico constitucional o de quórum calificado.
Ninguno.
III.- Artículos suprimidos.
Ninguno.
IV.- Artículos modificados.
El artículo único del proyecto.
V.- Artículos nuevos introducidos.
Los artículos 1°, 2° y 3° permanentes y el artículo único transitorio.
VI.- Artículos que deben ser conocidos por la Comisión de Hacienda.
Ninguno.
VII.- Indicaciones declaradas inadmisibles.
Ninguna.
VIII.- Texto de las disposiciones legales que el proyecto modifica o deroga, o indicación de las mismas.
Ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regulación de ampliaciones de viviendas sociales, contemplado en la ley N° 20.251.
Artículo 1°.- Los propietarios de viviendas sociales, emplazadas en áreas urbanas o rurales, podrán por una sola vez, dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de esta ley, regularizar las ampliaciones de hasta 25 metros cuadrados de superficie que hubieren efectuado en dichas viviendas, cumpliendo además con los requisitos que se señalan a continuación:
1) No estar emplazadas en zonas de riesgo o protección, en franjas declaradas de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
2) A la fecha de la regularización no deben existir reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas, ingresadas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, ante la Dirección de Obras Municipales o el juzgado de policía local respectivo.
3) Las ampliaciones deben cumplir con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de las instalaciones interiores.
4) El propietario deberá presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañada de los siguientes documentos:
a) Declaración simple del propietario, señalando ser titular del dominio del inmueble y que la ampliación cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores.
b) Especificaciones Técnicas resumidas y un plano esquemático que grafique la planta y el perfil de la ampliación, señalando las medidas y superficie a regularizar.
Tratándose de ampliaciones en segundo piso o superior, la solicitud deberá ser firmada por un arquitecto o bien contar con un informe favorable de inspección de la Dirección de Obras Municipales.
La Dirección de Obras Municipales, dentro de los noventa días siguientes a la presentación de la solicitud, deberá pronunciarse con el solo mérito de los documentos a que se refiere este artículo y, si procediere, otorgará el correspondiente certificado de regularización.
En lo referido a la aplicación de este artículo, los funcionarios municipales quedarán exentos de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre responsabilidad funcionaria.
Las regularizaciones que se efectúen de conformidad al presente artículo estarán exentas de los derechos municipales establecidos en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Texto aprobado por la Comisión en su primer informe.
Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 1° de la ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251:
1.- En el inciso primero:
a) Reemplázase su encabezamiento por el siguiente:
“Artículo 1°.- Los propietarios de viviendas sociales existentes, emplazadas en áreas urbanas o rurales podrán, por una sola vez, dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de esta ley, regularizar el inmueble de hasta 90 metros cuadrados de superficie total, cumpliendo además con los requisitos que se señalan a continuación:”.
b) Sustitúyese en el número 3) la expresión inicial “Las ampliaciones” por “Los inmuebles”.
c) Reemplázase en las letras a) y b) del número 4) el vocablo “ampliación” por “construcción”.
2.- En el inciso segundo, sustitúyese la frase “ampliaciones en segundo piso o superior” por la siguiente: “inmuebles que consideren un segundo piso o superior, o que se encuentren adosados a tres o más deslindes del predio,”.”.
Expusieron ante la comisión durante el estudio del proyecto la señora Jeannette Tapia , asesora legislativa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y el jefe de la División de Desarrollo Urbano de dicha Cartera , señor Pablo Contrucci .
Mediante mensaje N° 095-362 del Ejecutivo, de fecha 6 de mayo de 2014, se formuló una indicación que sustituye el proyecto de ley en informe, sobre la base de los siguientes fundamentos:
El procedimiento simplificado para los permisos de edificación de viviendas sociales, contemplado en la ley N° 20.251, renovado y modificado por la ley N° 20.671, permite la regularización de las ampliaciones de este tipo de viviendas, que se ejecutaron sin contar con los permisos correspondientes de la Dirección de Obras Municipales. La ley N° 20.251 y sus modificaciones posteriores, flexibilizaron las reglas generales para reducir el costo de estas regularizaciones. Con ello, la ley se hacía cargo de la práctica de construir ampliaciones sin permiso, probablemente potenciada en los sectores de menores ingresos por el costo que representa la asesoría profesional necesaria para obtenerlo y la burocracia asociada a su otorgamiento. Para ello admitió, incluso, que no fuese necesaria la intervención de un profesional para certificar el cumplimiento de las exigencias legales -salvo que se tratase de ampliaciones en un segundo piso o superior, según lo dispuso la ley N° 20.671-, y eximió a los funcionarios municipales de la responsabilidad que les asigna el artículo 22 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones al momento de aplicar esta ley.
Es importante señalar que el propósito original de la ley N° 20.251 (tal como se indica no sólo en los fundamentos de la moción que originó dicha ley, sino también en los fundamentos de la moción que derivó en la ley N° 20.671) era evitar que en el futuro siguieran promulgándose nuevas leyes de regularización, mejor conocidas como “leyes del mono” (como la ley N° 19.583, de 1998, que regulariza la construcción de bienes raíces urbanos sin recepción definitiva), entendiendo que inevitablemente éstas refuerzan la práctica de construir sin permiso, pues dejan la sensación de que, al final, todo es regularizable. Con dicho propósito, se introdujo el artículo 166 en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que facilitó, en lo sucesivo, los procedimientos y los costos asociados a nuevas ampliaciones. Desafortunadamente, este artículo se perdió al cabo de poco tiempo, fundamentalmente, porque luego de su incorporación se le introdujeron un conjunto de modificaciones, a través de las leyes N° 20.671 y N° 20.741, que lo desnaturalizaron en cuanto a su objetivo.
Se fundamenta la indicación del Ejecutivo en que el proyecto de ley en tramitación pretende modificar el artículo 1° de la ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251. Dicho artículo autoriza a los propietarios de viviendas sociales a regularizar, por una sola vez, las ampliaciones de hasta 25 m2. La modificación pretende aumentar la superficie regularizable, en la medida que la superficie edificada total no supere los 90 m2. Lo anterior incrementa considerablemente el universo de ampliaciones a regularizar, al igual que el número de familias que contará, formalmente, con una ampliación regularizada.
El mencionado artículo 1° de la ley N° 20.671 establece un plazo de dos años para las regularizaciones, contado desde la publicación de dicha ley, el 8 de junio de 2013.
Previamente, el artículo segundo transitorio de la ley N° 20.251 establecía la misma posibilidad para los propietarios de viviendas sociales, pero dentro del plazo de tres años contado desde la publicación de la antedicha ley, el 4 de marzo de 2008.
En definitiva, se trata de una norma de excepción que, sin embargo, ha estado en aplicación por casi 4 años en total.
Se sostiene, por su parte, la necesidad de sustituir el contenido del proyecto dada la importancia de construir con permiso y de ser rigurosos con los procesos de regularización.
En efecto, las leyes de regularización deben ser excepcionales y rigurosas por una razón muy sencilla. La exigencia de permisos previos pretende evitar construcciones que no se ajusten a los estándares de habitabilidad, seguridad y estabilidad que requiere una vivienda digna. Eventos como el terremoto que acaba de afectar a las Regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, el derrumbe de una ampliación adosada a un departamento en el tercer piso (un “palafito”) de un condominio social en Puente Alto, con 5 heridos, o el incendio recientemente ocurrido en Valparaíso, vuelven a poner en evidencia los riesgos a que se ve expuesta la población cuando se flexibilizan las normas hasta el punto de omitir la participación de profesionales competentes, como ocurre con la regularización de ampliaciones prevista en la ley N° 20.251.
Quienes han podido regularizar conforme a normas de excepción han tenido un plazo más que prudencial para realizar dicho trámite, por lo que no parece justificado extenderlas en demasía o indefinidamente. Por el contrario, es preciso restaurar, para las situaciones venideras, la importancia de solicitar los permisos en forma previa a efectuar una construcción y, sólo una vez ejecutada, solicitar la recepción de las obras.
En razón de lo anterior, se concluye que el Gobierno se ve en la obligación de replantear el proyecto de manera de garantizar condiciones de seguridad y habitabilidad para las familias chilenas ahora y en el futuro.
Por último, se deja constancia de la posibilidad de que las municipalidades, los gobiernos regionales y los servicios de vivienda y urbanización destinen recursos a programas que tengan por objeto realizar obras o reparaciones necesarias para que las ampliaciones a que se refiere el proyecto de ley puedan obtener los permisos y recepciones respectivas aplicando, por ejemplo, lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria, y en el Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
En el debate de la Comisión el señor Pablo Contrucci hizo presente que la indicación sustitutiva del Ejecutivo cumple varios propósitos. Explicó que el MINVU tiene una aproximación distinta a la generación de “leyes del mono” de décadas anteriores, que tuvieron por objeto regularizar viviendas de cualquier tamaño y valor para posibilitar la recaudación de más recursos por contribuciones de bienes raíces. En efecto, a partir de la ley N° 20.251 se concibe un mecanismo diferente y con un objeto también distinto, cual es la regularización de viviendas sociales construidas por el Estado, a fin de poder aplicar más fácilmente los programas de mejoramiento habitacional del MINVU.
Por ello, el Ejecutivo propone sustituir el texto del proyecto aprobado por la Comisión, primeramente, porque aquél no hace exigible la intervención de un profesional responsable que certifique que las viviendas cumplen ciertos requisitos mínimos y, en segundo término, porque tiene una visión bastante laxa de las exigencias técnicas que deben satisfacer las viviendas a regularizar. El Minvu considera -y así lo han confirmado además el reciente terremoto de Arica y Tarapacá, y el incendio de Valparaíso- que se requiere un nivel básico de exigencias técnicas para garantizar la seguridad de las personas y de las construcciones, y a eso apunta precisamente la indicación sustitutiva.
El diputado señor Tuma observó que durante la tramitación anterior del proyecto nunca se aceptó la posibilidad de regularizar las viviendas construidas por el Estado en los años sesenta. Por otra parte, destacó que en la comuna de Imperial se autorizó en su momento la construcción de viviendas en una zona que fue declarada área de riesgo con posterioridad, por lo que ahora no se podrán regularizar sus ampliaciones. Sugirió consagrar el silencio administrativo positivo para el caso de que las DOM no se pronuncien dentro de plazo sobre las solicitudes de regularización de que trata el proyecto. Propuso, por último, hacer imperativa la condonación de multas que autoriza el nuevo inciso final incorporado en el artículo 133 de la LGUC.
El diputado señor Pilowsky planteó que muchas municipalidades carecen de directores de obras o del personal necesario para otorgar permisos de edificación y, eventualmente, certificados de regularización. Sugirió entregar recursos adicionales para que los municipios puedan implementar la ley en proyecto.
La diputada señorita Cariola planteó la necesidad de clarificar quién financiará la contratación de profesionales competentes para otorgar las certificaciones que deben acompañarse a las solicitudes de regularización de viviendas de que trata el proyecto.
El señor Pablo Contrucci , advirtió que las modificaciones propuestas en la indicación sustitutiva apuntan a mejorar la redacción del texto aprobado previamente, por lo que no deberían provocar conflictos con los directores de obras.
Por otra parte, afirmó que la gran mayoría de las regularizaciones efectuadas en el país se financian a través de programas del MINVU como el de Protección del Patrimonio Familiar, que permite efectuar un segundo aporte a las familias que habitan viviendas construidas por el Estado, y que considera el costo de la asesoría profesional necesaria para reparar o mejorar las edificaciones existentes.
Hizo notar, por último, que pese a proponer una redacción distinta del proyecto, la indicación formulada por el Ejecutivo no introduce cambios sustanciales a lo aprobado por la Comisión o a lo establecido en la ley Nº 20.671, salvo la exigencia de contar con la certificación de un profesional competente y de cumplir con un mínimo de normas técnicas, cuya omisión en las leyes del mono anteriores contribuyó a agravar las catástrofes ocurridas durante el presente año en Valparaíso y en el norte del país. Agregó que la aprobación del proyecto reviste cierta urgencia para el MINVU porque el programa PPF se aplica a unas 40 mil viviendas al año en forma permanente y encuentra muchas veces dificultades para hacer efectivos los subsidios porque no hay posibilidades de regularizar las mejoras realizadas.
Puesta en votación la indicación sustitutiva del proyecto fue aprobada por asentimiento unánime de los diputados (as) presentes, señores Browne, don Pedro ; Espinoza, don Fidel ; Farcas, don Daniel ; García, don René Manuel ; Jarpa, don Carlos Abel ; Nogueira , señora Claudia , y Tuma, don Joaquín.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto y de los argumentos que dará a conocer el Diputado Informante, la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales recomienda aprobar el siguiente:
PROYECTO DE LEY
“Artículo primero.- Reemplázase el artículo 1° de la ley N° 20.671, que renueva y modifica el procedimiento de regularización de ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley N° 20.251, por el siguiente:
“Artículo 1°.- Los propietarios de viviendas sociales existentes, emplazadas en áreas urbanas o rurales podrán, por una sola vez, dentro del plazo de dos años contado desde la publicación de esta ley, regularizar las ampliaciones que, sumadas a lo construido, no superen los 90 m2 de superficie, cumpliendo además con los requisitos que se señalan a continuación:
1) No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
2) No tener, a la fecha de la regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas, ingresadas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente ley, ante la Dirección de Obras Municipales o el Juzgado de Policía Local respectivo.
3) Cumplir con las normas que se indican a continuación, para garantizar la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, y con las normas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas, que correspondan.
IMAGEN
4) Presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañada de los siguientes documentos:
a) Declaración simple del propietario, señalando ser titular del dominio del inmueble y que no existen respecto del inmueble las reclamaciones a que se refiere el numeral 2) precedente.
b) Especificaciones Técnicas resumidas y un plano que grafique la planta, la elevación principal y un corte de la ampliación, señalando las medidas y superficie de la vivienda existente y de la ampliación a regularizar, suscritos por un profesional competente.
c) Informe de un profesional competente que certifique que la ampliación cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores señaladas en el numeral 3) precedente, y no se emplaza en los terrenos a que se refiere el numeral 1). Para estos efectos, se entenderá por profesionales competentes cualquiera de los señalados en el artículo 17 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
La Dirección de Obras Municipales, dentro de los noventa días siguientes a la presentación de la solicitud, revisará el cumplimiento de las normas urbanísticas a que se refiere el numeral 1) precedente y, con el solo mérito de los documentos a que se refiere el numeral 4) del presente artículo, otorgará el correspondiente certificado de regularización, si fuere procedente.
Las regularizaciones que se efectúen de conformidad al presente artículo, estarán exentas de los derechos municipales establecidos en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.”.
Artículo segundo.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones:
1) Agrégase el siguiente inciso final al artículo 133:
“A las ampliaciones de viviendas a que se refiere el inciso primero del artículo 166 que cumplan con los requisitos establecidos en dicha norma, les serán aplicables las disposiciones anteriores. En tales casos, la multa establecida en el inciso segundo podrá condonarse.”.
2) Reemplázase el artículo 166, por el siguiente:
“Artículo 166°.- A los permisos para ampliaciones de viviendas sociales, viviendas progresivas e infraestructuras sanitarias, y a las ampliaciones de viviendas cuyo valor de tasación de la construcción no sea superior a 520 unidades de fomento, calculado conforme a la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, emplazadas en áreas urbana o rural, sólo les serán aplicables las disposiciones que se indican a continuación:
a) Las disposiciones de los planes reguladores referidas a áreas de riesgo o protección, declaraciones de utilidad pública y uso de suelo, y
b) Las normas que establezca la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones para garantizar la habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, y las normas vigentes aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas, que correspondan.
El cumplimiento de dichas disposiciones y normas será certificado por el profesional competente que suscriba la solicitud de permiso de edificación y de recepción de obras.
Las disposiciones de este artículo también serán aplicables a las edificaciones construidas con anterioridad al 31 de julio de 1959.
Los permisos de edificación y la recepción definitiva de las obras a que se refiere este artículo, se tramitarán conforme al procedimiento simplificado que para estos efectos establecerá la Ordenanza General.
Los derechos municipales serán los que se establecen en el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, rebajados en un 50%.”.
Artículo tercero.- Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo corresponderá, a través de la División de Desarrollo Urbano, impartir, mediante circulares que se mantendrán a disposición de cualquier interesado, las instrucciones para la aplicación de las disposiciones de esta ley.
Artículo único transitorio.- El plazo de dos años establecido en el inciso primero del artículo 1° de la ley N° 20.671, se contará a partir de la publicación de la presente ley.”.
Tratado y acordado en sesiones de fechas 18 de junio, 2 y 9 de julio de 2014, con la asistencia de los diputados y diputadas señores Espinoza, don Fidel ( Presidente ); Browne, don Pedro ; Farcas, don Daniel ; García, don René ; Jarpa, don Carlos Abel ; Norambuena, don Iván ; Pilowsky, don Jaime ; Tuma, don Joaquín, y Urrutia, don Osvaldo ; y las diputadas señorita Cariola , doña Karol ; señora Fernández , doña Maya , y señora Nogueira , doña Claudia .
Sala de la Comisión, a 11 de julio de 2014.
Agradezco a la comisión por el esfuerzo que se ha hecho y por la participación de todos sus miembros en la discusión del proyecto.
Es cuanto puedo informar sobre la materia.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En discusión el proyecto. Tiene la palabra el diputado señor Iván Norambuena.
El señor NORAMBUENA .-
Señor Presidente , el proyecto permite a los propietarios de viviendas sociales regularizar las ampliaciones de más de 25 metros cuadrados, siempre que la superficie total de edificación no supere los 90 metros cuadrados.
Hemos escuchado la exposición del diputado informante, que fue muy clara, por lo que señalaré brevemente algunos aspectos que considero de importancia.
Estoy de acuerdo con el proyecto, ya que beneficia a muchos habitantes de nuestro país, especialmente de mi zona, donde se practica mucho la autoconstrucción sin los permisos correspondientes. Me refiero a las comunas de Lota, Arauco , Curanilahue, Los Álamos , Lebu , Cañete , Contulmo y Tirúa , que, como dije, tienen un indicador alto de autoconstrucción, dada la situación y las necesidades que se van presentando.
En relación con eso, considero importante la indicación presentada por el Ejecutivo al proyecto, mediante la cual mantiene algunos requisitos. Por ejemplo, se conserva el metraje propuesto originalmente -90 metros cuadrados-; la vivienda no puede estar emplazada en áreas de riesgo o protección ni en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público, y no debe tener reclamaciones pendientes. Esto último es muy importante, porque existe cierta inclinación a ocupar ese tipo de terrenos.
Sin embargo, se agregan nuevos requisitos, como un cuadro que contiene normas específicas para garantizar un mínimo de habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, con las normas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas que correspondan.
En relación con estas indicaciones y exigencias, el proyecto señala que las especificaciones técnicas y el plano simple que deben acompañarse a la solicitud de ampliación deben estar certificados por un profesional competente. Sobre el particular tenemos algunas dudas, sobre todo por los costos que ello pudiera implicar para las familias durante el proceso de presentación de antecedentes.
Sin embargo, en la misma Comisión, el Ministerio de Vivienda, a través de sus profesionales, confirmó que está incorporando en el Programa Protección del Patrimonio Familiar (PPF) una línea de acción para el saneamiento de las viviendas para las personas que quieran ampliarlas o mejorarlas, asegurando con ello el cumplimiento de requisitos mínimos para garantizar la seguridad de las familias que las habitan.
La Dirección de Obras Municipales -es importante señalar el plazo establecido, porque muchas veces estos trámites se tornan un poco engorrosos, desilusionantes, pues las direcciones de obras municipales no actúan de acuerdo con la necesidad de los solicitantes- tiene 90 días, contados desde la presentación de la solicitud, para revisar antecedentes, y si procede, otorgar el certificado de regularización.
La regularización estará exenta de pago de derechos municipales.
Por lo señalado, estoy absolutamente de acuerdo con la iniciativa, razón por la cual anuncio que la votaré favorablemente.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Juan Morano.
El señor MORANO .-
Señor Presidente , si existe una región que se caracteriza por la construcción, por el esfuerzo de su gente, esa es la de Magallanes. Ahí, numerosas poblaciones se han levantado a raíz de la autoconstrucción, en un proceso frecuente, hasta mediados de la década del 70. Luego vino toda una política de viviendas sociales, que incluso algunos llamaban “soluciones húmedas”, de cocina y baño, lo que obligó a la gente de Magallanes a ir ampliando sus propiedades.
Ninguno de los colegas presentes desconoce las características climáticas de Magallanes: zona de vientos, frío, nieve. Por tanto, parte de la vida de las personas no se puede hacer al exterior, como ocurre en la zona central, donde es posible pensar en secar la ropa al aire libre, almorzar en el patio o dejar que los niños jueguen en la calle.
La verdad es que en Magallanes las condiciones climáticas son diversas y nos obligan a pasar mucho más tiempo al interior de nuestras viviendas, lo que empuja la necesidad de ampliar las construcciones ya existentes.
La norma que se nos propone y que votaremos positivamente permitirá regularizar muchísimas construcciones, las que, pese a superar incluso los estándares que la legislación anterior había fijado, hoy se encuentran imposibilitadas de regularizarse.
Múltiples programas del Ministerio de Vivienda guardan relación con el mejoramiento del aislamiento térmico de las viviendas en Magallanes o con la ampliación de las edificaciones. Sin embargo, esos mismos programas no se pueden aplicar porque faltan los respectivos certificados de recepción definitiva.
Me permití hacer llegar a los colegas de la bancada de la Democracia Cristiana un proyecto de estudio respecto de la situación de la vivienda social en Magallanes, la eficiencia térmica y esta “ley del mono” en proyecto.
Espero que votemos favorablemente la iniciativa, que permitirá regularizar cientos o miles de viviendas sociales en Magallanes construidas por su propia gente. Así, esas personas podrán postular a los programas habitacionales del supremo Gobierno para el mejoramiento de la vivienda.
Por lo expuesto, anuncio mi voto afirmativo al proyecto.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Fidel Espinoza.
El señor ESPINOZA (don Fidel).-
Señor Presidente , en primer lugar -lo señalaron algunos colegas-, quiero saludar en su día a todos los dirigentes de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, quienes tienen una vinculación muy estrecha con proyectos como el que nos ocupa.
Hoy es un día especial, pues se conmemora la gran labor que esos dirigentes realizan cotidianamente. No están exentos de ella los presidentes y directivos de los diferentes comités de vivienda existentes en nuestras regiones. A todos ellos, y también a los presidentes de juntas de vecinos, de clubes deportivos, dirigentes de la pequeña agricultura, presidentes de clubes de adultos mayores y de diversas organizaciones, les envío un caluroso saludo desde la Cámara de Diputados, por la gran labor que realizan.
El proyecto en discusión, que aprobaremos, sin duda, por amplia mayoría, es una muy buena noticia para las comunas de mi región y del resto del país. Como Presidente de la Comisión de Vivienda de esta Corporación, tengo el orgullo de haber encabezado, junto con otros integrantes de dicha instancia, las tareas para sacar adelante este enorme desafío, que recibió de parte de algunos actores ciertos elementos que atentaban contra la aprobación de la iniciativa. Así, se emitieron una serie de argumentos que pretendían que el proyecto no llegara a buen puerto.
Hoy -reitero- aprobaremos esta iniciativa denominada “ley del mono”. Como señalaron quienes me antecedieron en el uso de la palabra, ella posibilitará a miles de familias de nuestras regiones que con enorme esfuerzo han realizado mejoras en sus viviendas -ampliación de un dormitorio o de la cocina; construcción de un baño más digno-, regularizar su situación ante las respectivas direcciones de obras municipales, siempre que las edificaciones no superen el límite de superficie de 90 metros cuadrados.
¡Qué duda cabe de que se trata de una buena noticia para esa gente! Para nadie es un misterio que en la actualidad regularizar las viviendas importa un alto costo entre el pago de los permisos correspondientes y la contratación de los servicios de arquitectos para tales efectos. La iniciativa en discusión viene a poner fin a un grave problema que afecta a miles de familias que se encuentran en esa situación e imposibilitadas de acceder a los beneficios que otorga el Estado: mejoramiento de sus viviendas con fondos del Estado, subsidio para la construcción de panderetas cuando los cierres perimetrales de sus viviendas son malos, etcétera.
Por medio del proyecto se entregará a la gente la oportunidad de efectuar los trámites correspondientes y dejar absolutamente regularizada la ampliación de su propiedad. Para ello cuenta con un plazo de dos años, contados desde la publicación de la ley.
Durante el transcurso del debate me he acordado de los cientos de familias de Los Pellines y demás poblaciones de la comuna de Llanquihue, de Puerto Varas, de Nueva Braunau, de Calbuco, en fin, de muchos sectores de nuestra región, las que por años no han podido regularizar sus edificaciones, porque no han tenido los recursos para ello.
Aprobamos la iniciativa en la Comisión de Vivienda después de varios meses de discusión. Quiero destacar la persistencia que siempre tuvo el diputado Tuma para sacarla adelante.
Personas de Fresia, Río Negro, Purranque, Puerto Octay, Puyehue, comunas que represento, en numerosas oportunidades me ha manifestado que esta iniciativa es importante para ellas, porque les posibilitará regularizar la situación de su vivienda, lo que en el futuro les permitirá poder acceder a los beneficios del Estado y no ver que estos no pasan por la cuadra o pasan por la población de enfrente.
El proyecto establece normas que deberán cumplirse para garantizar la habitabilidad, la seguridad y la estabilidad de las viviendas ampliadas. De igual forma -este aspecto lo dejamos muy claro desde el primer momento en la Comisión-, asegurará el correcto funcionamiento de las instalaciones interiores de electricidad, agua potable, alcantarillado y gas. Esa disposición es muy importante y no debe ser dejada de lado, porque para la regularización de ampliaciones de viviendas sociales cuya superficie edificada total no exceda de 90 metros cuadrados habrá que poner énfasis especial en que estas cuenten con instalaciones que funcionen en forma adecuada, a fin de evitar incendios o algún siniestro que ponga en peligro a la familia que habita en el inmueble que se pretende regularizar.
En relación con la iniciativa en debate, quiero señalar que en una reunión muy concurrida que sostuvimos hace poco con la junta de vecinos El Mirador de Cañitas, en la comuna de Los Muermos, se nos informó sobre los problemas que están enfrentando sus habitantes debido a las obras de alcantarillado ejecutadas por la empresa encargada de construir en ese sector. Al respecto, nos manifestaron la importancia de que el proyecto que hoy se somete a nuestra consideración sea aprobado con prontitud, porque, por años, los vecinos juntaron peso tras peso para efectuar los trabajos de ampliación y mejoramiento de sus viviendas, pero hasta ahora no han tenido la posibilidad de regularizarlos, debido a que la asesoría de un arquitecto cuesta entre 300.000 y 500.000 pesos.
De allí la importancia de la iniciativa que estamos debatiendo, la cual -no me cabe duda alguna- contará con un amplio respaldo en la Sala, porque permitirá, al igual como debería ocurrir con todos los proyectos sometidos a tramitación legislativa, solucionar problemas que afectan de manera cotidiana a los vecinos y vecinas de todas las comunas.
En mi calidad de Presidente de la Comisión de Vivienda , Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, quiero destacar el esfuerzo mancomunado de todos sus integrantes para sacar adelante esta iniciativa, a lo que se debe sumar la política implementada desde que asumí la presidencia de esa instancia, en el sentido de trabajar para la aprobación de proyectos de ley que vayan en beneficio directo de la ciudadanía.
En tal sentido, aprovecho la ocasión que me otorga este debate para señalar que ayer la Comisión comenzó la discusión de una iniciativa, cuya autora es la diputada Camila Vallejo , que tiene por propósito establecer normas especiales aplicables a las viviendas de emergencia. Tal como le consta al colega Rodrigo González , diputado que representa a un distrito que pertenece a la Región de Valparaíso, la que hace poco fue afectada por incendios de gran magnitud -su señoría ha participado en las sesiones que se han celebrado para tratar esa materia-, lo que se busca a través de ese proyecto de ley es establecer una política pública en materia de viviendas de emergencia que deje al país situado en un contexto diferente frente a las catástrofes, porque a la gente afectada se le entregan viviendas de emergencia que, en muchos casos, no cumplen con los estándares mínimos de habitabilidad. Por lo tanto, estamos construyendo un país distinto, gracias a que estamos preocupados de entregar soluciones efectivas para los problemas que afectan a la ciudadanía.
Asimismo, junto con aprovechar esta instancia de discusión para saludar a los dirigentes sociales del país por la conmemoración de su día, deseo hacer un llamado a la gente para que se organice a través de las juntas de vecinos o de otras instancias vecinales, porque es la única forma que tiene de canalizar de manera más sistemática y ordenada sus necesidades. Lo señalo porque las personas que no han podido regularizar las ampliaciones de sus viviendas sociales lo podrán hacer ahora gracias a las modificaciones legales que propone este proyecto, pero deberían haber contado con un nivel de organización para acceder a ese beneficio en forma mucho más directa, aunque no se descarta que también se pueda hacer de manera individual.
Por último, felicito a todos los que han tenido participación en la tramitación de esta iniciativa, así como el tesón, empuje y coraje que aportaron los integrantes de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados para sacar adelante esta nueva “ley del mono”, que permitirá a miles y miles de familias del país, de una vez por todas, regularizar las ampliaciones de sus viviendas sociales a costos muy reducidos. El gran impedimento que tenían para hacerlo era no contar con los recursos necesarios para pagar los servicios profesionales que se requerían.
He dicho.
El señor GONZALEZ (Vicepresidente).-
Tienen la palabra el diputado señor García
El señor GARCÍA (don René Manuel).-
Señor Presidente , creo que esta es la tercera o cuarta vez que en la Cámara de Diputados se tramita un proyecto para regularizar la ampliación de viviendas, cuerpos legales que han sido mejor conocidos como “leyes del mono”. Cada vez que lo hemos hecho, con posterioridad la legislación nos ha “culateado”, porque cuando la gente concurría a efectuar regularizaciones a los departamentos de obras respectivos, le señalaban que no cumplía con algunos de los requisitos establecidos en dicha legislación. Muchas personas pensaron que tendrían una solución barata y que no se encontrarían con problemas para regularizar la ampliación de sus viviendas, pero se enfrentaron a que no cumplían con las exigencias del Serviu o de la municipalidad respectiva.
Se dice que serán miles y miles los que se verán favorecidos con lo que propone esta iniciativa; pero creo que lo que cabe preguntarse es cuántos miles quedarán fuera del beneficio. Por ejemplo, cuando una persona quiera efectuar la regularización de su vivienda social en una zona rural, en el campo, para acceder a los beneficios que hoy se entregan para la instalación de electricidad, agua potable y alcantarillado, se puede encontrar con que no podrá hacerlo, porque a lo mejor su vivienda no cumple con la altura mínima exigida por las normas de habitabilidad, se encuentra emplazada en zona de riesgo, no cuenta con cortafuego o debido a muchas otras razones. Con ese tipo de problemas deberán lidiar los interesados, tal como ha ocurrido en anteriores “leyes del mono”. Por eso, cuando uno ve este tipo de proyectos, sabe que no beneficiará a toda la gente.
En consecuencia, como miembro de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales, la primera recomendación que quiero hacer a las personas que quieran ampliar sus viviendas sociales es que, primero, ingresen al sitio de la Cámara de Diputados, para que conozcan los requisitos que deberán cumplir. Deben ingresar a www.camara.cl y consultar el proyecto de ley que modifica la ley N° 20.671, boletín N° 9.029-14 (S).
Hago esa recomendación para que cuando las personas concurran a regularizar la ampliación de sus viviendas sociales conozcan qué requisitos les exigirán y no se lleven una desilusión. De lo contrario, después cargarán contra los parlamentarios y dirán: “¡Miren la ley que hicieron! ¡Ilusionaron a miles y miles de personas, a dirigentes sociales, a gente que está a cargo de campamentos y a los que quisimos ampliar, mejorar y regularizar nuestras viviendas sociales, pero no podemos hacerlo!”. Es preocupante lo que puede pasar.
Sin perjuicio de las salvedades que he hecho, es indudable que la mayoría de los diputados estamos absolutamente de acuerdo con que la gente regularice la ampliación de sus viviendas sociales, razón por la que aprobamos el proyecto en discusión por unanimidad en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales,
Hay mucha gente que amplía su casa, lo cual es un buen síntoma, porque significa que cuenta con los recursos para hacerlo, que la economía del país mejora y que la familia crece. Sin embargo, la pregunta que me hago -aspecto en el que quiero ahondar un poco- es cómo lo hará la persona a la que entregan un sitio que tiene como máximo setenta, ochenta o cien metros cuadrados, para cumplir con la norma que señala que para regularizar la ampliación de viviendas sociales, la superficie edificada total no debe exceder de noventa metros cuadrados. Para cumplir con esa exigencia habrá problemas con el cortafuego y con la culata del sitio, porque deberá despegarse del sitio vecino.
Esa disposición es una aberración en poblaciones en las que los sitios tienen setenta o noventa metros cuadrados. He visto que en comunas como Padre Las Casas o Temuco, que no forman parte del distrito que represento, los autos deben entrar marcha atrás al espacio destinado al estacionamiento, ubicado en el costado de inmueble, para que la parte delantera del vehículo quede un tanto afuera del límite de la casa para que la puerta del chofer se pueda abrir. De otra manera no cabe, ya que esa parte de la propiedad tiene apenas dos metros, y apurado. Hemos visto esa escena en todas las comunas del país.
Cuando esa gente amplía su vivienda copa la totalidad del sitio, de modo que no cumple con las exigencias para regularizarla. En todo caso, lo que hago no es una crítica, sino una advertencia, porque mucha gente se entusiasma con este tipo de proyectos de ley, pero cuando va a las municipalidades a efectuar el trámite correspondiente, se da cuenta de que no cumple con las normas y al final las críticas por la legislación nos “culatea” a nosotros.
Deseo destacar que la gratuidad para regularizar la ampliación de viviendas sociales será un tremendo beneficio para los que cumplan con todos los requisitos.
Quiero plantear una propuesta -espero que sea atendida por la ministra de Vivienda y Urbanismo- para que no tengamos problemas a futuro con esta legislación, en el sentido de que cada vez que se entreguen viviendas sociales en las poblaciones, se dé un plano que indique los límites para realizar una ampliación a quienes se las han adjudicado, de manera que si la llevan a cabo no caigan en incumplimientos que los pueden perjudicar al momento de regularizar su vivienda. Creo que esa propuesta puede traer algo de alivio a las personas.
El hecho de que la totalidad de las ampliaciones de las viviendas sociales no se pueda regularizar no significa que no votaremos a favor el proyecto en discusión, porque creo que beneficiará a miles de personas que esperan hace tiempo esa oportunidad.
Por otro lado, en nombre de Renovación Nacional, me sumo a todos los diputados que me han antecedido en el uso de la palabra y que han enviado un saludo a los dirigentes vecinales en su día, porque son las fuerzas vivas que mueven el país, a pesar de que no reciben nada a cambio -salvo malos ratos- como retribución por el trabajo de organización que realizan en favor de sus comunidades. Por eso, les deseo la mejor de las suertes y los insto a sigan trabajando y que el cansancio no les impida seguir con esa gran vocación de servicio que tienen.
Por las razones expuestas, anuncio que vamos a aprobar este proyecto, que es el cuarto de la “ley del mono”: partimos en 25 metros cuadrados y ahora estamos en 90 metros cuadrados. Ojalá, la gente pueda regularizar su propiedad en el corto plazo para que no tenga más problemas y pueda optar a todos los subsidios. Espero que todas las personas que, con un tremendo esfuerzo, han hecho ampliaciones en sus viviendas, en algún momento logren cumplir con las condiciones para regularizar su propiedad.
La bancada de Renovación Nacional va a votar a favor este proyecto de ley.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor Joaquín Tuma.
El señor TUMA.-
Señor Presidente , estamos discutiendo un proyecto muy importante para mucha gente en Chile. Muchos dirigentes que hoy están celebrando su día, están pendientes de que este proyecto sea aprobado. Felizmente, creo que se va a aprobar por unanimidad o por una gran mayoría.
Chile ha avanzado mucho en los últimos 25 años. Ha ido derrotando la pobreza, con un porcentaje que ha bajado de 45 por ciento a casi 13 por ciento. Como todo el mundo sabe, tenemos una serie de conflictos en el país que estamos resolviendo a través de la reforma tributaria, para mejorar la educación, la salud y el problema de la vivienda, que ha quedado en el tercer o cuarto lugar de las prioridades de todos los gobiernos.
Sin duda, esta iniciativa va a ayudar de alguna manera a mitigar el problema de muchas familias que no han logrado obtener su casa propia o regularizar sus viviendas, porque no están en condiciones de resolver problemas indirectos. Por ejemplo, me refiero a familias de Temuco o de Padre Las Casas -zonas saturadas de contaminación- que no pueden acceder al programa Protección del Patrimonio Familiar del Ministerio de Vivienda para mejorar las condiciones de aislación y reparar su casa, porque no tienen regularizada la vivienda ni tampoco las ampliaciones que han realizado en ella.
Este proyecto viene a resolver ese problema y también aquellas situaciones que han ocurrido desde 1960, en el caso de la comuna de Freire, donde existen viviendas construidas por el Estado o por la municipalidad, que nunca fueron recepcionadas.
Entonces, ahora personas tendrán la posibilidad cierta de regularizar su vivienda para acceder a los programas y reparar los techos deteriorados y las situaciones que no son capaces de resolver si no es con la ayuda del Estado.
Escuché atentamente al diputado René Manuel García cuando señaló sus aprensiones. Concuerdo con él, pero quiero recordar que en la discusión del proyecto, las autoridades del Ministerio de Vivienda se comprometieron a colaborar, colocando dentro de los programas la posibilidad de acceder a los profesionales que se exigen para ciertos casos de regularización, especialmente en el caso de la vivienda que cuenta con segundo piso.
Hay otro punto que quiero señalar. ¿Qué capacidad tienen las municipalidades, a través de sus direcciones de obras, para atender los miles de carpetas que les van a llegar? Muchos municipios están colapsados con las tareas que realizan normalmente sus direcciones de obras, y ahora se les va a recargar el trabajo con esta “ley del mono”. En el proyecto no hay una solución para ayudar a los municipios a tener mayor capacidad; me refiero especialmente al factor humano. Esa es una aprensión que tengo.
Espero que los municipios, a través de la descentralización que está proponiendo el Gobierno y de la colaboración del Ministerio de Vivienda, tengan la capacidad de resolver los problemas que les va a generar esta futura ley.
Me parece importante señalar que hoy estamos legislando no solo para el mundo urbano, sino también para el mundo rural.
Llamo a los colegas a votar a favor el proyecto, porque debemos entender que el derecho a vivir en una vivienda digna es parte de los desafíos que tenemos como sociedad. Mientras no logremos ese objetivo, de alguna manera debemos contribuir con los particulares que intentan mejorar su realidad con sus propios medios. Siempre se requerirá un nivel básico de exigencias técnicas para garantizar la seguridad de las personas y las construcciones.
No hay que olvidar que esta futura ley contempla no solo la regularización de las ampliaciones, sino del inmueble completo, siempre que no sobrepase los 90 metros cuadrados y su valor de tasación no supere las 520 UF.
Sabemos que la certeza de actuar conforme a derecho incentiva el cumplimiento por parte de las personas. La certeza jurídica es un bien superior que debe ser protegido, sobre todo cuando se actúa de buena fe y de cara a la administración local y regional, que es la encargada de fiscalizar estas materias.
Nuestra bancada va a votar a favor este proyecto de ley. Naturalmente, me siento muy orgulloso de haber participado en este proceso.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Lautaro Carmona.
El señor CARMONA.-
Señor Presidente , el proyecto en discusión muestra en forma patética los dos Chiles.
Está en discusión permitir que las familias más humildes puedan ampliar sus viviendas de 40 metros cuadrados hasta 90 metros cuadrados. Aquí se ha dicho que son familias que, en promedio, están integradas por cuatro personas, pero sabemos que el promedio es mucho mayor, porque en algunos casos personas viven con sus padres en esos 40 metros cuadrados, que es lo que miden las viviendas sociales.
Si uno vincula este problema con discusiones, por ejemplo, del salario mínimo; del mínimo para licitar las actividades relacionadas con las trabajadoras manipuladoras de alimentos; con lo que está ocurriendo a lo largo del país con la capacidad que tienen los servicios de salud pública, tanto en lo que respecta a médicos en general como a los especialistas en particular, situación que está golpeando precisamente al sector que acude a dichos servicios; con el sistema de transporte público, no hace sino tomar nota, punto a punto, de las condiciones en que vive una cantidad muy grande de familias en nuestro país.
Desde esa perspectiva y tomando conciencia de aquello, debemos considerar que en la Región de Atacama, a uno de cuyos distritos represento en la Cámara, durante los cuatro años del gobierno pasado se asignaron subsidios, pero no se construyó ninguna vivienda social. Es decir, hay una presión acumulada en materia de demanda del derecho a la vivienda, que no ha tenido respuesta ni válvulas de escape, y que sigue acumulándose. De ahí se explica la cantidad de tomas de terrenos en Chañaral, las tomas de terrenos no regularizadas en Copiapó, las tomas de terrenos en Diego de Almagro; así, suma y sigue.
Además, debemos considerar que la Región de Atacama, que es minera, tuvo un crecimiento de la población flotante debido a la gran cantidad de trabajadores que llegó a laborar en los proyectos mineros. Eso significó una presión en el sentido de que las pocas viviendas disponibles, deficitarias respecto de la población existente, fueran arrendadas a muchas de las empresas subcontratistas para alojar allí a sus trabajadores. Esto provocó que el precio de los arriendos creciera en 100 o 200 por ciento -los salarios no crecen en esos porcentajes-, y, al final, sencillamente no hubo más viviendas para arrendar. Por lo tanto, muchas personas tuvieron que apostar a la toma de terrenos, lo que representa un desafío respecto de las condiciones de vida, porque estamos hablando de un territorio que es parte del desierto.
Ojalá, alguna vez pongamos el derecho a la vivienda en el centro de la discusión, de manera que sea una de las claves para la convivencia y construcción del espíritu familiar, conforme a sus propios valores y con perspectiva de futuro. La idea es superar el concepto del subsidio para la adquisición de viviendas de 40 metros cuadrados, por cuanto eso es la promoción del hacinamiento y de fenómenos sociales intrafamiliares negativos, a ratos invisibles para la comunidad y para muchos parlamentarios.
Aun cuando la iniciativa legal en estudio se orienta a mejorar las condiciones de vida de la población, la considero insuficiente. Pero, bueno, así está planteado el debate.
En tal circunstancia, o nos pronunciamos por que la gente, mediante su propio esfuerzo y por la vía de la autoconstrucción, amplíe su vivienda para aumentar el espacio habitable y mejorar las condiciones de convivencia de su grupo familiar, o limitamos tal posibilidad.
No entiendo el argumento de algunos de mis colegas ni lo señalado en el informe. ¿Por qué la regularización está sujeta a limitantes, esto es, la posibilidad de llevarla a cabo por una sola vez y en un plazo de dos años contados desde la promulgación de la ley? Con eso les estamos diciendo a esas personas que se aguanten y continúen hacinadas, pues mientras no tengan el total de los recursos económicos para construir su ampliación, hasta noventa metros cuadrados, no podrán regularizar su propiedad. No tendrán esa posibilidad si lo hacen por tramos. Es incomprensible. Estamos hablando de resolver una necesidad real.
Ahora, ¿por qué se establece un plazo de dos años? O sea, en adelante, las viviendas sociales van a tener sesenta o setenta metros cuadrados, conforme a los recursos de cada familia. Y después de esos dos años, las que vengan, ¿no van a necesitar ampliaciones? Es un contrasentido, pues, como dije, se trata de una necesidad social.
Espero que durante el resto de su tramitación perfeccionemos el proyecto. Si se trata de preocuparnos por aquella parte de la comunidad que vive en condiciones precarias, tendría más sentido, por ejemplo, eximirla del informe del profesional competente que certifique que la ampliación del inmueble cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores, puesto que eso ya significa inversiones adicionales. Por consiguiente, la idea es que el Estado, a través del Serviu o de los municipios, se haga cargo de esos requisitos, de modo que las familias acometan con tranquilidad las tareas de construcción de su ampliación. De esta manera, siempre van a cumplir con las normas de seguridad, en tanto haya especialistas, financiados por el Estado, que velen por que ellas se cumplan. Además, se evitará que las familias vivan en condiciones de riesgo, como ocurrió en Valparaíso, donde el incendio dejó en evidencia las fallas en que se incurrió en el emplazamiento y autoconstrucción de viviendas.
En consecuencia, aquí también se necesita el aporte y esfuerzo de familias que habitan viviendas sociales; pero no les pongamos trabas, más costos y exigencias, de modo que puedan acceder a una vida digna, más propia de la civilización del siglo XXI y de un país que se precia de estar entre los países desarrollados.
Creo que debemos aprobar el proyecto, pero también hacer notar sus déficit, incomprensibles cuando se trata de favorecer a un sector vulnerable que, a pesar de ello, igual paga sus deudas en vivienda, en salud y en educación. Si ya sufre los efectos del modelo económico, no entiendo cuál es la razón para poner límites a su posibilidad de vivir en mejores condiciones. Se supone que la mirada filosófica de la política, sin importar el prisma, debiera promover una sociedad donde la gente goce de una calidad de vida mejor, cercana a la realización y a la felicidad.
Como dije, el proyecto de ley no cumple con todas nuestras expectativas, pues no resuelve necesidades que están a flor de piel de la gente, pero es el que se ha traído al debate.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la diputada señora Alejandra Sepúlveda.
La señora SEPÚLVEDA (doña Alejandra).-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero saludar a los dirigentes de Pichidegua que nos visitan. Es una ocasión muy especial, pues el proyecto en debate favorecerá a muchos de ellos, pues también necesitan ampliar y mejorar su vivienda.
En general, es numerosa la población, tanto urbana como rural, que requiere acceder a este beneficio habitacional, pero que se ve imposibilitada de utilizarlo, dadas las exigencias de postulación.
Por eso nos alegramos de este proyecto de ley, más allá de las dificultades que presente, ya que toda iniciativa las tiene.
Ciertamente, nos gustaría, por ejemplo, que en lugar de dos años, la regularización estuviera exenta de plazos, o que la tasación estimada para eximirse del pago de derechos municipales no fuera de 520 unidades de fomento, sino mayor; cómo nos gustaría que los trámites municipales fueran más expeditos, en fin. Ojalá hubiera estado presente la ministra de Vivienda para que tomara nota sobre la necesidad de capacitar a los directores de Obras Municipales, con el propósito de agilizar la aplicación de la ley.
Otro aspecto interesante que contiene la iniciativa es que las direcciones de Obras Municipales deberán pronunciarse dentro de los noventa días siguientes a la presentación de la solicitud, para lo cual requerirán los documentos pertinentes a las familias, a menos que se trate de la construcción de un segundo piso.
Para mí es muy necesario aprobar este proyecto en la presente sesión, de manera que vuelva al Senado con las modificaciones que le introdujimos en la Cámara. Si no logramos agilizar su tramitación, muchos dirigentes de Pichidegua que están en las tribunas me preguntarán cuándo estará vigente esta nueva “ley del mono” para poder regularizar las ampliaciones realizadas en sus viviendas.
Por eso, tal vez sería necesario que en la misma forma en que se permite postular a la ampliación y mejoramiento de las viviendas, también se considerara la posibilidad de orientar a los interesados sobre los trámites de regularización. Si se hace así, a las personas les será mucho más fácil realizar los trámites siguientes.
Ya que estamos hablando de ampliación y de mejoramiento de viviendas y de que el subsidio será un pilar fundamental para acelerar el proceso de regularización, mediante este programa, que ha sido muy exitoso, sobre todo para los habitantes de los sectores rurales que no tenían posibilidad alguna de ampliar y mejorar sus viviendas, quiero aclarar que las ampliaciones con subsidio solo podían tener, en promedio, 13 o 14 metros cuadrados. De manera que la buena idea de ampliar una vivienda quedaba reducida a la construcción prácticamente de una sola habitación. Recuerdo que cuando comenzó el programa, las ampliaciones podían tener alrededor de 18 y 20 metros cuadrados. Hoy, por los altos costos de construcción, estamos hablando solo de alrededor de 13 metros cuadrados.
Por eso, habría sido necesario contar con la presencia de la ministra de Vivienda y Urbanismo, precisamente para plantearle la posibilidad de aumentar el subsidio para ampliación y mejoramiento de viviendas urbanas y rurales, de manera que se pudieran construir más metros cuadrados en las viviendas que requieren ser ampliadas y mejoradas.
Los diputados de la bancada Independiente vamos a concurrir con nuestros votos favorables a la aprobación de este proyecto de ley. Felicito al diputado Joaquín Tuma por su perseverancia y por escuchar nuestras sugerencias tendientes a mejorar la iniciativa.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Javier Hernández.
El señor HERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero expresar mi complacencia por la pertinencia de este proyecto de ley, toda vez que se transformará en un importante cuerpo legal destinado a normar algo que es de alta ocurrencia: la realización de ampliaciones en viviendas sociales, las cuales son fruto de grandes esfuerzos familiares y que en la mayoría de los casos son realizadas por sus dueños, apoyados por sus familias y amigos.
En momentos recientes de nuestra historia, por lo demás bastante cercanos, se entregaron viviendas extremadamente pequeñas, de manera que cuando los terrenos lo permitían, las ampliaciones se transformaban en un verdadero imperativo para mejorar la calidad de vida de sus propietarios.
Me parece bien que el proyecto establezca un límite de 90 metros cuadrados para las ampliaciones, sumadas a lo que está construido. Tenía ciertos reparos respecto del límite de 25 metros cuadrados que establecía el proyecto original. En mi opinión, con los 90 metros cuadrados se cumple el objetivo, razón por la cual me alegro de que esto haya sido modificado durante la tramitación del proyecto.
Asimismo, me parece bien que las direcciones de Obras Municipales dispongan de un plazo acotado para autorizar la regularización de las propiedades que han sido ampliadas y que si cumplido este plazo no hay respuesta, estas se den por aprobadas. Sin embargo, la exigencia de la firma de un arquitecto cuando se trate de segundos pisos, trámite que debe ser financiado por el propietario, podría significar que muchas personas que se verían favorecidas con la ley en proyecto no se acojan a ella y mantengan sus ampliaciones en la ilegalidad. Las direcciones de Obras Municipales podrían asumir perfectamente un rol más activo en el caso de los segundos pisos, facilitando el trámite de regularización. De esta forma se evitaría dicho gasto.
Pero veo que según el actual texto del proyecto, la exigencia de un profesional es necesaria para realizar cualquier ampliación; es decir, hubo un cambio relevante en relación con el texto original. Considero que es algo excesivo, por cuanto dejaría de ser otra “ley del mono”, en virtud de la cual los propietarios podían regularizar las ampliaciones presentando simplemente un croquis. Creo que este aspecto debiera ser revisado, ya que la exigencia de un profesional cambia sustancialmente el espíritu de este tipo de legislaciones, que solo deben apuntar a que las ampliaciones de viviendas sean regularizadas en forma rápida y económica. Además, este hecho está influido por la falta de capacidad de la mayoría de los municipios para fiscalizar todas las propiedades de la comuna, a fin de detectar las ampliaciones realizadas en ellas.
En lo que sí debemos ser muy taxativos es en prohibir que se construya en lugares definidos como peligrosos, problema que es muy habitual. Como existe escasa fiscalización municipal, después hay que lamentar la pérdida de vidas humanas, como ocurrió hace muy poco tiempo en los cerros de Valparaíso, o antes, con ocasión del terremoto, y hace ya muchos años, en la quebrada de Macul.
Respecto de este tema, espero que los inspectores municipales puedan, en breve plazo, detectar las viviendas con ampliaciones en las áreas consideradas peligrosas, con el objeto de evitar nuevos accidentes graves.
Atendida la relevancia de este aspecto y por estar definidas las áreas de riesgo y el uso de suelos, considero que el cumplimiento de las normas del proyecto no debiera delegarse en un profesional que suscriba la solicitud de permiso de edificación y recepción de las obras, sino que debiera estar a cargo de la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Finalmente, considero positivo que la futura ley sea aplicable a las viviendas construidas con anterioridad al 31 de julio de 1959 y que los derechos municipales sean rebajados en 50 por ciento.
He dicho.
El señor CARMONA ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el diputado Claudio Arriagada.
El señor ARRIAGADA .-
Señor Presidente , al parecer, nada puede evitar que se sigan aprobando nuevas “leyes del mono”. Como decía un diputado que me antecedió en el uso de la palabra, ya vamos en la cuarta.
Los diputados que llevan más tiempo en este hemiciclo aprobaron un artículo 166, que fue agregado a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que tenía por finalidad evitar que las personas siguieran construyendo sin permiso de las direcciones de Obras Municipales, porque en algún momento todo se resolvía dictando una nueva “ley del mono”.
Desde la ley N° 19.583 hasta la actual han pasado muchas cosas. Evidentemente, es importante que las personas entiendan que lo mejor que pueden hacer es solicitar el permiso de edificación como corresponde. El artículo señalado tiene plena vigencia y resuelve muchos problemas, situación que no se observa en este proyecto de ley.
Una vez más se aprobará un proyecto sobre esta materia, pero girando a cuenta de los recursos de los municipios. Uno de los abogados del Ministerio de Vivienda y Urbanismo nos dijo que esto se resolvía con los subsidios de Protección al Patrimonio Familiar (PPF), que por esta vía los vecinos podrían financiar el costo de los derechos municipales y de las obligaciones que imponen las modificaciones introducidas a la ley mencionada.
El año pasado se entregaron 40.000 subsidios PPF, pero no se utilizaron todos. ¿Por qué no se usaron todos como se pretende que ocurra a futuro? Primero, porque no existe un registro nacional de las EGIS, algunas de las cuales son tan mediocres que, en lugar de ayudar a los pobladores, dificultan la concreción de sus aspiraciones.
Sería importante que el Congreso Nacional consultara al Ministerio de Vivienda y Urbanismo sobre cuántas empresas quiebran mientras están prestando servicios a los pobladores. Sé de casos en que los subsidios de Protección al Patrimonio Familiar terminaron siendo un fracaso porque la empresa constructora no cumplió las obligaciones establecidas en el contrato respectivo.
Además, el proyecto permite la regularización de ampliaciones de hasta 90 metros cuadrados. En Incidentes de la sesión de ayer solicité que se oficiara al director del Servicio de Impuestos Internos , a fin de que nos entregue antecedentes sobre un efecto no deseado de la “ley del mono”, el que ahora podría ser mucho mayor.
¿Cuál es ese efecto no deseado? Cuando los pobladores se enteraron de que la Cámara de Diputados había aprobado una “ley del mono”, se alegraron mucho; pero la alegría les duró hasta el momento en que les llegó una notificación del Servicio de Impuestos Internos, en la cual se les informaba que debían pagar contribuciones.
Sería interesante, como lo manifesté ayer, que la Cámara de Diputados pidiera al Servicio de Impuestos Internos que informara sobre el número de propietarios de casas que, después de haber regularizado su situación -información que fue traspasada desde la Dirección de Obras Municipales al Servicio de Impuestos Internos-, se han visto obligados a pagar contribuciones.
Quiero detenerme en un aspecto que me parece abusivo de nuestra parte, que gira en torno a los derechos municipales. El proyecto de ley señala que las familias quedarán exentas del pago de contribuciones, pero no es así. Se prometió que con los subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar el tema se iba a resolver. La verdad es que si el Gobierno dispusiera que el año 2015 se entregaran 60.000 subsidios PPPF, muchas familias quedarían sin recibirlo.
¿Cómo pagará la gente los derechos que se le piden y cumplirá con las exigencias de calidad que se han impuesto? Nos parece muy bien que la gente habite viviendas con materiales que no sean combustibles, pero se exigen materiales que no están al alcance de muchas familias. En la práctica, las familias van a seguir construyendo de la misma manera como lo han hecho hasta ahora, es decir, de acuerdo con su capacidad económica y sin cumplir con los requisitos que se establecen.
Por esa razón, a pesar de ser tan necesaria e importante esta iniciativa para muchas familias en Chile, nada evita que en un tiempo más estemos discutiendo una próxima “ley del mono”.
El artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones lograba que las familias chilenas pudieran relacionarse con los municipios y con sus direcciones de obras. La idea es borrar la creencia de que la gente construye lo que quiere, porque al final siempre tiene la posibilidad de acogerse a una nueva “ley del mono��, que le permite regularizar lo que no ha sido capaz de hacer como corresponde, en forma previa, la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Se dice que basta con la firma de un arquitecto y que cuando este no exista, funcionarios municipales podrán sustituir esa función. Se fija un plazo de noventa días para hacer la inspección y para entregar la certificación de regularización.
Los diputados de regiones saben muy bien que hay municipios en los que no hay ningún arquitecto, donde las direcciones de obras tienen solo dos funcionarios técnicos con estudios secundarios y no cuentan con profesionales universitarios. Esas direcciones de obras carecen del personal competente para responder a los requerimientos de miles de familias que quieran regularizar su situación.
No solo se ha desconocido ese hecho, sino que, más grave aún, se sigue girando en torno a la cuenta de los municipios. En ese sentido, no tenemos ningún escrúpulo en aprobar proyectos de ley sin entregar financiamiento para que los municipios los lleven a cabo. Esto agrega, una vez más, una situación delicada a los déficits municipales, que son permanentes y que se han originado por distintas causas.
He dicho.
El señor CARMONA (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Melo.
El señor MELO.-
Señor Presidente , el proyecto de ley en debate viene a dar cuenta de una sentida aspiración de los habitantes de mi distrito, quienes en diversas poblaciones de las comunas de El Bosque, San Ramón y La Cisterna, han levantado sus viviendas -y sus sueños- a punta de esfuerzo y de trabajo.
Las comunas que con orgullo represento nacieron en el contexto del proceso de crecimiento de Santiago, iniciado a finales de la década de los 60, que dio paso a la emergencia del movimiento de pobladores, constituyéndose como territorios donde se han resuelto, en precarias condiciones, las legítimas demandas de vivienda del mundo popular y de sectores sociales de escasos ingresos.
Un gran porcentaje de las viviendas de poblaciones emblemáticas que represento en la Cámara proviene de la autoconstrucción, muchas veces a consecuencia de una toma o de la erradicación de un campamento, que poco a poco fueron creciendo. Muchos partieron con unas piezas y hoy tienen construidas casas de setenta, ochenta o, incluso, noventa metros cuadrados y más.
A este panorama complejo, debemos sumar que bajo el mismo techo habitan, en su mayoría dos, tres e incluso cuatro familias, lo que ha dado lugar a condiciones de hacinamiento crítico.
Nuestros ciudadanos, vecinos y vecinas, de las poblaciones La Bandera, de la comuna de San Ramón; Santa Elena, Las Acacias y Treinta de Mayo, de la comuna de El Bosque, se sienten orgullosos de lo que han logrado. En consecuencia, es nuestro deber dotar a esos pobladores de herramientas que les permitan regularizar esas construcciones pata que tengan la opción de postular a los programas y subsidios del Estado.
Señor Presidente , anuncio mi voto favorable a este proyecto de ley, que permite a los propietarios de viviendas sociales regularizar, conforme al procedimiento previsto en la ley N° 20.671, las ampliaciones de más de 25 metros cuadrados, siempre que la superficie total de la edificación no supere los 90 metros cuadrados.
No obstante, quiero referirme a lo que recién planteó mi colega Claudio Arriagada , en cuanto a que el Congreso Nacional en general y la Cámara de Diputados en particular, deben poner atención a los recursos y a las atribuciones de nuestros municipios para que la ley no sea letra muerta y para que nuestros ciudadanos y pobladores no se queden con la sensación de que se aprueban proyectos de ley sin tener en cuenta la realidad en la que ellos están inmersos.
Con la regularización de las autoconstrucciones y ampliaciones en viviendas sociales se hace justicia a quienes han logrado, muchas veces de la nada, un techo para sus familias.
Ad portas de iniciar un debate constitucional en nuestro país, quiero anunciar, desde ya, que instaré por poner freno a un sistema en que solo quienes pueden pagar tienen derecho a vivir bajo un techo digno, en el cual quienes disponen de dinero para comprar sus viviendas en barrios de su agrado, deciden cómo se configuran nuestras ciudades, lo que genera vergonzosas desigualdades territoriales y urbanas.
La ciudadanía clama hoy por el reconocimiento de sus derechos y, al igual que en materia de educación, aspira a barrios con viviendas de calidad, dignas y que se constituyan en un factor de cohesión social.
La vivienda es un derecho trascendental, y su desarrollo debe considerarse como un fenómeno político, económico, social, cultural y ambiental. Mientras más población accede a una vivienda o mejora su situación actual, significa que más población mejora su calidad de vida, lo que se refleja en indicadores de salud, alfabetización y esperanza de vida
Por ello, aspiramos a que, más temprano que tarde, nuestro ordenamiento constitucional consagre el derecho colectivo, efectivo y exigible de todos los órganos del Estado para acceder a una vivienda digna.
El derecho a la ciudad con barrios más integrados y mejores condiciones de vida, debe ser parte del trabajo de este Parlamento. Debemos terminar con la desigualdad territorial, con una ciudad para los ricos y otra para los pobres.
Quiero reconocer a dirigentes sociales como Ema González, de la toma Veintiséis de Enero, que hoy se reconoce en la histórica población La Bandera, de la comuna de San Ramón; María Silva , fundadora del campamento Venceremos, hoy población Las Acacias , y Cecilia Alfaro , de la población Santa Elena de El Bosque, quienes podrán ver cómo sus hijos, nietos y vecinos viven en casas con construcciones regularizadas, legitimando el trabajo y el empeño de años de lucha y esfuerzo colectivo.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Se suspende la sesión por cinco minutos.
-Transcurrido el tiempo reglamentario:
El señor GONZÁLEZ ( Vicepresidente ).-
Continúa la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Rathgeb.
El señor RATHGEB .-
Señor Presidente , en la provincia de Malleco, Región de La Araucanía, que represento en esta Cámara, existe a una gran cantidad de viviendas sociales que han sido ampliadas por sus dueños inmediatamente después de haberlas recibido de parte de la autoridad pertinente, porque aquellos desean tener una mejor calidad de vida.
Sin embargo, dichas ampliaciones se han realizado sin los correspondientes permisos que se necesitan para construir una mayor superficie de metros cuadrados, lo que les ha ocasionado dificultades por todos conocidas.
Por ello, se envió esta ley en proyecto que permite regularizar una situación que afecta a muchas familias no solo del sector urbano, sino también del sector rural. Así, por ejemplo, existe un número importante de personas que habitan en la provincia de Malleco, particularmente en comunas como Lumaco, Los Sauces, Purén , Traiguén y Ángol , que tienen problemas de este tipo.
Como dije, esta iniciativa permitirá a muchas familias solucionar el problema de regularización de su vivienda, lo que les va a permitir obtener el saneamiento de su propiedad respecto de ampliaciones que ellas han realizado durante todo este tiempo.
Si bien es cierto que el proyecto ha tenido un largo trámite legislativo, llegó el momento de despacharlo a fin de dar una solución definitiva a todas las personas que, con mucho esfuerzo y sacrificio, han realizado ampliaciones en sus viviendas básicas desde hace muchos años. Esta iniciativa ayudará también a mejorar la calidad de vida de habitantes de muchos sectores rurales y poblacionales que represento.
Por las razones expuestas, anuncio mi voto favorable al proyecto.
He dicho.
El señor GONZÁLEZ (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Daniel Farcas.
El señor FARCAS.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero felicitar a los miembros de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales por el trabajo realizado. Al parecer, este esfuerzo, tal como lo dijeron los diputados que me antecedieron en el uso de la palabra, viene a resolver un problema social que, por distintas circunstancias o motivos, está viviendo un número importante de personas a las les correspondió recibir su vivienda social, y que hasta el día de hoy no han podido regularizar sus ampliaciones. Asimismo, incorpora elementos adicionales a la anterior “ley del mono”.
En ese sentido, me parece relevante que aprobemos el proyecto, el cual contará con mi respaldo y, espero, también con el de la Sala.
Como sabemos, beneficiará a todas las personas que durante nuestras campañas nos pidieron que nos preocupáramos en forma especial en materia de regularizaciones de ampliaciones realizadas a sus viviendas básicas.
El rango de ampliación que se establece y la disminución de los costos de los derechos va en directa relación con hacer efectivo este importante apoyo para que las personas puedan ejercer este trámite como corresponde.
Por otra parte, comparto las palabras del diputado Arriagada , en el sentido de preocuparnos de mantener las EGIS en lo que respecta a las viviendas sociales.
Aprovecho la oportunidad de solicitar que la ministra de Vivienda y Urbanismo -por su intermedio, señor Presidente - nos diga cuáles son las regularizaciones y características que deben cumplir estas instituciones y cómo están siendo fiscalizadas. Ello, porque de ser cierto que estamos ante un problema que se repite, estaríamos en una situación compleja y sumamente grave.
Como dijeron el diputado Melo y otros colegas que me antecedieron en el uso de la palabra, me quiero sumar a este reconocimiento sincero y humilde a todos los dirigentes, especialmente a las mujeres, porque son precisamente ellas quienes, en gran parte del país, han constituido comités de allegados y de distinta naturaleza para avanzar hacia la obtención de la casa propia.
Por cierto, hay muchas familias que aún esperan una solución y que son parte de aquellas que han recibido un voucher, pero que, lamentablemente, no disponen de proyectos en los que puedan utilizarlos.
¿Por qué esto se relaciona con este proyecto de ley? Precisamente, porque forma parte del avance hacia la obtención de una vivienda digna y, como lo dijeron otros diputados y diputadas que me antecedieron en el uso de la palabra, también porque tiene que ver con el ordenamiento urbano. De ahí la necesidad de una regularización de nuestras ciudades y barrios.
Reitero mi satisfacción y alegría por tener la oportunidad de discutir este tema. Asimismo, felicito al diputado Fidel Espinoza por haber conducido esta propuesta, y al diputado Tuma , por su persistencia en ella para generar las condiciones para que hoy estemos en disposición de aprobarla.
Con espíritu positivo, entendiendo las preocupaciones expresadas por algunos diputados y diputadas relacionadas con los municipios y con las EGIS, pero anteponiendo los beneficios que traerá la iniciativa, porque contribuirá a mejorar las condiciones de vida y a aumentar las posibilidades de que muchas familias puedan resolver sus problemas, anuncio que vamos a votar a favor este proyecto.
He dicho.
El señor MELERO (Presidente accidental).-
Para plantear un asunto reglamentario, tiene la palabra el diputado señor René Saffirio.
El señor SAFFIRIO.-
Señor Presidente , hace algunos minutos se suspendió la sesión porque no había quorum para sesionar. Ahora, de nuevo estamos en esa circunstancia.
Por lo tanto, le ruego que haga uso de sus facultades y la suspenda otra vez hasta que haya quorum.
El señor MELERO ( Presidente accidental ).-
Señor diputado , vamos a tocar los timbres por algunos minutos para tratar de revertir la situación. En caso contrario, procederemos a suspender la sesión.
Tiene la palabra el diputado señor David Sandoval.
El señor SANDOVAL .-
Señor Presidente , el ideal sería no promover este tipo de proyectos de ley, porque vienen a regularizar una situación de gran injusticia en materia de políticas públicas que apunten a resolver los problemas de marginalidad habitacional, regularización de viviendas y acceso a la vivienda digna a tantas familias que, por diversas circunstancias, no han podido acceder a ella. Si en su oportunidad lo hicieron, las viviendas que recibieron no contaban con los estándares mínimos para que una familia viviera con la dignidad que quisiéramos.
La casa propia es el sueño de todas las familias del país. Es la primera aspiración que desean alcanzar en el menor lapso posible, para desarrollar su vida familiar, criar a sus hijos y proyectar los sueños de una vida en familia. Sin embargo, por diversas razones, las políticas públicas no apuntaban al centro de ese objetivo.
El gobierno anterior estableció la meta de construir viviendas sociales de, por lo menos, 50 metros cuadrados. ¿Era suficiente? Sin duda, no.
Cuando fui alcalde de Coyhaique , en 2005, observé que se construían diferentes tipos de viviendas, incluso algunas, como las de la población El Bosque, de 28 metros cuadrados. ¿Quién gobernaba en 2005? ¿Quién consideró que viviendas de 28 metros cuadrados eran dignas para las familias vulnerables?
No quiero poner el acento en ese punto en particular, sino en cómo, de aquí para adelante, tomamos la decisión de construir viviendas que signifiquen una solución real a tantas familias vulnerables que anhelan alcanzar el sueño de la casa propia, para desarrollar su vida con normalidad. Si tantas otras cosas se construyen con recursos públicos, ¿por qué no redoblamos nuestros esfuerzos en esa línea?
Aquí se han escuchado encendidos discursos, de profundo sentido social y humano, acerca de lo que significa la casa propia. Entonces, pongámonos de acuerdo. ¿Construimos más Transantiago, más líneas del Metro para la Región Metropolitana o hacemos un programa para dar más dignidad a las familias del país, en particular a las más vulnerables? Deberíamos suscribir un gran acuerdo social, en el que no existiera ninguna política pública que permitiera construir viviendas de un tamaño que no asegurara a las familias vivir dignamente en ellas.
Hace poco, participé en una reunión de comités de vivienda en Coyhaique, con 248 familias que aspiran a que mejoren los subsidios para obtener una vivienda digna.
Si miramos hacia el pasado, nos damos cuenta de que en la construcción de una vivienda de 220 UF se hizo lo que se pudo, que fue absolutamente insuficiente. Debido a que las condiciones del país cambiaron, se aumentó a 450 UF. O sea, estamos hablando de viviendas de entre 9 millones y 10 millones de pesos.
Actualmente, para atender los casos más vulnerables, estamos hablando de 700 UF. Nos alegramos de ello, porque se trata de 14 millones o 15 millones de pesos por vivienda.
Probablemente, al lado de Santiago se podrán construir viviendas con cierto grado de dignidad. Pero si nos vamos a las regiones extremas, como Coyhaique, esa vivienda tiene un costo de 1.100 UF.
Por eso, ayer le planteé a la ministra de Vivienda y Urbanismo la situación de esas 248 familias que esperan desde hace más de ocho años hacer realidad el sueño de la casa propia.
Proyectos de esta naturaleza procuran regularizar autoconstrucciones. Cuando a esas familias de la población El Bosque les entregaron casas de 28 metros cuadrados y alcanzaron el sueño de la casa propia, se encontraron con que no podían habitarlas, debido al hacinamiento.
En 2005, el Estado entregó ese tipo de viviendas a familias vulnerables. En lugar de resolver un problema, se creó uno mayor, porque las empujamos a la indignidad de vivir en condiciones de hacinamiento.
He escuchado los discursos y, por lo visto, todos estamos de acuerdo; pero todavía no somos capaces de construir una política pública básica para entregar viviendas dignas a la gente vulnerable del país.
Dejemos de construir banderas Bicentenario, proyecto con el que estoy absolutamente en contra. También deberíamos dejar de lado diferentes obras no prioritarias que se construyen con fondos públicos en las regiones. A veces, al lado o a pocos metros de grandes obras, que se construyen con mucha parafernalia, como el edificio Costanera Center y otros de esa naturaleza, pavimentamos una calle, pero al lado de ella hay una vivienda en condiciones de precariedad. Necesitamos resolver esa marginalidad de vida en que vive esa familia.
Construyamos un acuerdo. Este tipo de proyectos busca regularizar una situación que se originó ante la imposibilidad de la familia de vivir en esas condiciones, y por esa razón hizo lo que pudo y amplió su casa. No es lógico que estemos legislando sobre este tema. Lo lógico sería que nos pusiéramos de acuerdo en cómo construir viviendas dignas para las familias vulnerables, porque los parlamentarios sabemos que en todos los distritos del país las viviendas sociales que se entregaban antes no reunían las condiciones de dignidad que quisiéramos. Por eso deberíamos ponernos de acuerdo.
Sin embargo, respecto de este proyecto, independientemente de la situación señalada, habrá que avanzar en la regularización de las ampliaciones de las viviendas sociales.
Desde ya, anuncio nuestro apoyo. Pero si queremos entregar dignidad a las familias vulnerables, debemos trabajar en un proyecto integral que les asegure una vida digna y una vivienda que se adecue a las diferentes condiciones. Dejemos de construir obras con tanta parafernalia en las regiones y centrémonos en los problemas prioritarios de la gente, como los de vivienda, salud y educación.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jaime Pilowsky.
El señor PILOWSKY .-
Señor Presidente , como miembro de la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Corporación, participé en el análisis de este importante proyecto de ley, que permitirá regularizar, de manera simplificada, las ampliaciones de viviendas sociales siempre que, en total, la ampliación más la vivienda no superen los 90 metros cuadrados de construcción.
La normativa que aprobaremos beneficiará, entre otros, a nuestros vecinos y vecinas de La Faena, Peña Alto , Lo Hermida , del sector de San Luis, en Peñalolén, y de la villa La Reina, en la comuna de La Reina.
Con viviendas sociales que en promedio alcanzan los 46 metros cuadrados, las familias legítimamente optan por la ampliación de sus casas. Nadie puede sostener, como expresaron algunos colegas, que una familia puede vivir dignamente en un ambiente tan reducido.
La política de vivienda a impulsar en nuestro país, con nuestro actual nivel de desarrollo, de alrededor de 20.000 dólares per capita, debería estar centrada en la dignidad de las personas y de sus familias. Tal dignidad se traduce en que los hogares de las familias más vulnerables debieran considerar distribución interna de espacios, ambientes comunes para compartir en familia, áreas verdes cercanas para recrearse y hacer deporte, construcciones de calidad, entre otros elementos.
Ante la actual superficie construida de las viviendas sociales, las familias buscaron la dignidad que se merecen a través de la construcción de ampliaciones, que no regularizaron en su momento debido a los altos costos asociados a ello.
Con esta iniciativa, decimos a las familias que podrán hacerlo ahora y por un plazo de dos años. Estamos señalando a miles de familias en nuestros distritos que sus construcciones podrán estar dentro del marco de la ley, siempre que cumplan con los requisitos, fundamentalmente aquellos aspectos relacionados con la seguridad, bien que siempre se debe proteger.
Sin embargo, me parece pertinente señalar ciertas preocupaciones a propósito de este proyecto, algunas de las cuales ya mencionó el diputado Claudio Arriagada . Se me ha informado por parte de asesores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que al postular a los fondos del Programa para la Protección del Patrimonio Familiar, los conocidos PPPF, las familias podrán recibir recursos para realizar los trámites de regularización que considera este proyecto de ley, razón por la cual me parece fundamental que dicha cartera realice una adecuada campaña de difusión, a fin de que sean muchas las familias que accedan al beneficio. Si ello no se produce, tendremos una ley con letra muerta.
Una segunda preocupación tiene que ver con la situación de las municipalidades, especialmente con sus direcciones de obras. Estamos mal acostumbrados a entregar más facultades y atribuciones a los municipios, sin dotarlas de los recursos necesarios para implementar de buena manera las nuevas funciones que deben desarrollar. Esperamos que el Ministerio de Hacienda tenga a la vista esta situación cuando se presenten a tramitación nuevas iniciativas de ley al Congreso Nacional.
Aprobar una regularización excepcional para viviendas de hasta 90 metros cuadrados responde, en definitiva, a un intento de reconocer la dignidad de miles de familias chilenas que habitan en viviendas sociales, las cuales, a partir de la promulgación de este proyecto como ley de la república, podrán optar a prestaciones y beneficios que otorga el Estado para mejorar sus viviendas.
En consecuencia, expreso mi voluntad de concurrir con mi voto favorable a la aprobación de este proyecto, pero tengo la convicción de que nuestro país debe mejorar sus políticas de vivienda.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Roberto Poblete.
El señor POBLETE.-
Señor Presidente , saludo a cada una y a cada uno de los dirigentes sociales de nuestro país, especialmente a la gente de la comunidad de Pallihue, en la comuna de Los Ángeles.
El derecho a vivir en una vivienda digna debiera ser un derecho constitucional, pero, en tanto no lo sea, es nuestro deber moral proporcionar a la gente más vulnerable de nuestro país, desde una perspectiva social, un hogar en regla, legalmente constituido.
Para nadie es un misterio que las viviendas sociales que proporciona el Estado desde el siglo pasado son del tamaño de una “cajita de fósforos” y que las ampliaciones irregulares son una triste realidad, precaria e insegura, que queda de manifiesto en forma feroz cada vez que ocurre un desastre natural.
Por ello, es de suma importancia, es más, es de suma urgencia, regularizar las ampliaciones de las viviendas sociales, pues ello permitirá detectar errores de construcción que constituyen un peligro para quienes habitan esas viviendas, como los famosos “palafitos” o las construcciones en áreas de riesgo, que deben ser paulatinamente erradicadas.
La intervención obligatoria de profesionales competentes, tal como establece este proyecto, se hace cargo de peligrosas flexibilizaciones a las reglas generales para reducir el costo de las regularizaciones, introducidas por la ley N° 20.251. Como quedó demostrado en el terremoto que afectó a las regiones de Arica y Parinacota y de Tarapacá, así como en el incendio ocurrido en Valparaíso, los resultados de dicha flexibilización han sido nefastos. Se requiere un nivel básico de exigencias técnicas para garantizar la seguridad de las personas y de las construcciones, puesto que la seguridad es un bien jurídico superior e intransable en un Estado de derecho.
Por otra parte, me parece que la propuesta de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones incrementará considerablemente el número de familias vulnerables que podrán regularizar las ampliaciones que han hecho a sus viviendas. Decir que debemos extender este beneficio a la mayor cantidad de chilenos posible parece de Perogrullo, pero a veces los afanes de ciertos sectores de estar en contra de leyes sobre “perdonazos” restringen beneficios a los que los sectores vulnerables deben tener acceso, más allá de discusiones sobre si este tipo de leyes refuerzan o no la práctica de construir sin permiso. La realidad social supera las discusiones doctrinarias y debemos hacernos cargo de ella.
Este proyecto de ley promueve la existencia de un régimen permanente que incluye un procedimiento simplificado para otorgar permisos, lo que debió haberse hecho hace bastante tiempo. La desburocratización del Estado es un fin primordial y un proceso pendiente, por lo que todos los caminos conducentes a su consecución son bienvenidos.
Nosotros, los legisladores, tenemos la obligación de garantizar condiciones de seguridad y habitabilidad mínimas para las familias chilenas, ahora y en el futuro. Por ello, estamos de acuerdo con las especificaciones técnicas exigidas por el proyecto de ley, que viene a llenar el vacío dejado por la ley Nº 20.251.
Es de suma importancia destacar que esta iniciativa permitirá que los propietarios que regularicen sus ampliaciones accedan a créditos hipotecarios y subsidios. El dueño de una vivienda social que pueda venderla en el mercado o mejorarla con ayuda estatal o privada no sólo mejora su calidad de vida, sino que además ve aumentar su dignidad como persona, y la dignidad sí que es la base de nuestra institucionalidad.
Ahora bien, el Estado también se verá directamente beneficiado con la aprobación de este proyecto, ya que la regularización de las ampliaciones generará mayores ingresos para las municipalidades por concepto de pago de contribuciones, lo que ayudará a financiar sus constantes necesidades de caja y, por otro lado, generará los recursos necesarios para los programas sociales que los mismos contribuyentes necesitan. Si bien es cierto que una mayor carga impositiva es siempre rechazada por la ciudadanía, en la medida en que aseguremos que los caudales se reinviertan en los sectores más vulnerables de la población, legitimaremos el genuino sentimiento en el ciudadano de que estamos cumpliendo con nuestro pacto social.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Browne.
El señor BROWNE.-
Señor Presidente , estamos ante un proyecto sumamente necesario, pero recurrente en nuestra discusión parlamentaria, ya que no hace mucho aprobamos la “ley del mono”, luego aprobamos ampliaciones para los plazos de dicha norma y hoy tratamos un nuevo proyecto sobre regularización de ampliaciones.
Eso habla de una realidad permanente entre los sectores más vulnerables y en las viviendas sociales que habitan, que requieren ampliaciones debido a que carecen de los espacios necesarios para la vida cotidiana de una familia. Por eso, personas recurren a las ampliaciones, pero las construyen sin permisos, lo que ocurre por una razón muy clara: obtener los permisos necesarios supone recorrer un largo y engorroso proceso y asumir ciertos costos que están fuera de los plazos y presupuestos que las personas interesadas se fijan para mejorar sus viviendas.
Debemos hacernos cargo de esa situación, y para eso no basta solo con este proyecto, aunque, obviamente, lo vamos a aprobar. Es necesario avanzar en una dirección que permita aumentar la cantidad de subsidios de ampliación y mejora de viviendas, que incluya el acompañamiento de los municipios y del Serviu, para que las personas que requieren agrandar sus viviendas puedan hacerlo de manera regular desde el primer minuto. Muchas de esas ampliaciones hoy se hacen fuera de norma, de manera que nunca podrán ser regularizadas y, en consecuencia, sus propietarios no podrán acceder a múltiples beneficios que otorga el Estado en esta materia. Además, se construyen sin ninguna precaución estructural ni cumplen la normativa relativa a las instalaciones eléctricas, lo que conlleva un riesgo permanente de incendio.
Si bien apoyaré esta iniciativa de regularización de ampliaciones de viviendas sociales -una más-, me parece que ha llegado el momento de avanzar hacia una legislación que dote de recursos a los municipios para estos efectos, a fin de que sean ellos los que entreguen una asesoría permanente a sus vecinos en la construcción de ampliaciones, con el objeto de que se hagan de manera regular desde el inicio, con permisos y cumplimiento de todas las normativas, para evitar construcciones que pongan en riesgo la vida de las personas, por su inestabilidad estructural o por lo precario de sus instalaciones, y cumplan con la normativa urbanística, de manera que las ciudades se vayan construyendo en forma armónica.
Por eso, aprobaremos esta iniciativa, pero esperamos que en la Comisión de Vivienda pronto podamos discutir un proyecto que entregue esas herramientas a los municipios, para que las ampliaciones se hagan con arreglo a la normativa vigente desde el primer día, sin ninguno de los riesgos asociados que acabo de mencionar.
He dicho.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
¿Habría acuerdo para votar este proyecto al término del Orden del Día?
Acordado.
Los diputados que no alcancen a hacer uso de la palabra podrán insertar sus discursos.
Tiene la palabra el diputado señor Guillermo Ceroni.
El señor CERONI.-
Señor Presidente , no hay duda de que estamos frente un proyecto de ley extremadamente positivo, pues se basa en las necesidades de la gente de los sectores más vulnerables. Sin embargo, tampoco hay duda de que hemos llegado a la situación de tener que legislar en los términos que propone esta iniciativa debido a la necesidad de contar con viviendas sociales más dignas que cubran adecuadamente todos los requerimientos básicos de una familia.
Si estamos aquí y hablamos de regularizar las ampliaciones de las viviendas, se debe a que, en definitiva, el Estado no ha sido capaz de entregar viviendas que cubran las necesidades de familias para que vivan como corresponde. Por eso hablamos de regularizar las ampliaciones de viviendas de hasta 90 metros cuadrados de construcción.
La gente realiza ampliaciones porque las viviendas que les entregamos no cuentan con la capacidad suficiente para albergar a una familia completa. Son muchas las familias que viven en forma hacinada. Por eso, el proyecto aterriza en la realidad y responde a las necesidades de la gente, de lo cual me alegro.
Respecto de los informes que se van a pedir a los arquitectos, quienes deben firmar para que las viviendas cumplan con las normas de habitabilidad, seguridad e instalaciones, debo señalar que me preocupa, porque estamos hablando de personas que carecen de recursos y los informes de los arquitectos no se hacen gratis. Temo que, en la práctica, el proyecto de ley tenga dificultades para concretarse. Por lo tanto, deberíamos idear una solución para que los informes de los arquitectos puedan ser subsidiados por el Estado.
Estoy de acuerdo con que el proyecto de ley contemple una duración transitoria de dos años, porque estamos ante situaciones de excepción. Por lo tanto, una ley de esta naturaleza no puede durar indefinidamente. Lo que debemos lograr es que las viviendas futuras no impliquen que la gente tenga que hacer ampliaciones tan transitorias y tan precarias.
Por otra parte, también se mencionó que la Dirección de Obras podría retrasar la autorización de los permisos. En tal sentido, creo que la norma es enfática y clara en cuanto a que la Dirección de Obras, frente a una solicitud de regularización presentada por personas que cumplen con todos los requisitos, debe responder en el plazo máximo de 90 días. Eso nos dará garantías de que, cuando se presenten tales solicitudes a la Dirección de Obras, esos procesos de regularización no van a demorar eternamente.
Me alegro de que se haya presentado este proyecto de ley. Sin perjuicio de que, a mi entender, tiene algunas falencias, que deberíamos solucionar, estimo que constituye un avance significativo en favor de los sectores más necesitados.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Osvaldo Urrutia.
El señor URRUTIA (don Osvaldo).-
Señor Presidente , este proyecto de ley modifica la ley Nº 20.671, con el objeto de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones en viviendas sociales siempre que la superficie edificada total no exceda de 90 metros cuadrados.
Cabe señalar que la ley que se pretende modificar es, a su vez, una renovación, con algunas modificaciones, del procedimiento para regularizar las ampliaciones de viviendas sociales contemplado en la ley Nº 20.251, llamada popularmente “ley del mono”.
Resulta relevante tener presente que tanto la “ley del mono” como la renovación de esta disposición efectuada posteriormente por la ley Nº 20.671 son disposiciones transitorias de carácter excepcional que dan cuenta de un procedimiento de regularización simplificado.
Sin embargo, la Ley General de Urbanismo y Construcciones cuenta con un procedimiento de regularización y ampliación de viviendas sociales de carácter permanente, el cual fue introducido por la ley Nº 20.251, para que las exigencias fueran menores que las solicitadas para otro tipo de construcciones. El artículo pertinente fue recientemente modificado por una ley aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados y dictada en abril del año en curso: la ley N° 20.741.
La asesora legislativa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo advirtió en la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales que cuando se dictó la ley Nº 20.251 se estableció un procedimiento permanente de regularización de viviendas sociales, previo cumplimiento de determinados requisitos, que son menores a los exigidos para el resto de las construcciones, el cual está contenido en el artículo 166 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Al mismo tiempo, se incorporó un artículo transitorio que estableció un procedimiento de regularización simplificado para ampliaciones de viviendas sociales de hasta 25 metros cuadrados, el cual fue prorrogado, a su vez, por la ley N° 20.671 y es el que ahora se pretende autorizar nuevamente por dos años o de forma permanente, pero extendiéndolo a ampliaciones de mayor tamaño, siempre que la superficie total construida no exceda de 90 metros cuadrados.
De ahí que el Ejecutivo se había propuesto estudiar la manera de compatibilizar la iniciativa en debate con lo dispuesto en el artículo 166 de la ley general, que acaba de ser modificada, como dije, por la ley Nº 20.741.
Por lo mismo, la representante del Ministerio de Vivienda y Urbanismo manifestó que era contraria a la aprobación de este proyecto de ley en debate, y por eso presentó varias indicaciones sustitutivas que tenían como objetivo precisar las exigencias relacionadas con la habitabilidad, redefinir la responsabilidad de los actores involucrados en el procedimiento, otorgar una nueva redacción al artículo 166 de la ley general y mantener todos los beneficios de la “ley del mono” hasta por un plazo de dos años.
Es importante señalar que, tal como se indica en los fundamentos de la moción que la originó, el propósito original de la “ley del mono” era evitar que en el futuro siguieran promulgándose nuevas leyes de regularización, mejor conocidas como “leyes del mono”, en el entendido de que, inevitablemente, estas refuerzan la práctica de construir sin permiso, pues dejan la sensación de que, al final, todo es regularizable. Con dicho propósito, se introdujo el artículo 166 en la ley general, que facilitó, en lo sucesivo, los procedimientos y los costos asociados a nuevas ampliaciones. Desafortunadamente, este artículo se perdió al cabo de poco tiempo, fundamentalmente porque luego de su incorporación se le introdujo un conjunto de modificaciones a través de dos leyes que lo desnaturalizaron en cuanto a su objetivo.
La exigencia de permisos previos pretende evitar construcciones que no se ajusten a los estándares de habitabilidad, seguridad y estabilidad que requiere una vivienda digna. Eventos como el terremoto que acaba de afectar a las regiones de Arica y Parinacota, y de Tarapacá, o el incendio recientemente ocurrido en Valparaíso vuelven a poner en evidencia los riesgos a que se ve expuesta la población cuando se flexibilizan las normas.
Votaré favorablemente el proyecto, porque comparto su idea fundamental, pues trata de ordenar una situación que ocurre frecuentemente en las ciudades chilenas: que las personas construyen sin solicitar un permiso previo. Así, las regularizaciones son útiles para obtener beneficios que contribuyen al mejoramiento de viviendas, por motivos de seguridad, urbanísticos e, incluso, para conocer en qué situación viven los habitantes de determinadas zonas. Sin embargo, considero que el país no puede seguir discutiendo y aprobando, eternamente, este tipo de leyes, que, se supone, son excepcionales.
Por lo tanto, debemos avanzar en promover que los ciudadanos, especialmente aquellos que viven en las zonas más vulnerables, obtengan los correspondientes permisos antes de iniciar cualquier proceso de construcción o ampliación de sus inmuebles.
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Jorge Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , este proyecto de ley, que votamos hace un tiempo, fue objeto de una indicación del Ejecutivo para establecer un sistema simplificado permanente para la regularización de las ampliaciones e introducir, al mismo tiempo, un conjunto de exigencias, especialmente en consideración a lo ocurrido a causa del incendio de Valparaíso, dada la precariedad de las construcciones. Ahí se constató que no había existido rigurosidad en tales requerimientos.
Las nuevas exigencias incluyen que las viviendas no se encuentren en zonas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público; no tener, a la fecha de la regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas; cumplir con las normas, incluidas en la indicación sustitutiva, sobre habitabilidad, seguridad y estabilidad de las viviendas ampliadas, y con las normas aplicables a las instalaciones interiores de electricidad -¡cuántos incendios ocurren hoy en las poblaciones debido a la precariedad de las instalaciones eléctricas!-, agua potable, alcantarillado y gas.
A lo indicado se agregan condiciones como la altura interior, la calidad de las terminaciones, las condiciones de ventilación y los muros de cortafuegos, en el caso de las casas pareadas.
También se exige presentar ante la Dirección de Obras Municipales -esto puede ser objeto de algunas aprensiones- una solicitud de permiso y recepción simultánea, acompañada de una serie de documentos firmados por un profesional, que acrediten el cumplimiento de los requisitos que se señalan, además de la propiedad del inmueble, el informe de un profesional competente que certifique las condiciones de habitabilidad, seguridad, estabilidad y otras que se incorporan con la indicación.
Aquí se presentará el problema que se pretendía evitar con el proyecto original, es decir, hacer un baipás a los profesionales; pero en verdad es inevitable que un profesional intervenga en las regularizaciones.
En estricto rigor, la indicación presentada por el Ejecutivo modifica sustancialmente el sentido del proyecto original, aunque por motivos atendibles desde el punto de vista de la seguridad de las personas y de sus bienes, amén de la experiencia vivida en Valparaíso y en el norte del país. Sin embargo, la exigencia de incorporar el informe de un profesional puede significar un desincentivo para que las personas tramiten la regularización. Aun con las modificaciones, representa un importante ahorro de tiempo y dinero, además de aumentar la informalidad de las construcciones.
Me parece que, finalmente, este tipo de proyectos termina imponiendo nuevas cargas a los municipios, sin entregarles el correspondiente financiamiento, tema que muchos diputados hemos planteado, sobre todo quienes han sido alcaldes y han vivido en carne propia esas situaciones.
Asimismo, está pendiente la modificación a la ley de plantas de los municipios, que es un tema urgente.
También deberíamos haber propuesto que todos los municipios contaran con más profesionales, como arquitectos y constructores civiles, para atender a la población más vulnerable, y que ellos pudieran elaborar los informes y certificar si las viviendas se encuentran en condiciones de ser regularizadas. Sin embargo, después, cuando ocurren las catástrofes, nos quejamos de que no las tenemos regularizadas.
Por lo tanto, si queremos tomar en serio el tema, debemos modificar necesariamente la ley orgánica constitucional de Municipalidades y enfrentar el tema de las plantas de los municipios, que ya no dan para más y han sobrepasado con creces el número de personas que pueden trabajar a contrata. De manera que se requieren más profesionales para apoyar a las familias más vulnerables.
Este proyecto es importante, pero puede desincentivar las regularizaciones, al exigírseles a las familias más vulnerables un profesional que necesariamente les cobrará, en circunstancias de que deberíamos fortalecer a los municipios para que tengan un equipo de profesionales que vaya en ayuda de la población más vulnerable, para que pueda regularizar su pequeña propiedad. Ese es el desafío que tenemos, por lo que esperamos avanzar en esa línea durante los cuatro años del gobierno de la Presidenta Bachelet .
He dicho.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Cerrado el debate.
Recuerdo a los señores diputados que no alcanzaron a intervenir que pueden insertar sus discursos.
Corresponde votar en particular el proyecto que modifica la ley N° 20.671, con el objeto de suprimir el límite máximo para regularizar ampliaciones en viviendas sociales, siempre que la superficie edificada total no exceda de noventa metros cuadrados.
En votación el artículo primero del proyecto propuesto por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
Hago presente a la Sala que dicho artículo es propio de ley simple o común.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 78 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobado.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Ceroni Fuentes Guillermo; Cicardini Milla Daniella; Cornejo González Aldo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Gahona Salazar Sergio; García García René Manuel; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Sommerhoff Felipe; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio.
El señor CORNEJO ( Presidente ).-
En votación los artículos segundo, tercero y transitorio del proyecto propuesto por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
Hago presente a la Sala que esos artículos son propios de ley simple o común.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 79 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Aprobados.
-Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados:
Álvarez Vera Jenny; Andrade Lara Osvaldo; Arriagada Macaya Claudio; Auth Stewart Pepe; Barros Montero Ramón; Becker Alvear Germán; Bellolio Avaria Jaime; Berger Fett Bernardo; Browne Urrejola Pedro; Cariola Oliva Karol; Carmona Soto Lautaro; Ceroni Fuentes Guillermo; Cicardini Milla Daniella; Cornejo González Aldo; Espinosa Monardes Marcos; Espinoza Sandoval Fidel; Farcas Guendelman Daniel; Farías Ponce Ramón; Fernández Allende Maya; Flores García Iván; Gahona Salazar Sergio; García García René Manuel; Godoy Ibáñez Joaquín; González Torres Rodrigo; Gutiérrez Gálvez Hugo; Gutiérrez Pino Romilio; Hasbún Selume Gustavo; Insunza Gregorio De Las Heras Jorge; Jackson Drago Giorgio; Jaramillo Becker Enrique; Jarpa Wevar Carlos Abel; Kast Sommerhoff Felipe; Lavín León Joaquín; Lemus Aracena Luis; Letelier Norambuena Felipe; Lorenzini Basso Pablo; Macaya Danús Javier; Melero Abaroa Patricio; Melo Contreras Daniel; Molina Oliva Andrea; Morales Muñoz Celso; Morano Cornejo Juan Enrique; Nogueira Fernández Claudia; Núñez Arancibia Daniel; Núñez Lozano Marco Antonio; Ojeda Uribe Sergio; Ortiz Novoa José Miguel; Pacheco Rivas Clemira; Pérez Arriagada José; Pérez Lahsen Leopoldo; Pilowsky Greene Jaime; Poblete Zapata Roberto; Provoste Campillay Yasna; Rathgeb Schifferli Jorge; Robles Pantoja Alberto; Rubilar Barahona Karla; Sabag Villalobos Jorge; Sabat Fernández Marcela; Saffirio Espinoza René; Saldívar Auger Raúl; Sandoval Plaza David; Schilling Rodríguez Marcelo; Sepúlveda Orbenes Alejandra; Soto Ferrada Leonardo; Squella Ovalle Arturo; Tarud Daccarett Jorge; Teillier Del Valle Guillermo; Torres Jeldes Víctor; Trisotti Martínez Renzo; Tuma Zedan Joaquín; Turres Figueroa Marisol; Urízar Muñoz Christian; Urrutia Bonilla Ignacio; Urrutia Soto Osvaldo; Vallejo Dowling Camila; Vallespín López Patricio; Van Rysselberghe Herrera Enrique; Verdugo Soto Germán; Walker Prieto Matías.
El señor CORNEJO (Presidente).-
Despachado el proyecto.
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- bcnres:tieneProyectoDeLey = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/proyecto-de-ley/9029-14